Últimos temas
ESTADISTICAS WEB
*INFOPOLICIAL WEB fue creada el 17.04.11 21:17, lleva exactamente 4967 días de vida.
*Hasta ahora sus 17721 usuarios han escrito 26272 temas en los 165 foros que existen.
*Tu, Invitado, has escrito 9 posts desde que te registraste el
Tu última visita fue
21.11.24 13:20
*Hasta ahora sus 17721 usuarios han escrito 26272 temas en los 165 foros que existen.
*Tu, Invitado, has escrito 9 posts desde que te registraste el
Tu última visita fue
21.11.24 13:20
Los miembros más etiquetados
@amando (98) | ||||
@charro (17) | ||||
@pitutis (15) | ||||
@agustin234 (12) | ||||
@panteloguerra (11) | ||||
@INFOPOLICIAL (10) | ||||
@Pulo (8) | ||||
@Tesis (8) | ||||
@Dantes (5) |
Miembros que empiezan más temas
INFOPOLICIAL | ||||
charro | ||||
agustin234 | ||||
JOJIBA | ||||
Panchovilla | ||||
pitutis | ||||
Pulo | ||||
adt468 | ||||
laracroft | ||||
1322 |
(Consulta) actividad estando de baja
3 participantes
Página 1 de 1.
(Consulta) actividad estando de baja
A los funcionarios policiales cuando cogen baja por motivos psicológicos le retiran en prevención tanto las armas reglamentarias como las particulares , mi duda surge cuando por ejemplo el médico que te atiende te dice que realices actividades normales o desarrolles tus jobis en beneficio de la recuperación y entre estos está el ejercicio del tiro deportivo o de la caza. Se podría realizar dichos deportes con armas prestadas solo para ese ejercicio? me gustaría aparte de opiniones el fundamento legal .Muchas gracias de antemano
Última edición por camaleón el 04.07.13 13:11, editado 1 vez
camaleón
Re: (Consulta) actividad estando de baja
Existen varios tipos de licencias de armas en España.
Cualquier persona puede aspirar a todas, menos a la clase A, reservada a los cuerpos de seguridad.
Para tener cualquier arma hay que presentar un certificado de antecedentes penales y otro de aptitudes psicológicas.
En el ámbito de las F.C.S , cuando alguno de estos dos requisitos ya no se cumple, ya no estas autorizado y por tanto tu autorización para portar armas queda anulada, aunque sea temporalmente, y por tanto la autorización para portar armas de fuego de cualquier tipo.
Es decir se te retira el arma y la autorización a portar cualquiera de ellas. No tendría sentido que te retiraran tu arma oficial y no tu arma particular.
Recuerda que al final de todo tu médico oficial es tu médico de empresa que es que realmente ordena que te sean retiradas las armas.-
Cualquier persona puede aspirar a todas, menos a la clase A, reservada a los cuerpos de seguridad.
Para tener cualquier arma hay que presentar un certificado de antecedentes penales y otro de aptitudes psicológicas.
En el ámbito de las F.C.S , cuando alguno de estos dos requisitos ya no se cumple, ya no estas autorizado y por tanto tu autorización para portar armas queda anulada, aunque sea temporalmente, y por tanto la autorización para portar armas de fuego de cualquier tipo.
Es decir se te retira el arma y la autorización a portar cualquiera de ellas. No tendría sentido que te retiraran tu arma oficial y no tu arma particular.
Recuerda que al final de todo tu médico oficial es tu médico de empresa que es que realmente ordena que te sean retiradas las armas.-
____________________________________________________________________
Invitado Recuerda votar [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
Pincha [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]si se ha resuelto tu consulta
INFOPOLICIAL
Re: (Consulta) actividad estando de baja
Me consta que análogas regulaciones existen en todas las Comunidades Autónomas, transcribo la de Comunidad Valenciana:
Perdonar las mayúsculas es por agilidad.
DECRETO 18/1995, DE 24 DE ENERO, DEL GOBIERNO VALENCIANO, REGULADOR DE LOS CRITERIOS DE UTILIZACIÓN DEL EQUIPO DE AUTODEFENSA Y EL ARMAMENTO POR LAS POLICÍAS LOCALES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
EN NINGÚN CASO, PODRÁN TENER, NI USAR ARMAS, LOS POLICÍAS CUYAS CONDICIONES FÍSICAS O PSÍQUICAS SE LO IMPIDAN, EN ESPECIAL, AQUELLAS PARA LAS QUE LA POSESIÓN Y USO REPRESENTEN UN RIESGO PROPIO O AJENO, POR ELLO, CUANDO SE DETECTE ALGÚN INDICIO EN TAL SENTIDO, DEBERÁ COMUNICARSE AL MANDO CORRESPONDIENTE, PARA QUE LA ALCALDÍA DISPONGA LO OPORTUNO.
ART. 12
LOS POLICÍAS LOCALES, QUE PROTAGONIZASEN CONDUCTAS QUE DIERAN LUGAR A DUDAS, SOBRE SU CAPACIDAD DE HACER USO RESPONSABLE DEL ARMA O NO ALCANZASE LAS CONDICIONES MÍNIMAS, PREVISTAS EN EL REGLAMENTO DE ARMAS Y NORMAS CONCORDANTES, SERÁ PRIVADO DE LAS MISMAS, TANTO REGLAMENTARIAS COMO PARTICULARES.
Ten en cuenta que con el permiso A, se te expide una autorización de Alcaldía hasta para las armas particulares, por ello, la retirada de una implica la retirada de todas.
Para usar un arma larga prestada se debe tener la cesión de esta Y EL PERMISO CORRESPONDIENTE, por lo que o sacas uno particular (si te lo dan) o no te ampara el carnet profesional si se descubre que tienes restricción por baja psicológica.
Perdonar las mayúsculas es por agilidad.
DECRETO 18/1995, DE 24 DE ENERO, DEL GOBIERNO VALENCIANO, REGULADOR DE LOS CRITERIOS DE UTILIZACIÓN DEL EQUIPO DE AUTODEFENSA Y EL ARMAMENTO POR LAS POLICÍAS LOCALES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
EN NINGÚN CASO, PODRÁN TENER, NI USAR ARMAS, LOS POLICÍAS CUYAS CONDICIONES FÍSICAS O PSÍQUICAS SE LO IMPIDAN, EN ESPECIAL, AQUELLAS PARA LAS QUE LA POSESIÓN Y USO REPRESENTEN UN RIESGO PROPIO O AJENO, POR ELLO, CUANDO SE DETECTE ALGÚN INDICIO EN TAL SENTIDO, DEBERÁ COMUNICARSE AL MANDO CORRESPONDIENTE, PARA QUE LA ALCALDÍA DISPONGA LO OPORTUNO.
ART. 12
LOS POLICÍAS LOCALES, QUE PROTAGONIZASEN CONDUCTAS QUE DIERAN LUGAR A DUDAS, SOBRE SU CAPACIDAD DE HACER USO RESPONSABLE DEL ARMA O NO ALCANZASE LAS CONDICIONES MÍNIMAS, PREVISTAS EN EL REGLAMENTO DE ARMAS Y NORMAS CONCORDANTES, SERÁ PRIVADO DE LAS MISMAS, TANTO REGLAMENTARIAS COMO PARTICULARES.
Ten en cuenta que con el permiso A, se te expide una autorización de Alcaldía hasta para las armas particulares, por ello, la retirada de una implica la retirada de todas.
Para usar un arma larga prestada se debe tener la cesión de esta Y EL PERMISO CORRESPONDIENTE, por lo que o sacas uno particular (si te lo dan) o no te ampara el carnet profesional si se descubre que tienes restricción por baja psicológica.
____________________________________________________________________
Invitado Recuerda votar [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]Pincha [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]si se ha resuelto tu consulta
agustin234
Temas similares
» (#Consulta) Vehiculo estacionado en vía pública estando dado de baja
» (#Consulta) Cobrar asistencia a la administración de justicia estando de baja
» (Consulta) Solicitud de Policía Local de pase a segunda actividad estando en situación de incapacidad permanente total
» (#Consulta) Vehiculo de baja definitiva
» El TS confirma la suspensión de 9 meses y traslado de un guardia civil por gestionar un local nocturno estando de baja
» (#Consulta) Cobrar asistencia a la administración de justicia estando de baja
» (Consulta) Solicitud de Policía Local de pase a segunda actividad estando en situación de incapacidad permanente total
» (#Consulta) Vehiculo de baja definitiva
» El TS confirma la suspensión de 9 meses y traslado de un guardia civil por gestionar un local nocturno estando de baja
Página 1 de 1.
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.
18.11.24 19:04 por Pl052
» (#Consulta) QUADS Y REMOLQUES
17.11.24 12:46 por Maquiavelo
» Comisión de presunto delito 382 bis CP
17.11.24 11:47 por pl_ibi_03079050
» (#Documento) Falsificacion documento publico
14.11.24 17:59 por pitutis
» (#Consulta) ATP CADUCADO SIN TRANSPORTAR
13.11.24 22:38 por Josmah
» (#Consulta) Actuaciones con CBD (consumidores y comercios)
12.11.24 12:37 por xiscop
» LECTURA DERECHOS MENOR DETENIDO
07.11.24 17:31 por MikelA
» Acta protocolo cero de violencia de genero
29.10.24 22:19 por Pepe
» CONDUCIR VEHICULO PARA EL QUE NO HABILITA PERMISO EXTRANJERO NO SUSCEPTIBLE DE CANJE
29.10.24 20:36 por baltoii
» (#Documento) Contestanción DGT ante consulta permiso válido para gruas de arrastre
24.10.24 3:56 por Exup