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(Consulta) ¿Parar (no estacionar) encima de la acera?
3 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: LEGISLACION Y DOCUMENTACION
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(Consulta) ¿Parar (no estacionar) encima de la acera?
Buenas, pues esa es mi consulta, no es una pregunta demasiado complicada pero estoy seguro que muchos dudamos o hemos dudado.
¿ Está permitido parar (no estacionar) encima de la acera? En el nomenclato de las ordenanzas municipales de mi municipio solo encuentro el término "Estacionar sobre la acera".
Muchas gracias de antemano
r534
Re: (Consulta) ¿Parar (no estacionar) encima de la acera?
Parada y estacionamiento
Sección 1.ª Normas generales de paradas y estacionamientos
Artículo 91. Modo y forma de ejecución.
1. La parada y el estacionamiento deberán efectuarse de tal manera que el vehículo no obstaculice la circulación ni constituya un riesgo para el resto de los usuarios de la vía,...
2. Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos:
m) Las paradas o estacionamientos que, sin estar incluidos en los párrafos anteriores, constituyan un peligro u obstaculicen gravemente el tráfico de peatones, vehículos o animales.
Artículo 94. Lugares prohibidos.
1. Queda prohibido parar:
c) En los carriles o parte de las vías reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios.
--- Yo entiendo que para, lo que es parar está prohibido en la acera en casos graves, hay que tener en cuenta que por PARAR, lo que es PARAR será valorable por el agente actuante los casos en los que entienda denunciar, pués practicamente y en la mayoría de casos se le suele indicar que retire el vehículo, puesto que EN TODO CASO el conductor está dentro del vehículo.
Sección 1.ª Normas generales de paradas y estacionamientos
Artículo 91. Modo y forma de ejecución.
1. La parada y el estacionamiento deberán efectuarse de tal manera que el vehículo no obstaculice la circulación ni constituya un riesgo para el resto de los usuarios de la vía,...
2. Se consideran paradas o estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación los que constituyan un riesgo u obstáculo a la circulación en los siguientes supuestos:
m) Las paradas o estacionamientos que, sin estar incluidos en los párrafos anteriores, constituyan un peligro u obstaculicen gravemente el tráfico de peatones, vehículos o animales.
Artículo 94. Lugares prohibidos.
1. Queda prohibido parar:
c) En los carriles o parte de las vías reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios.
--- Yo entiendo que para, lo que es parar está prohibido en la acera en casos graves, hay que tener en cuenta que por PARAR, lo que es PARAR será valorable por el agente actuante los casos en los que entienda denunciar, pués practicamente y en la mayoría de casos se le suele indicar que retire el vehículo, puesto que EN TODO CASO el conductor está dentro del vehículo.
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agustin234
Re: (Consulta) ¿Parar (no estacionar) encima de la acera?
Entiendo que tanto la parada como es estacionamiento están prohibidos en el acerado, puesto que se le está dando una utilización diferente para la que fue concebida, de hecho la gran mayoría de los acerados se encuentran a diferente nivel de la calzada precisamente por ese mismo motivo, con la finalidad clara de proteger al peatón y evitar cualquier invasión de la misma. Ahora bien, se está dando un fenómeno nuevo en muchas localidades, son los acerados al mismo nivel, en parte por querer facilitar el tránsito tanto de personas como de vehículos (zonas centro de ciudades con calles muy estrechas y garajes, donde se tienen que compaginar ambas cosas) es aquí donde se pueden dar este tipo de situaciones mayormente. El límite entre la parada y el estacionamiento suele ser muy subjetivo, y va a depender de la apreciación del agente, téngase en cuenta que en muchas ocasiones no es posible comprobar que tiempo lleva el vehículo en ese lugar (la típica señalización de avería no nos dice nada).
El sentido común creo que da respuesta a esta pregunta, ya que tanto en una parada como en un estacionamiento, si se realizan en zona peatonal podrán ocasionar como mínimo molestias al peatón o causar cualquier accidente al obligar a los mismo a transitar por la calzada. Es una opinión más.
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