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(Consulta) ¿Cuanto gasoil se puede llevar en el coche?
3 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: TRANSPORTES Y VEHICULOS ESPECIALES
Página 1 de 1.
(Consulta) ¿Cuanto gasoil se puede llevar en el coche?
Aprovechando el tiron:
¿Cuanto gasoil se puede llevar en el coche?.
Gracias.
¿Cuanto gasoil se puede llevar en el coche?.
Gracias.
jose plas
Re: (Consulta) ¿Cuanto gasoil se puede llevar en el coche?
Entiendo Jose Plas, que te refieres a cuantos litros se pueden transportar en un coche, además, claro, del deposito del vehículo.
Te he separado el foro para que su busqueda posterior sea mejor para otros.
Espero que te respondan pronto y salimos de dudas :)
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INFOPOLICIAL
Re: (Consulta) ¿Cuanto gasoil se puede llevar en el coche?
jose plas escribió:Aprovechando el tiron:
¿Cuanto gasoil se puede llevar en el coche?.
Gracias.
El documento 1.1.3.1, habla de las exenciones al ADR relacionadas con la naturaleza de la operacion del transporte.
En su apartado A, especifica que estarán exentos los transportes de mercancias peligrosas cuando cumplan cualquiera de éstas condiciones: si son efectuados por particulares, cuando las mercancias esten destinadas para la venta al por menor, destinadas a uso personal o domestico, a actividades de ocio o deportivas a condicion de que se tomen las medidas para evitar cualquier tipo de fuga en condiciones normales de transporte.
Si se trata de liquidos inflamables como el gasoil, se podran acoger a esta exención a condicion de que no se sobrepasen 60 litros por recipiente y el total en la unidad de transporte no sobrepase 240 litros, para poder hacer uso de esta execion denominada general, puesto que cumpliendo estas condiciones esta exento del cumplimento de los dispuesto con caracter general en el ADR.
Además cada garrafa debe haber pasado unas pruebas y obtener una homologación, cuya marca también debe aparecer en la garrafa.
Las garrafas deben ir bien estibadas, bien sujetas, para que no se muevan dentro del vehículo.
Adjunto una fotografía de un bidon homologado para el transporte de combustible.
En su apartado A, especifica que estarán exentos los transportes de mercancias peligrosas cuando cumplan cualquiera de éstas condiciones: si son efectuados por particulares, cuando las mercancias esten destinadas para la venta al por menor, destinadas a uso personal o domestico, a actividades de ocio o deportivas a condicion de que se tomen las medidas para evitar cualquier tipo de fuga en condiciones normales de transporte.
Si se trata de liquidos inflamables como el gasoil, se podran acoger a esta exención a condicion de que no se sobrepasen 60 litros por recipiente y el total en la unidad de transporte no sobrepase 240 litros, para poder hacer uso de esta execion denominada general, puesto que cumpliendo estas condiciones esta exento del cumplimento de los dispuesto con caracter general en el ADR.
Además cada garrafa debe haber pasado unas pruebas y obtener una homologación, cuya marca también debe aparecer en la garrafa.
Las garrafas deben ir bien estibadas, bien sujetas, para que no se muevan dentro del vehículo.
Adjunto una fotografía de un bidon homologado para el transporte de combustible.
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charro
Re: (Consulta) ¿Cuanto gasoil se puede llevar en el coche?
Tengo dudas sobre si sera aplicable el apartado 1.1.3.3. del A.D.R. 2011 y el maximo fueran solo 60 litros. Podriais opinar sobre esto?.
jose plas
Re: (Consulta) ¿Cuanto gasoil se puede llevar en el coche?
jose plas escribió:Tengo dudas sobre si sera aplicable el apartado 1.1.3.3. del A.D.R. 2011 y el maximo fueran solo 60 litros. Podriais opinar sobre esto?.
El ADR distingue entre excepciones TOTALES a particulares y empresas, según tu pregunta entiendo que es a particulares y en ese aspecto dice lo siguiente:
Particulares:
Se podrán transportar por particulares, para la venta al por menor, uso personal, doméstico, para actividades deportivas o de ocio, un máximo de 240 litros de líquido inflamable por unidad de transporte (vehículo) Estos 240 litros debrán de ir repartidos en garrafas de 60 litros de contenido máximo. (4 garrafas máximo)
No tendrán que cumplir ADR pero deberán tomarse medidas para evitar cualquier fuga de combustible, y por supuesto en recipientes homologados.
Lo tienes en el punto 1.1.3.1 apartado a del ADR 2011. Lo que citas del punto 1.1.3.3 se refiere a vehículos que ademas del depósito llevan garrafas auxiliares (como gruas, por ejemplo) y señala que cada garrafa, al igual que particulares, puede contener como máximo 60 litros.
Particulares:
Se podrán transportar por particulares, para la venta al por menor, uso personal, doméstico, para actividades deportivas o de ocio, un máximo de 240 litros de líquido inflamable por unidad de transporte (vehículo) Estos 240 litros debrán de ir repartidos en garrafas de 60 litros de contenido máximo. (4 garrafas máximo)
No tendrán que cumplir ADR pero deberán tomarse medidas para evitar cualquier fuga de combustible, y por supuesto en recipientes homologados.
Lo tienes en el punto 1.1.3.1 apartado a del ADR 2011. Lo que citas del punto 1.1.3.3 se refiere a vehículos que ademas del depósito llevan garrafas auxiliares (como gruas, por ejemplo) y señala que cada garrafa, al igual que particulares, puede contener como máximo 60 litros.
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charro
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