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(Consulta) Dudas con productos alimenticios caducados

2 participantes

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Resuelto (Consulta) Dudas con productos alimenticios caducados

Mensaje  gladiatorin 22.03.13 9:51

Cual sería la actuacion policial a realizar ante una denuncia ciudadana en relacion a la venta de productos alimenticios caducados en un supermercado. Muchas Gracias
gladiatorin
gladiatorin



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Resuelto Re: (Consulta) Dudas con productos alimenticios caducados

Mensaje  INFOPOLICIAL 22.03.13 14:43

Alimentos y productos nocivos
.

El art. 363 establece un tipo caracterizado porque el sujeto activo es un productor, distribuidor o comerciante que ofrezca, fabrique, elabore u oculte alimentos o productos nocivos o realice cualesquiera otras de las conductas contenidas en el precepto. En todo caso, el elemento esencial lo constituye el hecho de que dichas conductas supongan un peligro para los consumidores. Como delito de peligro, se consuma con la mera actividad en la que, generalmente, no se exige la venta (S.T.S. 10 de marzo de 1992). Sirve también para este caso la referencia al concurso del art. 77 C.P. en caso de resultado lesivo. Por su parte, el art. 364 castiga el supuesto de adulteración de alimentos, bebidas o sustancias destinadas al comercio alimentario, cuando ésta sea susceptible de causar daño a la salud. Si el reo fuera propietario o responsable de producción de una fábrica de estos productos, se le impondrá además la pena de inhabilitación especial.
Delito alimentario
Comete este delito el productor, distribuidor o comerciante que ponga en peligro la salud de los consumidores:

a) Ofreciendo en el mercado productos alimentarios con omisión o alteración de los requisitos establecidos en las leyes o reglamentos sobre caducidad o composición.

b) Fabricando o vendiendo bebidas o comestibles destinados al consumo público y nocivos para la salud.

c) Traficando con géneros corrompidos.

d) Elaborando productos cuyo uso no se halle autorizado y sea perjudicial para la salud, o comerciando con ellos.

e) Ocultando o sustrayendo efectos destinados a ser inutilizados o desinfectados, para comerciar con ellos. (ver art. 363 del Código Penal).

Pena: prisión de uno a cuatro años, multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para profesión, oficio, industria o comercio por tiempo de tres a seis años.
Sujeto activo: productores, distribuidores o comerciantes

Sujeto pasivo: los consumidores y usuarios

Tipos:

doloso (art. 363 CP)

por imprudencia grave (art. 367 CP)

Supuesto agravado: art. 372 CP

Formas de participación: autoría, complicidad

Formas de ejecución: consumación, tentativa

Concurso de delitos

Consecuencias accesorias: art. 366 CP
Creo que a lo que se refiere este caso es a la venta de productos a los cuales se les han modificado la fecha de caducidad o simplemente no la tienen, cuando estan obligados por ley.
Ahora bien si estamos hablando de que en una estantería de un comercio, entre otros productos alimenticios, hay un producto que por el tiempo expuesto y descuido se ha pasado de fecha (CADUCADO), creo que la actuación no sería la misma, aunque lo desconozco bien.
con respecto a la distribución de productos caducados en el supermercado, según el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, en el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria y sus posteriores modificaciones, la venta de alimentos que han superado la fecha de caducidad o consumo preferente que se indica en el etiquetado del producto, podría considerarse como “venta de productos cuya calidad no se ajusta a las disposiciones vigentes”. Por tanto, se consideran no aptos para el consumo y su venta no se puede realizar ya que no sería conforme con un adecuado contrato de compraventa. En consecuencia, podrá ser emitida una sanción.
Por lo tanto, y según la noticia siguiente, para considerar que es delito, los inspectores de consumo, tienen que valorar si los alimentos en venta eran peligrosos para el uso humano, sino entiendo que sería una infracción administrativa.
A ver si l@s compañer@ tienen el detalle de iluminarnos a los dos, ya que a mi también me ha surgido la duda.
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Última edición por INFOPOLICIAL el 22.03.13 22:56, editado 3 veces

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Resuelto Imputada la dueña de un 'súper' por vender productos caducados

Mensaje  INFOPOLICIAL 22.03.13 22:19

Quería venderlos y no le importó que la fecha de caducidad estuviera sobrepasada. La Guardia Civil ha imputado un delito contra la salud pública a la propietaria de un supermercado ubicado en Matalascañas tras comprobar que tenía expuestos para su venta a un precio inferior al habitual varios artículos caducados.

Fu un agente fuera de servicio el que, cuando realizaba sus compras en el establecimiento, descubrió la exposición de estos productos y dio aviso a la Comandancia de la Guardia Civil.

Tras esto los agentes procedieron a realizar una inspección en el supermercado, comprobando cómo en el área de refrigerados se hallaban determinados artículos reetiquetados con ofertas de precios casi un 50% por debajo del que le correspondían. ¿El truco? Algunos de ellos superaban hasta 15 días el periodo de consumo marcado en el envase.

La Guardia Civil le preguntó a la propietaria del establecimiento por la exposición de esos productos y ésta manifestó que necesitaba venderlos, por lo que los seguía teniendo expuestos por si alguien los quería, "siendo consciente de que la fecha máxima de consumo había sido ya superada", apuntó la Benemérita.

En total, los agentes del Instituto Armado han sido intervenidos 202 productos, entre los que se encontraban algunos de la línea de consumo infantil, yogures, carne picada envasada, salchichas, pizzas y burritos.

Una vez retirados, se pasó aviso a los inspectores de consumo, quienes determinaron el peligro extraordinario para el consumo humano y ordenaron la destrucción inmediata de los productos.

La Guardia Civil ha instruido las diligencias, que han sido puestas a disposición del Juzgado de Instrucción de Guardia de La Palma del Condado.
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Resuelto RESUMEN

Mensaje  INFOPOLICIAL 22.03.13 23:08

RESUMEN


Después de investigar un rato y leer mucho, he observado que se pueden dar tres casos diferentes en cuanto a la venta de alimentos caducados, los cuales te expongo:

- VENTA DE ALIMENTOS CADUCADOS sin etiqueta o con ella modificada, DELITO contra la salud pública.
- VENTA DE ALIMENTOS CADUCADOS con etiqueta caducada y que suponen un riesgo para el uso humano (según los inspectores de consumo), DELITO contra la salud pública.
- VENTA DE ALIMENTOS CADUCADOS con etiqueta caducada pero que no suponen peligro, INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA al Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, en el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria, bajo el concepto "la venta de alimentos que han superado la fecha de caducidad no aptos para el consumo humano sin riesgo pasa la salud pública", con una reseña del tipo de alimento, fecha de caducidad y fecha en la que estaba siendo expuesto para su venta.

Espero haberte ayudado, yo por lo menos he salido de dudas.

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Resuelto Re: (Consulta) Dudas con productos alimenticios caducados

Mensaje  INFOPOLICIAL 27.03.14 20:03

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