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(Consulta) Obligación Carta Verde vehículo extranjero que viene de vacaciones a España
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gub87
COP5809
charro
Zetero
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INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: LEGISLACION Y DOCUMENTACION
Página 1 de 1.
(Consulta) Obligación Carta Verde vehículo extranjero que viene de vacaciones a España
Es obligatorio cuando un extranjero viene a España con su vehículo que porte el seguro obligatorio (conocido como Carta Verde)??
En el caso de que ese vehículo con placas extranjeras no lleve documento que acredite que el vehículo está asegurado, cómo actuaríamos.
En el caso de que ese vehículo con placas extranjeras no lleve documento que acredite que el vehículo está asegurado, cómo actuaríamos.
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Zetero
Re: (Consulta) Obligación Carta Verde vehículo extranjero que viene de vacaciones a España
La Carta Verde, denominada así por su color, es un Certificado Internacional de Seguro que acredita en un país extranjero adherido a este sistema, que se está asegurado como mínimo, con el alcance y los límites cuantitativos de la ley del Seguro de Responsabilidad Civil de Vehículos a Motor del país donde se cause el accidente.
La Carta Verde es un documento reconocido en más de 40 países, incluyendo todos los países que forman parte de la Unión Europea.
No es preciso disponer físicamente de la Carta Verde para cruzar las fronteras en la Unión Europea (UE), ya que cada póliza de seguro de automóvil emitida en un estado miembro de la UE garantiza la cobertura mínima de seguro requerida por la ley en otro estado miembro.
La Carta Verde tampoco es necesaria para Islandia, Noruega, Suiza (incluyendo Liechtenstein) y Andorra.
En los países donde no es obligatorio circular portando la Carta Verde, el aseguramiento deberá ser acreditado mediante documento fehaciente en vigor (póliza de seguro, recibo al corriente de pago, etc). En cualquier caso, al tratarse de un documento con contenido estandarizado para los países adheridos al sistema, es recomendable llevarlo siempre consigo, ya que facilitará cualquier trámite en caso de necesidad.
Actualmente, la Carta Verde si es requerida físicamente para viajar a Albania, Bosnia y Herzegovina, Bielorrusia, antigua República Yugoslava de Macedonia, Israel, Irán, Moldavia, Marruecos, Serbia y Montenegro, Túnez, Turquía y Ucrania.
En España, las compañías de seguros no tienen la obligación legal de facilitar junto con la póliza de Seguro de Automóvil la Carta Verde, aunque la práctica totalidad de ellas la emiten junto con el recibo de pago.
La Carta Verde es un documento reconocido en más de 40 países, incluyendo todos los países que forman parte de la Unión Europea.
No es preciso disponer físicamente de la Carta Verde para cruzar las fronteras en la Unión Europea (UE), ya que cada póliza de seguro de automóvil emitida en un estado miembro de la UE garantiza la cobertura mínima de seguro requerida por la ley en otro estado miembro.
La Carta Verde tampoco es necesaria para Islandia, Noruega, Suiza (incluyendo Liechtenstein) y Andorra.
En los países donde no es obligatorio circular portando la Carta Verde, el aseguramiento deberá ser acreditado mediante documento fehaciente en vigor (póliza de seguro, recibo al corriente de pago, etc). En cualquier caso, al tratarse de un documento con contenido estandarizado para los países adheridos al sistema, es recomendable llevarlo siempre consigo, ya que facilitará cualquier trámite en caso de necesidad.
Actualmente, la Carta Verde si es requerida físicamente para viajar a Albania, Bosnia y Herzegovina, Bielorrusia, antigua República Yugoslava de Macedonia, Israel, Irán, Moldavia, Marruecos, Serbia y Montenegro, Túnez, Turquía y Ucrania.
En España, las compañías de seguros no tienen la obligación legal de facilitar junto con la póliza de Seguro de Automóvil la Carta Verde, aunque la práctica totalidad de ellas la emiten junto con el recibo de pago.
En cuanto a los vehículos extranjeros sin seguro hay que distinguir entre vehículos de la Unión Europea y los no pertenecientes a la UE.
Los primeros, es decir, los del UE, tienen una garantía que va, por regla general, más allá del seguro que pueda tener concertado. En caso de carencia de seguro, su placa de matricula, como indicio de su estacionamiento habitual, permite vincular la responsabilidad civil de dicho vehículo a la Oficina Nacional de Seguros del país de donde éste procede, a través de la oficina nacional del país donde el daño ha sido ocasionado (OFESAUTO, en el caso de España).
Los primeros, es decir, los del UE, tienen una garantía que va, por regla general, más allá del seguro que pueda tener concertado. En caso de carencia de seguro, su placa de matricula, como indicio de su estacionamiento habitual, permite vincular la responsabilidad civil de dicho vehículo a la Oficina Nacional de Seguros del país de donde éste procede, a través de la oficina nacional del país donde el daño ha sido ocasionado (OFESAUTO, en el caso de España).
Si el supuesto se desenvuelve con países que no son miembros de la Unión Europea, estos han de llevar consigo justificante válido de estar en posesión de seguro obligatorio, o seguro de frontera (que es el aseguramiento que deben tener para poder acceder y circular por territorio nacional y cuyo control incumbe a las autoridades Aduaneras y en el territorio interno, a las autoridades de tráfico) o se procederá a efectuar denuncia e inmovilización, como en el caso de un vehículo matriculado en España, hasta que presenten un seguro válido, como los expedidos por OFESAUTO
Reglamento del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil en la Circulación de Vehículos a Motor Real Decreto 1507/2008
Artículo 6 Vehículos con estacionamiento habitual en Estados no pertenecientes al Espacio Económico Europeo
Para poder circular por territorio español, los vehículos con estacionamiento habitual en Estados no pertenecientes al Espacio Económico Europeo que no estuvieran adheridos al Acuerdo entre las oficinas nacionales de seguros de los Estados miembros del Espacio Económico Europeo y otros Estados asociados, deberán estar asegurados por el sistema de certificado internacional de seguro o por el seguro en frontera, que habrán de contener, al menos, las condiciones y límites que para este último se señalan en el artículo 15 de este reglamento.
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charro
Re: (Consulta) Obligación Carta Verde vehículo extranjero que viene de vacaciones a España
Ante todo gracias por la respuesta.
Resumiendo los extranjeros en España no tienen obligación de portar la Carta Verde.
--> Si son vehículos con placas pertenecientes al EEE NO se le podrá sancionar ni inmovilizar el vehículo por NO demostrarnos documentalmente que tiene seguro ya que las propias placas en caso de accidente actuarían como vinculante de responsabilidad civil en la Oficina Nacional de Seguros de su país de procedencia.
--> Si el vehículo posee placas que no pertenecen al EEE y no nos presenta el justificante de haber abonado el seguro entonces se procederá a inmovilizar y sancionar.
¿Estaría bien esto como resumen?
Resumiendo los extranjeros en España no tienen obligación de portar la Carta Verde.
--> Si son vehículos con placas pertenecientes al EEE NO se le podrá sancionar ni inmovilizar el vehículo por NO demostrarnos documentalmente que tiene seguro ya que las propias placas en caso de accidente actuarían como vinculante de responsabilidad civil en la Oficina Nacional de Seguros de su país de procedencia.
--> Si el vehículo posee placas que no pertenecen al EEE y no nos presenta el justificante de haber abonado el seguro entonces se procederá a inmovilizar y sancionar.
¿Estaría bien esto como resumen?
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Zetero
Re: (Consulta) Obligación Carta Verde vehículo extranjero que viene de vacaciones a España
Zetero escribió:Ante todo gracias por la respuesta.
Resumiendo los extranjeros en España no tienen obligación de portar la Carta Verde.
--> Si son vehículos con placas pertenecientes al EEE NO se le podrá sancionar ni inmovilizar el vehículo por NO demostrarnos documentalmente que tiene seguro ya que las propias placas en caso de accidente actuarían como vinculante de responsabilidad civil en la Oficina Nacional de Seguros de su país de procedencia.
--> Si el vehículo posee placas que no pertenecen al EEE y no nos presenta el justificante de haber abonado el seguro entonces se procederá a inmovilizar y sancionar.
¿Estaría bien esto como resumen?
Yo opino que sí. Hay que tener en cuenta que debe abonar en el acto la sanción.
COP5809
Re: (Consulta) Obligación Carta Verde vehículo extranjero que viene de vacaciones a España
COP5809 escribió:Zetero escribió:Ante todo gracias por la respuesta.
Resumiendo los extranjeros en España no tienen obligación de portar la Carta Verde.
--> Si son vehículos con placas pertenecientes al EEE NO se le podrá sancionar ni inmovilizar el vehículo por NO demostrarnos documentalmente que tiene seguro ya que las propias placas en caso de accidente actuarían como vinculante de responsabilidad civil en la Oficina Nacional de Seguros de su país de procedencia.
--> Si el vehículo posee placas que no pertenecen al EEE y no nos presenta el justificante de haber abonado el seguro entonces se procederá a inmovilizar y sancionar.
¿Estaría bien esto como resumen?
Yo opino que sí. Hay que tener en cuenta que debe abonar en el acto la sanción.
Efectivamente, un detalle muy importante, al no ser residente en España la inmovilización seria por doble motivo. Y no se levantaría hasta la subsanación del hecho de circular sin el seguro y el pago de la sanción con la reducción.
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charro
Re: (Consulta) Obligación Carta Verde vehículo extranjero que viene de vacaciones a España
A que os referis con las placas EEE; a las temporales?
Un ejemplo; un coche francés con las placas de su país ha de llevar la carta verde?
Un ejemplo; un coche francés con las placas de su país ha de llevar la carta verde?
gub87
Re: (Consulta) Obligación Carta Verde vehículo extranjero que viene de vacaciones a España
Placas EEE son las placas nacionales de cualquier país del Espacio Económico Europeo. Por lo tanto un vehículo francés con placas de su país NO ha de llevar la carta verde.gub87 escribió:A que os referis con las placas EEE; a las temporales?
Un ejemplo; un coche francés con las placas de su país ha de llevar la carta verde?
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charro
Re: (Consulta) Obligación Carta Verde vehículo extranjero que viene de vacaciones a España
Buenas noches.
Para entender lo relacionado con los seguros de vehículos extranjeros, hay que tener en cuenta que existen tres modalidades distintas de seguro:
CONVENIO MULTILATERAL GARANTÍAS.-
El 15 de marzo de 1991 se firmó en Madrid. Acuerdo reciproco por el cual los Estados firmantes, a través de sus Oficinas Nacionales, se comprometían a dar cobertura en base al estacionamiento habitual a aquellos vehículos que careciesen de seguro, en accidentes ocasionados en el territorio del resto.
Se basa en:
Primera Directiva de 24 de abril de 1972 (72/166/CEE)
Segunda Directiva de 30 de diciembre de 1983 (84/5/CEE)
Tercera Directiva de 14 de mayo de 1991 (90/232/CEE)
Cuarta Directiva de 16 de mayo de 2000 (2000/26/CEE)
Quinta Directiva de 11 de mayo de 2005 (2005/14/ CEE)
Sexta Directiva de 16 de septiembre de 2009 (2009/103/CE)
Suscrito por:
28 ESTADOS MIEMBROS DE LA UE.
2 ESTADOS DEL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO (ISLANDIA Y NORUEGA).
SUIZA
ANDORRA
CARACTERÍSTICAS.
NO SE CONTROLA ENTRE ELLOS EL SEGURO DE LOS VEHÍCULOS A MOTOR CON ESTACIONAMIENTO HABITUAL EN OTRO ESTADO FIRMANTE. SE CONSIDERAN AUTOMATICAMENTE GARANTIZADOS.
LOS VEHÍCULOS CON ESTACIONAMIENTO HABITUAL EN UN PAÍS DEL SISTEMA DE PRESUNCIÓN DE SEGURO DEBEN SER PORTADORES DE UN SEGURO OBLIGATORIO, PERO LA CARTA VERDE NO ES NECESARIA NI IMPRESCINDIBLE Y NO SE PUEDE EXIGIR COMO EVIDENCIA EXCLUSIVA DE SEGURO.
TODOS LOS PAÍSES EUROPEOS TIENEN UN SISTEMA LEGAL HOMOGÉNEO COMÚN EN CUANTO A LAS INDEMNIZACIONES MÍNIMAS, EL ALCANCE DEL SEGURO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.
EN DEFECTO DE SEGURO LA PLACA DE MATRÍCULA ES GARANTÍA DE RESPONSABILIDAD CIVIL YA QUE POR LOS DAÑOS QUE DICHO VEHÍCULO PUDIERA CAUSAR RESPONDERÁ EL FONDO NACIONAL DE GARANTÍA DEL PAÍS DEL ESTACIONAMIENTO HABITUAL (matriculación)
NINGUN VEHÍCULO MATRICULADO EN UN ESTADO MIEMBRO DEBE ESTAR ASEGURADO CON UN ASEGURADOR NO ESTABLECIDO EN ESE MISMO ESTADO MIEMBRO.
SOLO EN LIBRE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEBERIA DARSE EL CASO DE UN VEHICULO ASEGURADO EN OTRO ESTADO MIEMBRO PERO LA CARTA VERDE EMITIDA PARA ESE VEHÍCULO TENDRIA LA MISMA NACIONALIDAD DE LA PLACA QUE EL VEHÍCULO LLEVA.
SISTEMA INTER BUREAUX (CARTA VERDE).-
13 PAÍSES.
SISTEMA DE ASEGURAMIENTO SOMETIDO A CONTROL PRECEPTIVO.
DENEGACIÓN DE ACCESO AL TERRITORIO ESPAÑOL DE VEHÍCULOS SIN LA CARTA VERDE O SEGURO DE FRONTERA.
EL SEGURO DEBE ESTAR EN VIGOR.
GARANTÍAS: LAS LEGALES DEL PAÍS DE CIRCULACIÓN.
LOS VEHÍCULOS DE LOS PAISES QUE FUNCIONAN CON CARTA VERDE DEJAN DE ESTAR AUTOMATICAMENTE SIN SEGURO EL DÍA EN QUE CADUCA LA CARTA VERDE.
NO HAY PERIODO DE GRACIA YA QUE LOS CERTIFICADOS INTERNACIONALES DE SEGURO SOLO CONCEDEN COBERTURA POR LAS FECHAS IMPRESAS EN EL DOCUMENTO.
SISTEMA SEFRÓN (SEGURO DE FRONTERA PARA EL RESTO DE PAÍSES)
SE EMITE EN LOS PUNTOS DE ACCESO DE VEHÍCULOS EXTRANJEROS AL TERRITORIO NACIONAL
SE EMITE CON CLAVE E-4000 SOLO PARA VEHÍCULOS NO EUROPEOS Y POR PERÍODOS DE 15, 30, 60, 90 Y 180 DÍAS.
ES UN SEGURO OBLIGATORIO TEMPORAL.
EL ASEGURADOR ES EL COASEGURO DE FRONTERA Y LO ADMINISTRA OFESAUTO.
GARANTIZA LA CIRCULACIÓN DEL VEHÍCULO EN TODO EL EEE.
ES, A DIFERENCIA DE LA CARTA VERDE QUE ESTÁ SUPEDITADA A UNA COBERTURA PREVIA, UNA PÓLIZA DE SEGURO EN SI MISMA.
Consultas a [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Espero que sirva de ayuda.
Salu2
ROMRIS
obligacion carta verde
os adjunto documentacion sobre el tema en unas jornadas recientes sobre seguro internacional.
p263
Re: (Consulta) Obligación Carta Verde vehículo extranjero que viene de vacaciones a España
p263 escribió:os adjunto documentacion sobre el tema en unas jornadas recientes sobre seguro internacional.
No se ve ninguna documentación.
ROMRIS
Re: (Consulta) Obligación Carta Verde vehículo extranjero que viene de vacaciones a España
SUBO EL DOCUMENTO DE REFERENCIA APORTADO POR p263, mi amigo Jaime que tuvo problemas para subirlo, claramente lo explica todo, GRACIAS p263, el problema es por que lo subias de más de 5000 kb de tamaño, he tenido que "adobarlo" más comrpimido y ahora tiene 2000 kb y por lo tanto a mi si me deja subirlo.
OBLIGATORIO Y TRÁFICO INTERNACIONAL DE VEHÍCULOS A MOTOR”
Ponente: D. Joaquín Ortiz Crespo, director del Área de Servicios de Soporte de OFESAUTO
Central de Policía Local de Benidorm 3 de marzo de 2014
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agustin234
Re: (Consulta) Obligación Carta Verde vehículo extranjero que viene de vacaciones a España
Un saludo
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gekosbd
Re: (Consulta) Obligación Carta Verde vehículo extranjero que viene de vacaciones a España
Aquí dejo más información. SALUDOS
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