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La justicia dice que dos guardias civiles de Huelva son inocentes del delito de estafa
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La justicia dice que dos guardias civiles de Huelva son inocentes del delito de estafa
Archivado y sobreseido el procedimiento penal por el cual el capitán del servicio de información de la Comandancia de Huelva, acusaba a dos guardias civiles de Isla Cristina de una estafa en grado de tentativa.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 4 de Ayamonte, con fecha 16 de abril de 2013, ha decretado el SOBRESEIMIENTO Y ARCHIVO de la causa por la que el Capitán del Servicio de Información de la Guardia Civil, como instructor de las diligencias, acusaba a dos guardias civiles de Isla Cristina, de una presunta estaba en grado de tentativa.
En los razonamientos jurídicos de dicho Auto, el juzgado declara que no ha sido acreditado el ánimo de lucro, al no existir reclamación de indemnización por parte de los agentes.
Los hechos dieron comienzo por una nota informativa que remitió el Capitán de la Compañía de Ayamonte, donde se expone, que había recibido un anónimo (anónimo que por cierto no se encuentra en ninguna parte de las diligencias), por el cual se acusaba a dos guardias civiles, de estar de baja por accidente de circulación cuando se encontraban de servicio y a pesar de ello intervenir en una operación para la detención de varias personas.
El Capitán del Servicio de Información de la Comandancia de Huelva, instruyo diligencias por un presunto delito de estafa en grado de tentativa, que con-llevó la detención de estos dos guardias civiles y la puesta en libertar ese mismo día.
No obstante, la noticia de dicha detención fue enviada, por la Comandancia, a todos los medios de comunicación social, haciendo ver, que la detención de estos guardias civiles, estaba englobada en la investigación que se llevaba a cabo contra en Teniente que estaba al mando de dicho Puesto.
En las diligencias instruidas por el Oficial del Servicio de Información de la Comandancia, además de no tener en cuenta, que los guardias civiles habían renunciado a las acciones penales por el accidente, no se tuvieron en cuenta otras circunstancias, como fue el trabajo que desempeñaron los guardias en la operación que participaron, vigilancia pasiva y estática de un determinado lugar y algunas actuaciones burocráticas, este operativo dio como resultado la detención de varias personas.
La única intención, de estos guardias civiles, fue la de colaborar con sus compañeros en una operación que llevaba varios meses abierta y que podría no tener éxito, al haber sufrido un accidente de circulación estos dos guardias civiles, este fue el motivo por el que fue recabada la ayuda por parte de sus compañeros del Área de Investigación del Puesto de Isla Cristina, nunca el Oficial al mando del Puesto por aquel entonces les obligó a realizar dicho servicio, ni tuvo intervención en el mismo, fue algo voluntario y con la intención de que la operación de investigación que estaba a punto de finalizar acabara con un buen resultado, se detuvieron a varias personas, se intervino droga y 400.000 euros.
No existió, por tanto, un interés lucrativo por parte de los guardias civiles y si un exagerado interés por el servicio y por ayudar a sus compañeros.
En las diligencias que se instruyeron, se hace bastante hincapié, en que el Teniente que estaba entonces al mando del Puesto, era colaborador necesario en la presunta estafa, en que dicho Oficial, tenía conocimiento de que estos guardias civiles estaban de baja para el servicio y que habían realizado tareas en la operación que estaba abierta, una y otra vez hace mención el Oficial del Servicio de Información a esta circunstancia, a la colaboración necesaria, que se tradujo en la imputación del Teniente, en las diligencias que se instruye-ron, imputación que no tuvo en cuenta el Juzgado de Instrucción, que ni si-quiera llamó a declarar al Teniente de Isla Cristina, al considerara que la imputación no tenía fundamento jurídico ninguno, sin embargo, todas las noticias, hacían mención a que todo estaba relacionado con la investigación que se había llevado contra dicho oficial, como así ha demostrado el Juzgado na-da mas lejos de la realidad.
A pesar que estos guardias civiles, no tenían posibilidad de ocultar ninguna información o prueba, estaban cesados en sus funciones, no tenían riesgo de fuga, estaban perfectamente localizados, que el delito era en grado de tentativa, que solo lleva aparejado si hubieran sido culpables, una multa, en contra de todos los criterios y de los más elementales derechos, el instructor los de-tuvo, les leyó sus derechos y los presentó detenidos ante la Autoridad Judi-cial, que los puso en libertad, sin ningún tipo de medida cautelar.
Además se facilitó a los medios, la información de estas detenciónes como una actuación inmaculada para “limpiar el puesto de Isla Cristina”
En todo este procedimiento, a estos dos guardias civiles se les ha causado un daño innecesario en su esfera personal y en la profesional, fueron cesados en sus funciones por tres meses, uno de ellos, expulsado del curso de Policía Judicial, del que solo le faltaban tres días para finalizarlo, les abrieron un expediente por falta muy grave en aplicación de la Ley Disciplinaria de la Guardia Civil, daño de imposible reparación.
A pesar de todo este daño, el Oficial del Servicio de Información, todavía quiso imputarles otros dos delitos, FALSEDAD DOCUMENTAL Y USURPACIÓN DE FUNCIONES, y envió unas diligencias paliatorias al juzgado, delitos que ni siquiera han investigados por el juzgado, ante la falta de fundamento jurídico de dichas actuaciones, el Oficial del Servicio de Información consideraba que no eran guardias civiles mientras estaban de baja para el servicio, es decir que según dicho Oficial si estas de baja no eres agente de la Autoridad criterio cuando menos discutible, por un guardia civil es guardias civiles las 24 horas del día.
AUGC HUELVA, considera que en todo este procedimiento ha existido una negligencia muy grave por parte del Oficial que instruyó las diligencias que debería ser investigada por parte de la propia Dirección General de la Guardia Civil, no es de recibo que se detenga a dos guardias civiles por una acusa-ción tan infundada, que no se tenga en cuenta que no existió animo de lucro, que se les cese en sus funciones por tres meses, que pierdan el destino que tenían en el área de investigación del Puesto de Isla Cristina, que sean públi-camente acusados en todos los medios de comunicación y que después de to-do este procedimiento, el responsable de todo este desaguisado, no tenga ninguna responsabilidad.
Nuevamente una actuación incorrecta de un Jefe de la Guardia Civil, dará derecho a unas indemnizaciones, por el mal funcionamiento de la Administración, que serán sufragadas por todos los ciudadanos.
AUGC HUELVA, por medio de este comunicado solicita de la Comandancia de Huelva, que envíe a todos los medios de comunicación social, al igual que hizo cuando estos guardias civiles fueron detenidos, un comunicado de prensa donde se especifique, que estas acusaciones han sido sobreseídas y archivadas por el Juzgado, pero como no confiamos en que esto se produzca, remitimos este comunicado de prensa a todos los medios de comunicación social para que sea comprobado por todos el archivo y el sobreseimiento de procedimiento penal.
http://www.augc.org/comunicados.php?id=1958
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 4 de Ayamonte, con fecha 16 de abril de 2013, ha decretado el SOBRESEIMIENTO Y ARCHIVO de la causa por la que el Capitán del Servicio de Información de la Guardia Civil, como instructor de las diligencias, acusaba a dos guardias civiles de Isla Cristina, de una presunta estaba en grado de tentativa.
En los razonamientos jurídicos de dicho Auto, el juzgado declara que no ha sido acreditado el ánimo de lucro, al no existir reclamación de indemnización por parte de los agentes.
Los hechos dieron comienzo por una nota informativa que remitió el Capitán de la Compañía de Ayamonte, donde se expone, que había recibido un anónimo (anónimo que por cierto no se encuentra en ninguna parte de las diligencias), por el cual se acusaba a dos guardias civiles, de estar de baja por accidente de circulación cuando se encontraban de servicio y a pesar de ello intervenir en una operación para la detención de varias personas.
El Capitán del Servicio de Información de la Comandancia de Huelva, instruyo diligencias por un presunto delito de estafa en grado de tentativa, que con-llevó la detención de estos dos guardias civiles y la puesta en libertar ese mismo día.
No obstante, la noticia de dicha detención fue enviada, por la Comandancia, a todos los medios de comunicación social, haciendo ver, que la detención de estos guardias civiles, estaba englobada en la investigación que se llevaba a cabo contra en Teniente que estaba al mando de dicho Puesto.
En las diligencias instruidas por el Oficial del Servicio de Información de la Comandancia, además de no tener en cuenta, que los guardias civiles habían renunciado a las acciones penales por el accidente, no se tuvieron en cuenta otras circunstancias, como fue el trabajo que desempeñaron los guardias en la operación que participaron, vigilancia pasiva y estática de un determinado lugar y algunas actuaciones burocráticas, este operativo dio como resultado la detención de varias personas.
La única intención, de estos guardias civiles, fue la de colaborar con sus compañeros en una operación que llevaba varios meses abierta y que podría no tener éxito, al haber sufrido un accidente de circulación estos dos guardias civiles, este fue el motivo por el que fue recabada la ayuda por parte de sus compañeros del Área de Investigación del Puesto de Isla Cristina, nunca el Oficial al mando del Puesto por aquel entonces les obligó a realizar dicho servicio, ni tuvo intervención en el mismo, fue algo voluntario y con la intención de que la operación de investigación que estaba a punto de finalizar acabara con un buen resultado, se detuvieron a varias personas, se intervino droga y 400.000 euros.
No existió, por tanto, un interés lucrativo por parte de los guardias civiles y si un exagerado interés por el servicio y por ayudar a sus compañeros.
En las diligencias que se instruyeron, se hace bastante hincapié, en que el Teniente que estaba entonces al mando del Puesto, era colaborador necesario en la presunta estafa, en que dicho Oficial, tenía conocimiento de que estos guardias civiles estaban de baja para el servicio y que habían realizado tareas en la operación que estaba abierta, una y otra vez hace mención el Oficial del Servicio de Información a esta circunstancia, a la colaboración necesaria, que se tradujo en la imputación del Teniente, en las diligencias que se instruye-ron, imputación que no tuvo en cuenta el Juzgado de Instrucción, que ni si-quiera llamó a declarar al Teniente de Isla Cristina, al considerara que la imputación no tenía fundamento jurídico ninguno, sin embargo, todas las noticias, hacían mención a que todo estaba relacionado con la investigación que se había llevado contra dicho oficial, como así ha demostrado el Juzgado na-da mas lejos de la realidad.
A pesar que estos guardias civiles, no tenían posibilidad de ocultar ninguna información o prueba, estaban cesados en sus funciones, no tenían riesgo de fuga, estaban perfectamente localizados, que el delito era en grado de tentativa, que solo lleva aparejado si hubieran sido culpables, una multa, en contra de todos los criterios y de los más elementales derechos, el instructor los de-tuvo, les leyó sus derechos y los presentó detenidos ante la Autoridad Judi-cial, que los puso en libertad, sin ningún tipo de medida cautelar.
Además se facilitó a los medios, la información de estas detenciónes como una actuación inmaculada para “limpiar el puesto de Isla Cristina”
En todo este procedimiento, a estos dos guardias civiles se les ha causado un daño innecesario en su esfera personal y en la profesional, fueron cesados en sus funciones por tres meses, uno de ellos, expulsado del curso de Policía Judicial, del que solo le faltaban tres días para finalizarlo, les abrieron un expediente por falta muy grave en aplicación de la Ley Disciplinaria de la Guardia Civil, daño de imposible reparación.
A pesar de todo este daño, el Oficial del Servicio de Información, todavía quiso imputarles otros dos delitos, FALSEDAD DOCUMENTAL Y USURPACIÓN DE FUNCIONES, y envió unas diligencias paliatorias al juzgado, delitos que ni siquiera han investigados por el juzgado, ante la falta de fundamento jurídico de dichas actuaciones, el Oficial del Servicio de Información consideraba que no eran guardias civiles mientras estaban de baja para el servicio, es decir que según dicho Oficial si estas de baja no eres agente de la Autoridad criterio cuando menos discutible, por un guardia civil es guardias civiles las 24 horas del día.
AUGC HUELVA, considera que en todo este procedimiento ha existido una negligencia muy grave por parte del Oficial que instruyó las diligencias que debería ser investigada por parte de la propia Dirección General de la Guardia Civil, no es de recibo que se detenga a dos guardias civiles por una acusa-ción tan infundada, que no se tenga en cuenta que no existió animo de lucro, que se les cese en sus funciones por tres meses, que pierdan el destino que tenían en el área de investigación del Puesto de Isla Cristina, que sean públi-camente acusados en todos los medios de comunicación y que después de to-do este procedimiento, el responsable de todo este desaguisado, no tenga ninguna responsabilidad.
Nuevamente una actuación incorrecta de un Jefe de la Guardia Civil, dará derecho a unas indemnizaciones, por el mal funcionamiento de la Administración, que serán sufragadas por todos los ciudadanos.
AUGC HUELVA, por medio de este comunicado solicita de la Comandancia de Huelva, que envíe a todos los medios de comunicación social, al igual que hizo cuando estos guardias civiles fueron detenidos, un comunicado de prensa donde se especifique, que estas acusaciones han sido sobreseídas y archivadas por el Juzgado, pero como no confiamos en que esto se produzca, remitimos este comunicado de prensa a todos los medios de comunicación social para que sea comprobado por todos el archivo y el sobreseimiento de procedimiento penal.
http://www.augc.org/comunicados.php?id=1958
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