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Ganzua entrar en viviendas por urgente necesidad ............
2 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: ATESTADOS
Página 1 de 1.
Ganzua entrar en viviendas por urgente necesidad ............
Hola , una duda en el caso de intervención urgente , podemos los policias actuar con ganzuas?..................
Dasen
GANZÚA ENTRAR EN VIVIENDAS URGENTE NECESIDAD
Buenas tardes,
En atención al comentario del compañero DASEN, te expongo mi opinión al respecto.
El caso que mencionas, podrás utilizar cualquier medio para poder acceder al interior dela vivienda, dado el caso de "urgente necesidad", o a través de bomberos (los cuáles suelen proceder rompiendo cristal, reja, cerraduras...), etc. Todo ello con arreglo a la L.O. de Seguridad Ciudadana en su art. 15.2, el cual te dice que "Será causa legítima suficiente para la entrada en domicilio la necesidad de evitar daños inminentes y graves a las personas y a las cosas, en supuestos de catástrofe, calamidad, ruina inminente u otros semejantes de extrema necesidad".
Después de la actuación, procederás a la práctica de la correspondiente Acta de entrada en domicilio, con aportación del motivo, participantes, actuaciones llevadas a cabo e identificación de testigos y de todo aquel que participe en la actuación, lo cual deberás remitirla al juzgado correspondiente.
Espero poder ayudarte en tu duda.
Un saludo!
En atención al comentario del compañero DASEN, te expongo mi opinión al respecto.
El caso que mencionas, podrás utilizar cualquier medio para poder acceder al interior dela vivienda, dado el caso de "urgente necesidad", o a través de bomberos (los cuáles suelen proceder rompiendo cristal, reja, cerraduras...), etc. Todo ello con arreglo a la L.O. de Seguridad Ciudadana en su art. 15.2, el cual te dice que "Será causa legítima suficiente para la entrada en domicilio la necesidad de evitar daños inminentes y graves a las personas y a las cosas, en supuestos de catástrofe, calamidad, ruina inminente u otros semejantes de extrema necesidad".
Después de la actuación, procederás a la práctica de la correspondiente Acta de entrada en domicilio, con aportación del motivo, participantes, actuaciones llevadas a cabo e identificación de testigos y de todo aquel que participe en la actuación, lo cual deberás remitirla al juzgado correspondiente.
Espero poder ayudarte en tu duda.
Un saludo!
borde
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