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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

Mensaje  paquito1987 02.12.20 20:42

Buenas compañeros.

Una consulta.

Persona marroquí con permiso de conducir de su país residiendo legalmente en España 10 años (por ejemplo), sin haber realizado el canje. Se sorprende circulando y exhibe permiso de su país.
¿Inmovilizáis? Si fuera que sí, donde lo justificáis?

Caso similar.
Conductor francés con residencia normal en España desde 2009. Se sorprende actualmente y exhibe permiso de Francia en vigor .
Aparte de las infracciones administrativas que están claras,
 Inmovilizáis?
paquito1987
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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Re: Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

Mensaje  donquijote107 04.12.20 11:36

El ciudadano francés es miembro de la UE y por tanto puede circular con su permiso de conducir libremente por los Estados miembros. Si no recuerdo mal, teniendo la residencia en España aún habiendo renovado su permiso con fecha posterior a la de la obtención de la residencia no tiene ninguna consecuencia administrativa porque creo que hay una instrucción de la DGT que así lo dice.

En cuanto al súbdito marroquí, como dices, tiene la obligación de efectuar un canje de su permiso de conducir por una español. Si se le sorprende conduciendo con su permiso original marroquí además de la denuncia yo inmovilizaría el vehículo ya que no tiene ningún permiso válido para circular por el territorio español o efectuaría acta de sustitución de conductor si hay alguien que presente un permiso válido en territorio español en vigor.
donquijote107
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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Re: Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

Mensaje  radiquero 05.12.20 8:44

Buenas.......en relación a lo que comentas la cosa va por dónde te ha dicho el compañero Donquijote.....
El súbdito francés puede conducir al ser miembro de la UE aunque tenga residencia no tiene obligación de canjear su permiso......lo único que añadiría es saber o ver qué tipo de permiso tiene ......lo digo porque los hay franceses que no caducaban y desde hace un tiempo se harmonizo a nivel europeo todas las caducidades de los permisos miembros de la UE....teniendo la obligación aquellos que tenían permisos con validez superior a 10 o 15 años a renovarlo por otro harmonizado...si no lo ha hecho si se procede a denunciar (siempre que lleven más de dos años de residencia en España).....
Dónde yo trabajo no se inmoviliza (Barcelona capital).

El caso del súbdito marroquí es como te dice el compañero.......debería haber hecho el canje porque hay convenio de reconocimiento mutuo entre los dos países......
Se denuncia por no haberlo hecho y continúa la marcha.(supongo que la lógica es porque el permiso si que le capacitarla para conducir aunque le falta el requisito administrativo de haberlo canjeado).
Un saludo a todos
radiquero
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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Re: Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

Mensaje  21596 05.12.20 13:49

paquito1987 escribió:Buenas compañeros.

Una consulta.

Persona marroquí con permiso de conducir de su país residiendo legalmente en España 10 años (por ejemplo), sin haber realizado el canje. Se sorprende circulando y exhibe permiso de su país.
¿Inmovilizáis? Si fuera que sí, donde lo justificáis?

Caso similar.
Conductor francés con residencia normal en España desde 2009. Se sorprende actualmente y exhibe permiso de Francia en vigor .
Aparte de las infracciones administrativas que están claras,
 Inmovilizáis?
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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Re: Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

Mensaje  21596 05.12.20 14:26

paquito1987 escribió:Buenas compañeros.

Una consulta.

Persona marroquí con permiso de conducir de su país residiendo legalmente en España 10 años (por ejemplo), sin haber realizado el canje. Se sorprende circulando y exhibe permiso de su país.
¿Inmovilizáis? Si fuera que sí, donde lo justificáis?

Caso similar.
Conductor francés con residencia normal en España desde 2009. Se sorprende actualmente y exhibe permiso de Francia en vigor .
Aparte de las infracciones administrativas que están claras,
 Inmovilizáis?

Respecto a tu primera pregunta, como algunos compañeros ya han apuntado, marruecos tiene convenio de canje, por tanto a los 6 meses de residencian normal en España (únicamente se entenderá por residencia normal, la permanencia en España en situación regular, Disp. Adicional 2 RG Conductores) debería haber efectuado el canje para seguir conduciendo, siempre y cuando el permiso de su país no lo hubiera obtenido con posterioridad a la adquisición de la residencia en España, en cuyo caso no es válido para conducir y "teóricamente", no se los deberían de canjear. En cuanto a la inmovilización se podría justificar en base al artículo 3 del RG Conductores donde se establece "El conductor de un vehículo queda obligado a estar en posesión y llevar consigo su permiso o licencia de conducción....estos documentos deberán ser válidos, estar vigentes y se deberán exhibir ante los agentes de la autoridad que lo soliciten". Si no hay otra persona que pueda hacerse cargo del vehículo en ese momento, creo que quedaría suficientemente justificado. Igual sucede con respecto a llevar el permiso de conducción caducado, aunque no figure como supuesto de inmovilización en el artículo 104 del RDL 6/2015, el artículo 12 del RG Conductores tampoco le habilita para seguir conduciendo, ya que no sabemos si reúne las condiciones psicofísicas adecuadas,  por tanto al igual que en el caso anterior, si no hay ninguna otra persona que se pueda hacer cargo del vehículo, bajo mi humilde opinión, creo que no habría ningún problema en inmovilizar bien justificado. No obstante cada caso es diferente y hay que aplicar siempre el sentido común y, sobre todo, no confundir la inmovilización, con la retirada del vehículo.

En cuanto al conductor Frances, con residencia normal en España, si su permiso de conducción tiene una validez inferior a 15 años (Directiva 2006/126), puede conducir sin más trámite. En cambio si su validez es indefinida o por tiempo superior a 15 años, desde el 19 de enero de 2015, a los dos años de residencia debería de proceder a su renovación. Como he expuesto anteriormente, este caso también se podría justificar la inmovilización en base a los dos artículos citados en el apartado anterior, art. 3 y art. 12 del RG Conductores, el permiso no está en vigor, se entiende caducado en España por no haber procedido a su renovación. Al igual que he dicho antes, cada circunstancia es diferente y hay que valorar. Yo no inmovilizaría como regla general, pero creo que en ambos casos estaría bien justificado.
Es una opinión personal,  
Saludos
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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Re: Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

Mensaje  STREET52 06.12.20 18:53

Buenas, respecto a caso de permiso marroquí yo lo que hago es denunciar por conducir el vehículo reseñado careciendo de autorización administrativa de conducción válida en España, siendo titular de un permiso extranjero equivalente no susceptible de canje, art. 1, ap.1, opc. 5E RGCon, 500 euros, ya que al no haber canjeado el permiso dentro de los 6 primeros meses desde que adquiere la residencia en España ese permiso ya no puede ser canjeado.
Respecto a la inmovilización en estos casos creo que hay defensores en ambos sentidos, yo después de 10 años en España sin haber pasado un reconocimiento psicofísico inmovilizo y además en algunas ocasiones en las que he comprobado que es un infractor multireincidente por esta infracción le he intervenido el permiso remitiéndolo a tráfico para que sea remitido a su embajada o consulado que corresponda, ya que está claro que su intención es seguir aprovechándose del permiso para conducir en España, una especie de fraude de ley, como los que teniendo residencia en España se van de vacaciones a Marruecos, se sacan el carnet y luego intentan canjearlo.

Respecto al caso del permiso francés, si te refieres a la misma situación anterior no se puede hacer nada, los ciudadanos comunitarios pueden residir en España toda su vida sin tener que canjear el permiso, únicamente cabría comprobar que el periodo de validez del permiso no exceda los 15 años, en ese caso denuncia en base al art. 15.4 y listos. Ante esta infracción también se le podría inmovilizar ya que una persona con mas de 15 años sin haber pasado un reconocimiento psicofísico puede que no nos dé garantías de encontrarse en condiciones de conducir, puede que haya perdido visión, etc. Pero es hilar muy fino, ya me entiendes. La diferencia con el marroquí es que el permiso francés si es válido para conducir en España, además lo puede renovar o canjear, el Marroqui NO.
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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty PERMISO DE CONDUCIR MARROQUI

Mensaje  CLINTEASTWOOD 24.11.21 21:31

Ya puestos, quisiera plantear una consulta respecto a conductores con permiso de conducir marroquí que no se encuentran legales residiendo en el país.
En este tipo de actuación, cabe la denuncia por conducir con un permiso no susceptible de canje, pero además (y hay es donde quiero ir), al tratarse de una persona que no tiene residencia legal en España, todo y que pueda llevar en el pais tres años, ¿cabria la posibilidad de actuar como "conductor en tránsito" y cobrarle la denuncia al no tener residencia legal? Más que nada por que a este tipo de conductores no les va a llegar nada nunca, por mucho que los denunciemos, ya que estaremos poniendo un domicilio facilitado a veces de manera verbal y sin certeza de que resida en el lugar.
Gracias
CLINTEASTWOOD
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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Re: Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

Mensaje  Akaiser 25.11.21 8:32

En mi opinión:
1 Hay dos denuncias por no canjear, la de 500 si el país de origen del permiso no tiene convenio con España, 200 si lo tiene...no veo una denuncia de 500 a un permiso marroquí...
2. Solo intervendría un permiso UE, además de por caducidad, pérdida de requisitos o estar retirado, por duplicidad ( imagina que tiene un francés en vigor, lo ha canjeado por un español, pues ahí si procede intervención y remisión, ya que no se pueden tener los 2) pero no veo intervenir un permiso extranjero en vigor, no canjeado, por mucho que sea residente en España.
3. Evidentemente, si la persona extranjera no acredita residencia legal, pagará en el acto si no quiere sufrir una inmovilización...y recordad que el padrón no vale, ni tampoco no haber procedido a la renovación de la documentación personal en el plazo establecido.
Akaiser
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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Re: Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

Mensaje  adt468 25.11.21 10:53

Akaiser escribió:En mi opinión:
1 Hay dos denuncias por no canjear, la de 500 si el país  de origen del permiso no tiene convenio con España, 200 si lo tiene...no veo una denuncia de 500 a un permiso marroquí...
2. Solo intervendría un permiso UE, además de por caducidad, pérdida de requisitos o estar retirado, por duplicidad ( imagina que tiene un francés en vigor, lo ha canjeado por un español, pues ahí si procede intervención y remisión, ya que no se pueden tener los 2) pero no veo intervenir un permiso extranjero en vigor, no canjeado, por mucho que sea residente en España.
3. Evidentemente, si la persona extranjera no acredita residencia legal, pagará en el acto si no quiere sufrir una inmovilización...y recordad que el padrón no vale, ni tampoco no haber procedido a la renovación de la documentación personal  en el plazo establecido.
El hecho de que el permiso pueda o no ser canjeable no depende exclusivamente de si el país que lo ha emitido tienen convenio con España. Puede ser un país con convenio pero haberse expedido posteriormente a la residencia en España. Permiso marroquí expedido en el 2018 cuyo titular tiene residencia en España desde 2017 por ejemplo, no sería susceptible de canje y la cuantía de la sanción sería de 500 €
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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Re: Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

Mensaje  Akaiser 25.11.21 16:43

Mi contestación va en relación a la cuestión previa, el compañero Street52 comenta que si han pasado los 6 primeros meses desde que llega a España, ese permiso marroquí ya no es canjeable a pesar de existir convenio...en mi opinión es irrelevante que lleve 6 meses o 6 años en España, esa es mi opinión.
Otra cosa es el tema de ser ya residente en España y después firmarse convenio de canje..., si son UE ya dejó claro tráfico que no se denunciara, si es tercer país, si habrá que denunciar.
Akaiser
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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Re: Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

Mensaje  jhondir 05.12.21 10:03

Por favor, alguien podría pasarme la directiva de la DGT por la que no se debe denunciar a los ciudadanos con permiso de conducción comunitarios, aunque tras adquirir su residencia habitual en España, hayan renovado su permiso de conducción en su país de origen. 
La he buscado pero no la encuentro y por lo que veo, todos están de acuerdo en que no tienen obligación de canjear a un permiso de España. Hablo de documentos con menos de 15 años de validez.....

Ya lo encontré muchas gracias.


Última edición por jhondir el 06.12.21 8:46, editado 1 vez
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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Padrón a efecto de prueba de residencia

Mensaje  VictorP605 05.12.21 12:51

Akaiser escribió:En mi opinión:
1 Hay dos denuncias por no canjear, la de 500 si el país  de origen del permiso no tiene convenio con España, 200 si lo tiene...no veo una denuncia de 500 a un permiso marroquí...
2. Solo intervendría un permiso UE, además de por caducidad, pérdida de requisitos o estar retirado, por duplicidad ( imagina que tiene un francés en vigor, lo ha canjeado por un español, pues ahí si procede intervención y remisión, ya que no se pueden tener los 2) pero no veo intervenir un permiso extranjero en vigor, no canjeado, por mucho que sea residente en España.
3. Evidentemente, si la persona extranjera no acredita residencia legal, pagará en el acto si no quiere sufrir una inmovilización...y recordad que el padrón no vale, ni tampoco no haber procedido a la renovación de la documentación personal  en el plazo establecido.

Buenas compañeros , el otro día tuve una actuación con un conductor colombiano con  permiso de conducir colombiano.El señor indicaba que llevaba desde el 2019 viviendo en españa pero no tenía permiso de residencia ni nada , pero indicaba que estaba empadronado desde 2019. Bajo mi punto de vista  el padrón no acretida residencia  por lo que se formuló denuncia por haber transcurrido más de 6 meses desde la entrada en españa y no haber realizado el canje y se cobro en el acto la denuncia . Mi consulta es si hay algún documento respecto del padrón a efecto de prueba de residencia en materia de tráfico .
VictorP605
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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Re: Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

Mensaje  Akaiser 05.12.21 22:28

Si va a estar más de 6 meses en España, necesita obtener TIE el primer mes...a partir de ahí, el ciudadano no está regular, siempre que permanezca en el país. Respecto al padrón, art 18.2 de la Ley 7/85 Bases Régimen Local, la inscripción en padrón no acredita prueba de la residencia legal en España.
Akaiser
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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Re: Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

Mensaje  Akaiser 05.12.21 22:33

Instrucción 2018 / C-131 S-148
No denuncia permisos UE obtenidos tras adquirir residencia en España
Akaiser
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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Re: Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

Mensaje  guesro 16.05.23 13:11

Akaiser escribió:Mi contestación va en relación a la cuestión previa, el compañero Street52 comenta que si han pasado los 6 primeros meses desde que llega a España, ese permiso marroquí ya no es canjeable a pesar de existir convenio...en mi opinión es irrelevante que lleve 6 meses o 6 años en España, esa es mi opinión.
Otra cosa es el tema de ser ya residente en España y después firmarse convenio de canje..., si son UE ya dejó claro tráfico que no se denunciara, si es tercer país, si habrá que denunciar.
Entonces un ciudadano marroquí, en situación de turista, puede conducir con su permiso sin necesidad de un permiso internacional?
guesro
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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Re: Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

Mensaje  CLINTEASTWOOD 17.05.23 11:26

guesro escribió:
Akaiser escribió:Mi contestación va en relación a la cuestión previa, el compañero Street52 comenta que si han pasado los 6 primeros meses desde que llega a España, ese permiso marroquí ya no es canjeable a pesar de existir convenio...en mi opinión es irrelevante que lleve 6 meses o 6 años en España, esa es mi opinión.
Otra cosa es el tema de ser ya residente en España y después firmarse convenio de canje..., si son UE ya dejó claro tráfico que no se denunciara, si es tercer país, si habrá que denunciar.
Entonces un ciudadano marroquí, en situación de turista, puede conducir con su permiso sin necesidad de un permiso internacional?
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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Re: Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

Mensaje  MMG98 21.09.23 6:36

STREET52 escribió:Buenas, respecto a caso de permiso marroquí yo lo que hago es denunciar por conducir el vehículo reseñado careciendo de autorización administrativa de conducción válida en España, siendo titular de un permiso extranjero equivalente no susceptible de canje, art. 1, ap.1, opc. 5E RGCon, 500 euros, ya que al no haber canjeado el permiso dentro de los 6 primeros meses desde que adquiere la residencia en España ese permiso ya no puede ser canjeado.
Respecto a la inmovilización en estos casos creo que hay defensores en ambos sentidos, yo después de 10 años en España sin haber pasado un reconocimiento psicofísico inmovilizo y además en algunas ocasiones en las que he comprobado que es un infractor multireincidente por esta infracción le he intervenido el permiso remitiéndolo a tráfico para que sea remitido a su embajada o consulado que corresponda, ya que está claro que su intención es seguir aprovechándose del permiso para conducir en España, una especie de fraude de ley, como los que teniendo residencia en España se van de vacaciones a Marruecos, se sacan el carnet y luego intentan canjearlo.

Respecto al caso del permiso francés, si te refieres a la misma situación anterior no se puede hacer nada, los ciudadanos comunitarios pueden residir en España toda su vida sin tener que canjear el permiso, únicamente cabría comprobar que el periodo de validez del permiso no exceda los 15 años, en ese caso denuncia en base al art. 15.4 y listos. Ante esta infracción también se le podría inmovilizar ya que una persona con mas de 15 años sin haber pasado un reconocimiento psicofísico puede que no nos dé garantías de encontrarse en condiciones de conducir, puede que haya perdido visión, etc. Pero es hilar muy fino, ya me entiendes. La diferencia con el marroquí es que el permiso francés si es válido para conducir en España, además lo puede renovar o canjear, el Marroqui NO.
Buenas noches, respecto a esta consideración 

"permiso marroquí yo lo que hago es denunciar por conducir el vehículo reseñado careciendo de autorización administrativa de conducción válida en España, siendo titular de un permiso extranjero equivalente no susceptible de canje, art. 1, ap.1, opc. 5E RGCon, 500 euros, ya que al no haber canjeado el permiso dentro de los 6 primeros meses desde que adquiere la residencia en España ese permiso ya no puede ser canjeado."

En que se basa esa consideración, entiendo que solo estaríamos ante el supuesto 1.1.5B, ya que el 1.1.5E se refiere al caso en que el titular del permiso con convenio de canje con España, lleve residiendo mas de 6 meses en España y haya obtenido el permiso que presenta posteriormente a haber adquirido la residencia española.

He encontrado varios compañeros argumentando el tema de los 6 meses para canjear y posteriormente no podría canjearse pero no encuentro la normativa en que se refleja.

La única argumentación que logro obtener es que en base al art. 21 RGCond podamos considerar que existe el plazo de 6 meses para conducir con permiso extranjero sin obtener residencia, por otra parte al obtener la residencia tenemos 6 meses para canjear, de no canjear estariamos en el supuesto del art. 21.3 RGCond señala que estos permisos no tendran validez si han transcurrido 6 meses desde la adquisición de la residencia y deberán obtener un permiso español "previa comprobación de los requisitos y superación de las pruebas correspondientes."

Alguien puede confirmar o aclarar este tema... 

Un saludo, gracias.
MMG98
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Mensaje  monvcf 09.10.23 21:21

[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
En el acuerdo entre España y Marruecos tenéis la respuesta a varias cosas que habéis preguntado. Os dejo el link al BOE.
Sobre el supuesto inicial de persona marroquí 10 años en España sin realizar el canje si inmovilizamos... no es un supuesto del art. 104 de la LSV, pero según la base séptima de la ley 18/1989, de 25 de julio (en vigor) habla de medidas cautelares cuando existan condiciones de grave peligro para la seguridad vial, por lo que ahí podríamos encontrar una base legal para hacerlo.
monvcf
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Mensaje  STREET52 10.10.23 10:29

Buenos días, en respuesta a alguna duda generada en mi aportación veo que, los propios compañeros ya han realizado las aclaraciones oportunas. Queda claro que después de los 6 meses que disponen para efectuar el canje tras obtener el permiso de residencia, en la práctica desde que tienen NIE, dicho permiso ya no es susceptible de canje.

En cuanto a la intervención del permiso y su remisión a tráfico, o directamente al consulado de Marruecos cuando un marroquí con residencia en España aprovecha las vacaciones en Marruecos para obtener permiso Marroquí y conducir en España, sigo manteniendo que es un fraude de ley ya que algo lícito como obtener un permiso de su país de origen, lo que persigue es evitar la aplicación de las normas españolas. Así, en el enlace aportado por el compañero "monvcf",  en su punto 5 aclara que, "5. Si existieran razones fundadas para dudar de la aptitud para la conducción del titular de un permiso, o si un conductor hubiera obtenido el permiso de conducción del otro Estado eludiendo las normas vigentes en su Estado de residencia, se rechazará el canje del permiso solicitado, y se remitirá por vía diplomática el expediente a la autoridad que hubiere expedido el permiso de conducción.".

Siempre que paro un conductor realizando esta práctica manifiesta que, está tramitando el canje y tiene un cita para ello (Mentira), y cuando le solicitas que te muestre la cita, informan que lo tiene todo su gestor (todos tienen gestores), pero si le paras a los 6 meses de nuevo, las respuestas son las mismas. No se si no pagan las denuncias o si es que les compensa esta práctica, por eso suelo intervenir el permiso.

Un saludo
STREET52
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Mensaje  MMG98 11.10.23 8:54

Muchas gracias por los aportes y sobre todo por compartir el cómo actua cada uno en la práctica diaria que es lo que al final importa y lo que hace que podamos valorar como mejorar en nuestro trabajo.

Quería preguntar sobre la inmovilización en los casos en lo que procedemos a denunciar por estar conduciendo con un permiso extranjero no susceptible de canje fuera de los primeros 6 meses, ya sea porque no hay convenio de canje o porque han obtenido la residencia y han pasado esos 6 meses sin realizar el canje. En estos supuestos la lógica me dice que no puede conducir puesto que no tiene un permiso válido para conducir en España, si existe otro conductor con permiso válido en el lugar es fácil de solucionar, la cuestión es más compleja cuando no hay quien pueda hacerse cargo del vehículo y haya que optar por la inmovilización y/o retirada puesto que justificación "normativa" no encuentro para ello más allá de que pensar que supone un peligro o riesgo para la circulación y por ello proceder a esa inmovilización y/o retirada.
¿Qué opinión os merece este tema? Y sobretodo, como actuáis vosotros.

Un saludo, gracias por vuestros comentarios.
MMG98
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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Re: Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

Mensaje  Cristóbal 03.01.24 0:48

Hola buenas, escribo este mensaje en relación a una de las cuestiones planteadas por el compañero Clint Eastwood sobre si se podía considerar el que un conductor en situación irregular en España tuviese que pagar en el acto las correspondientes infracciones que hubiera cometido.
El otro día tuvimos una intervención con un conductor ecuatoriano que nos mostró un permiso de conducción de su país, manifestando que llevaba unos cuatro años aquí pero sin mostrar TIE o permiso de residencia. Tenía tan solo su pasaporte y la fotografía en su móvil de un documento expedido por Policía Nacional donde constaba su NIE.
Sometido a la prueba indiciaria de drogas, va y da positivo en THC. Posteriormente se confirma, contactando con la Unidad de Extranjería de Policía Nacional de mi municipio, que efectivamente esa persona se hallaba en situación irregular pero que no cabía por su parte hacer nada con ella puesto que se hallaba en periodo de interponer recurso (supongo ante los correspondientes trámites de un expediente de expulsión ya iniciado previamente). Mi pregunta en este caso, es si como planteaba el compañero, a este conductor se le debían de haber cobrado las multas en el acto por su condición de extranjero en situación irregular, a pesar de darnos un domicilio donde afirmaba que residía y de manifestar que llevaba cuatro años viviendo en España.
Para terminar os cuento lo que hicimos (intuyo que no es lo correcto) y fue anotar el NIE y el domicilio que nos dio en las denuncias que le hicimos y que fueron las de conducir con un permiso no válido en España no susceptible de ser canjeado y la de conducir con presencia de drogas en el organismo. Qué pensáis.
Gracias de antemano y disculpad el testamento que os he puesto.
Cristóbal
Cristóbal



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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Re: Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

Mensaje  MMG98 03.01.24 1:36

Buenas, aportando una "experiencia" a tu pregunta, indicarte que la Jefatura Provincial de Tráfico al realizar una denuncia indicando número de pasaporte de una persona que se encontraba en España regularizando su situación, indicando domicilio conocido, remitió la denuncia indicando que necesitaban conocer un N.I.E. para poder tramitar esa denuncia.

En conclusión, entiendo que la LSV indica "no acredite su residencia legal en España" y para la JPT no es suficiente con tener un domicilio (y mostrarlo a través de padrón) sino que requiere de N.I.E. / T.I.E. que "acrediten" la residencia en España más allá de las explicaciones o justificación que te den en relación con el domicilio y tiempo que lleven residiendo en España.

Un saludo.
MMG98
MMG98



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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Re: Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

Mensaje  Cristóbal 03.01.24 22:12

Gracias MMG98, por la respuesta. El caso es que según tengo entendido, tener NIE no acredita la residencia legal en España. De ahí la cuestión planteada.
Cristóbal
Cristóbal



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Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos? Empty Re: Permisos extracomnitarios y comunitarios. Innmovilización o no de no ser válidos?

Mensaje  JESUSIN 11.02.24 17:41

Cristóbal escribió:Gracias MMG98, por la respuesta. El caso es que según tengo entendido, tener  NIE no acredita la residencia legal en España. De ahí la cuestión planteada.

 Pido perdón, pero de verdad que hay Agentes de Tráfico en las vías Públicas haciendo estas preguntas de parbulario.  Me quedo cada día más sorprendido.-
JESUSIN
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