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(Consulta) Uso munición punta hueca por Policía Local
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alelaspalmas
pedromadrid
ROMRIS
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INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: SEGURIDAD CIUDADANA :: ACTUACION INCAE
Página 1 de 1.
(Consulta) Uso munición punta hueca por Policía Local
Buenas noches.
Me gustaría que alguno de los expertos en armamento, que seguro que hay varios, me contestase a una duda que tengo hace algún tiempo.
Según tengo entendido, existen alguna Policías Locales que utilizan munición con punta hueca. Al parecer, es legal la utilización de este tipo de munición por parte de los miembros de los Cuerpos de Seguridad policiales. ¿Es cierto que es legal? ¿En dónde viene reflejado legalmente?
Gracias.
Me gustaría que alguno de los expertos en armamento, que seguro que hay varios, me contestase a una duda que tengo hace algún tiempo.
Según tengo entendido, existen alguna Policías Locales que utilizan munición con punta hueca. Al parecer, es legal la utilización de este tipo de munición por parte de los miembros de los Cuerpos de Seguridad policiales. ¿Es cierto que es legal? ¿En dónde viene reflejado legalmente?
Gracias.
ROMRIS
munición hueca
No es legal salvo para funcionarios habilitados. En cuanto a las Policías Locales tienen que estar autorizados y presentar dicha autorización junto con la solicitud ante la IAE de la Guardia Civil correspondiente. La Autoridad respectiva (Jefe Zona de la Guardia Civil) podrá autorizar o denegar.
Si estáis interesados ya subiré algún informe de la Guardia Civil al respecto.
En mi demarcación se han rechazado peticiones por no estar suficientemente motivadas.
Pero yo como Interventor puedo valorar el motivo y el Ayuntamiento argumentar considere oportuno. Eso no quita en otras Intervenciones se aprueben por estar bien motivada la solicitud. Hay que tener en cuenta que es una munición prohibida según determina el Reglamento de Armas y otras disposiciones normativas.
Saludos, Pedro.
Si estáis interesados ya subiré algún informe de la Guardia Civil al respecto.
En mi demarcación se han rechazado peticiones por no estar suficientemente motivadas.
Pero yo como Interventor puedo valorar el motivo y el Ayuntamiento argumentar considere oportuno. Eso no quita en otras Intervenciones se aprueben por estar bien motivada la solicitud. Hay que tener en cuenta que es una munición prohibida según determina el Reglamento de Armas y otras disposiciones normativas.
Saludos, Pedro.
pedromadrid
Re: (Consulta) Uso munición punta hueca por Policía Local
Hola Pedro, si no te importa podrías subir los informes a los que haces referencia,
un saludo,
gracias.
un saludo,
gracias.
alelaspalmas
Re: (Consulta) Uso munición punta hueca por Policía Local
Pedro, disculpa pero no conozco ninguna normativa que especifique que se entiende por funcionarios debidamente habilitados, no hace referencia concreta a ningún cuerpo policial, ni especialidad alguna. Nosotros en mi municipio, llevamos se realizó un informe motivando todo ello, y el motivo por el cuál se consideraba la munición más idónea para el servicio, y a fecha de hoy la llevamos, de hecho no tuvimos ningún problema para conseguirla, y la autorización según tengo entendido se firma igualmente en Madrid, te hablo desde provincia de Valencia. Un saludo.
starpk6
Re: (Consulta) Uso munición punta hueca por Policía Local
Buenos días a todos.
Os agradezco mucho vuestros comentarios pero no me justificáis legalmente los argumentos.
Me gustaría tenerlos para poder demostrar a mis superiores que se puede hacer si ellos quieren pero lo necesito hacer argumentándolo legalmente.
Gracias.
Salu2.
Os agradezco mucho vuestros comentarios pero no me justificáis legalmente los argumentos.
Me gustaría tenerlos para poder demostrar a mis superiores que se puede hacer si ellos quieren pero lo necesito hacer argumentándolo legalmente.
Gracias.
Salu2.
ROMRIS
Munición hueca
A ver, el que la Policía Local d determinado Municipio use Munición de punta hueca es porque a Juicio de la Autoridad que la concede, previa petición debidamente motivada lo ha autorizado, eso es lo que he dicho. Yo soy Interventor y se de lo que hablo, pero no es generalizado. Sobre lnformes subiré alguno.
Respecto a lo que dice el Reglamento sobre "Funcionarios habilitados" somos nosotros, no es ningún agente especial, pero tenemos que tener la Autorización para su uso por nuestro Jefe Superior y la Autoridad concede.
pedromadrid
PUNTA HUECA
Pedro en ningún momento pongo en duda de que no sepas de lo que hablas y más estando destinado en esa unidad, pero si que resulta cierto que parece que sea palabra TABU hablar de que las policias (todos en general) usen como dotación munición de punta hueca, cosa que creo que en vez de crear la alarma que crea cuando pronuncias estas palabras primero la gente tendría que informarse. Teniendo en cuenta y considero que eres un profesional y entendido en la materia, entiendo que estaremos de acuerdo en que para la calle, para trabajar es la munición más adecuada, (no como la blindada que portamos), ya que la blindada produce rebotes con resultado de heridos innecesarios, esguirlas, etc; y ya no te hablo de que la potencia de parada que tiene es prácticamente nula a excepción de que el proyectil haya impactado en hueso u órgano vital, resulta diferente la parada que otorga la punta hueco, eso sin comentar que evitamos rebotes, esguirlas, etc. Creo a todos los efectos que es la más idónea para las FFCCSS, de todas formas, si tienes curiosidad te facilito el informe que presentamos además de información recopilada para la asignación de munición de punta hueca. Un saluo.
starpk6
Re: (Consulta) Uso munición punta hueca por Policía Local
Os dejo un articulo de opinión sobre el tema por si clarifica algo la opinión de otros profesionales y expertos.
por Ernesto Pérez Vera Instructor de Tiro Policial y Defensivo
por Ernesto Pérez Vera Instructor de Tiro Policial y Defensivo
Debido en parte a las muchas consultas recibidas sobre el poder de parada y poder de penetración ,al que hacía referencia dias atras, de los diferentes tipos de balas o puntas,he decidido dedicar una nueva entrada a éste ,y por otro lado ,interesante tema,a fin de aclarar algunos conceptos.
La mayor parte de los cartuchos usados hoy en día,tanto por las fuerzas policiales como por tiradores deportivos,son cartuchos que montan balas de plomo, semiblindadas,blindadas o encamisadas.Todos ellos poseen una característica común,el uso del plomo,bien sea como núcleo o como base total del cuerpo del proyectil.
Una característica principal de la bala blindada o encamisada, también llamada FMJ (Full Metal Jacket) consiste en su alto poder de penetración y bajo poder de deformación al impactar en el cuerpo humano o incluso en cualquier objeto del entorno cotidiano. Esa propiedad para perforar o penetrar, se la facilita la envuelta o camisa de metal que recubre al núcleo de plomo y que en la mayoría de los casos suele ser de latón.
Dicha penetración provoca,a su vez, la llamada sobrepenetración, es decir, que después de alcanzar a su objetivo, el proyectil aún posee energía suficiente para atravesarlo y continuar hasta otro punto de impacto,pudiendo provocar lo que hoy en día se onoce como "daño colateral".
Una forma de evitar esa sobrepenetración consiste en el uso de otro tipo de puntas, como por ejemplo las de plomo macizo mezclado con antimonio y las semiblindadas, que son aquellas que exteriormente y en sus paredes, poseen envuelta metálica, generalmente de latón, pero que, sin embargo, en el extremo superior de la punta, permiten observar como asoma un poco de plomo desnudo.
Los que recurren al uso de las puntas de plomo o semiblindadas, lo hacen con la convicción de que dichos proyectiles se van a deformar al impactar en el cuerpo o en el blanco deseado,propiciando una mayor transferencia de energía sobre los órganos que se vean afectados por el impacto,consiguiendo con ello la puesta fuera de combate del sujeto alcanzado,evitando las sobrepenetraciones y rebotes.
Pues bien, ese mito de que los proyectiles de plomo y los semiblindados aportan esas ventajas para los usuarios de armas de defensa y/o seguridad, no es más que eso, un mito. Lo real,y hay que admitirlo, es que en cierto grado si se reduce el riesgo de rebote, pero no anula o elimina ese riesgo por completo,como muchos creen. Según que órgano del cuerpo humano sea alcanzado o blanco sea impactado, se podrá producir cierta deformación, pero esto no es algo que siempre este asegurado.
La otra solución, quizás la mejor es la "punta hueca".Se denominan así a aquellas que poseen una oquedad en su extremo superior, estando, dicha oquedad, destinada a facilitar la deformación del proyectil en el instante del impacto.
Dos son las ventajas que se pueden destacar en este tipo de puntas, frente a las usadas de modo tradicional.
El más ventajoso de los factores es el de la mayor transferencia de energía al cuerpo impactado. Se entiende por transferencia de energía, la capacidad que tiene un proyectil, una vez disparado, y aún habiendo perdiendo parte de su energía en el “vuelo”, para transferir al objetivo, toda la energía con la que impacta.
A mayor transferencia más deformación del proyectil (variación de su forma) y a más deformación de ese proyectil, más masa será destruida en el cuerpo impactado y mayor será la herida provocada por el impacto y durante la penetración.
Es un error muy común, creer que la punta hueca es más mortal,o lo que es lo mismo, que “…la punta hueca MATA MAS”. Digo que es un error porque, si usamos Punta Hueca, de calidad,y siempre y cuando esos disparos se coloquen en la zona del cuerpo deseada, es más que probable que, con pocos disparos dejemos fuera de combate al agresor. Quizás con uno o dos disparos, podamos alcanzar el K.O., mientras que con proyectiles de plomo, blindados o semiblindados y situando los impactos, en la misma zona del cuerpo, es muy probable que el sujeto continúe en su intento de abatirnos y debamos seguir disparando contra él,causándole,no la detención,si no la muerte segura.
Por ello, a veces para derribar y neutralizar la agresión, se deben hacer demasiados impactos contra el atacante, mientras en la mayoría de ocasiones en que se usó proyectil de Punta Hueca, con pocos disparos se pudo neutralizar el avance lesivo del sujeto hostil. Como muestra de ello, este ejemplo real: los siete impactos que un atracador recibió en un enfrentamiento con la Policía Local de Petrer (Alicante) en noviembre de 2008 y que pudo ser grabado, por un video aficionado, y televisado posteriormente. Los cartuchos usados no eran de Punta Hueca, y siete, son muchos disparos, aunque fuesen necesarios y proporcionados.
La segunda ventaja que aporta la Punta Hueca, frente a las tradicionales puntas blindadas, las semiblindadas y de plomo, es la menor sobrepenetración de la que ya hemos hablado al inicio del artículo.
Las Puntas Huecas, dada su mayor facilidad de deformación, al impactar, y durante la transferencia de energía, no suelen abandonar el cuerpo impactado, quedando, normalmente, alojados en algún órgano del sujeto que recibió el disparo. En los casos en que sí abandonan el cuerpo impactado, suelen hacerlo con poca capacidad lesiva, evitando con ello daños colaterales o lesiones a terceros.
Una de las muchas incongruencias de las que esta plagada nuestra "Ley sobre armas de fuego" y me refiero a la española,es la prohibición de usar cartuchos de punta hueca en las canchas de tiro deportivo (por supuesto,también para uso civil).Se por experiencia que la seguridad es la pauta principal en nuestros campos de tiro;pero por otro lado creo que nadie esta en condiciones de garantizarla al cien por cien.El uso,más que frecuente, de munición blindada,caso de la 9 mm. Sta. Bárbara,por poner un ejemplo, podría dar lugar aun "rebote" de fatales consecuencias,cosa que se evitaría usando cartuchos de punta hueca:
De todo ésto se deduce que el "poder de parada" de un cartucho estará determinado,en gran medida, por el tipo de punta que se utilice.Escuchamos frecuéntemente que el calibre ideal (según los americanos) para defensa personal es el calibre .45,y yo me pregunto ¿existe mucha diferencia entre un 9 mm Parabellum con punta hueca de 125 grains y un .45 con punta "Full Metal Jacket" ?.
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charro
punta hueca no tan prohibida
En efecto el reglamento de armas prohíbe la tenencia de munición de punta hueca e incluso de sus proyectiles pro se da la paradoja de que no es tan prohibida en su sentido genérico pues es de uso común en la caza "mayor". Los funcionarios especialmente habilitados siempre entendí que se refería a los funcionarios que usan armas como medida para diferenciarnos del resto de funcionarios. como bien deja entrever el compañero interventor todo depende del informe razonado de alcaldía a la hora de pedir ese tipo de munición. Esta claro que como policía local local se me obliga a portar munición blindada o munición de plomo, que por ende es extremadamente expansivo.
PERICLES
Re: (Consulta) Uso munición punta hueca por Policía Local
En mi plantilla la llevamos. Se nos dotó recientemente, todo ello bajo resolución motivada y todo eso.
Pulo
Re: (Consulta) Uso munición punta hueca por Policía Local
En mi plantilla de un municipio de Valencia también tras solicitud motivada
drassy
Re: (Consulta) Uso munición punta hueca por Policía Local
En este otro artículo del mismo autor viene la justificación normativa de la legalidad de su uso por parte de las FFCCSS
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adamus03248
Re: (Consulta) Uso munición punta hueca por Policía Local
Buenas, soy compañero de plantilla PL provincia Valencia, interesaría que adjuntarais informe motivado para autorización por intervención de armas de munición Pi ya hueca o expansivas.Graciasdrassy escribió:En mi plantilla de un municipio de Valencia también tras solicitud motivada
jampolmotero
Informe motivado
Buenos dias
Me podrias enviar algun informe motivado para la intervencion de armas.
Muchas gracias
Me podrias enviar algun informe motivado para la intervencion de armas.
Muchas gracias
pelon577
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