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Tráfico quiere aumentar de 500 a 1.000 euros las multas por conducir ebrio o drogado
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Tráfico quiere aumentar de 500 a 1.000 euros las multas por conducir ebrio o drogado
(elcorreo.com). Las multas por conducir superando los límites permitidos de alcohol o por haber consumido drogas pueden aumentar en un futuro próximo de los 500 hasta los 1.000 euros si sale adelante la propuesta de la Dirección General de Tráfico (DGT) dentro de su plan de reforma de la actual normativa. Fuentes de ese organismo detallaron que la idea de duplicar la cuantía de las multas figura en un documento «preliminar» para modificar de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, una iniciativa que prepara el Ministerio de Interior y que ayer fue examinada en el Consejo de Ministros. El texto será enviado ahora al resto de departamentos para que aporten sus alegaciones. El siguiente paso es trasladar el anteproyecto de nuevo al Consejo para que dé comienzo su tramitación parlamentaria como proyecto de ley.
Actualmente, el artículo 65 de la Ley de Seguridad Vial tipifica como infracción muy grave la conducción de vehículos habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las permitidas y, en todos los casos, ponerse al volante bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos. También se considera infracción muy grave incumplir la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y de drogas. Los límites actuales de consumo de bebidas alcohólicos están situados en 0’25 miligramos por litro en sangre, pero el conductor pierde también seis puntos si da más de 0,50 miligramos.
La reacción de los colectivos de automovilistas no se hizo esperar ayer al conocer los planes de la DGT. El Comisariado Europeo del Automóvil (CEA) consideró que el castigo que pretende imponer es «desproporcionado», teniendo en cuenta que, en la actualidad, y en el ámbito penal, los jueces imponen multas de inferior cuantía por delitos mucho más graves que el alcohol o las drogas cometidos durante la conducción.
Detectores de radar
La CEA también criticó otro aspecto de la reforma de la Ley de Seguridad Vial: la prohibición de los detectores de radares. La asociación calificó esa medida de «incongruente», ya que la página web de la DGT informa sobre su ubicación, y al mismo tiempo existe una aplicación oficial que se puede descargar para el mismo fin.
El uso de detectores conllevará -de salir adelante el borrador de Tráfico- una multa de 200 euros y la pérdida de tres puntos en el carné. Esa sanción se añadiría a la que ya existe para los inhibidores de radares. Sólo estará permitido el uso de avisadores, que indican los puestos donde se encuentran los aparatos de medición (como en los GPS).
Fuente: elcorreo.com
Actualmente, el artículo 65 de la Ley de Seguridad Vial tipifica como infracción muy grave la conducción de vehículos habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las permitidas y, en todos los casos, ponerse al volante bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos y cualquier otra sustancia de efectos análogos. También se considera infracción muy grave incumplir la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y de drogas. Los límites actuales de consumo de bebidas alcohólicos están situados en 0’25 miligramos por litro en sangre, pero el conductor pierde también seis puntos si da más de 0,50 miligramos.
La reacción de los colectivos de automovilistas no se hizo esperar ayer al conocer los planes de la DGT. El Comisariado Europeo del Automóvil (CEA) consideró que el castigo que pretende imponer es «desproporcionado», teniendo en cuenta que, en la actualidad, y en el ámbito penal, los jueces imponen multas de inferior cuantía por delitos mucho más graves que el alcohol o las drogas cometidos durante la conducción.
Detectores de radar
La CEA también criticó otro aspecto de la reforma de la Ley de Seguridad Vial: la prohibición de los detectores de radares. La asociación calificó esa medida de «incongruente», ya que la página web de la DGT informa sobre su ubicación, y al mismo tiempo existe una aplicación oficial que se puede descargar para el mismo fin.
El uso de detectores conllevará -de salir adelante el borrador de Tráfico- una multa de 200 euros y la pérdida de tres puntos en el carné. Esa sanción se añadiría a la que ya existe para los inhibidores de radares. Sólo estará permitido el uso de avisadores, que indican los puestos donde se encuentran los aparatos de medición (como en los GPS).
Fuente: elcorreo.com
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