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Cerca de 500 personas fallecen al año por accidentes provocados por una velocidad excesiva en las carreteras
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Cerca de 500 personas fallecen al año por accidentes provocados por una velocidad excesiva en las carreteras
475 personas fallecieron durante 2011 en accidentes en que la velocidad aparecía como factor desencadenante de los mismos. Con el fin de reducir esta cifra la Dirección General de Tráfico realiza una campaña de intensificación de controles y concienciación hacia los conductores con el fin de sensibilizar sobre este factor de riesgo que ocasiona una gran cantidad de accidentes y que agrava sus consecuencias. La campaña se llevará a cabo entre hoy lunes 19 y hasta el domingo 25 de agosto.
Durante una semana se incrementará la vigilancia, sobre todo en las carreteras convencionales, que es donde tiene lugar el 70% de los accidentes con víctimas. En la última campaña, realizada en el mes de abril, se denunció a más de 30.000 conductores sorprendidos en carretera cuando circulaban con exceso de velocidad.
Todavía es frecuente detectar a conductores circulando con grandes excesos de velocidad. Por ejemplo el pasado domingo, hacia las ocho de la tarde un control de velocidad de la Agrupación de Tráfico, instalado en la R-4 en Ocaña (Toledo), detecto a un vehículo circulando a 233 km/h.
En esa misma carretera fue detectado el jueves otro conductor circulando a 215 km/h.
Ese jueves fue también sorprendido por la Policía Local de Santa Cruz de Tenerife otro conductor que circulaba a 109 km/h por una calle con limitación a 40 km/h.
El viernes 9 de agosto agentes de la Guardia Civil de Tráfico detuvieron a otro conductor que circulaba a 225 km/h en la autovía A-62 en el municipio salmantino de San Martín de Yeltes.
Estos son ejemplos recientes de conductores que se exponen a graves sanciones al estar tipificadas sus conductas como delitos contra la seguridad vial.
Y además, hay todavía casi un millón de conductores al año que en los controles practicados por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil exceden los límites de velocidad establecidos.
Como en anteriores ocasiones a la vigilancia que realizan en carretera los agentes de la Guardia Civil de Tráfico se suma la vigilancia y control desde el aire con el radar de la DGT Pegasus instalado en uno de los helicópteros. Este radar permite controlar la velocidad a la que circulan los vehículos y se utiliza principalmente en las carreteras convencionales.
LA CAMPAÑA EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
A la vigilancia en carretera se suma la emisión en medios de comunicación de una campaña con anuncios para televisión y cuñas para emisoras de radio en los que se aconseja sobre la necesidad de cumplir los límites de velocidad.
Con estos anuncios se trata de trasladar mensajes como:
La velocidad es la primera causa de muerte en carretera.
A 80 km/h un atropello siempre es mortal.
Hay quien todavía piensa que los límites de velocidad no son importantes.
Si corres con el coche puedes destrozar la vida de gente que no conoces pero también de gente que conoces muy bien, como tu familia o tus amigos.
La velocidad agrava las consecuencias de cualquier accidente.
Hay mil formas de llegar a tiempo, pero correr con el coche no es una de ellas.
http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/visor_multimedia/#app=7f51&c92c-selectedIndex=0
¿QUÉ SABEMOS DE LA VELOCIDAD?
Aunque existe la percepción generalizada de que la velocidad es un factor importante en la producción de accidentes y su gravedad, muchos conductores siguen circulando a velocidades superiores a las permitidas.
A continuación se enumeran varias razones para cumplir los límites de velocidad:
Un aumento del 5% en la velocidad provoca aproximadamente un incremento del 10% en los accidentes que causan traumatismos y del 20% en los accidentes con víctimas mortales.
A partir de 80 Km/h es prácticamente imposible que un peatón salve la vida en un atropello. A una velocidad de 30km/h, el riesgo de muerte del peatón se reduce a 10%.
Llevar una velocidad adecuada podría evitar una cuarta parte de los muertos en accidente de tráfico.
A 120 km/h se necesita una distancia superior a un campo de futbol para detener el vehículo que conducimos. Esta distancia no solo depende del vehículo, si no de las condiciones psicofísicas del conductor.
El exceso de velocidad no solo incide en la seguridad vial, también tiene una influencia negativa sobre el medio ambiente, la calidad de vida y el consumo de combustible.
NORMATIVA
La ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación fijan la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancia entre vehículos.
El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros.
En lo que al Permiso por Puntos se refiere, la Ley contempla la pérdida de entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción dependiendo del exceso de velocidad cometido.
Además, el artículo 379 del Código Penal, tipifica como delito “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.
VISIÓN INTERNACIONAL
“El control de la velocidad es un instrumento importante para reducir la siniestralidad y los traumatismos por accidentes de tránsito, sobre todo entre los peatones, ciclistas y motociclistas. Esta es una de las conclusiones que obtiene la Organización Mundial de la Salud en su Informe sobre la situación mundial de la seguridad vial .
Asimismo, la Unión Europea, en su Vademecum de Seguridad Vial 2011-2012 estima que el exceso de velocidad es un factor clave en la producción de los accidentes de tráfico, llegando al 30% en el caso de los accidentes mortales. Además, el estudio SARTRE 3 financiado por la UE sobre comportamientos y actitudes sociales, estima que el 25% de todos ciudadanos de la UE admiten superar los límites de velocidad en las autopistas y autovías y el 13% en las carreteras convencionales.
Todavía es frecuente detectar a conductores circulando con grandes excesos de velocidad. Por ejemplo el pasado domingo, hacia las ocho de la tarde un control de velocidad de la Agrupación de Tráfico, instalado en la R-4 en Ocaña (Toledo), detecto a un vehículo circulando a 233 km/h.
En esa misma carretera fue detectado el jueves otro conductor circulando a 215 km/h.
Ese jueves fue también sorprendido por la Policía Local de Santa Cruz de Tenerife otro conductor que circulaba a 109 km/h por una calle con limitación a 40 km/h.
El viernes 9 de agosto agentes de la Guardia Civil de Tráfico detuvieron a otro conductor que circulaba a 225 km/h en la autovía A-62 en el municipio salmantino de San Martín de Yeltes.
Estos son ejemplos recientes de conductores que se exponen a graves sanciones al estar tipificadas sus conductas como delitos contra la seguridad vial.
Y además, hay todavía casi un millón de conductores al año que en los controles practicados por la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil exceden los límites de velocidad establecidos.
Como en anteriores ocasiones a la vigilancia que realizan en carretera los agentes de la Guardia Civil de Tráfico se suma la vigilancia y control desde el aire con el radar de la DGT Pegasus instalado en uno de los helicópteros. Este radar permite controlar la velocidad a la que circulan los vehículos y se utiliza principalmente en las carreteras convencionales.
LA CAMPAÑA EN LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN
A la vigilancia en carretera se suma la emisión en medios de comunicación de una campaña con anuncios para televisión y cuñas para emisoras de radio en los que se aconseja sobre la necesidad de cumplir los límites de velocidad.
Con estos anuncios se trata de trasladar mensajes como:
La velocidad es la primera causa de muerte en carretera.
A 80 km/h un atropello siempre es mortal.
Hay quien todavía piensa que los límites de velocidad no son importantes.
Si corres con el coche puedes destrozar la vida de gente que no conoces pero también de gente que conoces muy bien, como tu familia o tus amigos.
La velocidad agrava las consecuencias de cualquier accidente.
Hay mil formas de llegar a tiempo, pero correr con el coche no es una de ellas.
http://www.dgt.es/was6/portal/contenidos/visor_multimedia/#app=7f51&c92c-selectedIndex=0
¿QUÉ SABEMOS DE LA VELOCIDAD?
Aunque existe la percepción generalizada de que la velocidad es un factor importante en la producción de accidentes y su gravedad, muchos conductores siguen circulando a velocidades superiores a las permitidas.
A continuación se enumeran varias razones para cumplir los límites de velocidad:
Un aumento del 5% en la velocidad provoca aproximadamente un incremento del 10% en los accidentes que causan traumatismos y del 20% en los accidentes con víctimas mortales.
A partir de 80 Km/h es prácticamente imposible que un peatón salve la vida en un atropello. A una velocidad de 30km/h, el riesgo de muerte del peatón se reduce a 10%.
Llevar una velocidad adecuada podría evitar una cuarta parte de los muertos en accidente de tráfico.
A 120 km/h se necesita una distancia superior a un campo de futbol para detener el vehículo que conducimos. Esta distancia no solo depende del vehículo, si no de las condiciones psicofísicas del conductor.
El exceso de velocidad no solo incide en la seguridad vial, también tiene una influencia negativa sobre el medio ambiente, la calidad de vida y el consumo de combustible.
NORMATIVA
La ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de Circulación fijan la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancia entre vehículos.
El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros.
En lo que al Permiso por Puntos se refiere, la Ley contempla la pérdida de entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción dependiendo del exceso de velocidad cometido.
Además, el artículo 379 del Código Penal, tipifica como delito “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.
VISIÓN INTERNACIONAL
“El control de la velocidad es un instrumento importante para reducir la siniestralidad y los traumatismos por accidentes de tránsito, sobre todo entre los peatones, ciclistas y motociclistas. Esta es una de las conclusiones que obtiene la Organización Mundial de la Salud en su Informe sobre la situación mundial de la seguridad vial .
Asimismo, la Unión Europea, en su Vademecum de Seguridad Vial 2011-2012 estima que el exceso de velocidad es un factor clave en la producción de los accidentes de tráfico, llegando al 30% en el caso de los accidentes mortales. Además, el estudio SARTRE 3 financiado por la UE sobre comportamientos y actitudes sociales, estima que el 25% de todos ciudadanos de la UE admiten superar los límites de velocidad en las autopistas y autovías y el 13% en las carreteras convencionales.
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