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Orden foral 38/2012, de 31 de agosto por la que se aprueba el Catálogo de Carreteras de Navarra
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Orden foral 38/2012, de 31 de agosto por la que se aprueba el Catálogo de Carreteras de Navarra
Orden foral 38/2012, de 31 de agosto, del Consejero de Fomento, por la que se aprueba el Catálogo de Carreteras de Navarra, el Inventario de Travesías de Navarra y el Mapa oficial de Carreteras de Navarra.
Mediante Orden Foral 34/2010, de 12 de mayo, de la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, se aprobó el Catálogo de Carreteras de Navarra.
Con posterioridad se han producido una serie de modificaciones en la Red de Carreteras de Navarra como consecuencia de la entrada en servicio de diversas obras que estaban en ejecución.
Igualmente, se ha revisado la adecuación de un buen número de tramos de carreteras existentes en el Catálogo anterior a los conceptos dispuestos en la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra, en particular por lo que respecta a: la delimitación de carreteras de acceso a localidades sin continuidad con otras carreteras de la Red a partir del núcleo de población al que sirven de acceso; las carreteras que funcionan exclusivamente como vías urbanas de las entidades locales; las carreteras que únicamente sirven de acceso a estaciones de FFCC con o sin servicio; y las carreteras locales que, aún estando incluidas en el Catálogo, no conforman la red capilar de comunicaciones, ni sirven de acceso a núcleos de población ni de conexión entre carreteras de nivel superior de la Comunidad Foral de Navarra o sus territorios limítrofes.
Por lo que respecta al Inventario de Travesías, se ha procedido también a su revisión al objeto, por un lado, de adaptarlo a la modificaciones impuestas por la actualización del Catálogo de Carreteras 2012 y, por otro lado, de eliminar aquellos tramos en los que, previamente, se ha llevado a cabo su cesión formal a cada una de las entidades locales afectadas, considerando que el trámite administrativo seguido en las cesiones incluye los requisitos previstos en el artículo 69.4 de la Ley Foral de Carreteras de Navarra para este tipo de modificaciones.
El artículo 4.4 de la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra, establece que la actualización del Catálogo de Carreteras de Navarra se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, procediendo la edición del mapa oficial de carreteras correspondiente. Por su parte, el artículo 69.5 de la citada Ley Foral dispone que el listado de las travesías de la Red de Carreteras se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, conjuntamente con el Catálogo de Carreteras.
El Servicio de Conservación ha procedido a la actualización del Catálogo de Carreteras de Navarra y al Inventario de Travesías de Navarra y el Servicio de Estudios y Proyectos ha elaborado el correspondiente Mapa oficial de Carreteras de Navarra.
En consecuencia, en uso de las facultades que me confiere el artículo 4.3 de la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra, ordeno:
Aprobar el Catálogo de Carreteras de Navarra, que se adjunta como anexo a esta Orden Foral, y el Mapa oficial de Carreteras de Navarra.
Aprobar el Inventario de Travesías de Navarra, que se adjunta como anexo a esta Orden Foral.
Dejar sin efecto la Orden Foral 34/2010, de 12 de mayo, de la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.
Notificar esta Orden Foral al Servicio de Conservación y al Servicio de Estudios y Proyectos, señalándose que la presente Orden Foral agota la vía administrativa para las Administraciones Públicas, quienes podrán interponer contra ella recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 31 de agosto de 2012.
El Consejero de Fomento,
Luis Zarraluqui Ortigosa.
Con posterioridad se han producido una serie de modificaciones en la Red de Carreteras de Navarra como consecuencia de la entrada en servicio de diversas obras que estaban en ejecución.
Igualmente, se ha revisado la adecuación de un buen número de tramos de carreteras existentes en el Catálogo anterior a los conceptos dispuestos en la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra, en particular por lo que respecta a: la delimitación de carreteras de acceso a localidades sin continuidad con otras carreteras de la Red a partir del núcleo de población al que sirven de acceso; las carreteras que funcionan exclusivamente como vías urbanas de las entidades locales; las carreteras que únicamente sirven de acceso a estaciones de FFCC con o sin servicio; y las carreteras locales que, aún estando incluidas en el Catálogo, no conforman la red capilar de comunicaciones, ni sirven de acceso a núcleos de población ni de conexión entre carreteras de nivel superior de la Comunidad Foral de Navarra o sus territorios limítrofes.
Por lo que respecta al Inventario de Travesías, se ha procedido también a su revisión al objeto, por un lado, de adaptarlo a la modificaciones impuestas por la actualización del Catálogo de Carreteras 2012 y, por otro lado, de eliminar aquellos tramos en los que, previamente, se ha llevado a cabo su cesión formal a cada una de las entidades locales afectadas, considerando que el trámite administrativo seguido en las cesiones incluye los requisitos previstos en el artículo 69.4 de la Ley Foral de Carreteras de Navarra para este tipo de modificaciones.
El artículo 4.4 de la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra, establece que la actualización del Catálogo de Carreteras de Navarra se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, procediendo la edición del mapa oficial de carreteras correspondiente. Por su parte, el artículo 69.5 de la citada Ley Foral dispone que el listado de las travesías de la Red de Carreteras se publicará en el Boletín Oficial de Navarra, conjuntamente con el Catálogo de Carreteras.
El Servicio de Conservación ha procedido a la actualización del Catálogo de Carreteras de Navarra y al Inventario de Travesías de Navarra y el Servicio de Estudios y Proyectos ha elaborado el correspondiente Mapa oficial de Carreteras de Navarra.
En consecuencia, en uso de las facultades que me confiere el artículo 4.3 de la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra, ordeno:
Aprobar el Catálogo de Carreteras de Navarra, que se adjunta como anexo a esta Orden Foral, y el Mapa oficial de Carreteras de Navarra.
Aprobar el Inventario de Travesías de Navarra, que se adjunta como anexo a esta Orden Foral.
Dejar sin efecto la Orden Foral 34/2010, de 12 de mayo, de la Consejera de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones.
Notificar esta Orden Foral al Servicio de Conservación y al Servicio de Estudios y Proyectos, señalándose que la presente Orden Foral agota la vía administrativa para las Administraciones Públicas, quienes podrán interponer contra ella recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra.
Pamplona, 31 de agosto de 2012.
El Consejero de Fomento,
Luis Zarraluqui Ortigosa.
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