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(Consulta) Sobre usurpación de funciones públicas e intrusismo

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CURSO (Consulta) Sobre usurpación de funciones públicas e intrusismo

Mensaje  bertogijon 27.04.11 0:23

Si un individuo se identifica por teléfono como policía o guardia civil y le dice a una persona: "tu hijo está detenido aquí en el cuartelillo de xxxxxxx por un delito de conducción temeraria provocando destrozos en la vía pública y alguien tendrá que hacerse cargo de los daños".
la persona que recibe la llamada después de ponerse en contacto con casi todos los cuerpos de seguridad de la isla saca en claro que su hijo no está detenido en ningún lado, pero sigue sin localizar a su hijo, por lo que decide ir al Cuartel de la Guardia Civil en persona y presentar denuncia por la llamada recibida.
resulta que el Guardia que redacta la denuncia realiza gestiones y consigue identificar al propietario del número en cuestión (el que llamó lo hizo desde un terminal móvil sin ocultar el número, un poco gañán)...

mi pregunta es ¿podría llegar, el llamante, a incurrir en este delito?


NO LO VEO CLARO jejeje


Última edición por INFOPOLICIAL el 10.12.12 20:24, editado 1 vez (Razón : Justificar margenes)
bertogijon
bertogijon



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CURSO Re: (Consulta) Sobre usurpación de funciones públicas e intrusismo

Mensaje  INFOPOLICIAL 27.04.11 0:43

bertogijon escribió: si un individuo se identifica por teléfono como policía o guardia civil y le dice a una persona: "tu hijo está detenido aquí en el cuartelillo de xxxxxxx por un delito de conducción temeraria provocando destrozos en la vía pública y alguien tendrá que hacerse cargo de los daños".
la persona que recibe la llamada después de ponerse en contacto con casi todos los cuerpos de seguridad de la isla saca en claro que su hijo no está detenido en ningún lado, pero sigue sin localizar a su hijo, por lo que decide ir al Cuartel de la Guardia Civil en persona y presentar denuncia por la llamada recibida.
resulta que el Guardia que redacta la denuncia realiza gestiones y consigue identificar al propietario del número en cuestión (el que llamó lo hizo desde un terminal móvil sin ocultar el número, un poco gañán)...

mi pregunta es ¿podría llegar, el llamante, a incurrir en este delito?


NO LO VEO CLARO jejeje

_________________________________________________________________________

CAPÍTULO V.
DE LA USURPACIÓN DE FUNCIONES PÚBLICAS Y DEL INTRUSISMO.
Artículo 402.

El que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.

Artículo 403.

El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de tres a cinco meses.

Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años.

_________________________________________________________________

No se identifica con placa ni viste uniforme, no ejerce como Guardia Civil, no realiza ningun acto, solamente dice serlo y por telefono, lo qwe supone un engaño, pero no pide nada a cambio.
Bajo mi punto de vista es una broma de mal gusto y ya esta.....,



Última edición por INFOPOLICIAL el 10.12.12 20:25, editado 1 vez
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CURSO Re: (Consulta) Sobre usurpación de funciones públicas e intrusismo

Mensaje  bertogijon 27.04.11 1:44

totalmente de acuerdo,muchas gracias
bertogijon
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CURSO llamada maliciosa

Mensaje  Rafa 24.01.12 15:27

se tipificaria como una falta contra los intereses generales, asimilado a cuando se alerta de la colocacion de un falso artefacto explosivo.
Un saludo
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Rafa



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CURSO Re: (Consulta) Sobre usurpación de funciones públicas e intrusismo

Mensaje  INFOPOLICIAL 24.01.12 16:10

Totalmente de acuerdo contigo Rafa, gracias por tu aportación

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CURSO Re: (Consulta) Sobre usurpación de funciones públicas e intrusismo

Mensaje  INFOPOLICIAL 25.03.13 19:31

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CURSO Re: (Consulta) Sobre usurpación de funciones públicas e intrusismo

Mensaje  pincho 02.04.13 19:51

Rafa escribió:se tipificaria como una falta contra los intereses generales, asimilado a cuando se alerta de la colocacion de un falso artefacto explosivo.
Un saludo

Perdona mi ignorancia, ¿pero dónde se encuentra ese artículo, o en que artículo del libro de las Faltas lo incardinas? He estado mirando el Título que recoge las faltas contra los intereses generales y no he encontrado nada. Gracias de antemano.
pincho
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CURSO re

Mensaje  camaleón 02.04.13 21:22

GRACIAS +50 PUNTOS
Sobre el aviso falso sobre explosivos

No se trata de una falta si no de un delito recogido en el Capítulo III De los Desórdenes Públicos art. 561 C.P:
El que con ánimo de atentar contra la paz pública , afirme falsamente la existencia de apartatos explosivos u otros que puedan causar el mismo efecto , o de sustancias quimicas , biolgicas o tóxicas que puedan causar daño a la salud , será castigado con la pena de prisión de 6 meses a 1 año o multa de 12 a 24 meses , atendida la alarma o alteración del orden efectivamente producida.

Sobre la simple llamada haciendose pasar por policía no se puede incluir en el art.402 del código penal  ya que en este caso estaríamos por decirlo de alguna forma como en el tema de las estafas. Para que se pueda incluir tiene que hacerse pasar como policía con unos medios que lleven al engaño a la persona y no con una simple llamada desde un teléfono particular que no estaba oculto y que por consiguiente con volver a llamar no sería atendido por una centralita si no por el mismo personaje , después con llamar a la sala del 062,091 o 112 podría haber echado para atrás esa simple llamada cosa que hizo el afectado.

Bajo mi opinión simplemente sería una falta de injurias o calumnias . Por poner un ejemplo imaginaros que un amigo os hace una broma telefónica pasandose por policía o un programa de la radio solo con una simple llamada no se puede incurrir en ese ilícito.Se tienen que dar circunstancias como en la estafa para que el engaño sea efectivo
camaleón
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CURSO Re: (Consulta) Sobre usurpación de funciones públicas e intrusismo

Mensaje  INFOPOLICIAL 10.11.13 13:49

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