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El Ayuntamiento de Valencia propone a la DGT que no se obligue a los ciclistas a llevar casco en vías urbanas
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El Ayuntamiento de Valencia propone a la DGT que no se obligue a los ciclistas a llevar casco en vías urbanas
El Consistorio advierte de que la aplicación de esta medida ha provocado una disminución del uso de la bicicleta
REDACCIÓN
La Concejalía de Circulación y Transportes tiene previsto remitir en el día de hoy a la Dirección General de Tráfico -DGT- y al Ministerio del Interior una serie de propuestas relacionadas con el borrador de Reglamento General de Circulación que se encuentra en la actualidad en fase de tramitación. Estas propuestas están vinculadas con algunas de las medidas que recoge el citado borrador en materia de circulación de peatones y bicicletas, así como en la tramitación de ocupaciones en la vía pública.
En concreto, los técnicos de Tráfico del Ayuntamiento de Valencia proponen a la DGT:
1- Que no se disponga en el Reglamento General de Circulación la obligación de que los ciclistas lleven casco en vías urbanas.
Según las apreciaciones de los técnicos municipales, esta medida incidirá en los actuales parámetros de uso de la bicicleta. “El sistema de la bicicleta pública no puede incorporar el casco en el servicio ofertado, por lo que sus usuarios se verán obligados a incorporar este elemento entre sus efectos personales, lo que supondrá una molestia añadida que se materializará en una disminución de los índices de uso de la bicicleta pública de difícil cuantificación.”
La aplicación de la obligatoriedad del casco se ha aplicado ya en otras ciudades y ha provocado “una disminución del uso de la bici y, como consecuencia, un resultado contrario al deseado en materia de sostenibilidad del tráfico de vehículos a motor y en materia de seguridad, ya que un alto número de ciclistas en la vía incide positivamente en la misma”, han precisado los técnicos.
2- Que en el Reglamento General de Circulación se establezca una distancia mayor de 1 metro respecto a las fachadas de los edificios para que los ciclistas puedan circular por las aceras.
Según los técnicos de Tráfico, “la circulación de bicicletas por las aceras conlleva graves riesgos a los peatones. No tanto por la presencia de éstos, en mayor o menor grado, sino por las continuas entradas y salidas a los zaguanes o establecimientos comerciales en planta baja”.
“El resguardo de 1,00 m indicado respecto de la fachada, no es suficiente y además, es en muchas ocasiones es difícil de cumplir, al tener que sortear el ciclista al peatón, hacia un lado y otro, para no entorpecer su trayectoria. La salida de personas de los zaguanes, en especial, ancianos o niños, por ser los más sensibles ante el golpe, podría verse peligrar”.
Por otro lado, los técnicos del Ayuntamiento consideran que “la existencia de terrazas con mesas y sillas, invalida el establecimiento de anchos libres que aseguren trayectorias seguras para el tránsito ciclista. El ancho disponible puede ser diferente en cada tramo de acera o incluso en el mismo tramo, sin contar el trasiego del servicio hostelero propiamente dicho”.
3- Que los ciclistas no puedan adelantar lateralmente a los vehículos a motor para situarse en primera línea ante un paso regulado por semáforo.
Los técnicos municipales cuestionan en sus propuestas que “sea una medida prudente el permitir a los ciclistas adelantar lateralmente a los vehículos a motor”, ya que entienden que “podría aminorar los niveles de seguridad de los mismos.”
4- Que no se permita a los ciclistas circular en sentido contrario respecto de los vehículos a motor, en una vía de un solo carril de circulación.
Los técnicos del Ayuntamiento entienden que se debería permitir “si el carril estuviese segregado y protegido, o señalizado, al menos, con marcas viales,” aunque aclaran que “no es posible, en este caso, por tratarse de una calzada de un solo carril”.
5- Salvo en calles peatonales, debería concretarse la definición de plataforma única.
En el Reglamento de la DGT se habla de “plataforma única” pero no se explica en concreto lo que significa este término. Generalmente se refiere a las calles en las que no está diferenciada la calzada de la acera, es decir, toda la superficie se encuentra al mismo nivel. No son calles peatonales, dado que pueden circular vehículos. Por todo ello, los técnicos apuntan a que en el Reglamento “debería concretarse la definición de plataforma única” y recordar por ejemplo que en estas calles “se diferencia la calzada de la acera a través de bolardos u otro tipo de balizas, o se realizan tratamientos de diferenciación de pavimentos”. Para los técnicos es importante concretar estos detalles para organizar el espacio que corresponde al peatón y el que pertenece al vehículo: “Tanto los tratamientos con balizas o los tratamientos de diferenciación de pavimentos, están invitando al peatón a circular por estos espacios laterales al carril de circulación, por lo que debería evitarse la prioridad absoluta del peatón en cualquier punto de la vía, o, al menos, establecer su prioridad de paso en los casos de cruce transversal hacia el otro lado, de forma prudente y perpendicularmente al eje de la calzada”.
6- Que cada Ayuntamiento establezca el color de señalización de las plazas reguladas para residentes.
Los técnicos municipales plantean que el color de señalización de zonas de aparcamiento para residentes “sea el que cada Ayuntamiento establezca”. En el Reglamento solamente se ha considerado el color verde, que es el utilizado en Sevilla o Madrid para marcar estas zonas. Sin embargo, en Valencia el color escogido es el naranja, y en otras ciudades otros. Por ello, los técnicos entienden que “habida cuenta de la disparidad de criterios en cuanto al color de las marcas viales para la señalización de plazas reguladas para residentes, debería establecerse que estas plazas tendrán el color diferenciado que cada Ayuntamiento establezca” .
7- Que cada Ayuntamiento regule los usos excepcionales de las vías urbanas.
Se considera uso excepcional de las vías urbanas, cuando se utilizan para la celebración de eventos, espectáculos, etc. El Reglamento marca un máximo de 15 días para tramitar estos permisos por parte de los ayuntamientos, y si pasado este plazo la administración no ha contestado, la petición queda resuelta por silencio administrativo. Sin embargo, los técnicos municipales consideran que el plazo de 15 días es insuficiente cuando se trata de organizar eventos importantes que afectan a multitud de vías urbanas, como por ejemplo carreras ciclistas, o pruebas de atletismo. Por ello, entienden que la tramitación y plazos de este tipo de permisos para “usos extraordinarios” deben ser estar reguladas por cada ayuntamiento en particular.
http://www.elperiodicodeaqui.com/noticias/El-AyuntamientoValencia-propone-aDGT-que-no-se-obligueciclistasllevar-casco-en-vias-urbanas/38585
REDACCIÓN
La Concejalía de Circulación y Transportes tiene previsto remitir en el día de hoy a la Dirección General de Tráfico -DGT- y al Ministerio del Interior una serie de propuestas relacionadas con el borrador de Reglamento General de Circulación que se encuentra en la actualidad en fase de tramitación. Estas propuestas están vinculadas con algunas de las medidas que recoge el citado borrador en materia de circulación de peatones y bicicletas, así como en la tramitación de ocupaciones en la vía pública.
En concreto, los técnicos de Tráfico del Ayuntamiento de Valencia proponen a la DGT:
1- Que no se disponga en el Reglamento General de Circulación la obligación de que los ciclistas lleven casco en vías urbanas.
Según las apreciaciones de los técnicos municipales, esta medida incidirá en los actuales parámetros de uso de la bicicleta. “El sistema de la bicicleta pública no puede incorporar el casco en el servicio ofertado, por lo que sus usuarios se verán obligados a incorporar este elemento entre sus efectos personales, lo que supondrá una molestia añadida que se materializará en una disminución de los índices de uso de la bicicleta pública de difícil cuantificación.”
La aplicación de la obligatoriedad del casco se ha aplicado ya en otras ciudades y ha provocado “una disminución del uso de la bici y, como consecuencia, un resultado contrario al deseado en materia de sostenibilidad del tráfico de vehículos a motor y en materia de seguridad, ya que un alto número de ciclistas en la vía incide positivamente en la misma”, han precisado los técnicos.
2- Que en el Reglamento General de Circulación se establezca una distancia mayor de 1 metro respecto a las fachadas de los edificios para que los ciclistas puedan circular por las aceras.
Según los técnicos de Tráfico, “la circulación de bicicletas por las aceras conlleva graves riesgos a los peatones. No tanto por la presencia de éstos, en mayor o menor grado, sino por las continuas entradas y salidas a los zaguanes o establecimientos comerciales en planta baja”.
“El resguardo de 1,00 m indicado respecto de la fachada, no es suficiente y además, es en muchas ocasiones es difícil de cumplir, al tener que sortear el ciclista al peatón, hacia un lado y otro, para no entorpecer su trayectoria. La salida de personas de los zaguanes, en especial, ancianos o niños, por ser los más sensibles ante el golpe, podría verse peligrar”.
Por otro lado, los técnicos del Ayuntamiento consideran que “la existencia de terrazas con mesas y sillas, invalida el establecimiento de anchos libres que aseguren trayectorias seguras para el tránsito ciclista. El ancho disponible puede ser diferente en cada tramo de acera o incluso en el mismo tramo, sin contar el trasiego del servicio hostelero propiamente dicho”.
3- Que los ciclistas no puedan adelantar lateralmente a los vehículos a motor para situarse en primera línea ante un paso regulado por semáforo.
Los técnicos municipales cuestionan en sus propuestas que “sea una medida prudente el permitir a los ciclistas adelantar lateralmente a los vehículos a motor”, ya que entienden que “podría aminorar los niveles de seguridad de los mismos.”
4- Que no se permita a los ciclistas circular en sentido contrario respecto de los vehículos a motor, en una vía de un solo carril de circulación.
Los técnicos del Ayuntamiento entienden que se debería permitir “si el carril estuviese segregado y protegido, o señalizado, al menos, con marcas viales,” aunque aclaran que “no es posible, en este caso, por tratarse de una calzada de un solo carril”.
5- Salvo en calles peatonales, debería concretarse la definición de plataforma única.
En el Reglamento de la DGT se habla de “plataforma única” pero no se explica en concreto lo que significa este término. Generalmente se refiere a las calles en las que no está diferenciada la calzada de la acera, es decir, toda la superficie se encuentra al mismo nivel. No son calles peatonales, dado que pueden circular vehículos. Por todo ello, los técnicos apuntan a que en el Reglamento “debería concretarse la definición de plataforma única” y recordar por ejemplo que en estas calles “se diferencia la calzada de la acera a través de bolardos u otro tipo de balizas, o se realizan tratamientos de diferenciación de pavimentos”. Para los técnicos es importante concretar estos detalles para organizar el espacio que corresponde al peatón y el que pertenece al vehículo: “Tanto los tratamientos con balizas o los tratamientos de diferenciación de pavimentos, están invitando al peatón a circular por estos espacios laterales al carril de circulación, por lo que debería evitarse la prioridad absoluta del peatón en cualquier punto de la vía, o, al menos, establecer su prioridad de paso en los casos de cruce transversal hacia el otro lado, de forma prudente y perpendicularmente al eje de la calzada”.
6- Que cada Ayuntamiento establezca el color de señalización de las plazas reguladas para residentes.
Los técnicos municipales plantean que el color de señalización de zonas de aparcamiento para residentes “sea el que cada Ayuntamiento establezca”. En el Reglamento solamente se ha considerado el color verde, que es el utilizado en Sevilla o Madrid para marcar estas zonas. Sin embargo, en Valencia el color escogido es el naranja, y en otras ciudades otros. Por ello, los técnicos entienden que “habida cuenta de la disparidad de criterios en cuanto al color de las marcas viales para la señalización de plazas reguladas para residentes, debería establecerse que estas plazas tendrán el color diferenciado que cada Ayuntamiento establezca” .
7- Que cada Ayuntamiento regule los usos excepcionales de las vías urbanas.
Se considera uso excepcional de las vías urbanas, cuando se utilizan para la celebración de eventos, espectáculos, etc. El Reglamento marca un máximo de 15 días para tramitar estos permisos por parte de los ayuntamientos, y si pasado este plazo la administración no ha contestado, la petición queda resuelta por silencio administrativo. Sin embargo, los técnicos municipales consideran que el plazo de 15 días es insuficiente cuando se trata de organizar eventos importantes que afectan a multitud de vías urbanas, como por ejemplo carreras ciclistas, o pruebas de atletismo. Por ello, entienden que la tramitación y plazos de este tipo de permisos para “usos extraordinarios” deben ser estar reguladas por cada ayuntamiento en particular.
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