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(Consulta) Sobre señales temporales de prohibición de estacionamientos por eventos
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crevialberto
LEGALISTA
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betula
agustin234
fenicio
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INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: TRAFICO
Página 1 de 1.
(Consulta) Sobre señales temporales de prohibición de estacionamientos por eventos
Buenas tardes compañer@s:
Hoy presento a vuestra opinión la situación siguiente:
Cuando se nos presenta un evento de regulación del tráfico en nuestra localidad, que precise dejar despejado varias vías, para por ejemplo el paso de una procesión, utilizamos entonces varios carteles de cartón en el cual se dibuja la señal R-308 y con la leyenda sobre el día y horario, prohibimos el estacionamiento.
Las alegaciones que se vienen presentando por algunos de lo denunciados (una vez comprobados que el vehículo no estaba estacionado antes de situar los carteles de E/P), es sobre la validez de los medios utilizados. Ya que exponen que no corresponde al catálogo oficial de señales de tráfico ,por lo que no son mas que meramente informativas y por ende no obligan a su cumplimiento.
¿Se debería acompañar dichos carteles con la ubicación, aun provisional, de la señal que recoge el catálogo oficial?. Y que los carteles fuesen indicadores sobre la zona que la señal provisional afecta.
Saludos.
Hoy presento a vuestra opinión la situación siguiente:
Cuando se nos presenta un evento de regulación del tráfico en nuestra localidad, que precise dejar despejado varias vías, para por ejemplo el paso de una procesión, utilizamos entonces varios carteles de cartón en el cual se dibuja la señal R-308 y con la leyenda sobre el día y horario, prohibimos el estacionamiento.
Las alegaciones que se vienen presentando por algunos de lo denunciados (una vez comprobados que el vehículo no estaba estacionado antes de situar los carteles de E/P), es sobre la validez de los medios utilizados. Ya que exponen que no corresponde al catálogo oficial de señales de tráfico ,por lo que no son mas que meramente informativas y por ende no obligan a su cumplimiento.
¿Se debería acompañar dichos carteles con la ubicación, aun provisional, de la señal que recoge el catálogo oficial?. Y que los carteles fuesen indicadores sobre la zona que la señal provisional afecta.
Saludos.
fenicio
Re: (Consulta) Sobre señales temporales de prohibición de estacionamientos por eventos
A mi modo de entender en los dispositivos extraordinarios hay que colocar en primer lugar la señal correspondiente, en este caso la de prohibición de estacionamiento si bien dentro de esta o en panel aparte INDICAR CONCRETAMENTE MOTIVO Y FRANJA TEMPORAL DE ESA PROHIBICIÓN.
Lo oportuno es levantar un acta de los vehículos estacionados cuando se colocan las señales portátiles circunstanciales y a partir da ahí se puede actuar en consecuencia con los que estacionen posteriormente.
Te adjunto modelo de acta
:HIDE:
Lo oportuno es levantar un acta de los vehículos estacionados cuando se colocan las señales portátiles circunstanciales y a partir da ahí se puede actuar en consecuencia con los que estacionen posteriormente.
Te adjunto modelo de acta
:HIDE:
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agustin234
Re: (Consulta) Sobre señales temporales de prohibición de estacionamientos por eventos
En la población en la que trabajo se coloca la señal de prohibido estacionar- en uno o en ambos lados-y en carteles independientes el motivo de la prohibición y el/los dias y horario de la misma; así mismo, tal y como comenta el compañero, antes de colocar la señalización se levanta un acta abierta-A10- para dejar constancia de los vehículos estacionados antes de colocar las señales. Si fuese necesario retirarlos se devolverían sin cargo alguno a los propietarios; los estacionados posteriormente se denuncian y se retiran con la grúa.
betula
Re: (Consulta) Sobre señales temporales de prohibición de estacionamientos por eventos
En la población en la que llevo a cabo mi trabajo lo que se hace es colocar la señalización con 48 horas de antelación con un folio sellado y detallando el motivo, fecha y horario, además está apoyado con que dentro de la Ordenanza Municipal de Circulación existe la prohibición de estacionar un vehículo más de 48 horas en el mismo lugar, se denuncia y retira con la grúa los vehículos.
No se levanta acta de vehículos estacionados con anterioridad ni nada similar. ¿Qué os parece?
Un saludo
No se levanta acta de vehículos estacionados con anterioridad ni nada similar. ¿Qué os parece?
Un saludo
Última edición por CoKeLuArKa el 08.07.14 13:57, editado 1 vez (Razón : Ampliar algún detalle)
CoKeLuArKa
Re: (Consulta) Sobre señales temporales de prohibición de estacionamientos por eventos
En principio si así está regulado en la Ordenanza Municipal y esta no ha sido recurrida y si tal como se supone la infracción denuncia es la de estacionar más de 48 horas en el mismo sitio el vehículo la actuación policial es correcta.
Otra cosa es que el procedimiento parece un poco inseguro jurídicamente pero como está en ordenanza la policía local debe ajustarse a el.
En cualquier caso si seria conveniente levantar acta de los previamente estacionados, pues entiendo que los que estacionan después serán denunciados por otro concepto que será el de estacionar en zona prohibida.
Otra cosa es que el procedimiento parece un poco inseguro jurídicamente pero como está en ordenanza la policía local debe ajustarse a el.
En cualquier caso si seria conveniente levantar acta de los previamente estacionados, pues entiendo que los que estacionan después serán denunciados por otro concepto que será el de estacionar en zona prohibida.
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agustin234
Re: (Consulta) Sobre señales temporales de prohibición de estacionamientos por eventos
Muchas gracias por la respuesta Agustin234.
Se denuncia por estacionar en zona reglamentariamente prohibida (señalización temporal), aunque igual es más seguro redactar la infracción por el artículo de estar estacionado en un mismo lugar más de 48 horas).
Realizaré la sugerencia de levantar acta de los coches que estén estacionados para más seguridad. A ver si me hacen caso.
Un saludo y gracias de nuevo.
Se denuncia por estacionar en zona reglamentariamente prohibida (señalización temporal), aunque igual es más seguro redactar la infracción por el artículo de estar estacionado en un mismo lugar más de 48 horas).
Realizaré la sugerencia de levantar acta de los coches que estén estacionados para más seguridad. A ver si me hacen caso.
Un saludo y gracias de nuevo.
CoKeLuArKa
Re: (Consulta) Sobre señales temporales de prohibición de estacionamientos por eventos
Señales de estacionamiento prohibido con indicación de motivo día y hora. Avisos en los parabrisas. Llegada la hora indicada se despeja la zona sin cargo para ninguno y se acota con vallas y cinta policial. Relación de vehículos si es que queda alguno. Antes del acto se comprueba que la zona esté libre y si queda alguno se retira con grúa, con cargo si no estaba en la relación y sin cargo si estaba estacionado antes de acotar. Se denuncia por no obedecer señal de prohibición.
adt468
Re: (Consulta) Sobre señales temporales de prohibición de estacionamientos por eventos
En mi municipio la regulación es:
Artículo 73. Desplazamiento de vehículos
1. El Ayuntamiento podrá modificar provisionalmente el régimen de estacionamiento de sus vías públicas, cualquiera que sea el establecido, motivado por el desarrollo de cualquier evento especial debidamente autorizado o por ser necesario un determinado espacio para ser utilizado como reserva de vía pública provisional.
2. Cuando se trate de zonas de estacionamiento libre, se deberá señalizar la alteración del régimen de estacionamiento, con 48 horas de antelación, si ello fuera posible. En estos casos, los vehículos no podrán ser denunciados ni retirados por infracción, mientras los agentes de vigilancia del tráfico no puedan acreditar mediante informe elaborado al efecto, que la calle o zona acotada ha quedado expedita de vehículos y la señalización provisional visible. En estos supuestos los vehículos serán desplazados sin cargo para sus conductores.
Por ello importante lo del acta previa con los que se encontraban estacionados.
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agustin234
Re: (Consulta) Sobre señales temporales de prohibición de estacionamientos por eventos
Buenas de nuevo, tengo que decir que me han hecho caso y hemos instaurado cubrir un acta para tomar nota de que dia, a que hora, porque motivo y que coches están estacionados cuando se señaliza temporalmente (procesiones, fiestas, ovp, etc). Así no habrá problemas de reclamaciones.
Muchas gracias por los aportes que hacéis, nos facilitan el trabajo.
Muchas gracias por los aportes que hacéis, nos facilitan el trabajo.
CoKeLuArKa
Re: (Consulta) Sobre señales temporales de prohibición de estacionamientos por eventos
Gracias por todas las respuestas efectuadas.
Buena idea tener y levantar un acta (abierta A-10 o especifica si se dispone de ella) de los vehículos que estaban estacionados antes de la señalización provisional. La ordenanza también ha de contemplar este supuesto.
Un Saludo.-
Buena idea tener y levantar un acta (abierta A-10 o especifica si se dispone de ella) de los vehículos que estaban estacionados antes de la señalización provisional. La ordenanza también ha de contemplar este supuesto.
Un Saludo.-
LEGALISTA
48 horas
Sabemos exactamente donde viene recogido que se deba señalizar con 48 horas anteriores mediante señalización provisionacircunstanciall, para eventos tipo procesiones y demás?
Solo lo encuentro en ordenanzas municipales pero no lo encuentro en RGC y demás...
Solo lo encuentro en ordenanzas municipales pero no lo encuentro en RGC y demás...
crevialberto
Re: (Consulta) Sobre señales temporales de prohibición de estacionamientos por eventos
Si no me equivoco ese plazo estaba contemplado en el derogado Código de Circulación. Su derogación obligó a recoger estas circunstancias mediante Ordenanza Municipal para este tipo de eventos, ocupación de vía pública, etc.crevialberto escribió:Sabemos exactamente donde viene recogido que se deba señalizar con 48 horas anteriores mediante señalización provisionacircunstanciall, para eventos tipo procesiones y demás?
Solo lo encuentro en ordenanzas municipales pero no lo encuentro en RGC y demás...
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PL Ibi 03079050
pl_ibi_03079050
Re: (Consulta) Sobre señales temporales de prohibición de estacionamientos por eventos
buena tardes:
Yo pienso que lo mas lógico y coherente a mi entender, sería colocar las señales R-308 desde el inicio de la calle y cada cierto metros la misma señal, esta con doble flecha indicadora y al final de la calle pues la ultima señal con flecha indicadora hacia el inicio. ademas de un panel rectangular indicar del motivo el cual ha sido instalada esa señal circunstancial y los días y horarios desde que esa señal empieza a tener vigor. desde el mismo momento de la colocación de las misma se debería de tomar todas los vehículos que esten en ese momento, pues la sanción no es la misma.
Yo pienso que lo mas lógico y coherente a mi entender, sería colocar las señales R-308 desde el inicio de la calle y cada cierto metros la misma señal, esta con doble flecha indicadora y al final de la calle pues la ultima señal con flecha indicadora hacia el inicio. ademas de un panel rectangular indicar del motivo el cual ha sido instalada esa señal circunstancial y los días y horarios desde que esa señal empieza a tener vigor. desde el mismo momento de la colocación de las misma se debería de tomar todas los vehículos que esten en ese momento, pues la sanción no es la misma.
vega799
Re: (Consulta) Sobre señales temporales de prohibición de estacionamientos por eventos
A ver, según he creído leer, el post inicial lo era por que las señales utilizadas no se ajustaban en material, dimensiones, etc., a las del catálogo de señales y ello ha dado lugar a algún que otro escrito de alegaciones denunciando ello.
Efectivamente, existen unas formas, colores y dimensiones de las señales que están reguladas por Órdenes Ministeriales que como sabes tienen rango reglamentario.
Osea, que vete a ellas y lo ves (Norma de Carreta 8.2-IC, y otras).
No sé yo eso que dices "en una señal de cartón ..."
Efectivamente, existen unas formas, colores y dimensiones de las señales que están reguladas por Órdenes Ministeriales que como sabes tienen rango reglamentario.
Osea, que vete a ellas y lo ves (Norma de Carreta 8.2-IC, y otras).
No sé yo eso que dices "en una señal de cartón ..."
Pulo
Re: (Consulta) Sobre señales temporales de prohibición de estacionamientos por eventos
Buenas.
Es un tema interesante, en relación a la colocación de las señales provisionales informativas de prohibido estacionar por el Motivo XXXXX.
Me surge las siguientes dudas sobre la legalidad de la retirada de los vehículos existentes con posterioridad a la colocación de la señalización provisional.
Se debe colocar la señal R308 obligatoriamente, o con la simple leyenda de prohibido estacionar es suficiente? Entendiendo que normalmente se coloca un folio u otro soporte para información.
Esa señalización que se debe colocar debe reunir medidas, color , etccc?
Un saludo.
Es un tema interesante, en relación a la colocación de las señales provisionales informativas de prohibido estacionar por el Motivo XXXXX.
Me surge las siguientes dudas sobre la legalidad de la retirada de los vehículos existentes con posterioridad a la colocación de la señalización provisional.
Se debe colocar la señal R308 obligatoriamente, o con la simple leyenda de prohibido estacionar es suficiente? Entendiendo que normalmente se coloca un folio u otro soporte para información.
Esa señalización que se debe colocar debe reunir medidas, color , etccc?
Un saludo.
Oficial
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