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(#Consulta) Persona que no tiene dinero para pagar prueba contraste
5 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: LEGISLACION Y DOCUMENTACION
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Re: (#Consulta) Persona que no tiene dinero para pagar prueba contraste
Hola, no se haría nada, es el hospital el que con los datos del implicado se hace cargo de enviarle la factura de los gastos ocasionados, por lo menos donde trabajo.
Te dejo esta sentencia por si aclara algo más el hecho.
Saludos.
Te dejo esta sentencia por si aclara algo más el hecho.
Saludos.
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pitutis
Persona que no tiene dinero para pagar pruiega de contrast
art. 14.5 RDL 6/2015. A efectos de contraste, a petición del interesado, se podrán repetir las pruebas para la detección de alcohol o de drogas, que consistirán preferentemente en análisis de sangre, salvo causas excepcionales debidamente justificadas. Cuando la prueba de contraste arroje un resultado positivo será abonada por el interesado.
O sea, como mucho una diligencia de compromiso de pago y ya está.
O sea, como mucho una diligencia de compromiso de pago y ya está.
lucki
Persona que no tiene dinero para pagar pruiega de contrast
art. 14.5 RDL 6/2015. A efectos de contraste, a petición del interesado, se podrán repetir las pruebas para la detección de alcohol o de drogas, que consistirán preferentemente en análisis de sangre, salvo causas excepcionales debidamente justificadas. Cuando la prueba de contraste arroje un resultado positivo será abonada por el interesado.
O sea, como mucho una diligencia de compromiso de pago y ya está.
O sea, como mucho una diligencia de compromiso de pago y ya está.
lucki
Re: (#Consulta) Persona que no tiene dinero para pagar prueba contraste
y si nos pide ir a su casa o ir a un cajero?
porque esa declaración de pago, no creo que sirviese para nada
porque esa declaración de pago, no creo que sirviese para nada
Panchovilla
Re: (#Consulta) Persona que no tiene dinero para pagar prueba contraste
Hola. El abono de la prueba se debe de realizar antes de realizarla por lo que si no dispone de dinero pues no la realiza y listo. Nosotros debemos de facilitarle el acceso a la prueba, el pago es cosa suya.
Saludos.
Saludos.
sandstod
Re: (#Consulta) Persona que no tiene dinero para pagar prueba contraste
Vamos a centrarnos un poco. Veamos, el Reglamento General de Circulación todavía no se ha reformado y en su artículo 4 dice que: “El importe de dichos análisis deberá ser previamente depositado por el interesado…”
Recientemente, el Real Decreto Legislativo 6/2015, Texto Refundido de la Ley de Seguridad Vial, de mayor rango normativo que el Reglamento General de Circulación, que sigue vigente en todo lo que no contravenga a la nueva Ley de Seguridad Vial, estableció en su artículo 14.5 que “A efectos de contraste, a petición del interesado, se podrán repetir las pruebas para la detección de alcohol o de drogas, que consistirán preferentemente en análisis de sangre, salvo causas excepcionales debidamente justificadas. Cuando la prueba de contraste arroje un resultado positivo será abonada por el interesado.”
Como vemos, ya omite la condición del depósito previo por parte del conductor, que tantos problemas originaba.
Por ello, donde yo trabajo, lo único que se hace es que el conductor se compromete al pago si el resultado que nos envíen es positivo, pero no debe depositar previamente el importe de la prueba.
Por otra parte, yo siempre fui de la opinión que ya con la regulación anterior, quien debía proceder al cobro/depósito era la gerencia del hospital al que se acudía, ya que no era un servicio prestado por la policía, si no por el hospital de referencia al que se llevaba a este conductor. De hecho, aquí en Galicia, ahora con el convenio de la Xunta de Galicia y la Fiscalía Superior de Galicia, “ Protocolo de toma de muestras de alcohol y sangre en el Servicio Galego de Saúde”, al llegar con el conductor el hospital le incluye en el registro de admisión de urgencias como tercero obligado al pago, con el fin de proceder a la facturación del procedimiento, bien a él o a la administración correspondiente.
lucki
Re: (#Consulta) Persona que no tiene dinero para pagar prueba contraste
Entonces tras la entrada en vigor del RDL 6/2015, no se debería incluir en diligencias ni actas, el tema del deposito y si que en caso de resultar positivo tendría que abonarlos?.
Podría ser tema de recurso el mero hecho que en el acta se le informe de tal depósito como medida de barrera para acceder a la prueba de contraste?.
Podría ser tema de recurso el mero hecho que en el acta se le informe de tal depósito como medida de barrera para acceder a la prueba de contraste?.
kamehame
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