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Cien euros de multa por llamar 'borregos' y 'perros del Estado' a dos policías de Castellón
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Cien euros de multa por llamar 'borregos' y 'perros del Estado' a dos policías de Castellón
La sección segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a un hombre a pagar 100 euros de multa por llamar a dos policías nacionales "borregos", "mercenarios" y "perros del Estado", según consta en la sentencia, hecha pública por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.
La Audiencia desestima así el recurso de apelación presentado por el imputado, acusado de una falta contra el orden público, y ratifica la condena incluida en la sentencia dictada el 20 de diciembre de 2012 que, junto a la multa de cien euros, incluye el pago de las costas procesales.
Los hechos ocurrieron el 11 de septiembre de 2012, tras una manifestación, en la plaza de la Muralla Liberal de Castellón, cuando el acusado "de forma deliberada e injustificada" llamó "borregos, mercenarios, secretas idiotas y perros del Estado" a dos agentes de la Policía Nacional que estaban de servicio en la zona.
La defensa del acusado expuso en el recurso de apelación que las declaraciones de los agentes "no fueron claras ni coincidentes entre sí, ni unívocas ni coherentes, sino que existen contradicciones y lagunas".
Además critica que sólo se tome como prueba condenatoria la declaración de los dos policías que, añade, ya conocían al denunciado, "ya que el mismo participa en la gran mayoría de movilizaciones similares".
De hecho, indica la defensa del imputado, "existe animadversión de los agentes hacia el denunciado" y pide que se invaliden como prueba sus declaraciones.
En el juicio de faltas la acusación insistió en que el condenado "faltó al respeto y consideración debida a los citados agentes de la autoridad quienes, aun encontrándose de paisano, estaban realizando las labores propias de su función".
El juez también señaló en la citada vista que las declaraciones de los testigos, entre ellos las de la diputada autonómica de Esquerra Unida, Marina Albiol -quien negó que el acusado hubiera lanzado ninguna "expresión ofensiva" a los policías- carecía de la "virtualidad suficiente" para desacreditar las "rotundas afirmaciones" vertidas por los agentes.
La Audiencia desestima ahora el recurso de apelación al considerar como "método probatorio válido" el testimonio de los efectivos policiales, que no ve como "contradictorio".
Dice además que "no existe ningún dato por el que se pueda pensar que existe algún tipo de resentimiento por parte de los agentes, sino todo lo contrario", e incide en que las expresiones vertidas por el acusado contra los policías "merecen el correspondiente reproche penal", "infringen el principio de autoridad" e impiden "el buen funcionamiento de la administración". Niega además que los efectivos de la Policía Nacional hubieran actuado "extralimitándose" en sus funciones.
http://www.elmundo.es/elmundo/2013/07/24/castellon/1374679030.html
La Audiencia desestima así el recurso de apelación presentado por el imputado, acusado de una falta contra el orden público, y ratifica la condena incluida en la sentencia dictada el 20 de diciembre de 2012 que, junto a la multa de cien euros, incluye el pago de las costas procesales.
Los hechos ocurrieron el 11 de septiembre de 2012, tras una manifestación, en la plaza de la Muralla Liberal de Castellón, cuando el acusado "de forma deliberada e injustificada" llamó "borregos, mercenarios, secretas idiotas y perros del Estado" a dos agentes de la Policía Nacional que estaban de servicio en la zona.
La defensa del acusado expuso en el recurso de apelación que las declaraciones de los agentes "no fueron claras ni coincidentes entre sí, ni unívocas ni coherentes, sino que existen contradicciones y lagunas".
Además critica que sólo se tome como prueba condenatoria la declaración de los dos policías que, añade, ya conocían al denunciado, "ya que el mismo participa en la gran mayoría de movilizaciones similares".
De hecho, indica la defensa del imputado, "existe animadversión de los agentes hacia el denunciado" y pide que se invaliden como prueba sus declaraciones.
En el juicio de faltas la acusación insistió en que el condenado "faltó al respeto y consideración debida a los citados agentes de la autoridad quienes, aun encontrándose de paisano, estaban realizando las labores propias de su función".
El juez también señaló en la citada vista que las declaraciones de los testigos, entre ellos las de la diputada autonómica de Esquerra Unida, Marina Albiol -quien negó que el acusado hubiera lanzado ninguna "expresión ofensiva" a los policías- carecía de la "virtualidad suficiente" para desacreditar las "rotundas afirmaciones" vertidas por los agentes.
La Audiencia desestima ahora el recurso de apelación al considerar como "método probatorio válido" el testimonio de los efectivos policiales, que no ve como "contradictorio".
Dice además que "no existe ningún dato por el que se pueda pensar que existe algún tipo de resentimiento por parte de los agentes, sino todo lo contrario", e incide en que las expresiones vertidas por el acusado contra los policías "merecen el correspondiente reproche penal", "infringen el principio de autoridad" e impiden "el buen funcionamiento de la administración". Niega además que los efectivos de la Policía Nacional hubieran actuado "extralimitándose" en sus funciones.
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