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Comisión de presunto delito 382 bis CP
3 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: ATESTADOS
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Comisión de presunto delito 382 bis CP
Buenos días, comento el siguiente caso:
Accidente de circulación, en él hay un atropello de peatón que cruzaba fuera del paso de peatones con herida sangrante en la cabeza y golpes por el cuerpo.
El conductor/a según manifestaciones de testigos, un varón, atiende al lesionado y dos minutos después, se ausenta del lugar, habiendo gente atendiendo al herido.
Momentos después, personada las FCS, se identifica como conductora del vehículo, una mujer, que decía que llevaba ella el vehículo, se le ve muy nerviosa y dudosa. El vehículo no se encuentra en el lugar del accidente ya que según dice lo había ido a aparcar, y ha vuelto al lugar, si bien, hay un testigo que dice no ser así, que ella no estaba allí. Que ha acudido minutos después.
Recabadas todas las manifestaciones, las cuales deducen que el vehículo dada la descripción del conductor que se apeó a atender al herido, coincide con el titular del vehículo y pareja de la que se identifica como conductora.
Que citada la parte implicada para tomarle manifestación por los hechos, en este caso quien dice ser conductora, esgrime que le ha dicho su abogado que quiere estar presente.
Hago las siguientes preguntas para poder despejar algunas dudas de este supuesto práctico:
- Ella, en este caso tomando como cierto el relato de testigo/s, que no era la conductora, tiene derecho a poderle tomarle manifestación con su abogado o no?
- ¿Cabría la opción de investigarla como cooperador necesario de un delito de abandono del accidente, entonces si que se le tomaría manifestación si quisiera con su abogado?
- El conductor, respondería como presunto autor de un delito del 382 bis CP? Entiendo que sí.
- Se podría enviar todo al Juzgado sin llegar a recoger manifestación a la quien dice ser conductora, ni al presunto conductor, y que el Juzgado/Fiscalía citara e investigara, en base a la exposición de los hechos y manifestación de testigos?.
- Cabe la opción de solicitar a S.S mandamiento judicial para obtener geolocalización de los teléfonos móviles de ambos implicados, y así saber dónde se encontraba cada uno en el momento del accidente?.
Accidente de circulación, en él hay un atropello de peatón que cruzaba fuera del paso de peatones con herida sangrante en la cabeza y golpes por el cuerpo.
El conductor/a según manifestaciones de testigos, un varón, atiende al lesionado y dos minutos después, se ausenta del lugar, habiendo gente atendiendo al herido.
Momentos después, personada las FCS, se identifica como conductora del vehículo, una mujer, que decía que llevaba ella el vehículo, se le ve muy nerviosa y dudosa. El vehículo no se encuentra en el lugar del accidente ya que según dice lo había ido a aparcar, y ha vuelto al lugar, si bien, hay un testigo que dice no ser así, que ella no estaba allí. Que ha acudido minutos después.
Recabadas todas las manifestaciones, las cuales deducen que el vehículo dada la descripción del conductor que se apeó a atender al herido, coincide con el titular del vehículo y pareja de la que se identifica como conductora.
Que citada la parte implicada para tomarle manifestación por los hechos, en este caso quien dice ser conductora, esgrime que le ha dicho su abogado que quiere estar presente.
Hago las siguientes preguntas para poder despejar algunas dudas de este supuesto práctico:
- Ella, en este caso tomando como cierto el relato de testigo/s, que no era la conductora, tiene derecho a poderle tomarle manifestación con su abogado o no?
- ¿Cabría la opción de investigarla como cooperador necesario de un delito de abandono del accidente, entonces si que se le tomaría manifestación si quisiera con su abogado?
- El conductor, respondería como presunto autor de un delito del 382 bis CP? Entiendo que sí.
- Se podría enviar todo al Juzgado sin llegar a recoger manifestación a la quien dice ser conductora, ni al presunto conductor, y que el Juzgado/Fiscalía citara e investigara, en base a la exposición de los hechos y manifestación de testigos?.
- Cabe la opción de solicitar a S.S mandamiento judicial para obtener geolocalización de los teléfonos móviles de ambos implicados, y así saber dónde se encontraba cada uno en el momento del accidente?.
BALOTELLI
Re: Comisión de presunto delito 382 bis CP
Tomar declaración en principio al testigo, intentar autorización judicial aduciendo a que hay delito grave y es necesaria esa práctica para la resolución de la investigación, y por último tomar declaraciones a presunto autor/autora según resultados práctica gestiones, si no hay resultados, tomar igualmente a ambos como investigados y que resuelva la Autoridad judicial
Jesteban1965
Re: Comisión de presunto delito 382 bis CP
Buenos días. Primero debo calificar la figura a quien quiero tomar manifestación. En calidad de testigo o en calidad de investigado?. Testigo no hace falta que manifieste en presencia de abogado, de investigado es potestativo para esa persona pues puede renunciar a la intervención del abogado por ser delito contra la seguridad vial. Investigado si tienes indicios, le lees los derechos como investigado y le tomas manifestación si lo desea con abogado.
El bien jurídico protegido del artículo 382 bis es el obstruir la labor de investigación, con lo todo lo que narras creo sinceramente que se da.
El bien jurídico protegido del artículo 382 bis es el obstruir la labor de investigación, con lo todo lo que narras creo sinceramente que se da.
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PL Ibi 03079050
pl_ibi_03079050
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