Últimos temas
ESTADISTICAS WEB
*INFOPOLICIAL WEB fue creada el 17.04.11 21:17, lleva exactamente 4969 días de vida.
*Hasta ahora sus 17721 usuarios han escrito 26273 temas en los 165 foros que existen.
*Tu, Invitado, has escrito 9 posts desde que te registraste el 01.01.70
Tu última visita fue 01.01.70
23.11.24 11:09
*Hasta ahora sus 17721 usuarios han escrito 26273 temas en los 165 foros que existen.
*Tu, Invitado, has escrito 9 posts desde que te registraste el 01.01.70
Tu última visita fue 01.01.70
23.11.24 11:09
Los miembros más etiquetados
@amando (98) | ||||
@charro (17) | ||||
@pitutis (15) | ||||
@agustin234 (12) | ||||
@panteloguerra (11) | ||||
@INFOPOLICIAL (10) | ||||
@Tesis (8) | ||||
@Pulo (8) | ||||
@joseruizlopez (5) |
Miembros que empiezan más temas
INFOPOLICIAL | ||||
charro | ||||
agustin234 | ||||
JOJIBA | ||||
Panchovilla | ||||
pitutis | ||||
Pulo | ||||
adt468 | ||||
laracroft | ||||
1322 |
(#Consulta) señal vertical de prohibido estacionar
4 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: TRAFICO
Página 1 de 1.
(#Consulta) señal vertical de prohibido estacionar
Hola buenos dias,
Se que hay temas similares pero no iguales, por eso abro esta nueva consulta, que es la siguiente:
El ayuntamiento instala en una calle unas señales verticales de prohibido estacionar (en este caso por un acto religioso). Esta señal la ponen por la mañana para un acto que es al mediodia.
1) ¿tienen obligacion de instalarla con algun tiempo de antelación? ¿deben realizar algun bando o edicto en el trablón? ¿donde viene recogido esto?
2) ¿podemos denunciar a los vehículo mal estacionados y retirarlos con grua? ¿incurrimos en algun tipo de responsabilidad en el caso de retirarlos indebidamante? ¿incurrimos en alguna responsabilidad ante la orden del mando de retirarlos y manifestarle que no por señalizacion instalada indebidamente?
3) Si en el caso mencionado, se instala la señalizacion. A posterior los coches estacionados se marchan del lugar, y al tiempo estaciona un nuevo vehículo. ¿este seria denunciable?
gracias de antemano a los compañeros por vuestra colaboracion.
Se que hay temas similares pero no iguales, por eso abro esta nueva consulta, que es la siguiente:
El ayuntamiento instala en una calle unas señales verticales de prohibido estacionar (en este caso por un acto religioso). Esta señal la ponen por la mañana para un acto que es al mediodia.
1) ¿tienen obligacion de instalarla con algun tiempo de antelación? ¿deben realizar algun bando o edicto en el trablón? ¿donde viene recogido esto?
2) ¿podemos denunciar a los vehículo mal estacionados y retirarlos con grua? ¿incurrimos en algun tipo de responsabilidad en el caso de retirarlos indebidamante? ¿incurrimos en alguna responsabilidad ante la orden del mando de retirarlos y manifestarle que no por señalizacion instalada indebidamente?
3) Si en el caso mencionado, se instala la señalizacion. A posterior los coches estacionados se marchan del lugar, y al tiempo estaciona un nuevo vehículo. ¿este seria denunciable?
gracias de antemano a los compañeros por vuestra colaboracion.
david1979
Re: (#Consulta) señal vertical de prohibido estacionar
david1979 escribió:Hola buenos dias,
Se que hay temas similares pero no iguales, por eso abro esta nueva consulta, que es la siguiente:
El ayuntamiento instala en una calle unas señales verticales de prohibido estacionar (en este caso por un acto religioso). Esta señal la ponen por la mañana para un acto que es al mediodia.
1) ¿tienen obligacion de instalarla con algun tiempo de antelación? ¿deben realizar algun bando o edicto en el trablón? ¿donde viene recogido esto?
2) ¿podemos denunciar a los vehículo mal estacionados y retirarlos con grua? ¿incurrimos en algun tipo de responsabilidad en el caso de retirarlos indebidamante? ¿incurrimos en alguna responsabilidad ante la orden del mando de retirarlos y manifestarle que no por señalizacion instalada indebidamente?
3) Si en el caso mencionado, se instala la señalizacion. A posterior los coches estacionados se marchan del lugar, y al tiempo estaciona un nuevo vehículo. ¿este seria denunciable?
gracias de antemano a los compañeros por vuestra colaboracion.
- En la normativa general de tráfico no viene, debe estar recogido en Ordenanza Municipal, si la hay.
- Ojo con lo de la grúa, los casos en los que se puede retirar un vehículo vienen tasados en la Ley (art. 105).
- Si estacionan vehículos tras la colocación de la señalización pues incurrirían en la infraccción, otra cosa es la retirada, que si no lo tienes en ordenanza previsto cuidado!
Pulo
Señal vertical provisional de prohibido estacionar
Hola David, en cuanto a lo que planteas, te diré que esta clase de medidas debe de estar regulada en la Ordenanza de Tráfico de tu población, el tiempo antes de señalizar las vias y las medidas a adoptar.
En mi Ordenanza dispone: "Antes de adoptar estas medidas (se refiere a cuando la P.L. podrá ordenar o retirar vehículos), se procurará a visar con antelación suficiente ( al menos 24 h.) a sus propietarios cuando sea posible, y de no serlo, el traslado se hará a lugares inmediatos sin coste alguno para su titular".
Nosotros actuamos de la siguiente forma:
-1º Señalización con cartel informativo del horario y evento (48 horas antes o al menos 24 h.)
2º Se levanta acta de las matriculas de los turismos estacionados.
3º Los que figuran en acta, si diera a lugar, se trasladan a otra zona sin coste para el titular; pero los que no figuran, sanción y deposito del vehículo con coste.
Si por acumulación de actos, no diera lugar a mantener los plazos, simplemente se desplazan sin coste.
Un Saludo!
borde
Re: (#Consulta) señal vertical de prohibido estacionar
Sigo sin tener claro si una Ordenanza Municipal puede ampliar esos casos a los que la Ley, ex artículo 105, hace alusión. Como se puede observar son supuestos tasados, que no dejan la puerta abierta a que se puedan ampliar.
Por los principios de legalidad y jerarquía normativa una Ordenanza, nunca, insisto nunca, puede contradecir una Ley.
El único encaje que podría tener sería éste:
h) Cuando obstaculicen, dificulten o supongan un peligro para la circulación
Pero ese tipo de acto ni obstaculiza, dificulta o supone un peligro para la circulación, entiéndase circulación la de vehículos, no la de cortejos procesionales o comitivas.
En fin, no sé, pero tengo mis dudas...
Por los principios de legalidad y jerarquía normativa una Ordenanza, nunca, insisto nunca, puede contradecir una Ley.
El único encaje que podría tener sería éste:
h) Cuando obstaculicen, dificulten o supongan un peligro para la circulación
Pero ese tipo de acto ni obstaculiza, dificulta o supone un peligro para la circulación, entiéndase circulación la de vehículos, no la de cortejos procesionales o comitivas.
En fin, no sé, pero tengo mis dudas...
Pulo
Señal vertical provisional de prohibido estacionar
Nosotros solemos actuar de la misma manera expuesta por el compañero [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo].
Nuestra Ordenanza así lo recoge.
Nuestra Ordenanza así lo recoge.
Oficial
Re: (#Consulta) señal vertical de prohibido estacionar
Tengo claro que hay que actuar con lógica, y por supuesto no causarle un mal a un vecino que ha estacionado correctamente, al cual le han puesto unos discos de prohibido estacionar al lado de su coche.
El problema es cuando no hay ordenanza, o en esta no quedan las cosas claras.
Gracias a todos, un saludo
El problema es cuando no hay ordenanza, o en esta no quedan las cosas claras.
Gracias a todos, un saludo
david1979
Temas similares
» (#Consulta) Señal prohibido estacionar excepto turismos
» (Consulta) Catálogo de señales la señal vertical código de señal.
» (Consulta) ¿Es necesario complementarla con la señal vertical?
» (Consulta) Normas de la Señalización Vertical
» (#Consulta) Prescripción señalización vertical ¿hasta dónde?
» (Consulta) Catálogo de señales la señal vertical código de señal.
» (Consulta) ¿Es necesario complementarla con la señal vertical?
» (Consulta) Normas de la Señalización Vertical
» (#Consulta) Prescripción señalización vertical ¿hasta dónde?
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: TRAFICO
Página 1 de 1.
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.
Ayer a las 16:21 por BALOTELLI
» (#Consulta) Vehículo de abandono ocupado trámite legal
18.11.24 19:04 por Pl052
» (#Consulta) QUADS Y REMOLQUES
17.11.24 12:46 por Maquiavelo
» (#Documento) Falsificacion documento publico
14.11.24 17:59 por pitutis
» (#Consulta) ATP CADUCADO SIN TRANSPORTAR
13.11.24 22:38 por Josmah
» (#Consulta) Actuaciones con CBD (consumidores y comercios)
12.11.24 12:37 por xiscop
» LECTURA DERECHOS MENOR DETENIDO
07.11.24 17:31 por MikelA
» Acta protocolo cero de violencia de genero
29.10.24 22:19 por Pepe
» CONDUCIR VEHICULO PARA EL QUE NO HABILITA PERMISO EXTRANJERO NO SUSCEPTIBLE DE CANJE
29.10.24 20:36 por baltoii
» (#Documento) Contestanción DGT ante consulta permiso válido para gruas de arrastre
24.10.24 3:56 por Exup