INFOPOLICIAL WEB
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.
ATAJOS
Últimos temas
ESTADISTICAS WEB
*INFOPOLICIAL WEB fue creada el 17.04.11 21:17, lleva exactamente 4967 días de vida.

*Hasta ahora sus 17721 usuarios han escrito 26272 temas en los 165 foros que existen.

*Tu, Invitado, has escrito 9 posts desde que te registraste el


Tu última visita fue


21.11.24 12:42
x
Miembros que empiezan más temas
INFOPOLICIAL
(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_lcap(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Voting_bar(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_rcap 
charro
(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_lcap(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Voting_bar(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_rcap 
agustin234
(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_lcap(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Voting_bar(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_rcap 
JOJIBA
(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_lcap(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Voting_bar(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_rcap 
Panchovilla
(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_lcap(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Voting_bar(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_rcap 
pitutis
(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_lcap(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Voting_bar(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_rcap 
Pulo
(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_lcap(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Voting_bar(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_rcap 
adt468
(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_lcap(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Voting_bar(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_rcap 
laracroft
(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_lcap(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Voting_bar(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_rcap 
1322
(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_lcap(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Voting_bar(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Vote_rcap 

X (Twitter)

(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC

+2
Xorta
polpou
6 participantes

Ir abajo

Resuelto (Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC

Mensaje  polpou 11.02.13 23:17

(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC 1700468496
En mi lugar de trabajo hay discusiones sobre coger o no denuncias a gente que no es del municipio y que el hecho penal también le ha pasado en otro municipio. Los mandan al pueblo donde hay la comisaría de Mossos d'Esquadra.

Yo les digo que no nos podemos negar, excepto que no tengamos efectivos humanos suficientes, como en algun fin de semana pasa, donde solo somos tres, uno en recepción/base y dos en el coche de incidencias.

¿Verdad que no nos podemons negar? Miro la LECrim pero no lo encuentro ni en el título de la denuncia ni el título de la policia judicial.

:JUSTI:


Última edición por polpou el 04.03.13 12:16, editado 1 vez
polpou
polpou



Volver arriba Ir abajo

Resuelto Re: (Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC

Mensaje  Xorta 12.02.13 17:21

No te puedes negar a recoger una denuncia, ni siquiera justificando que no tienes suficientes efectivos, por ser policía judicial y Agente de la AUTORIDAD.
Lo que si puedes hacer es ASESORAR, diciendole que para que la investigación sea más rápida y efectiva, debería presentar denuncia en el cuerpo policial responsable de la investigación, en este caso, en los MOSSOS D'ESCUADRA, el hecho de presentar la denuncia en el retén de Policía Local-Urbana, lo único que hace es retrasar más si cabe la investigación y hacer que desaparezcan pruebas como imágenes de cámaras de seguridad, etc. y/o testigos importantes para el esclarecimiento, como el caso de extranjeros en tránsito, etc..
En definitiva, que por no perder un rato esperando en la oficina de los Mossos, va ha conseguir perder mucho más tiempo en la investigación, además que seguramente la misma fuerza investigadora tendrá que volver a llamarlo para tomarle nueva declaración y/o pedir nuevos datos, con lo que al final tendrá que perder el mismo tiempo esperando.
Pero como bien dices (Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC 1822028478 no pone en ningún sitio, que yo conozca, que te puedas NEGAR a recoger una denuncia a un ciudadano, lo que si pone es lo que te puede pasar si no lo haces " si un miembro de las FCS no le toma una denuncia que fuera infraccion penal , podra incurrir en un delit del art. 407 CP de omision de perseguir delitos".

Pero bueno, este es mi punto de vista, seguro que algún compañer@ nos lo podra aclarar mejor

____________________________________________________________________

 


 


Algún día, indefectiblemente, has de encontrarte contigo mismo, solo de ti depende que sea el mejor de tus momentos o la mas amarga de tus horas

[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]

Xorta
Xorta



Volver arriba Ir abajo

Resuelto Re: (Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC

Mensaje  charro 12.02.13 18:09

Totalmente de acuerdo con Xorta, una cosa es asesorar al ciudadano para que las diligencias se recogan por la unidad que va a llevar la investigación, lo que facilitaría las cosas a esa unidad para poder recabar la información necesaria de primera mano; y otra cosa negarse.

Convenio marco de colaboración, cooperación y coordinación entre el Ministerio del Interior y la Federación Española de Municipios y Provincias, en materia de Seguridad Ciudadana y Seguridad Vial, de 20 de febrero de 2007.

La estipulación Duodécima, referente al nivel de participación de la Policía Local en las funciones de Policía Judicial, establece que será posible la asunción de funciones de Policial Judicial por parte de las Policías Locales, cometidos que abarcaran "tanto la recepción de denuncias como la investigación de los hechos, en relación con las siguientes infracciones penales, en relación con las siguientes infracciones penales, cuando constituyan falta o delito menos grave:
a) Faltas penales.
b) Lesiones (leves), que no requieran hospitalización.
c) Violencia doméstica y de género.
d) Delitos contra las relaciones familiares.
e) Quebrantamientos de condena; de localización permanente; órdenes de
alejamiento y privaciones del permiso de conducir.
f) Hurtos.
g) Denuncias por recuperación de vehículos, siempre que estos no estuvieran considerados de interés policial.
h) Patrimonio histórico municipal.
i) Actividades de carácter comercial o con ánimo de lucro realizadas en la vía pública o mercadillos y que constituyan delitos contra la propiedad intelectual o industrial.
j) Defraudaciones de fluido eléctrico y análogas.
k) Delitos contra la seguridad del tráfico.
l) Amenazas y coacciones.
m) Omisión del deber de socorro.
n) Daños en general y, en especial, los causados al mobiliario urbano".

Por su parte, la estipulación Decimotercera, dedicada a los Acuerdos específicos para regular la participación de las Policías Locales en las funciones de Policía Judicial, establece que "en cualquier supuesto, una copia de los atestados instruidos por la Policía Local se remitirá, de acuerdo con los protocolos que se establezcan, al Cuerpo de Seguridad del Estado competente. Y al respecto, se establecerá un procedimiento de información diaria por parte de la Policía Local al responsable de la respectiva unidad del Cuerpo de Seguridad del Estado competente en el territorio."

____________________________________________________________________
Invitado Recuerda votar  [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
Pincha [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]si se ha resuelto tu consulta
charro
charro



Volver arriba Ir abajo

Resuelto Re: (Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC

Mensaje  Xorta 12.02.13 19:01

(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC 3916564963 (Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC 274517233 (Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC 274517233 (Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC 274517233 APLAUDIR

No sabía que existía eso "Convenio marco de colaboración, cooperación y coordinación entre el Ministerio del Interior y la Federación Española de Municipios y Provincias, en materia de Seguridad Ciudadana y Seguridad Vial, de 20 de febrero de 2007"

____________________________________________________________________

 


 


Algún día, indefectiblemente, has de encontrarte contigo mismo, solo de ti depende que sea el mejor de tus momentos o la mas amarga de tus horas

[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]

Xorta
Xorta



Volver arriba Ir abajo

Resuelto Re: (Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC

Mensaje  camaleón 12.02.13 21:01

así es existe dicho convenio pero no quiere decir que a tu localidad le afecte , tienes que informarte si lo han firmado , lo podrás localizar revisando los plenos en la web de tu ayuntamiento ya que tienen que votar para aprobar la anexión.
Archivos
(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Attachment
convenioMarco.pdf os dejo el convenioNo tienes los permisos para descargar los archivos.(105 KB) Descargado 56 veces
camaleón
camaleón



Volver arriba Ir abajo

Resuelto Re: (Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC

Mensaje  agustin234 12.02.13 21:17

Un matiz a lo indicado por el compañero Charro, el convenio al que hace referencia únicamente vincula a los Municipios que por acuerdo plenario deciden adherirse y no a todos (que son muchos los no adheridos) por que sólo habla de ampliación/asunción de funciones por la PP.LL sin ninguna contraprestación económica, en fin este no es el tema de la consulta.

Y por supuesto el citado convenio emplaza a "desarrollo" por las Juntas Locales de Seguridad que denuncias, de que tipo y en que forma se podrán tomar por parte de las Policías Locales.

Eso por un lado y por otro sobre el motivo de la consulta opino lo siguiente:

Completamente de acuerdo en que hay que dar información adecuada sobre lo que es más conveniente para el denunciante, pero si se reafirma en la intención (que estos precisamente los que lo hacen son los que saben lo que dicen) TIENE DERECHO a que se le tome la denuncia y en su defecto a que se le expida justificante de que personado no se le ha tomado la denuncia por x motivos (esto segundo, el que lo haga sin absoluto fundamento legal va listo).

Lo conveniente es que en la comparecencia-denuncia se indique los motivos expresos por lo que desea interponer denuncia ante la policía local.

Por una lado, podemos hablar de una Policía Judicial “genérica” y, de otro, de “unidades orgánicas de Policía Judicial”.

POLICÍA JUDICIAL GENÉRICA: Es la constituida por cualquier miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Policías Autonómicas o Policías Locales, cuando en cumplimiento de la legislación vigente presten el debido auxilio a los Jueces y Tribunales competentes en materia penal y al Ministerio Fiscal mediante la averiguación y persecución de la criminalidad. (arts. 282 y 283 LECrim)

La LOPJ de 1985 siguió manteniendo la doble dependencia orgánica-funcional, pero con una importante novedad: se ordena la creación de unidades específicas de Policía Judicial, aunque su dependencia de la Autoridad judicial seguiría siendo sólo funcional.

El art. 443 de la LOPJ supuso una simplificación pues afirma que la función de Policía judicial «competerá cuando fuesen requeridos para prestarla, los cuerpos y Fuerzas de Fuerzas de seguridad, tanto si dependen del Gobierno central, como de las Comunidades Autónomas o de los Entes Locales, dentro del ámbito de respectivas competencias».

Por último, pues ya tendremos tiempo de recorrer toda la legislación en materia de Policía judicial, la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de 1986 señala en su art. 29.1 que “las funciones de Policía judicial que se mencionan en el art. 126 de la Constitución serán ejercidas por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado a través de Unidades de Policía judicial...”

Este artículo pone de manifiesto por un lado patente contradicción con el art. 443 de la LOPJ que señala que todos los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, dependan de quien dependan, son Policía judicial independientemente de que se creen unidades especiales adscritas funcionalmente a la investigación criminal dirigida por jueces y fiscales.

El enunciado del art. 29-1 de la LOFCS recorta sensiblemente el alcance del art. 126 de la Constitución que dice desarrollar, y es mucho más restringido que el art. 443 LOPJ precepto que, además, lisa y llanamente, desconoce.

Por otro lado este art. 29 y siguientes de la LOFCS nos obliga a hacer una diferenciación entre Policía judicial genérica ya definida anteriormente y las Unidades Orgánicas de Policía judicial.

La toma de denuncia esta dentro de la fase de "DILIGENCIAS A PREVENCIÓN", siendo ejemplos de estas la detención, la recogida de pruebas, la identificación de personas, la protección de la víctima, acordonamiento de zona y por supuesto la toma de denuncia y después ya vienen las denominadas "Diligencias de Investigación prejudicial", que por ahí si que no tenemos competencias muchos tipos y a vueltas con las de la fase "DILIGENCIAS A PREVENCIÓN" y claro aquí esta el Artículo Cincuenta y tres de la Ley Orgánica de FFCCSS
1. Los Cuerpos de Policía Local deberán ejercer las siguientes funciones:
--- g. Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en las juntas de seguridad.

Bueno disculpar la teoría pero, con mano izquierda el 99% de los casos se van a la dependencia del Cuerpo de Seguridad Competente que le indicamos.

SE ME OLVIDABA.- La propia guía sobre la denuncia para ciudadanos editada por el Consejo General del Poder Judicial dice en su página 2, DONDE DENUNCIAR e indica "Ante las autoridades policiales de cualquier clase: Comisaría de Policía de ámbito municipal, autonómico o nacional y cuartel o dependencia de la Guardia Civil."

(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC 4092587843 (Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC 4092587843
Archivos
(Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC Attachment
LA DENUNCIA CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL.pdf No tienes los permisos para descargar los archivos.(94 KB) Descargado 83 veces

____________________________________________________________________
Invitado Recuerda votar  [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]Pincha [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]si se ha resuelto tu consulta
agustin234
agustin234



Volver arriba Ir abajo

Resuelto Re: (Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC

Mensaje  INFOPOLICIAL 12.02.13 21:37

IMPRESIONANTE!!!!!! Me pinchas y no me sale sangre (Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC 274517233 (Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC 274517233 (Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC 274517233
Muy buen trabajo AGUSTIN, siempre manteniendo el nivel.
Por otro lado , (Consulta) Negarse a recoger denuncias ATC 1700468496 a todos los que habeis colaborado a zanzar las dudas del compañero, verdaderamente este tema ha sido muy apasionante y yo personalmente he aprendido mucho, al nivel del tema de "traslado a dependencias para identificar".
APLAUDIR

____________________________________________________________________
Invitado Recuerda votar  [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
Pincha [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]si se ha resuelto tu consulta
INFOPOLICIAL
INFOPOLICIAL



Volver arriba Ir abajo

Volver arriba

- Temas similares

 
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.