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NOTICIAS Madrid multará hasta con 750 euros a mendigos y clientes de prostitutas

Mensaje  INFOPOLICIAL 10.10.13 10:20

El Ayuntamiento de Madrid (PP) aprobará a inicios de 2014 una ordenanza de convivencia que prevé multas de hasta 750 euros por infracciones como solicitar servicios de prostitución en la vía pública, pedir limosna a la puerta de un supermercado o tirar colillas al suelo. Habrá también otras sanciones de cuantías superiores para los tengan comportamientos xenófobos u homófobos (1.500 euros) o usen menores para pedir limosna (3.000 euros).


El gobierno local que preside Ana Botella quiere que “todas las personas puedan desarrollar en libertad sus actividades de libre circulación, ocio, encuentro y recreo, con pleno respeto a la dignidad y a los derechos de los demás y a la pluralidad de expresiones y de formas de vida”. Sin embargo, cree que “los problemas vinculados a la convivencia son numerosos y en muchos casos llenos de dificultades”. Por ello, ha desarrollado una ordenanza que toma el relevo de una norma de 1948 y de todas las disposiciones diseminadas por otras regulaciones municipales. Su objeto es “limitar determinadas conductas individuales”, que “sólo se tipificarán como infracciones en la medida en que afecten o impidan el libre ejercicio de las demás personas”.

Algunas de las acciones reguladas en esta norma ya están penalizadas ahora. Otras disposiciones, como la que afecta a la prostitución (una práctica alegal en España), son nuevas. La concejal de Asuntos Sociales, Dolores Navarro, se ha reunido en los últimos meses con asociaciones de vecinos, hostelería, mujeres, etcétera, para elaborar el borrador presentado hoy. Ahora tratará de consensuarlo con el resto de grupos políticos para que sea aprobado definitivamente y entre en vigor en los primeros meses de 2014.

Multas y otros castigos. El Ayuntamiento prevé que “seguramente va a subir el número de denuncias” por infracciones relacionadas con la convivencia, aunque, matiza, “no existe ningún interés en la recaudación”. La norma “no se vincula a un número mayor de policías”; es decir, no aumentarán los agentes en la calle para vigilar su cumplimiento.

Las prohibiciones de la nueva ordenanza municipal

Infracciones leves (1-750 euros). Pedir limosna ante colegios, hospitales o centros comerciales; ofrecer bienes a los ocupantes de un vehículo; solicitar servicios sexuales en la calle; practicar juegos molestos o peligrosos; hacer acrobacias con bicicletas o monopatines; beber alcohol; escupir o tirar desperdicios al suelo; ofrecer servicios de tarot, videncia, masajes o vigilancia de vehículos; acampar en la vía pública; usar los bancos para otra cosa que no sea sentarse; pasear un perro molesto o amenazador, soltarlo en una zona no permitida, dejar que se bañe en una fuente o darle de comer en la calle; molestar al regar las plantas; lavar o reparar coches; sacudir alfombras; dañar el mobiliario urbano; bañarse, trepar o dañar fuentes; o usar estanques para modelismo.
Infracciones graves (750-1.500 euros). Actos discriminatorios o de acoso; mendicidad organizada o con coacción; ofrecerse a limpiar parabrisas en un semáforo; solicitar servicios sexuales de forma coactiva o cerca de colegios o centros comerciales; promover la prostitución; juegos o apuestas con dinero; circulación temeraria o uso de elementos urbanos con el monopatín; orinar o defecar en la calle, o no limpiar si lo hace su perro; encender hogueras; llevar perros peligrosos sin cadena y bozal; o darle usos ajenos a las instalaciones deportivas.
Infracciones muy graves (1.500-3.000 euros). Actos discriminatorios o de acoso a ancianos, menores o discapacitados; utilización de menores o discapacitados para ejercer la mendicidad; las conductas que promuevan la prostitución cerca de colegios o zonas infantiles, o la práctica de servicios sexuales en la vía pública; ofrecer el traslado a toxicómanos hasta puntos de venta de droga; o colocar macetas u otros objetos en balcones o alféizares de donde se puedan caer con riesgo para los transeúntes.


La cuantía de las sanciones oscilará entre lo simbólico (90 céntimos) y los 3.000 euros, y se decidirá caso a caso, según el nivel de la infracción (leve, grave o muy grave) y factores como la alarma y trascendencia social; la intencionalidad, la reincidencia y los daños causados; la capacidad económica del infractor y los beneficios que obtiene; o los riesgos para la salud.

El Ayuntamiento aspira a poder castigar a cualquier persona en un espacio público: si son de otra ciudad o país, se les tomará los datos para enviarles la notificación; si son menores, sus padres “podrán ser considerados responsables de las infracciones cuando así lo prevea el ordenamiento jurídico”. Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia ya impide al Ayuntamiento cobrar a los padres las multas por exceso de ruido, lo que, según admitió el gobierno local, lleva a que, “si los menores no quieren pagar”, la sanción “muera en el expediente administrativo”. En cualquier caso, la ordenanza sí considera a los padres responsables subsidiarios de los daños causados (mobiliario, etcétera).

Además, el Ayuntamiento pretende extender la responsabilidad a los organizadores de actos públicos, obligándolos a “velar porque no se produzcan durante su celebración conductas no permitidas”. En todo caso, la norma parece limitarse a la obligación de comunicar a la policía estas posibles infracciones, un “deber” que se extiende en otro punto del texto, de forma genérica, a todos los ciudadanos en cualquier situación que pueda generar riesgos para la seguridad.

Prostitución y mendicidad. En su capítulo uno, la ordenanza regula las acciones contra la dignidad de las personas. Sanciona así las burlas, pintadas, coacciones, insultos, vejaciones o agresiones de carácter discriminatorio (xenófobas, racistas, sexistas, homófobas, etcétera), especialmente contra menores, ancianos y discapacitados.

Prohíbe, además, determinadas formas de mendicidad, y también “solicitar, negociar o aceptar, directa o indirectamente, servicios sexuales”, en especial cerca de colegios y centros comerciales. En ningún caso se sancionará a las prostitutas; además, tanto sus clientes como aquellos que ejerzan formas prohibidas de mendicidad recibirán un aviso previo de los policías, y sólo serán sancionados si “persisten en su actitud”.

También se castiga “el ofrecimiento en el espacio público de servicios de traslado de toxicómanos a puntos de venta de droga”, las conocidas como cundas; en realidad, ya están prohibidas y son perseguidas por la Policía Nacional, pero la ordenanza proporciona un elemento administrativo que puede resultar muy útil: permite a los agentes municipales inmovilizar el vehículo para que se lo lleve la grúa.

Infracciones leves. Se castigarán con multas de entre 90 céntimos y 750 euros, que el Ayuntamiento podrá sustituir por servicios gratuitos en beneficio de la comunidad. Se consideran infracciones leves: pedir limosna en la puerta de colegios, hospitales o centros comerciales; ofrecer bienes a los ocupantes de un vehículo; solicitar servicios sexuales en la calle; practicar juegos que molesten o sean peligrosos; hacer acrobacias con bicicletas, patines o monopatines; beber alcohol; escupir o tirar desperdicios al suelo; ofrecer servicios de tarot, videncia, masajes o vigilancia de vehículos —gorrillas—, entre otros; avisar de que viene la policía; acampar o cocinar en la vía pública; usar los bancos para otra cosa que no sea sentarse; pasear un perro que moleste o amenace a otras personas, soltarlo en una zona donde no esté permitido, dejar que se bañe en una fuente o darle de comer en espacios públicos; causar molestias al regar las plantas; lavar o reparar coches; sacudir alfombras en la acera; degradar el mobiliario urbano; bañarse, trepar, ensuciar o dañar las fuentes y usar los estanques para modelismo.

Infracciones graves. Se castigará con multas de 750 a 1.500 euros los comportamientos discriminatorios o de acoso; la mendicidad organizada o con coacción; ofrecerse a limpiar parabrisas en un semáforo; solicitar servicios sexuales de forma coactiva o cerca de colegios o centros comerciales; promover la prostitución; los juegos o apuestas con dinero; la circulación temeraria o el uso de elementos urbanos con monopatín o patines; orinar o defecar en la calle, o no limpiar si lo hace su perro; encender hogueras; llevar perros peligrosos sin cadena y bozal; o darle usos ajenos a las instalaciones deportivas.

Infracciones muy graves. Las sanciones oscilarán entre 1.500 y 3.000 euros por comportamientos discriminatorios o de acoso contra ancianos, menores o discapacitados; la utilización de menores o discapacitados para ejercer la mendicidad; las conductas que promuevan la prostitución cerca de colegios o zonas infantiles, o la práctica de servicios sexuales en la vía pública; ofrecer el traslado a toxicómanos hasta puntos de venta de droga; o colocar macetas u otros objetos en balcones o alféizares de donde puedan caer.

La opinión de la oposición. El líder municipal socialista, Jaime Lissavetzky, discrepa “con que muchas de las cuestiones incluidas en el borrador se recojan de forma conjunta, dada su trascendencia social”. En su opinión, la ordenanza, tal y como está planteada, “es concreta en las medidas sancionadoras pero no en las medidas sociales aparejadas a estas cuestiones”. Además, puede quedarse, añade, en una mera declaración de intenciones, pues no prevé una memoria económica sobre para su puesta en marcha ni un aumento de recursos sociales.

La concejal de IU María Prado de la Mata cree que es “una ordenanza restrictiva que no ofrece ni alternativas ni soluciones; no entra al fondo de problemas como la prostitución; y contiene medidas absolutamente demenciales como las sanciones por mendicidad”. “IU abrirá una ronda de consultas con asociaciones y colectivos para presentar alegaciones”, añade.

El líder de UPyD, David Ortega, ve “necesario regular actos y comportamientos desde un enfoque de derechos y no moralista o estético”. Cree “muy importante que se cuente con todos los agentes sociales y políticos, que se tenga en cuenta su voz”, porque “la ordenanza tiene que ser válida para muchos años y, para eso, se necesita consenso”.


Madrid evita la línea dura de Barcelona con la prostitución

Para la redacción de la nueva ordenanza de convivencia, el Ayuntamiento de Madrid (PP) ha tomado como referencia el marco acordado por la Federación de Municipios y Provincias (FEMP) y la normativa, cuando la hubiera, de Barcelona, Sevilla, Málaga, Granada y Bilbao, entre otras ciudades.
En materia de prostitución, el borrador madrileño es casi idéntico al modelo de regulación diseñado por la FEMP, incluso en la cuantía de las multas; el gobierno de Ana Botella se ha cuidado, sin embargo, de destacar específicamente que las prostitutas nunca serán castigadas por serlo, como podría deducirse del texto (“se prohíbe ofrecer, solicitar, negociar o aceptar directa o indirectamente servicios sexuales”).
Con una redacción casi calcada, Barcelona impone multas (de hasta 1.500 euros) a los clientes pero también a las meretrices, aunque de menor cuantía (hasta 350 euros) y sustituibles por cursos formativos; en el caso de los clientes, se ha eliminado el preaviso contemplado en Madrid, para poder castigar sin paliativos.
La prostitución es una actividad alegal en España, que no está ni prohibida ni regulada a nivel estatal. El Gobierno catalán (CiU) también ha optado por multar a prostitutas y clientes en las carreteras de la región, una medida que fue aplaudida hace un años por el ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz (PP).
En cuanto a la mendicidad, Barcelona también prohíbe ofrecer pañuelos o limpiar parabrisas en los semáforos; en el segundo caso, prevé imponer multas de hasta 1.500 euros sin preaviso. Siguem en esto al dedillo el modelo de ordenanza propuesto por la FEMP. En ambos casos, se prohíbe la mendicidad organizada o con actitudes coercitivas, así como el uso de menores. Sin embargo, no se contempla, como en el caso de Madrid, castiga a quienes la ejercen en la puerta de supermercados, una petición recabada por el Ayuntamiento de las asociaciones de comerciantes.
Sevilla detalla en su ordenanza que “en ningún caso serán consideradas como mendicidad las expresiones callejeras de artistas, músicos, artesanos, grupos de teatro u otras disciplinas artísticas, ni las diversas formas de protesta que tengan un contenido social, político o cultural”. Bilbao especifica que el importe de las multas irá “a mejorar el espacio urbano como lugar de convivencia”.
El traslado a toxicómanos en cundas no está castigado ni en la ordenanza de la FEMP ni en las otras ciudades tomadas como referencia. Miccionar o defecar en a vía pública, una infracción grave en Madrid, lo es leve en Barcelona, Sevilla, Granada o Málaga, excepto, en algunos casos, si se hace junto a un monumento.
Causar molestias al regar las macetas sólo se castiga en Sevilla y durante el día; considerar falta grave el riesgo de que se caigan únicamente lo hace Madrid, que también se queda solo en vigilar el uso de instalaciones deportivas.
http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/10/08/madrid/1381234120_025279.html

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