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Actuación conductor circula consumiendo marihuana
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INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: TRAFICO
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Actuación conductor circula consumiendo marihuana
Al sorprender a un conductor fumando un supuesto cigarro de la risa, la forma de actuar seria la siguiente:
1- rellenar boletín de trafico por conducir bajo las influencias de sustancias estupefacientes, donde ademas de lo genérico hay que incluir la sintomatologia del conductor, explicar los hechos que motivan y muy importante poner que la droga se remite a la delegación de sanidad para su análisis.
2-Rellenar acta de la 1/92 25.1 donde se explica el hecho.
En este tipo de actuación siempre hay que tener el porro de marihuana o hachís, no serviría el consumo, es decir que te lo ha tirado delante y no lo has podido encontrar.
Última edición por INFOPOLICIAL el 14.02.13 18:49, editado 1 vez (Razón : Titulo en minuscula y justificar margenes ;-)
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Cody
Re: Actuación conductor circula consumiendo marihuana
Yo le daba un par de nolotiles para el dolor de cabeza que genera el "porrito".....
Saludos.
Saludos.
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SOLO MERECE VIVIR QUIEN POR UN NOBLE IDEAL ESTA DISPUESTO A MORIR
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sykrayo
Re: Actuación conductor circula consumiendo marihuana
Yo creo que si la persona presenta sintomas de conducir bajo la influencia de drogas se debería hacer una diligencia de sintomatología , llamar atestados si tienen para hacer la prueva de saliva ,imputar a dicha persona por un delito contra la seguridad vial, e inmovilizar el vehículo hasta que una persona que no presente sintomas se haga cargo o desaparezcan las causas que la motivaron.
Si estoy equivocado y habría que actuar como expones creo que en las dos denuncias q habría que reseñar que se ha procedido a denunciar a la ley seguridad vial en la 1-92 y al revés en la de lsv ya que no se puede sancionar un mismo hecho dos veces
Si estoy equivocado y habría que actuar como expones creo que en las dos denuncias q habría que reseñar que se ha procedido a denunciar a la ley seguridad vial en la 1-92 y al revés en la de lsv ya que no se puede sancionar un mismo hecho dos veces
:JUSTI:
Última edición por INFOPOLICIAL el 14.02.13 22:26, editado 1 vez (Razón : justificar márgenes :-)
camaleón
Re: Actuación conductor circula consumiendo marihuana
Cody-motorista escribió:
Al sorprender a un conductor fumando un supuesto cigarro de la risa, la forma de actuar seria la siguiente:
1- rellenar boletín de trafico por conducir bajo las influencias de sustancias estupefacientes, donde ademas de lo genérico hay que incluir la sintomatologia del conductor, explicar los hechos que motivan y muy importante poner que la droga se remite a la delegación de sanidad para su análisis.
2-Rellenar acta de la 1/92 25.1 donde se explica el hecho.
En este tipo de actuación siempre hay que tener el porro de marihuana o hachís, no serviría el consumo, es decir que te lo ha tirado delante y no lo has podido encontrar.
En cuanto a la denuncia de la ley 1/92, veo correcto el procedimiento. Pero si quieres denunciarlo por la conducción bajo sustancias estupefacientes se deberías avisar al equipo de atestados para realizar la prueba de drogas y adjuntar el tiket
correspondiente al boletín de denuncia. Como si de una alcoholemia se tratara.
Además, estoy de acuerdo con el compañero camaleón cuando dice que no proceden dos denuncias administrativas por el mismo hecho.
Otra cosa es que , como se hace siempre que se realiza atestado por delito, se remita denuncia administrativa a la JPT haciendo constar en la misma que se instruye atestado por los mismos hechos y donde se remite. Así, si en el proceso penal resulta absuelto, se inicia el administrativo.
Dejo el enlace a las instrucciones de la DGT que regulan las pruebas de detección de drogas.
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correspondiente al boletín de denuncia. Como si de una alcoholemia se tratara.
Además, estoy de acuerdo con el compañero camaleón cuando dice que no proceden dos denuncias administrativas por el mismo hecho.
Otra cosa es que , como se hace siempre que se realiza atestado por delito, se remita denuncia administrativa a la JPT haciendo constar en la misma que se instruye atestado por los mismos hechos y donde se remite. Así, si en el proceso penal resulta absuelto, se inicia el administrativo.
Dejo el enlace a las instrucciones de la DGT que regulan las pruebas de detección de drogas.
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charro
Re: Actuación conductor circula consumiendo marihuana
charro escribió:Cody-motorista escribió:
Al sorprender a un conductor fumando un supuesto cigarro de la risa, la forma de actuar seria la siguiente:
1- rellenar boletín de trafico por conducir bajo las influencias de sustancias estupefacientes, donde ademas de lo genérico hay que incluir la sintomatologia del conductor, explicar los hechos que motivan y muy importante poner que la droga se remite a la delegación de sanidad para su análisis.
2-Rellenar acta de la 1/92 25.1 donde se explica el hecho.
En este tipo de actuación siempre hay que tener el porro de marihuana o hachís, no serviría el consumo, es decir que te lo ha tirado delante y no lo has podido encontrar.En cuanto a la denuncia de la ley 1/92, veo correcto el procedimiento. Pero si quieres denunciarlo por la conducción bajo sustancias estupefacientes se deberías avisar al equipo de atestados para realizar la prueba de drogas y adjuntar el tiket
correspondiente al boletín de denuncia. Como si de una alcoholemia se tratara.
Además, estoy de acuerdo con el compañero camaleón cuando dice que no proceden dos denuncias administrativas por el mismo hecho.
Otra cosa es que , como se hace siempre que se realiza atestado por delito, se remita denuncia administrativa a la JPT haciendo constar en la misma que se instruye atestado por los mismos hechos y donde se remite. Así, si en el proceso penal resulta absuelto, se inicia el administrativo.
Dejo el enlace a las instrucciones de la DGT que regulan las pruebas de detección de drogas.
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Cierto porque ahora tenemos ya drogatest jajajaj,
no se denunciaría dos veces por lo mismo, son cosas relacionadas pero diferentes, una es por conducir y otra por tenencia-consumo de sustancias estupefacientes, no es exactamente lo mismo por eso se aplica, y doy fe de que meten estacazo.
Ahora bien con lo nuevo del drogatest si habría que avisar a atestados, pero si no pueden venir este si seria el procedimiento no? ya que las otras veces si han metido la denuncia porque al ultimo que lo hice lo volví a parar a los 2 meses y me dijo que le habían metido caña por eso.
el problema es que por ahora con la droga no ocurre como con el alcohol no hay baremo por eso se esta metiendo todo por adminitrativa no penal, es cierto esto o me equivoco?
Cody
Re: Actuación conductor circula consumiendo marihuana
yo se de casos que solo han denunciado a la ley 1-92 por ir fumando un porrillo en el vehículo y el subdelegado se ha inhibido y ha solicitado al puesto que lo mandara por la vía penal ya que constituía un delito.
Si seguro que le meten sanción tanto por la vía de seguridad vial y de seguridad ciudadana pero será que a la delegación de tráfico no le informas que inicias expediente por la tenencia y a la subdelegación le mandas una denuncia encaminada a la tenencia y no al consumo de la sustancia y no le informas que has iniciado expediente por la vía de seguridad vial. Si hicieras esto el subdelegado no seguiría el expediente y lo archivaría.
Se de más de un compañero que pensando que lo hacían bien un mismo hecho lo encaminaban por vía penal y administrativa creyendo que eran independientes sin informar a las dos autoridades competentes de esos extremos, sin embargo al llegar al juicio y enterarse de este extremo su señoria les llamó la atención por denunciar el mismo hecho dos veces
Para mi si que es el mismo hecho ya que para ir consumiendo conduciendo es necesaria la tenencia del cigarro de la risa y por lo tanto esa tenencia no puede ir por las dos vías.
Por ponerte un ejemplo una persona amenaza a otra con un arma blanca , esa arma es necesaria para crear una amenaza real aparentemente son dos cosas amenaza y posesión de un arma blanca en la vía público haciendo exhibición de esta. Pero no es así y habría que adjuntarla al atestado como prueba y no procedería una denuncia por la vía administrativa.(bajo mi entender , si alguien bajo legislación prueba lo contrario , entonces se lo agradeceré por salvarme de un error).
Yo sigo pensando que lo mejor sería mandarlo por la vía penal por juicio rápido y hacer a su vez una denuncia a seguridad vial informando que inicias esa vía para que solo le pongan la sanción si su señoría no ve que proceda por la vía penal.
Lo que le da fuerza a la prueba de drogas es la diligencia de sintomatología ya que sería la que realmente probara que esa persona va bajo los efecto de esas
sustancias
Si seguro que le meten sanción tanto por la vía de seguridad vial y de seguridad ciudadana pero será que a la delegación de tráfico no le informas que inicias expediente por la tenencia y a la subdelegación le mandas una denuncia encaminada a la tenencia y no al consumo de la sustancia y no le informas que has iniciado expediente por la vía de seguridad vial. Si hicieras esto el subdelegado no seguiría el expediente y lo archivaría.
Se de más de un compañero que pensando que lo hacían bien un mismo hecho lo encaminaban por vía penal y administrativa creyendo que eran independientes sin informar a las dos autoridades competentes de esos extremos, sin embargo al llegar al juicio y enterarse de este extremo su señoria les llamó la atención por denunciar el mismo hecho dos veces
Para mi si que es el mismo hecho ya que para ir consumiendo conduciendo es necesaria la tenencia del cigarro de la risa y por lo tanto esa tenencia no puede ir por las dos vías.
Por ponerte un ejemplo una persona amenaza a otra con un arma blanca , esa arma es necesaria para crear una amenaza real aparentemente son dos cosas amenaza y posesión de un arma blanca en la vía público haciendo exhibición de esta. Pero no es así y habría que adjuntarla al atestado como prueba y no procedería una denuncia por la vía administrativa.(bajo mi entender , si alguien bajo legislación prueba lo contrario , entonces se lo agradeceré por salvarme de un error).
Yo sigo pensando que lo mejor sería mandarlo por la vía penal por juicio rápido y hacer a su vez una denuncia a seguridad vial informando que inicias esa vía para que solo le pongan la sanción si su señoría no ve que proceda por la vía penal.
Lo que le da fuerza a la prueba de drogas es la diligencia de sintomatología ya que sería la que realmente probara que esa persona va bajo los efecto de esas
sustancias
:JUSTI:
Última edición por INFOPOLICIAL el 16.02.13 9:48, editado 1 vez (Razón : Justificar margenes ;-)
camaleón
Re: Actuación conductor circula consumiendo marihuana
El problema que hay que conducir bajo los efectos de sustancias estupefacientes no existe un baremo igual que conducir bajo los efectos se sustancias estupefacientes, por lo que no se esta judializando sino que solo estan denunciando administrativamente.
A la Jefatura de Trafico si le interesa y debe de saber que hay un acta de la 1/92, para asi comprobar que la sustancia intervenida si es realmente sustancia psicotropica pero a Subdelegacion no le interesa que hay un boletin de trafico porque se denuncian dos cosas diferentes aunque exista una sustancia que hace de nexo de union.
A la Jefatura de Trafico si le interesa y debe de saber que hay un acta de la 1/92, para asi comprobar que la sustancia intervenida si es realmente sustancia psicotropica pero a Subdelegacion no le interesa que hay un boletin de trafico porque se denuncian dos cosas diferentes aunque exista una sustancia que hace de nexo de union.
Cody
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