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Informe técnico sobre la permuta
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Informe técnico sobre la permuta
Documento breve recopilatorio de la figura de la permuta.
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agustin234
Permuta conforme al Decreto de 1952
Hola compañeros, llegado el momento de mejorar me encuentro que en Castilla-La Mancha para permutar dos plazas de Policía Local, la Dirección General de protección ciudadana de CLM, se empeña en aplicar el art, 62 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado em la que me piden que cuente con un número de años que no difiera entre sí más de cinco de servicio y con el compañero que intento permutar hay mas de cinco años. Decir que el interes general de los funcionarios permutantes es para mejorar las condiciones familiares y personales, mejorando así el desarrollo del trabajo profesional, por lo que siempre saldría ganando los Ayuntamientos permutantes. No me entra en la cabeza que en CLM, no se mire por el interes y mejoras de su Policía Local y si se empeñen aplicar un Decreto para Funcionarios Civiles del Estado, y no para Funcionarios de la Administración Local, que ya esta regulado en el Decreto 30/05(1952 en su artículo 98.
Querria consejo y orientación, pues ua hay jurisprudencia que han denegado una permuta aplicando el decreto del 62 y no entiendo que si la permuta en Policía Local esta regulada en el Decreto del 52 por que se empeñan es fastidiar a los intereses generales de cada Policía, siempre siendo beneficiario la Administración Local.
Querria consejo y orientación, pues ua hay jurisprudencia que han denegado una permuta aplicando el decreto del 62 y no entiendo que si la permuta en Policía Local esta regulada en el Decreto del 52 por que se empeñan es fastidiar a los intereses generales de cada Policía, siempre siendo beneficiario la Administración Local.
:JUSTI:
Última edición por INFOPOLICIAL el 10.03.13 19:00, editado 1 vez (Razón : Justificar margenes :-)
Miguel39
Re: Informe técnico sobre la permuta
Miguel39 escribió:Hola compañeros, llegado el momento de mejorar me encuentro que en Castilla-La Mancha para permutar dos plazas de Policía Local, la Dirección General de protección ciudadana de CLM, se empeña en aplicar el art, 62 de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado em la que me piden que cuente con un número de años que no difiera entre sí más de cinco de servicio y con el compañero que intento permutar hay mas de cinco años. Decir que el interes general de los funcionarios permutantes es para mejorar las condiciones familiares y personales, mejorando así el desarrollo del trabajo profesional, por lo que siempre saldría ganando los Ayuntamientos permutantes. No me entra en la cabeza que en CLM, no se mire por el interes y mejoras de su Policía Local y si se empeñen aplicar un Decreto para Funcionarios Civiles del Estado, y no para Funcionarios de la Administración Local, que ya esta regulado en el Decreto 30/05(1952 en su artículo 98.
Querria consejo y orientación, pues ua hay jurisprudencia que han denegado una permuta aplicando el decreto del 62 y no entiendo que si la permuta en Policía Local esta regulada en el Decreto del 52 por que se empeñan es fastidiar a los intereses generales de cada Policía, siempre siendo beneficiario la Administración Local.
Espero que te sea útil.
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charro
Permuta en CLM.
Gracias Charro, lo que me toca es luchar e ir al contencioso, pues la Junta manda luego cartas a los Ayuntamiento comunicando que la permuta es ilegal y que la tiren para atrás por ser ilegal. No me entra en la cabeza, y eso que la tengo grande, que en la Escuela donde me he formado y realizo numerosos cursos se empeñen en gastar tiempo y dinero en ir contra los propios Policías Locales, en vez de asesorarnos y apoyarnos, siempre y cuando nunca se perjudica a nadie, ni Administración ni al personal.
Lo dicho Charro, gracias y a continuar luchando..
Lo dicho Charro, gracias y a continuar luchando..
:JUSTI:
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Última edición por INFOPOLICIAL el 10.03.13 19:02, editado 1 vez (Razón : Justificar margenes :-)
Miguel39
Re: Informe técnico sobre la permuta
Miguel39 escribió:Gracias Charro, lo que me toca es luchar e ir al contencioso, pues la Junta manda luego cartas a los Ayuntamiento comunicando que la permuta es ilegal y que la tiren para atrás por ser ilegal. No me entra en la cabeza, y eso que la tengo grande, que en la Escuela donde me he formado y realizo numerosos cursos se empeñen en gastar tiempo y dinero en ir contra los propios Policías Locales, en vez de asesorarnos y apoyarnos, siempre y cuando nunca se perjudica a nadie, ni Administración ni al personal.
Lo dicho Charro, gracias y a continuar luchando..
Busca un buen asesoramiento legal y como bien dices a luchar y al contencioso.
Mucha suerte y no desesperes.
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charro
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