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Aclaratoria sobre firmar una denuncia de tráfico
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INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: LEGISLACION Y DOCUMENTACION
Página 1 de 1.
Aclaratoria sobre firmar una denuncia de tráfico
Circula mucha información, sobre todo en Internet, que es errónea sobre el aspecto de firmar una denuncia de tráfico o negarse a hacerlo para no entenderse notificado.
Cuando un Agente encargado de la vigilancia del tráfico nos entrega la denuncia, su obligación es notificarnos en el acto, esto es entregarnos la denuncia personalmente, y aquí suceden dos casos.
Firmar la denuncia.- Se entiende notificado y estar de acuerdo o no con la misma.
No firmar la denuncia.- Se entiende notificado y estar de acuerdo o no con la misma.
Por lo tanto, firmar o no es indiferente a efectos de identificación y no limita en absoluto poder recurrir, ni se entenderá que usted esta de acuerdo con la denuncia.
Cuando un Agente encargado de la vigilancia del tráfico nos entrega la denuncia, su obligación es notificarnos en el acto, esto es entregarnos la denuncia personalmente, y aquí suceden dos casos.
Firmar la denuncia.- Se entiende notificado y estar de acuerdo o no con la misma.
No firmar la denuncia.- Se entiende notificado y estar de acuerdo o no con la misma.
Por lo tanto, firmar o no es indiferente a efectos de identificación y no limita en absoluto poder recurrir, ni se entenderá que usted esta de acuerdo con la denuncia.
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INFOPOLICIAL
re
igual es que he accedido a fuentes erróneas en su día pero lo que tenía entendido y lo que quiero añadir es que :
Firma : firma del agente denunciante , agente testigo y del denunciado se inicia ya el procedimiento por lo que el plazo para recurrir y el plazo para el descuento empezaba desde ese mismo momento.
No firma : firma de los agentes pero no del denunciado no se inicia el procedimiento hasta que se le notifica por las diferentes vías legales (carta certificada ,tablón....)empezando el plazo para recurso y descuento desde el momento de esa notificación.
Firma : firma del agente denunciante , agente testigo y del denunciado se inicia ya el procedimiento por lo que el plazo para recurrir y el plazo para el descuento empezaba desde ese mismo momento.
No firma : firma de los agentes pero no del denunciado no se inicia el procedimiento hasta que se le notifica por las diferentes vías legales (carta certificada ,tablón....)empezando el plazo para recurso y descuento desde el momento de esa notificación.
camaleón
Re: Aclaratoria sobre firmar una denuncia de tráfico
camaleón escribió:igual es que he accedido a fuentes erróneas en su día pero lo que tenía entendido y lo que quiero añadir es que :
Firma : firma del agente denunciante , agente testigo y del denunciado se inicia ya el procedimiento por lo que el plazo para recurrir y el plazo para el descuento empezaba desde ese mismo momento.
No firma : firma de los agentes pero no del denunciado no se inicia el procedimiento hasta que se le notifica por las diferentes vías legales (carta certificada ,tablón....)empezando el plazo para recurso y descuento desde el momento de esa notificación.
El denunciado esta completamente identificado y ha sido notificado en el acto por los agentes denunciantes. No veo razon para que la administración tenga que volver a notificar algo ya notificado. Estando la firma de los dos agentes, la infracción se da por notificada.
Amilcar
Re: Aclaratoria sobre firmar una denuncia de tráfico
Así es. De hecho en el aparatado donde firma el agente "testigo" es testigo de la notificación, no de la infracción.
Así, cuando una denuncia esta firmada por los dos agentes se da por notificada, independientemente de que firme el denunciado o no.
Por eso, cuando una denuncia no es notificada sólo debe firmarla el agente denunciante y hacer constar en la misma el motivo, según el procedimiento sancionador, por el cual no es notificada la denuncia.
Así, cuando una denuncia esta firmada por los dos agentes se da por notificada, independientemente de que firme el denunciado o no.
Por eso, cuando una denuncia no es notificada sólo debe firmarla el agente denunciante y hacer constar en la misma el motivo, según el procedimiento sancionador, por el cual no es notificada la denuncia.
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charro
Re: Aclaratoria sobre firmar una denuncia de tráfico
Vamos a ver, cuando no se entrega denuncia, hay un apartado que dice, se le entrega denuncia?, y le das a No, por lo tanto no es notificada hasta que no se haga por los cauces legales para hacérselo.
Joer, si yo he entregado atestados sin firmar los derechos por el paisano y no pasa nada, que hago lo mató para que firme, le hago constar que no quiere firmar y como está identificado para su puñetera casa, y si no se presenta, el de la toga ya mandará a buscar.
Joer, si yo he entregado atestados sin firmar los derechos por el paisano y no pasa nada, que hago lo mató para que firme, le hago constar que no quiere firmar y como está identificado para su puñetera casa, y si no se presenta, el de la toga ya mandará a buscar.
carligaru
Re: Aclaratoria sobre firmar una denuncia de tráfico
carligaru escribió:Vamos a ver, cuando no se entrega denuncia, hay un apartado que dice, se le entrega denuncia?, y le das a No, por lo tanto no es notificada hasta que no se haga por los cauces legales para hacérselo.
Joer, si yo he entregado atestados sin firmar los derechos por el paisano y no pasa nada, que hago lo mató para que firme, le hago constar que no quiere firmar y como está identificado para su puñetera casa, y si no se presenta, el de la toga ya mandará a buscar.
Últimamente se vuelven a utilizar los boletines de toda la vida... Lo del TCM fue bonito mientras duró. Pero hasta que repartan los nuevos se vuelve a notificar mediante el boletin y el boli.
Si tu entregas un atestado sin la firma de el imputado en sus derechos, se puede deber a que no quiere firmar, como bien dices, y se hace constar y no pasa nada.
Pero si una denuncia que en realidad no está notificada se da como notificada, se está privando al denunciado de varios derechos, entre ellos el plazo para pagar con descuento. Puesto que cuando se la vuelvan a notificar en el domicilio, se supone que ya tiene copia de la misma desde el día de la infracción, puesto que constaría como notificada si el compañero ha firmado en el apartado de "testigo" independientemente de que firme el denunciado o no.
Si tu entregas un atestado sin la firma de el imputado en sus derechos, se puede deber a que no quiere firmar, como bien dices, y se hace constar y no pasa nada.
Pero si una denuncia que en realidad no está notificada se da como notificada, se está privando al denunciado de varios derechos, entre ellos el plazo para pagar con descuento. Puesto que cuando se la vuelvan a notificar en el domicilio, se supone que ya tiene copia de la misma desde el día de la infracción, puesto que constaría como notificada si el compañero ha firmado en el apartado de "testigo" independientemente de que firme el denunciado o no.
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charro
Re: Aclaratoria sobre firmar una denuncia de tráfico
Hombre está visto que hay que dejar constancia de todo, pero vamos a día de hoy dónde estoy destinado funcionan las tcm, será que no se forzarán mucho.....jaja.
Pero bueno es de suponer que si no le entregas copia, lo hagas constar.
Pero bueno es de suponer que si no le entregas copia, lo hagas constar.
carligaru
Re: Aclaratoria sobre firmar una denuncia de tráfico
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