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(Consulta) Procedimiento a seguir con un Extranjero por expediente de expulsión
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: EXTRANJERIA OPERATIVA :: PROCEDIMIENTOS
(Consulta) Procedimiento a seguir con un Extranjero por expediente de expulsión
-¿Es posible la detención de un ciudadano extranjero únicamente para notificarle el expediente de expulsión?
- Una vez notificado el expediente de expulsión, ¿cuantos días tiene para abandonar el país?
- En el caso que no abandone el país en este plazo, ¿Como se procedería contra el mismo?
- La resolución de expulsión del País , ¿lo es también para todo el territorio schengel?
A ver si algún compañer@ de extranjería me puede ayudar,
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Algún día, indefectiblemente, has de encontrarte contigo mismo, solo de ti depende que sea el mejor de tus momentos o la mas amarga de tus horas
Xorta
Re: (Consulta) Procedimiento a seguir con un Extranjero por expediente de expulsión
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agustin234
Re: (Consulta) Procedimiento a seguir con un Extranjero por expediente de expulsión
Inicio del procedimiento preferente de expulsión (se realiza por la Policía): Situación en la que el extranjero, se encuentra detenido, y necesariamente ha de ser asistido por Abogado, que si él no lo designa, se le designará de oficio. El período máximo de detención en esta situación es de 72 horas, dentro de esas horas, el detenido extranjero, pasará a disposición judicial, si se solicita su expulsión del territorio español.
Propuesta de resolución del procedimiento de expulsión: Se entrega por la Policía como órgano competente para instruir el procedimiento.
Contra la propuesta efectuada de resolución de expulsión, se puede (y debe) formular alegaciones en un plazo máximo de 48 horas, que se efectúa ante el mismo órgano que realizó la propuesta - Comisario - Jefe de Brigada, etc.
La Policía puede solicitar al Juez de Instrucción correspondiente que dicte Auto de internamiento en el CIE (Centro de Internamiento de Extranjeros) - Dependiente de la Dirección General de la Policía - Donde el detenido para expulsión puede estar retenido hasta 40 días para su expulsión del territorio español.
El Juez de Instrucción puede: a) Decretar el internamiento en el CIE, mediante Auto, b) No decretar su internamiento, quedando el extranjero en libertad.
Contra la primera medida del Juez de Instrucción - Auto decretando el internamiento en el CIE - el Abogado puede presentar los recursos correspondientes.
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agustin234
Re: (Consulta) Procedimiento a seguir con un Extranjero por expediente de expulsión
El procedimiento de expulsión ordinario se aplica a aquellas personas que se encuentran sin papeles pero que demuestran tener una situación estabilizada en España (varios años viviendo en España, empadronamiento con la familia, etc.). En estos casos, el abogado tiene 15 días para presentar las alegaciones.
Además, en lugar de ejecutar la expulsión forzosamente, se concede un plazo (mínimo) de quince días para salir del país voluntariamente (y no se le podrá ingresar en un CIE).
Pero si no se cumple el plazo de salida voluntaria, ya sí podrán expulsarle coercitivamente e internarte en un Centro de Internamiento.
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agustin234
Re: (Consulta) Procedimiento a seguir con un Extranjero por expediente de expulsión
Con todo este material seguro que se me resuelven las dudas, las estudiare..con tiempo, jejeje
Muchas por la rapidez y efectividad.
Pd.: también al Admin por el Avatar, muy guapo!!!!
Si tengo dudas ya las pondre aquí.
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Xorta
Re: (Consulta) Procedimiento a seguir con un Extranjero por expediente de expulsión
agustin234 escribió:El procedimiento de expulsión gubernativa, de España de un extranjero, es el siguiente:.
Inicio del procedimiento preferente de expulsión (se realiza por la Policía): Situación en la que el extranjero, se encuentra detenido, y necesariamente ha de ser asistido por Abogado, que si él no lo designa, se le designará de oficio. El período máximo de detención en esta situación es de 72 horas, dentro de esas horas, el detenido extranjero, pasará a disposición judicial, si se solicita su expulsión del territorio español.
Propuesta de resolución del procedimiento de expulsión: Se entrega por la Policía como órgano competente para instruir el procedimiento.
Contra la propuesta efectuada de resolución de expulsión, se puede (y debe) formular alegaciones en un plazo máximo de 48 horas, que se efectúa ante el mismo órgano que realizó la propuesta - Comisario - Jefe de Brigada, etc.
La Policía puede solicitar al Juez de Instrucción correspondiente que dicte Auto de internamiento en el CIE (Centro de Internamiento de Extranjeros) - Dependiente de la Dirección General de la Policía - Donde el detenido para expulsión puede estar retenido hasta 40 días para su expulsión del territorio español.
El Juez de Instrucción puede: a) Decretar el internamiento en el CIE, mediante Auto, b) No decretar su internamiento, quedando el extranjero en libertad.
Contra la primera medida del Juez de Instrucción - Auto decretando el internamiento en el CIE - el Abogado puede presentar los recursos correspondientes.
Decir que tu contestación esta bastante bien y completa.
Solo añadir que tras la publicación del Real Decreto 557/2011 de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la LO 4/2000; se modifica el plazo máximo de estancia en CIE's estableciendo este en 60 días en vez de los 40 que existía antes.
Un saludo.
Tasiete
Re: (Consulta) Procedimiento a seguir con un Extranjero por expediente de expulsión
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agustin234
Re: (Consulta) Procedimiento a seguir con un Extranjero por expediente de expulsión
Ahora ya lo tengo más claro.
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Algún día, indefectiblemente, has de encontrarte contigo mismo, solo de ti depende que sea el mejor de tus momentos o la mas amarga de tus horas
Xorta
Re: (Consulta) Procedimiento a seguir con un Extranjero por expediente de expulsión
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agustin234
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