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(#Consulta) Infracción con permiso de conducir extranjero residente en España
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Pulo
donquijote107
charro
pl_ibi_03079050
Heavyloka
vbv056
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INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: TRAFICO
Página 1 de 1.
(#Consulta) Infracción con permiso de conducir extranjero residente en España
Hola, alguien me puede aclarar una duda:
Vehiculo circulando realiza una infraccion se le para y se le identifica me presenta permiso de conducir de bulgaria, y lleva viviendo en españa 8 años y me acredita NIE con domicilio en españa.
Como actuariais?
Vehiculo circulando realiza una infraccion se le para y se le identifica me presenta permiso de conducir de bulgaria, y lleva viviendo en españa 8 años y me acredita NIE con domicilio en españa.
Como actuariais?
vbv056
Re: (#Consulta) Infracción con permiso de conducir extranjero residente en España
Pues yo denunciaría por las dos infracciones cometidas, una por la que comete en primer lugar y la otra por no renovar el permiso....pero vamos, es mi opinión.
Heavyloka
Re: (#Consulta) Infracción con permiso de conducir extranjero residente en España
Buenos días a tod@s. Yo diría canje en lugar de renovación.
Abro un pequeño diálogo.........si hay un conjunto de naciones que integran la UE porqué no deben ser válidos todos los permisos de conducir expedidos en esos países europeos, teniendo en cuenta sólamente que estén en vigor?
Yo cuando me ha surgido una intervención de estas y cuando intervienes con ciudadanos europeos entiendo como persona que muchos de ellos van y vuelven de su país de origen a España y viceversa y no van a estar canjeando para que el permiso de conducir tenga validez en un país o en otro depende de donde se encuentren residiendo. No veas cuando el vehículo que conducen o son titulares tienen placas de un país europeo.....
Aquí veo yo más intereses económicos de impuestos ( de circulación de los Aytos, de impuestos especiales en materia fiscal de las Haciendas nacionales) de los países que impere la seguridad jurídica en torno a la actuación de quien debe de controlar esas documentaciones.
Si estamos en la UE todos los permisos de circulación y placas de matrícula expedidos en países europeos deberían ser válidos si tiene su vigencia, independientemente de dónde circulen, siempre que sea en el espacio europeo. Esa es mi opinión.
Buenos días, y perdón por el "rollo".
Abro un pequeño diálogo.........si hay un conjunto de naciones que integran la UE porqué no deben ser válidos todos los permisos de conducir expedidos en esos países europeos, teniendo en cuenta sólamente que estén en vigor?
Yo cuando me ha surgido una intervención de estas y cuando intervienes con ciudadanos europeos entiendo como persona que muchos de ellos van y vuelven de su país de origen a España y viceversa y no van a estar canjeando para que el permiso de conducir tenga validez en un país o en otro depende de donde se encuentren residiendo. No veas cuando el vehículo que conducen o son titulares tienen placas de un país europeo.....
Aquí veo yo más intereses económicos de impuestos ( de circulación de los Aytos, de impuestos especiales en materia fiscal de las Haciendas nacionales) de los países que impere la seguridad jurídica en torno a la actuación de quien debe de controlar esas documentaciones.
Si estamos en la UE todos los permisos de circulación y placas de matrícula expedidos en países europeos deberían ser válidos si tiene su vigencia, independientemente de dónde circulen, siempre que sea en el espacio europeo. Esa es mi opinión.
Buenos días, y perdón por el "rollo".
pl_ibi_03079050
Re: (#Consulta) Infracción con permiso de conducir extranjero residente en España
Cualquier permiso de un pais de la UE que se encuentre en vigor es válido para conducir en España y respecto a su renovación del mismo en España, nuestra actuación debe de ser la que se recoge en la Instrucción 15/S-136:
La denuncia y sanción por el hecho de conducir con un permiso de conducción comunitario sin haber renovado el mismo, una vez que ha transcurrido el periodo de dos años de residencia en nuestro país, no puede llevarse a cabo de forma automática, sino que ha de realizarse de forma que los ciudadanos afectados por esta modificación normativa conozcan esta nueva regulación y tengan un período de tiempo razonable para regularizar la situación de sus permisos de conducción.
Por lo expuesto, se considera necesario establecer un periodo transitorio durante el cual los conductores con permiso de conducción comunitario residentes en nuestro país puedan disponer de un plazo amplio para tener información acerca de los trámites que están obligados a realizar para renovar su permiso. Se estima que hasta el 1 de Enero de 2016 no procede denunciar o sancionar por estos hechos.
Actuación de los agentes:
En los casos en los que el permiso esté caducado o bien es de vigencia indefinida o superior a 15 años para lospermisos AM, A1, A2, A, B y BE, o de vigencia indefinida o superior a 5 años para los permisos BTP, C1, C1E, C, CE D1, D1E, D, DE. El agente de la autoridad entregará al conductor la nota informativa que se adjunta en el anexo I con toda la información pertinente a los efectos de poder realizar la renovación de los permisos de conducción, y no extenderá boletín de denuncia, sino que deberá tomar nota sobre los datos de filiación del conductor en el modelo del anexo II que se adjunta, haciendo saber al interesado que si, transcurridos 6 meses y en todo caso a partir del 1 de enero de 2016, vuelve a ser interceptado sin haber procedido a la renovación, será denunciado por una infracción grave al artículo 15.4 del Reglamento General de Conductores, sancionada con multa de 200 euros. Las actas de información ya cumplimentadas del anexo II deberán ser remitidas a la Jefatura Provincial de Tráfico de la provincia correspondiente, en la medida de lo posible por vía telemática a través de correo electrónico.
Enlace para la descarga completa de la Instrucción:
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charro
Re: (#Consulta) Infracción con permiso de conducir extranjero residente en España
Coincido con Heavyloka. Se sanciona la infracción que da origen a que se le de el alto y luego, si no consta en el Registro de Conductores pues también, en función del tipo de permiso de conducir que tenga (si es con una fecha de validez superior a 15 años se realiza el acta que remitió en su día la DGT).
donquijote107
Re: (#Consulta) Infracción con permiso de conducir extranjero residente en España
donquijote107 escribió:Coincido con Heavyloka. Se sanciona la infracción que da origen a que se le de el alto y luego, si no consta en el Registro de Conductores pues también, en función del tipo de permiso de conducir que tenga (si es con una fecha de validez superior a 15 años se realiza el acta que remitió en su día la DGT).
Se denunciaría únicamente la infracción que cometa, el hecho de conducir con un permiso comunitario en vigor NO es sancionable. Sólo será sancionable si tiene vigencia superior a 15 años o indefinida (o superior a 5 años para los permisos BTP, C1, C1E, C, CE D1, D1E, D, DE), a partir de enero de 2016. Y siempre y cuando, el titular lleve más de dos años de residencia en nuestro país. O bien si el permiso comunitario no estuviera en vigor.
En el resto de casos, en el que el permiso esté dentro del período de validez, será esa fecha de caducidad la que determine cuando debe de inscribirse en el registro de conductores y la renovación sería ya en el país de residencia.
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charro
Re: (#Consulta) Infracción con permiso de conducir extranjero residente en España
De acuerdo con todo lo dicho. Tan sólo una salvedad, y es que el sujeto está residiendo en España 8 años y que la fecha de expedición del permiso de conducir es reciente, esto es, obtiene el permiso en un país distinto al de su residencia actual.
Hay quienes denuncian este hecho en vía administrativa e incluso quienes entienden que la obtención del permiso lo es el fraude de ley y redactan diligencias penales por el 384.
Hay quienes denuncian este hecho en vía administrativa e incluso quienes entienden que la obtención del permiso lo es el fraude de ley y redactan diligencias penales por el 384.
Pulo
Re: (#Consulta) Infracción con permiso de conducir extranjero residente en España
Se le denunciará por la infracción que cometa, y en el caso que fuera Grave o Muy grave, se procederá de Oficio a solicitar el Canje en la jefatura de Trafico provincial que corresponda.
azeta
Permiso de Conducción de la UE.
La Instrucción de la DGT, indica que se le facilite al conductor extranjero y residente en España, el Acta informativa; cuando:
Se observe el permiso CADUCADO, a cuanta de que tenemos que dejar conducir a dicho conductor con el permiso de conducir caducado.
El trámite habitual en un conductor español es: Boletín y grúa, a no ser que otra persona habilitada se haga cargo del vehículo.
¿Posible Prevaricación?
Y si después de entregarle el Acta y dejarlo marchar atropella a un peatón y lo mata, que cara se nos pondría?
La caducidad, supone que no está habilitado dicho conductor a conducir al no comprobarse que sus habilidades psicofísicas lo permiten.
No estoy de acuerdo. Discriminación positiva.
He dicho.
Se observe el permiso CADUCADO, a cuanta de que tenemos que dejar conducir a dicho conductor con el permiso de conducir caducado.
El trámite habitual en un conductor español es: Boletín y grúa, a no ser que otra persona habilitada se haga cargo del vehículo.
¿Posible Prevaricación?
Y si después de entregarle el Acta y dejarlo marchar atropella a un peatón y lo mata, que cara se nos pondría?
La caducidad, supone que no está habilitado dicho conductor a conducir al no comprobarse que sus habilidades psicofísicas lo permiten.
No estoy de acuerdo. Discriminación positiva.
He dicho.
pacoko
Re: (#Consulta) Infracción con permiso de conducir extranjero residente en España
pacoko escribió:La Instrucción de la DGT, indica que se le facilite al conductor extranjero y residente en España, el Acta informativa; cuando:
Se observe el permiso CADUCADO, a cuanta de que tenemos que dejar conducir a dicho conductor con el permiso de conducir caducado.
El trámite habitual en un conductor español es: Boletín y grúa, a no ser que otra persona habilitada se haga cargo del vehículo.
¿Posible Prevaricación?
Y si después de entregarle el Acta y dejarlo marchar atropella a un peatón y lo mata, que cara se nos pondría?
La caducidad, supone que no está habilitado dicho conductor a conducir al no comprobarse que sus habilidades psicofísicas lo permiten.
No estoy de acuerdo. Discriminación positiva.
He dicho.
En la instrucción 14/V-106, 14/S-133, 14/C-114 de mayo de este año sobre la entrada en vigor de la nueva LSV indica textualmente que "No procede aplicar la inmovilización cuando el permiso de conducir es de clase adecuada al vehículo que se conduce pero está caducado" .
Por lo que ambas instrucciones irian en el mismo sentido (estemos de acuerdo o no) pero ambas dicen lo mismo, en cuanto a la caducidad del permiso y la no inmovilización.
Por lo que ambas instrucciones irian en el mismo sentido (estemos de acuerdo o no) pero ambas dicen lo mismo, en cuanto a la caducidad del permiso y la no inmovilización.
Dejo el enlace a la descarga de la instrucción completa:
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charro
Re: (#Consulta) Infracción con permiso de conducir extranjero residente en España
Estoy con la opinión y la información que nos facilita el compañero Charro.
Tenemos que estar al dia y saber las instrucciones que dicta la DGT y en este caso concreto lo dice muy clarito.
Un Saludo
Tenemos que estar al dia y saber las instrucciones que dicta la DGT y en este caso concreto lo dice muy clarito.
Un Saludo
joseruizlopez
infracción conductor extranjero
Yo denunciaría la infracción cometida, aplicando el procedimiento similar que si fuera español,puesto que el permiso de conducir de Bulgaria tiene la misma vigencia que el español, y no se le aplica el cobro por tener residencia. La unica salvedad, sería si la infracción lleva aparejada la retirada de puntos, entonces, tomaría nota de todos los datos posibles ( nº de permiso de conducir, clases de permisos, caducidad. etc), para que se anote al conductor en infractores de la DGT. Yo suelo hacer una fotografía del carnet y la adjunto a la denuncia.
TASQUE
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