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(Consulta) Intervención de material con sospechas de que haya sido robado
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INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: SEGURIDAD CIUDADANA :: ACTUACION ADMINISTRATIVA
Página 1 de 1.
(Consulta) Intervención de material con sospechas de que haya sido robado
Buenas compañeros,
El otro día estábamos debatiendo un poco la actuación que se debería llevar a cabo en el siguiente caso:
- A las 01:00h, haciendo vigilancia por la población se detecta vehículo circulando con tres personas en el interior. Se detiene al vehículo i se identifica a los ocupantes. Los tres tienen antecedentes por hurtos y robos con fuerza. Se registra el vehículo y en el maletero se encuentra un moto-cultor. Se le pregunta al conductor del vehículo y dice que es de propiedad de su padre, que está roto y que se lo estaba llevando a un amigo que sabe arreglarlo.
Nosotros tenemos muchas sospechas de que ha sido robado ya que en la comarca ha habido bastantes robos de este tipo de objetos.
.- La actuación que llevaría yo a cabo sería rellenar A-10 específica de Intervención de material y especificar un día para que pase a recogerlo si no se puede demostrar que haya sido robado.
PREGUNTAS:
- ¿Se podría intervenir el material? En el caso que sea que si, que ley ampara esta actuación?
- Si se interviene el material y no se puede demostrar que haya sido robado (porque no haya ninguna denuncia ) se le tendría que entregar el dia que se haya especificado o tendría que mostrar la factura del moto-cultor?
MUCHAS GRACIAS
El otro día estábamos debatiendo un poco la actuación que se debería llevar a cabo en el siguiente caso:
- A las 01:00h, haciendo vigilancia por la población se detecta vehículo circulando con tres personas en el interior. Se detiene al vehículo i se identifica a los ocupantes. Los tres tienen antecedentes por hurtos y robos con fuerza. Se registra el vehículo y en el maletero se encuentra un moto-cultor. Se le pregunta al conductor del vehículo y dice que es de propiedad de su padre, que está roto y que se lo estaba llevando a un amigo que sabe arreglarlo.
Nosotros tenemos muchas sospechas de que ha sido robado ya que en la comarca ha habido bastantes robos de este tipo de objetos.
.- La actuación que llevaría yo a cabo sería rellenar A-10 específica de Intervención de material y especificar un día para que pase a recogerlo si no se puede demostrar que haya sido robado.
PREGUNTAS:
- ¿Se podría intervenir el material? En el caso que sea que si, que ley ampara esta actuación?
- Si se interviene el material y no se puede demostrar que haya sido robado (porque no haya ninguna denuncia ) se le tendría que entregar el dia que se haya especificado o tendría que mostrar la factura del moto-cultor?
MUCHAS GRACIAS
r534
Re: (Consulta) Intervención de material con sospechas de que haya sido robado
Estimado compañero, con respecto a la pregunta que realizas y sí efectivamente se tienen serios indicios de que el moto cultor que mencionas es producto de un robo, sí se puede intervenir y realizar las posteriores investigaciones para averiguar si definitivamente está sustraído o no.
En caso de que las pesquisas sean infructuosas, está claro que habrá que devolver los objetos intervenidos a su propietario, el cual deberá de acreditar de manera fehaciente que son suyos. Para ello, deberá presentar cualquier tipo de documento que así lo acredite, como pueden ser facturas, albaranes, contratos privado de compra venta, etc.
En caso de que las pesquisas sean infructuosas, está claro que habrá que devolver los objetos intervenidos a su propietario, el cual deberá de acreditar de manera fehaciente que son suyos. Para ello, deberá presentar cualquier tipo de documento que así lo acredite, como pueden ser facturas, albaranes, contratos privado de compra venta, etc.
La norma que ampara dicha intervención, es la LECr. que en su artículo 282 establece: "La Policía Judicial tiene por objeto, y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos y descubrir a los delincuentes, y recoger todos los efectos, instrumentos o pruebas del delito de cuya desaparición hubiere peligro, poniéndolos a disposición de la autoridad judicial".
Ahora bien, esta medida ha de ser utilizada de forma restrictiva, es decir, únicamente cuando se tengan serios indicios de que se ha producido un delito y no de forma arbitraria puesto que en el caso de proceder a dicha incautación, hay que tener presente que se están privando del disfrute, aunque sólo sea de manera temporal, de bienes que tienen una propiedad determinada.
Un saludo.
arukiman556
Re: (Consulta) Intervención de material con sospechas de que haya sido robado
Como tú dices compañero, tiene que ser una medida restrictiva, en mi demarcación, hay una estadística muy alta de robos, la gente constantemente circula con objetos en el vehículo, susceptibles de proceder de robos Y generalmente no podemos intervenir todo lo que circule. un saludo
roderici
Re: (Consulta) Intervención de material con sospechas de que haya sido robado
Yo creo que lo mejor sería tomar filiación completa de los tres individuos, así como numeraciones u otros datos que identifiquen el motocultor además de algunas fotografía del motocultor en las que se aprecie dichas numeraciones para que en el caso de que sea denunciado su robo tengamos algo a lo que agarrarnos.
Por supuesto el denunciante (en el caso de que lo hubiera) también deberá de aportar facturas y demás que acrediten que es de su propiedad.
Por supuesto el denunciante (en el caso de que lo hubiera) también deberá de aportar facturas y demás que acrediten que es de su propiedad.
ismael523
Re: (Consulta) Intervención de material con sospechas de que haya sido robado
Hola compañero arukiman556, citas:
En caso de que las pesquisas sean infructuosas, está claro que habrá que devolver los objetos intervenidos a su propietario, el cual deberá de acreditar de manera fehaciente que son suyos. Para ello, deberá presentar cualquier tipo de documento que así lo acredite, como pueden ser facturas, albaranes, contratos privado de compra venta, etc.
Si pasado el tiempo que el compañero ha puesto en el acta el portador del objeto viene a recogerlo sin poder acreditar su titularidad con factura, albaran, etc., entonces, qué, ¿Se lo devolvemos o no?
Si no lo devolvemos, entonces habrá que instruir unas diligencias informativas al juzgado, no? No vaya a ser que nos denuncien por apropiación indebida.
¿Qué creeis?
En caso de que las pesquisas sean infructuosas, está claro que habrá que devolver los objetos intervenidos a su propietario, el cual deberá de acreditar de manera fehaciente que son suyos. Para ello, deberá presentar cualquier tipo de documento que así lo acredite, como pueden ser facturas, albaranes, contratos privado de compra venta, etc.
Si pasado el tiempo que el compañero ha puesto en el acta el portador del objeto viene a recogerlo sin poder acreditar su titularidad con factura, albaran, etc., entonces, qué, ¿Se lo devolvemos o no?
Si no lo devolvemos, entonces habrá que instruir unas diligencias informativas al juzgado, no? No vaya a ser que nos denuncien por apropiación indebida.
¿Qué creeis?
polpou
Re: (Consulta) Intervención de material con sospechas de que haya sido robado
YO creo que no necesita acreditar que es de su propiedad para entregar el material intervenido, ya que segun el codigo civil no es obligacion tal demostracion, es mas no deberiamos intervernirlo lo ideal es como han dicho anteriormente es fotos y datos asi como filiacion, ya que no llevar documentos que acrediten titularidad no nos da cobertura legal para intervenir nada, aun cuando los que los portal tengan antecedentes, nos gusto o no es asi, aunque se que se hace con bastante frecuencia y de hecho yo mismo lo hago, pero que sepamos que no tenemos cobertura, un saludo.
parmenion
Re: (Consulta) Intervención de material con sospechas de que haya sido robado
Completamente de acuerdo con parmenion, además yo personalmente si instruiría diligencias, reseñando muy bien los objetos intervenidos y las gestiones realizadas para localizar su origen, así como la diligencia de entrega a los poseedores a disposición judicial.
Un saludo
Un saludo
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INFOPOLICIAL
Re: (Consulta) Intervención de material con sospechas de que haya sido robado
Hola compañeros,
Creo que en este caso concreto también cabe la intervención temporal en base a la ley 1/92 articulo 19. esta claro que el objeto posiblemente no se valla a utilizar para cometer un ilícito pero es susceptible que el origen del mismo derive de una acción ilícita. En base a la prevención i la seguridad ciudadana y hasta esclarecer el origen queda intervenido temporalmente.
LO 1/92 Art. 19
1. Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán limitar o restringir, por el tiempo imprescindible, la circulación o permanencia en vías o lugares públicos en supuestos de alteración del orden, la seguridad ciudadana o la pacífica convivencia, cuando fuere necesario para su restablecimiento.
Asimismo podrán ocupar preventivamente los efectos o instrumentos susceptibles de ser utilizados para acciones ilegales, dándoles el destino que legalmente proceda.
Xgil1023
Re: (Consulta) Intervención de material con sospechas de que haya sido robado
r534 escribió:Buenas compañeros,
El otro día estábamos debatiendo un poco la actuación que se debería llevar a cabo en el siguiente caso:
- A las 01:00h, haciendo vigilancia por la población se detecta vehículo circulando con tres personas en el interior. Se detiene al vehículo i se identifica a los ocupantes. Los tres tienen antecedentes por hurtos y robos con fuerza. Se registra el vehículo y en el maletero se encuentra un moto-cultor. Se le pregunta al conductor del vehículo y dice que es de propiedad de su padre, que está roto y que se lo estaba llevando a un amigo que sabe arreglarlo.???
Yo creo que como han citado, si no lo intervinieses como presunta prueba de un delito contra el patrimonio, intervención temporal por la LO 1/92 y que acredite la titularidad posteriormente del motocultor
COP5809
Re: (Consulta) Intervención de material con sospechas de que haya sido robado
Teniendo en cuenta los antecedentes de los que lo portan así como la incongruencia de llevarlo a reparar a la hora que citas, yo lo intervendría, y sí o sí, diligencias dando cuenta de la intervención así como del hecho que la motiva a la Autoridad Judicial.
Nosotros para hacer entrega a la persona que se le requisa lo remitimos a la Autoridad Judicial, que es la que decide si se le entrega o no.
Un saludo.
Kolet
acta incautacion temporal deobjetos
Alguien podria poner,algun formato de acta,para la incautacion de objetos que pudieran provenir de un hecho delictivo
agripina
Decomiso motocultor
art. 434 código Civil. Dice que no es necesario acreditar nada. Yo decomisaría para hacer pesquisas y de ser infructuosas devolver sin necesidad de factura.... Así es la ley...
TASQUE
Re: (Consulta) Intervención de material con sospechas de que haya sido robado
Personalmente, y en el caso al que hace referencia el compañero, es decir alto índice de robos y sospechas fundadas de que lo portado pudiera ser robado o hurtado y quienes lo portan no justifican la procedencia, intervengo todo el material, instruyo por presunta apropiación indebida y lo pongo a disposición de la Autoridad Judicial.
Asi se ha venido haciendo en varias unidades en las que he estado destinado y nunca hubo el más mínimo problema.
Asi se ha venido haciendo en varias unidades en las que he estado destinado y nunca hubo el más mínimo problema.
xxalfredoxx
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