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(#Consulta) Negativa a identificarse reiteradamente, finalmente accede con pocos datos
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persona1
joseruizlopez
CarlosAlbacete
maxbs
CLINTEASTWOOD
trancas84
baggitto23
11 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: SEGURIDAD CIUDADANA :: ACTUACION ADMINISTRATIVA
Página 1 de 1.
(#Consulta) Negativa a identificarse reiteradamente, finalmente accede con pocos datos
Hola, muy buenas, Como actuaríais si debido a llamada por perro sin correa (en este ayuntamiento existe ordenanza que lo prohíbe), se requiere a la persona para que se identifique debido a que comete infraccion administrativa, y se niega reiteradamente, dice que únicamente facilita datos del perro (con su cartilla) Tras mas de 20 minutos requiriéndole para que acceda, explicándole todo el protocolo (acompañarnos a efectos de identificar, etc ...) y de mala gana, en plan despectivo continuo y nunca colaborando, acccede a dar nombre y dni de palabra, rápidamente, apenas podemos tomar nota. Que debido a que en la cartilla del perro aparecen sus datos (si es ella) y coinciden, ademas de llamar por teléfono y pronuncia soy "nombre" lo que también coincide, ¿cabe denuncia por negativa a identificarse? una vez abandonado el lugar, en dependencias realizamos comprobacions y sabemos fehacientemente que es "ella". Cabe denuncia por negativa? aunque lo haga al final pero hemos estado pacientemente y advirtiendola continuamentes mas de 20 minutos. GRACIAS
baggitto23
Re: (#Consulta) Negativa a identificarse reiteradamente, finalmente accede con pocos datos
Hola.
Según mi opinión, que no quiere decir que sea la correcta, lo entiendo así:
Yo entiendo que la negativa a identificarse supone una infracción al art. 36.6, aunque finalmente y tras insistir, la persona se identificara. Pues si no accede a identificarse de ningún modo podría ser un delito de resistencia y no cabria la denuncia por no identificarse.
Por lo que entiendo que la infracción sobre negativa a identificarse es cuando finalmente accede a ello.
Os recomiendo un curso que hay en NETPOL de seguridad ciudadana y tratan estos temas bastante bien.
Según mi opinión, que no quiere decir que sea la correcta, lo entiendo así:
Yo entiendo que la negativa a identificarse supone una infracción al art. 36.6, aunque finalmente y tras insistir, la persona se identificara. Pues si no accede a identificarse de ningún modo podría ser un delito de resistencia y no cabria la denuncia por no identificarse.
Por lo que entiendo que la infracción sobre negativa a identificarse es cuando finalmente accede a ello.
Os recomiendo un curso que hay en NETPOL de seguridad ciudadana y tratan estos temas bastante bien.
trancas84
Negativa a identificarse
Hola, tal y como explicas el caso.
1-En un principio la persona se niega a identificarse y posteriormente tras ser informada de las consecuencias, accede parcialmente y de forma no colaboradora.
2-Se realizan las comprobaciones necesarias, tal y como se establece en la normativa al respecto para que, ante tal negativa, se pueda averiguar la identidad de dicha persona.
Resultado:
Según mi modesta opinión, cabe denuncia por infracción a LOPSC.
Aún más, si cabe en este caso, ya que además hubo traslado a dependencias policiales, justificando la motivación para denunciar.
PD: Recordad facilitar acta de estancia en dependencias, con motivo de la identificación.
Saludos.
1-En un principio la persona se niega a identificarse y posteriormente tras ser informada de las consecuencias, accede parcialmente y de forma no colaboradora.
2-Se realizan las comprobaciones necesarias, tal y como se establece en la normativa al respecto para que, ante tal negativa, se pueda averiguar la identidad de dicha persona.
Resultado:
Según mi modesta opinión, cabe denuncia por infracción a LOPSC.
Aún más, si cabe en este caso, ya que además hubo traslado a dependencias policiales, justificando la motivación para denunciar.
PD: Recordad facilitar acta de estancia en dependencias, con motivo de la identificación.
Saludos.
CLINTEASTWOOD
negativa sin traslado
No procedimos al traslado de esta persona, debido que nos dijo de palabra su nombre y apellidos, y su nº de dni, (una única vez, rápidamente y apenas tiempo nos dio a tomar nota entre yo y mi compañero) Requerida para que lo repitiera no accede, al ver que coincidía con los datos del titular del perro (ya que nos facilito la cartilla del mismo) entendimos como identificada, (también tomamos nota de la matricula del vehículo en el que abandona el lugar) y hechas averiguaciones en dependencias se comprueba que esta identificada correctamente. ¿Discrepáis? Saludos compis
baggitto23
Re: (#Consulta) Negativa a identificarse reiteradamente, finalmente accede con pocos datos
Creo que como dicen anteriormente y tu mismo corroboras, no procede denuncia por negativa a identificarse puesto que si pudisteis identificarla aunque con trabas, incluso os proporcionó un documento que si bien no es justificante de la identidad de la ciudadana, lo es indirectamente por coincidir con lo que dijo de palabra y con la indagación sobre la matrícula que a mi entender es otro "documento" válido para el fin perseguido.
Otra cosa es la reticencia continúa y las trabas a facilitar la identificación que si que sería a mi juicio una resistencia en toda regla a las labores de policia
Otra cosa es la reticencia continúa y las trabas a facilitar la identificación que si que sería a mi juicio una resistencia en toda regla a las labores de policia
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maxbs
Negativa a identificarse
Perdón lo leí mal. Veo que no hubo traslado. En todo caso si hubo una primera negativa injustificada a identificarse, por lo que sigo pensando que cabria denuncia.
Saludos.
Saludos.
CLINTEASTWOOD
Re: (#Consulta) Negativa a identificarse reiteradamente, finalmente accede con pocos datos
Hola, en mi opinión como indica el artículo 36.6 de LOPSC la filiación falsa o inexacta también es denunciable por ese artículo y según indicas;
- La persona NO aportó todos los datos filiatorios necesarios para la denuncia, con lo cual su filiación es claramente "inexacta".
- Cuando aporta los escasos datos lo hace de una forma que fácilmente pueda crear error o confusión y tomar unos datos incorrectos, pudiendo dar lugar a una filiación falsa o inexacta.
- Para poder proceder a su completa identificación tuvisteis que realizar una investigación para poder completar los datos que teníais y para poder corroborar lo poco que teníais, quedando claro que los datos aportados eran inexactos.
Según has indicado creo que hay hechos suficientes para poderla sancionar por ese artículo.
- La persona NO aportó todos los datos filiatorios necesarios para la denuncia, con lo cual su filiación es claramente "inexacta".
- Cuando aporta los escasos datos lo hace de una forma que fácilmente pueda crear error o confusión y tomar unos datos incorrectos, pudiendo dar lugar a una filiación falsa o inexacta.
- Para poder proceder a su completa identificación tuvisteis que realizar una investigación para poder completar los datos que teníais y para poder corroborar lo poco que teníais, quedando claro que los datos aportados eran inexactos.
Según has indicado creo que hay hechos suficientes para poderla sancionar por ese artículo.
CarlosAlbacete
Re: (#Consulta) Negativa a identificarse reiteradamente, finalmente accede con pocos datos
Hola Compañeros.
Creo que se podria denunciar por no presentarte el DNI y por no colaborar con los agentes teniendo una posible falta de consideracion y respeto hacia los mismos.
Un Saludo
Creo que se podria denunciar por no presentarte el DNI y por no colaborar con los agentes teniendo una posible falta de consideracion y respeto hacia los mismos.
Un Saludo
joseruizlopez
Re: (#Consulta) Negativa a identificarse reiteradamente, finalmente accede con pocos datos
Haber con los motivos que explicas si se niega aunque sea una sola vez...denuncia ley orgánica...eso va a misa,...aunque a los tres segundos se arrepienta...la denuncia estaría correcta.
persona1
Negativa a identificarse.
Buenos días compañeros, respecto al tema que nos ocupa creo que existe infracción clara y sin ningún tipo de duda al artículo 36.6 de la L.O 4/2015, desde el momento en el que se le requiere para que se identifique esta obligado a identificarse plenamente ante el Agente que se lo solicita, en este caso no solo no se identifica sino que en primera instancia se niega a hacerlo, en ese momento ya ha cometido dicha infracción, según se describe obliga a los Agentes a realizar gestiones para lograr la correcta identificación, no aporta la totalidad de los datos... en mi parecer, infracción clara, si su negativa se hubiese prorrogado en el tiempo podría haber cometido infracción penal si no hubiese aportado ningún dato.
Os comento una intervención mía en el que soy requerido por una reyerta en la vía pública, llego al lugar y no existe tal reyerta, pero si veo a un señor, de unos cuarenta (40) años de edad, este parece estar ebrio, enseñando la pantalla de un teléfono móvil a una niña de unos siete u ocho años que nos mira con cara de extrañada.
Me acerco al individuo y tras darle los buenos días le pregunto por si conoce a la niña, directamente este señor no me contesta y se veulve agresivo, le pregunto a la niña si le conoce y me dice que no, le pido al señor que se identifique, este se niega y nos insulta, reitero mi solicitud tres o cuatro veces mas, este se sigue negando y se intenta marchar, hace caso omiso totalmente, acabo deteniéndole por la negativa, localizo a la madre de la niña y le comento lo sucedido, esta se marcha sin querer saber nada.
Al final cuando tenia a este señor detenido aparece otra persona que se identifica como el hermano de este, le identifico y le pido los datos de su hermano, me los da, los compruebo e inmediatamente pongo en libertad al detenido, instruí diligencias por desobediencia grave y denuncie paralelamente a la 4/2015 art 36.6 haciendo constar los hechos en el atestado y en el acta de infracción. Al final la juez vio correcta la actuación y me comunicó que el hecho se sancionaría por la vía administrativa.
Os comento una intervención mía en el que soy requerido por una reyerta en la vía pública, llego al lugar y no existe tal reyerta, pero si veo a un señor, de unos cuarenta (40) años de edad, este parece estar ebrio, enseñando la pantalla de un teléfono móvil a una niña de unos siete u ocho años que nos mira con cara de extrañada.
Me acerco al individuo y tras darle los buenos días le pregunto por si conoce a la niña, directamente este señor no me contesta y se veulve agresivo, le pregunto a la niña si le conoce y me dice que no, le pido al señor que se identifique, este se niega y nos insulta, reitero mi solicitud tres o cuatro veces mas, este se sigue negando y se intenta marchar, hace caso omiso totalmente, acabo deteniéndole por la negativa, localizo a la madre de la niña y le comento lo sucedido, esta se marcha sin querer saber nada.
Al final cuando tenia a este señor detenido aparece otra persona que se identifica como el hermano de este, le identifico y le pido los datos de su hermano, me los da, los compruebo e inmediatamente pongo en libertad al detenido, instruí diligencias por desobediencia grave y denuncie paralelamente a la 4/2015 art 36.6 haciendo constar los hechos en el atestado y en el acta de infracción. Al final la juez vio correcta la actuación y me comunicó que el hecho se sancionaría por la vía administrativa.
fernando328ci
Re: (#Consulta) Negativa a identificarse reiteradamente, finalmente accede con pocos datos
Hola buenos días.
Yo denunciaría por negativa a identificarse aunque al final se le identificó, según LOPSC.
También valoraría denuncia a LOPSC por falta de respeto y menosprecio, no hace falta que t insulten, sino también actitudes, etc.
Y estudia la posibilidad de denuncia por llevar al perro sin acondicionar dentro del coche, y haz memoria por si no se puso el cinturón de seguridad.
Salu2
Yo denunciaría por negativa a identificarse aunque al final se le identificó, según LOPSC.
También valoraría denuncia a LOPSC por falta de respeto y menosprecio, no hace falta que t insulten, sino también actitudes, etc.
Y estudia la posibilidad de denuncia por llevar al perro sin acondicionar dentro del coche, y haz memoria por si no se puso el cinturón de seguridad.
Salu2
neno
Re: (#Consulta) Negativa a identificarse reiteradamente, finalmente accede con pocos datos
En el art. 36.6 de la LOPSC no se subsume solamente la negativa a identificarse, sino también el hecho de aportación de datos falsos para la identificación.
como FCS tenemos derecho a que la persona se identifique en este caso que comenta el compañero, para la represión de una infracción administrativa.
En el caso que se nos expone, no se trata de otra cosa más que una modalidad de desobediencia la cual viene tipificada específicamente en el art. 36.6 de la LOPSC, de manera que para proceder, haremos constar sucintamente los hechos que motivan la identificación, que le informamos que es al objeto de sancionar una infracción y que esta persona, de manera contumaz se niega a ser identificada, empleando hasta 20 minutos para obtener datos de filiación incompletos, teniendo que buscar en dependencias policiales el resto de la filiación.
En lo que va de año, llevo tres actuaciones similares. En este caso ante el Subdelegado del Gobierno de A Coruña y las tres han prosperado.
Importante que describáis con exactitud los hechos señalando especialmente la absoluta falta de colaboración y cumplimiento del infractor con la obligación de identificarse: no porta dni ni documento que le identifique, se niega a identificarse en reiteradas ocasiones y después de 20 minutos aporta verbalmente aprisa sin poder anotar la filiación, parte de sus datos, motivo por el cual se instruye el acta de infracción, además de hacer constar que se tramita también la denuncia por infracción e las Ordenanzas Municipales.
Espero que te sea de ayuda.
Un saludo.
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panteloguerra
Re: (#Consulta) Negativa a identificarse reiteradamente, finalmente accede con pocos datos
Yo tuve un caso parecido hace justamente un año, señora que origina una situación de escándalo público, que es requerida una y mil veces para que se identificara haciendo caso omiso y que termina insultándonos: hijos de puta, chulos de CENSURADO, etc. Se le vuelve a requerir la identificación con el argumento de que iba a ser denunciada por esos insultos (Ley 4/2015, falta de respeto a Agentes de la Autoridad) y que de persistir en su negativa sería detenida. Finalmente eso fue lo que ocurrió, la detuvimos y resultó condenada (en conformidad).
Hay que seguir todos los pasos, escribir todo bien y, llegado el caso de la persistencia de la negativa, pues nada, detención.
Hay que seguir todos los pasos, escribir todo bien y, llegado el caso de la persistencia de la negativa, pues nada, detención.
Pulo
Re: (#Consulta) Negativa a identificarse reiteradamente, finalmente accede con pocos datos
Mi último caso de alegación de datos falsos, ha sido hace unos días en un local de alterne: prostituta dominicana, con visado presuntamente de turista. SE le pide documentación que la pueda identificar y manifiesta que ha perdido el pasaporte. Se le pregunta, si ha denunciado el extravío del mismo, manifestando que sí, se le pregunta donde, y dice que no recuerda donde denuncio, aportando solamente un "DNI" dominicano.
Se realiza un palpado superficial de la barra del local y... milagro, aparece escondido debajo de un bolso negro.
Pues levantamos acta de infracción por vulneración del art. 36.6 LO 4/2015, NO POR NEGarse, sino por alegar datos falsos en el proceso de identificación.
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panteloguerra
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