Últimos temas
ESTADISTICAS WEB
*INFOPOLICIAL WEB fue creada el 17.04.11 21:17, lleva exactamente 4969 días de vida.
*Hasta ahora sus 17721 usuarios han escrito 26273 temas en los 165 foros que existen.
*Tu, Invitado, has escrito 9 posts desde que te registraste el
Tu última visita fue
24.11.24 1:16
*Hasta ahora sus 17721 usuarios han escrito 26273 temas en los 165 foros que existen.
*Tu, Invitado, has escrito 9 posts desde que te registraste el
Tu última visita fue
24.11.24 1:16
Los miembros más etiquetados
@amando (98) | ||||
@charro (17) | ||||
@pitutis (15) | ||||
@agustin234 (12) | ||||
@panteloguerra (11) | ||||
@INFOPOLICIAL (10) | ||||
@Tesis (8) | ||||
@Pulo (8) | ||||
@joseruizlopez (5) |
Miembros que empiezan más temas
INFOPOLICIAL | ||||
charro | ||||
agustin234 | ||||
JOJIBA | ||||
Panchovilla | ||||
pitutis | ||||
Pulo | ||||
adt468 | ||||
laracroft | ||||
1322 |
Información derechos lesiones accidente tráfico idiomas
2 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: ATENCION AL CIUDADANO/ DENUNCIAS :: INSTRUCCION DE DILIGENCIAS
Página 1 de 1.
Información derechos lesiones accidente tráfico idiomas
Lo adjunto en Castellano, Inglés, Francés y Alemán.
ACTA DE INFORMACIÓN DE DERECHOS EN ACCIDENTE DE TRÁFICO.
-Si ha sufrido Vd., o alguna persona allegada, un accidente de tráfico, le sugerimos que preste atención a las siguientes indicaciones:
1.- Por regla general, solamente podrá abrirse la investigación judicial en el caso, de que se hallan producido lesiones, y el propio accidentado denuncie los hechos.
2.- Esta denuncia deberá presentarse, necesariamente, antes de que hayan transcurrido SEIS MESES desde el día del accidente, en el Juzgado de Guardia, Fiscalía, Policía Local de Finestrat.
- Se le advierte que el atestado de Policía Local o parte de asistencia sanitaria, no sustituyen a la denuncia, que necesariamente deberá formular el propio accidentado.
- Las compañías de seguros, suelen prestar asesoramiento técnico y legal a sus asegurados para la redacción de la denuncia.
3.- Si el accidentado se encuentra imposibilitado de presentar la denuncia, cualquier allegado podrá formular la misma, haciendo constar expresamente esta circunstancia, o podrá ponerlo en conocimiento del Fiscal. En caso de muerte denunciaran los herederos.
4.- Sepa que puede resultarle conveniente llegar a un acuerdo entre compañías de seguros, que evitaría el juicio. En caso contrario, si procede, el Juzgado le asignaría una cantidad por día de baja, y estos serán los días que ha tardado en curarse, según informe del médico forense, normalmente.
- Para valorar las secuelas del accidente, la legislación vigente recoge, a título orientativo, las cantidades a indemnizar, que Vd., podrá consultar en la Oficina de Ayuda a las Víctimas del delito, (A.V.D.) en el Edificio de los Juzgados de Benidorm, sitos en la Avd. de la Comunidad Europea.
5.- Si en su accidente no hubo lesiones, sino sólo daños y desperfectos en el vehículo, deberá interponer una demanda civil, asesorándose con un abogado.
6.- Si considera que en su accidente intervinieron causas o deficiencias, cuya responsabilidad fuera atribuible a alguna Administración Pública, podrá reclamar vía administrativa, mediante la presentación de la correspondiente instancia, en el plazo de UN AÑO, ante la administración correspondiente.
:HIDE:
ACTA DE INFORMACIÓN DE DERECHOS EN ACCIDENTE DE TRÁFICO.
-Si ha sufrido Vd., o alguna persona allegada, un accidente de tráfico, le sugerimos que preste atención a las siguientes indicaciones:
1.- Por regla general, solamente podrá abrirse la investigación judicial en el caso, de que se hallan producido lesiones, y el propio accidentado denuncie los hechos.
2.- Esta denuncia deberá presentarse, necesariamente, antes de que hayan transcurrido SEIS MESES desde el día del accidente, en el Juzgado de Guardia, Fiscalía, Policía Local de Finestrat.
- Se le advierte que el atestado de Policía Local o parte de asistencia sanitaria, no sustituyen a la denuncia, que necesariamente deberá formular el propio accidentado.
- Las compañías de seguros, suelen prestar asesoramiento técnico y legal a sus asegurados para la redacción de la denuncia.
3.- Si el accidentado se encuentra imposibilitado de presentar la denuncia, cualquier allegado podrá formular la misma, haciendo constar expresamente esta circunstancia, o podrá ponerlo en conocimiento del Fiscal. En caso de muerte denunciaran los herederos.
4.- Sepa que puede resultarle conveniente llegar a un acuerdo entre compañías de seguros, que evitaría el juicio. En caso contrario, si procede, el Juzgado le asignaría una cantidad por día de baja, y estos serán los días que ha tardado en curarse, según informe del médico forense, normalmente.
- Para valorar las secuelas del accidente, la legislación vigente recoge, a título orientativo, las cantidades a indemnizar, que Vd., podrá consultar en la Oficina de Ayuda a las Víctimas del delito, (A.V.D.) en el Edificio de los Juzgados de Benidorm, sitos en la Avd. de la Comunidad Europea.
5.- Si en su accidente no hubo lesiones, sino sólo daños y desperfectos en el vehículo, deberá interponer una demanda civil, asesorándose con un abogado.
6.- Si considera que en su accidente intervinieron causas o deficiencias, cuya responsabilidad fuera atribuible a alguna Administración Pública, podrá reclamar vía administrativa, mediante la presentación de la correspondiente instancia, en el plazo de UN AÑO, ante la administración correspondiente.
:HIDE:
- Archivos
____________________________________________________________________
Invitado Recuerda votar [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]Pincha [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]si se ha resuelto tu consulta
agustin234
Re: Información derechos lesiones accidente tráfico idiomas
____________________________________________________________________
Invitado Recuerda votar [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
Pincha [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]si se ha resuelto tu consulta
INFOPOLICIAL
Temas similares
» Consulta remision accidentes de tráfico con heridos y acta de información de derechos en accidente de tráfico.
» 30 diligencias de lectura derechos en varios idiomas
» (#Consulta) Información de derechos victima accidente circulación modificación C.Penal
» (Consulta) Acta de derechos a extranjeros en diferentes idiomas
» (#Formación) Información de Derechos a partir del 01 de noviembre 2015
» 30 diligencias de lectura derechos en varios idiomas
» (#Consulta) Información de derechos victima accidente circulación modificación C.Penal
» (Consulta) Acta de derechos a extranjeros en diferentes idiomas
» (#Formación) Información de Derechos a partir del 01 de noviembre 2015
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: ATENCION AL CIUDADANO/ DENUNCIAS :: INSTRUCCION DE DILIGENCIAS
Página 1 de 1.
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.
22.11.24 16:21 por BALOTELLI
» (#Consulta) Vehículo de abandono ocupado trámite legal
18.11.24 19:04 por Pl052
» (#Consulta) QUADS Y REMOLQUES
17.11.24 12:46 por Maquiavelo
» (#Documento) Falsificacion documento publico
14.11.24 17:59 por pitutis
» (#Consulta) ATP CADUCADO SIN TRANSPORTAR
13.11.24 22:38 por Josmah
» (#Consulta) Actuaciones con CBD (consumidores y comercios)
12.11.24 12:37 por xiscop
» LECTURA DERECHOS MENOR DETENIDO
07.11.24 17:31 por MikelA
» Acta protocolo cero de violencia de genero
29.10.24 22:19 por Pepe
» CONDUCIR VEHICULO PARA EL QUE NO HABILITA PERMISO EXTRANJERO NO SUSCEPTIBLE DE CANJE
29.10.24 20:36 por baltoii
» (#Documento) Contestanción DGT ante consulta permiso válido para gruas de arrastre
24.10.24 3:56 por Exup