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Formación (#Consulta) delito cometido por un familiar

Mensaje  tikirifawua 24.02.16 19:12

Buenas tardes, Soy nuevo en este foro por lo que no se si esta pregunta estara ya planteada.

soy opositor y hace poco se presento una duda en la academia, que es la siguiente:

si estando de servicio, un familiar ( padre, madre, hermano/a, tio...) realiza un delito, tu tienes obligacion de realizar el respectivo protocolo del detenido o de debes de abstener???

Somos policias y nuestro deber de acuerdo a la ley 2/86 es prevenir la comision de un hecho delictivo e investigar los delitos. estamos en un estado de derecho por lo que la ley está por encima de todo y mas un policia, que es el brazo de la ley. si no se procede a su detencion estamos quebrantando el ordenamiento juridico?

Tambien cabe la posibilidad que dar cuenta a nuestro superior jerarquico y que actue al respecto.

la ley 30/92 tambien habla de la abtencion al igual, que le codigo penal hasta primer grado de consanginidad. 

y si se trata de una infraccion administrativa( estacionamiento, bebidas alcoholicas ect)

espero una respuesta muchas gracias!
tikirifawua
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Formación Re: (#Consulta) delito cometido por un familiar

Mensaje  Pulo 25.02.16 2:13

En asuntos administrativos, efectivamente existe la figura de de la abstención y la recusación (artículos 28 y 29 respectivamente de la 30/92), lo que se persigue con ellas es la neutralidad e imparcialidad en dichos asuntos. Ello no quiere decir que si como Policía has de formular alguna denuncia por algún tema y que el autor sea familiar te abstengas de hacerlo, lógicamente, de darse el caso pues ya le pasarás el asunto a algún compañero, es de sentido común.
En asuntos penales estas figuras de abstención o recusación no existen, por lo que o tu compa te hace el favor y actúa o, si no tienes posibilidad porque no sois más gente, tu obligación es la de intervenir, sí o sí, y da igual el grado de parentesco. Léete todo lo concerniente a los delitos abandono de destino y omisión del deber de perseguir delitos (Título XIX, Cap. II).
Pulo
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Formación Re: (#Consulta) delito cometido por un familiar

Mensaje  tikirifawua 25.02.16 10:33

vale paulo, muchisimas gracias, lo mirare y leere todos estos temas.

Veamos si alguien mas nos puede ayudar deja su comentario o forma de actuar.(#Consulta) delito cometido por un familiar 1700468496
tikirifawua
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Formación Re: (#Consulta) delito cometido por un familiar

Mensaje  cortifgc 25.02.16 13:34

Conviene tener en cuenta el Artículo 268 del Código Penal, quedan exentos de responsabilidad PENAL padres,madres en los delitos contra el patrimonio, sin q medie violencia o intimidación. Es decir cuando la víctima y autor sean familiares ditectos. No obstante responsabilidad civil si que hay.


En vía administrativa si q existe la figura de abstención o recusación en procedimientos administrativos.
cortifgc
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Formación Re: (#Consulta) delito cometido por un familiar

Mensaje  arukiman556 26.02.16 9:09

En principio tendríamos que ver el tipo de actuación en la que nos encontramos. Si fuera en el ámbito penal, la respuesta la tenemos en la LECrim. y más concretamente en sus artículos 410 y ss. dado que al final, nuestra actuación será la de un testigo. El artículo 416.1 da una respuesta sobre el asunto.

La cuestión es controvertido porque por otro lado, según la LO 2/86, tendremos obligación de actuar en todo momento y lugar.

Es decir, mientras que una norma nos exime de declarar sobre nuestros familiares, otra norma nos obliga a actuar. Yo creo que al final, lo correcto sería no intervenir en actuaciones con familiares, informar de ello tanto a nuestro superior como dejar constancia de lo ocurrido en comparecencia policial.

Con respecto al ámbito administrativo, pues aquí si tenemos claro que debemos de abstenernos ante cualquier tipo de procedimiento administrativo, así que por ejemplo, con respecto a una denuncia de tráfico a un familiar, lo conveniente es abstenerse de ella y que la realice el otro compañero.

Un saludo.
arukiman556
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