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(#Consulta) Conductor que se marcha del lugar.
+4
charro
agenjo
lipu
JCRV
8 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: ATESTADOS
Página 1 de 1.
(#Consulta) Conductor que se marcha del lugar.
Me gustaría plantear la siguiente cuestión. Supongamos un accidente de tráfico con una sola unidad implicada y daños, por ejemplo, al mobiliario urbano. Al llegar la patrulla hay dos personas que dicen no ser el conductor y que éste, al haber bebido, se ha marchado del lugar. Dicen no saber su nombre porque lo han conocido esa misma noche y no se trata del titular del vehículo, que corresponde al padre de uno de los allí presentes.
¿Cual sería vuestra actuación?
Saludos.
¿Cual sería vuestra actuación?
Saludos.
JCRV
Sólo administrativo
Ese caso nos es familiar y frecuente. Si no tienes otros indicios que sitúe al conductor (erosión de airbag, golpe en parabrisas, etc,...) será difícil imputar un ilícito penal; y ante la duda, a favor del reo (estado de derecho). Es más practico reconducirlo al ámbito administrativo, no le retiraran el permiso de conducir (que es lo que suele pasar) pero acumulará bastante en sanciones el titular (no identificar al conductor, la infracción de la causa del accidente, abandonar el lugar sin dejar datos, ....) e incluso solicitar una ITV extraordinaria por los desperfectos en el vehículo. Si vas al ámbito penal deja claro los indicios que te hicieron suponer el conductor quién era, si tu dudas en el juzgado dudaran más.
lipu
o bien con los testigos
Si los testigos son colaboradores, toma manifestaciones con la descripción del conductor, tienes suerte, y coincidirá con el presunto.
lipu
Re: (#Consulta) Conductor que se marcha del lugar.
Pido disculpas Charro. He estado mirando varios mensajes a la vez y he mezclado. Pido disculpas.
Pensaba que había sufrido un accidente con daños materiales y daba un resultado después de realizarle la prueba de alcoholemia superior de 0.4.
Pensaba que había sufrido un accidente con daños materiales y daba un resultado después de realizarle la prueba de alcoholemia superior de 0.4.
agenjo
Re: (#Consulta) Conductor que se marcha del lugar.
No tienes que disculparte. Ni mucho menos.agenjo escribió:Pido disculpas Charro. He estado mirando varios mensajes a la vez y he mezclado. Pido disculpas.
Pensaba que había sufrido un accidente con daños materiales y daba un resultado después de realizarle la prueba de alcoholemia superior de 0.4.
Gracias por contribuir
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charro
Re: (#Consulta) Conductor que se marcha del lugar.
Por la aportacion
charro escribió:No tienes que disculparte. Ni mucho menos.agenjo escribió:Pido disculpas Charro. He estado mirando varios mensajes a la vez y he mezclado. Pido disculpas.
Pensaba que había sufrido un accidente con daños materiales y daba un resultado después de realizarle la prueba de alcoholemia superior de 0.4.
Gracias por contribuir
Miguel10338
Re: (#Consulta) Conductor que se marcha del lugar.
como en la mayoría de los casos, los testigos mienten mucho, les tomo manifestación aparte a cada uno. Suelen dar datos contradictorios.
Si no aportan datos del presunto conductor, el titular del vehículo, su seguro, tendrán que dar cuenta de los daños.
Miraría si hay alguna cámara en el recorrido, y como en un caso, se apreciaba con la cámara de una gasolinera, que mentía el supuesto acompañante, pues él era el unico ocupante y se le instruyeron diligencias.
Si no aportan datos del presunto conductor, el titular del vehículo, su seguro, tendrán que dar cuenta de los daños.
Miraría si hay alguna cámara en el recorrido, y como en un caso, se apreciaba con la cámara de una gasolinera, que mentía el supuesto acompañante, pues él era el unico ocupante y se le instruyeron diligencias.
atesta64
Re: (#Consulta) Conductor que se marcha del lugar.
Hola compañer@s. Independientemente de las respuestas aportadas por los compañer@s en este hilo, entiendo según el caso expuesto inicialmente, que podría ser de aplicación la modificación operada en la L.E.Crim. a través de la Ley 41/2015, de 5 octubre, en lo concerniente a la remisión del atestado por la policía judicial sin autor conocido.
En concreto me refiero a aquellos hechos en los que no hay autor conocido (artículo 284.2 L.E.Crim.) y no concurre ninguna de las circunstancias excepcionales que se indican en la nueva redacción dada a este articulado para remitir el atestado que se pudiera iniciar a la Autoridad judicial y Mº Fiscal.
De tal forma que a partir de las evidencias con las que se cuentan, se podría proceder a instruir atestado en el que se contengan todas las diligencias pertinentes y actas de declaración de los supuestos testigos el cual, como se ha indicado, no se remitiría al Juzgado competente y que sería archivado en Dependencias policiales, sin perjuicio de remitir oficio aclaratorio al respecto, hasta que se pudiese obtener alguna información relevante y esclarecedora relativas al asunto concreto.
Saludos.
En concreto me refiero a aquellos hechos en los que no hay autor conocido (artículo 284.2 L.E.Crim.) y no concurre ninguna de las circunstancias excepcionales que se indican en la nueva redacción dada a este articulado para remitir el atestado que se pudiera iniciar a la Autoridad judicial y Mº Fiscal.
De tal forma que a partir de las evidencias con las que se cuentan, se podría proceder a instruir atestado en el que se contengan todas las diligencias pertinentes y actas de declaración de los supuestos testigos el cual, como se ha indicado, no se remitiría al Juzgado competente y que sería archivado en Dependencias policiales, sin perjuicio de remitir oficio aclaratorio al respecto, hasta que se pudiese obtener alguna información relevante y esclarecedora relativas al asunto concreto.
Saludos.
bizquinbauer
posible actuación
En este caso expuesto se podría realizar unas diligencias a prevención y tomar en el lugar de los hechos manifestación a las 2 personas que se encuentran allí, siempre y cuando no sean menores de edad. Por otro lado se podría denunciar al vehículo por obstaculizar la circulación y al titular denuncia art 129 RGC y que identifique al conductor del vehículo. Se podría hacer gestiones con el titular del vehículo de quien llevaba ese vehículo, se podría hacer telefónicamente si le consta un número telefónico en el padrón de habitantes, incluso una patrulla se podría dirigir al domicilio del titular del vehículo, mientras otra patrulla esta con esta 2 personas. A nosotros se nos dio un caso similar accidente con alcoholemia en el cual conducía el hijo del titular, el cual negaba los hechos hasta que llegaron los padres y tras realizarle varias preguntas confeso ser el conductor , se hizo atestados y fue condenado.
safoce78
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