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(Consulta) Sobre impuestos especiales vehículos
5 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: MARITIMAS Y FISCAL :: FISCAL
Página 1 de 1.
(Consulta) Sobre impuestos especiales vehículos
Realizando servicio se para a un ciudadano que procede de un país de la Unión Europea pero cuenta con N.I.E y es residente por tiempo superior a un año . Este circula en un vehículo matrícula de un país de la Unión ,es el conductor habitual y se sabe que lleva circulando más de 5 meses con él ya que anteriormente se le denuncio al Rg circulación por una infracción. El vehículo está a nombre de su madre , que también es residente en España y tiene N.I.E y lleva también un tiempo superior a 1 año viviendo en nuestro país.
Mi pregunta es si procede denuncia por impuestos especiales y en caso afirmativo si procede inmovilización del vehículo o por ejemplo si en ese momento circula para ir a su domicilio en España se puede denunciar y evitar su inmovilización.Entiendo que aunque se de la intervención en una zona de competencia de Policía Local al ser materia de impuestos un miembro de las FCSE puede actuar sin ser de forma voluntaria.Se agradecería algún acta. Muchas gracias de antemano
Mi pregunta es si procede denuncia por impuestos especiales y en caso afirmativo si procede inmovilización del vehículo o por ejemplo si en ese momento circula para ir a su domicilio en España se puede denunciar y evitar su inmovilización.Entiendo que aunque se de la intervención en una zona de competencia de Policía Local al ser materia de impuestos un miembro de las FCSE puede actuar sin ser de forma voluntaria.Se agradecería algún acta. Muchas gracias de antemano
camaleón
Re: (Consulta) Sobre impuestos especiales vehículos
Acta por localización de un vehículo carente del iiee
:HIDE:
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russeus
Re: (Consulta) Sobre impuestos especiales vehículos
Dejo el enlace a otro post del mismo tema:
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charro
resumen procedimiento
Localización de ciudadano comunitario que reside en España (certificado de empadronamiento, permiso residencia estudiante, nie…), conduciendo un vehículo sobre el que se tienen indicios de que lleva circulando MÁS DE UN MES en territorio nacional. O ciudadano extracomunitario con domicio habitual en España desde hace más de seis meses.
Levantar acta de LOCALIZACIÓN del vehículo (preferiblemente que el vehículo esté circulando) informando al condutor – titular de la obligación que tiene de satisfacer el impuesto de matrículación en un plazo de cinco días. Elevar dicha acta a la agencia tributaria que corresonda grabando en sigo el hecho en cuestión (anexar acta firmada escaneada en pestaña multimedia) importante al añadir el vehículo en la pestaña “matrícula y otros datos”, cumplimentar campos de color de fondo y letras de la placa y fecha de matriculación.
Pasados los cinco días sin que presente certificado de pago de las tasas (no necesariamente tiene que haberse llevado a efecto el cambio de la placa) se procede a la inmovilización del vehículo, con la aprehensión de llaves y documentación que autoriza a su circulación siendo remitida a la A.Tributaria, formulando igualmente denuncia al Rto. G. Vehículo por circular con el vehículo reseñado careciendo de la autorización administrativa para ello.
Suponiendo el caso de que el vehículo no sea interceptado por los agentes a los cinco días de extender acta de localización, debemos estar pendientes de que la AgT. Remida solicitud de inmovilización de dicho vehículo, en ese momento de procede a grabar señalamiento sobre el vehículo en cuestión, ambito de señalamiento Naturaleza Policial, de esta forma cualquier policia que lo identifique y compruebe que no ha pagado, debe inmovilizarlo.
Dispongo de un archivo pdf, elaborado por le sector de Andalucia, que muestra a modo de resumen el procedimiento a seguir. Sería muy interesante, si alguien habilitado pudiera contactar conmigo para ver si es posible ponerlo a disposición de todos en la web.
un saludo
Levantar acta de LOCALIZACIÓN del vehículo (preferiblemente que el vehículo esté circulando) informando al condutor – titular de la obligación que tiene de satisfacer el impuesto de matrículación en un plazo de cinco días. Elevar dicha acta a la agencia tributaria que corresonda grabando en sigo el hecho en cuestión (anexar acta firmada escaneada en pestaña multimedia) importante al añadir el vehículo en la pestaña “matrícula y otros datos”, cumplimentar campos de color de fondo y letras de la placa y fecha de matriculación.
Pasados los cinco días sin que presente certificado de pago de las tasas (no necesariamente tiene que haberse llevado a efecto el cambio de la placa) se procede a la inmovilización del vehículo, con la aprehensión de llaves y documentación que autoriza a su circulación siendo remitida a la A.Tributaria, formulando igualmente denuncia al Rto. G. Vehículo por circular con el vehículo reseñado careciendo de la autorización administrativa para ello.
Suponiendo el caso de que el vehículo no sea interceptado por los agentes a los cinco días de extender acta de localización, debemos estar pendientes de que la AgT. Remida solicitud de inmovilización de dicho vehículo, en ese momento de procede a grabar señalamiento sobre el vehículo en cuestión, ambito de señalamiento Naturaleza Policial, de esta forma cualquier policia que lo identifique y compruebe que no ha pagado, debe inmovilizarlo.
Dispongo de un archivo pdf, elaborado por le sector de Andalucia, que muestra a modo de resumen el procedimiento a seguir. Sería muy interesante, si alguien habilitado pudiera contactar conmigo para ver si es posible ponerlo a disposición de todos en la web.
un saludo
Última edición por INFOPOLICIAL el 22.10.13 19:17, editado 1 vez (Razón : Justificar margenes)
jhondir
Re: (Consulta) Sobre impuestos especiales vehículos
jhondir escribió:Localización de ciudadano comunitario que reside en España (certificado de empadronamiento, permiso residencia estudiante, nie…), conduciendo un vehículo sobre el que se tienen indicios de que lleva circulando MÁS DE UN MES en territorio nacional. O ciudadano extracomunitario con domicio habitual en España desde hace más de seis meses.
Levantar acta de LOCALIZACIÓN del vehículo (preferiblemente que el vehículo esté circulando) informando al condutor – titular de la obligación que tiene de satisfacer el impuesto de matrículación en un plazo de cinco días. Elevar dicha acta a la agencia tributaria que corresonda grabando en sigo el hecho en cuestión (anexar acta firmada escaneada en pestaña multimedia) importante al añadir el vehículo en la pestaña “matrícula y otros datos”, cumplimentar campos de color de fondo y letras de la placa y fecha de matriculación.
Pasados los cinco días sin que presente certificado de pago de las tasas (no necesariamente tiene que haberse llevado a efecto el cambio de la placa) se procede a la inmovilización del vehículo, con la aprehensión de llaves y documentación que autoriza a su circulación siendo remitida a la A.Tributaria, formulando igualmente denuncia al Rto. G. Vehículo por circular con el vehículo reseñado careciendo de la autorización administrativa para ello.
Suponiendo el caso de que el vehículo no sea interceptado por los agentes a los cinco días de extender acta de localización, debemos estar pendientes de que la AgT. Remida solicitud de inmovilización de dicho vehículo, en ese momento de procede a grabar señalamiento sobre el vehículo en cuestión, ambito de señalamiento Naturaleza Policial, de esta forma cualquier policia que lo identifique y compruebe que no ha pagado, debe inmovilizarlo.
Dispongo de un archivo pdf, elaborado por le sector de Andalucia, que muestra a modo de resumen el procedimiento a seguir. Sería muy interesante, si alguien habilitado pudiera contactar conmigo para ver si es posible ponerlo a disposición de todos en la web.
un saludo
Gracias por tu aportación e interés. El documento al que te refieres no es posible colgarlo, puesto que es un documento oficial e interno, pero la parte en la que indica el protocolo a seguir esta reflejado en el enlace al post que puse en la respuesta de arriba.
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