Últimos temas
ESTADISTICAS WEB
*INFOPOLICIAL WEB fue creada el 17.04.11 21:17, lleva exactamente 4967 días de vida.
*Hasta ahora sus 17721 usuarios han escrito 26272 temas en los 165 foros que existen.
*Tu, Invitado, has escrito 9 posts desde que te registraste el 01.01.70
Tu última visita fue 01.01.70
21.11.24 20:12
*Hasta ahora sus 17721 usuarios han escrito 26272 temas en los 165 foros que existen.
*Tu, Invitado, has escrito 9 posts desde que te registraste el 01.01.70
Tu última visita fue 01.01.70
21.11.24 20:12
Los miembros más etiquetados
@amando (98) | ||||
@charro (17) | ||||
@pitutis (15) | ||||
@agustin234 (12) | ||||
@panteloguerra (11) | ||||
@INFOPOLICIAL (10) | ||||
@Tesis (8) | ||||
@Pulo (8) | ||||
@Dantes (5) |
Miembros que empiezan más temas
INFOPOLICIAL | ||||
charro | ||||
agustin234 | ||||
JOJIBA | ||||
Panchovilla | ||||
pitutis | ||||
Pulo | ||||
adt468 | ||||
laracroft | ||||
1322 |
(#Consulta) Puede tomarse fotografía del DNI por agentes de las FCS
+4
NUMA
Ricardog
leonn
panteloguerra
8 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: SEGURIDAD CIUDADANA :: ACTUACION ADMINISTRATIVA
Página 1 de 1.
(#Consulta) Puede tomarse fotografía del DNI por agentes de las FCS
Muy buenas a todos, después de largo tiempo sin entrar al foro hoy acudo para consulta.
Se me planteó el otro día la duda de si un agente de las FCSE puede fotografiar el DNI del particular al objeto de sustanciar la actuación policial (Por ejemplo proceder a una identificación o también formular un boletín de denuncia), hechos para los cuales no es necesario el consentimiento del afectado, de conformidad con el art. 28 de la L .O . 3/2018 pero la pregunta es, pues creo que había una consulta a la AEPD sobre el tema, Podemos fotografiar los documentos para tomar los datos al objeto de poder realizar la correspondiente actuación policial?¿
Muchas gracias de antemano a todos.
Se me planteó el otro día la duda de si un agente de las FCSE puede fotografiar el DNI del particular al objeto de sustanciar la actuación policial (Por ejemplo proceder a una identificación o también formular un boletín de denuncia), hechos para los cuales no es necesario el consentimiento del afectado, de conformidad con el art. 28 de la L .O . 3/2018 pero la pregunta es, pues creo que había una consulta a la AEPD sobre el tema, Podemos fotografiar los documentos para tomar los datos al objeto de poder realizar la correspondiente actuación policial?¿
Muchas gracias de antemano a todos.
____________________________________________________________________
Invitado Recuerda votar [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
Pincha [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]si se ha resuelto tu consulta
Pincha [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]si se ha resuelto tu consulta
panteloguerra
Re: (#Consulta) Puede tomarse fotografía del DNI por agentes de las FCS
panteloguerra escribió:Muy buenas a todos, después de largo tiempo sin entrar al foro hoy acudo para consulta.
Se me planteó el otro día la duda de si un agente de las FCSE puede fotografiar el DNI del particualr al objeto de sustanciar la actuación policial (Por ejemplo proceder a una identificación o también formular un boletín de denuncia), hechos para los cuales no es necesario el consentimiento del afectado, de conformidad con el art. 28 de la L .O . 3/2018 pero la pregunta es, pues creo que había una consulta a la AEPD sobre el tema, Podemos fotografiar los documentos para tomar los datos al objeto de poder realizar la correspondiente actuación policial?¿
Muchas gracias de antemano a todos.
Si se puede, lo que no se puede es crear una "base de datos", para funciones propias de la administración pública sin problema. Luego borrar esas fotos y listo.
leonn
Toma de imágenes de DNI
Si , según la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal, en su articulo 6.2 establece " No sera preciso el consentimiento (del afectado) cuando los datos de carácter personal se recojan para el ejercicio de las funciones propias de las Administraciones Públicas en el ámbito de sus competencias".
Es decir una vez utilizados los datos para formular denuncia, diligencia, etc, se borran las imágenes.-
Ricardog
Re: (#Consulta) Puede tomarse fotografía del DNI por agentes de las FCS
En este hilo ya se hablaba sobre el tema:
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Desde hace tiempo venimos aprovechándonos de las ventajas que nos brindan las nuevas tecnologías, ya no tan nuevas, y la pregunta era por qué no aprovechar las fotos de un teléfono móvil para recabar los datos en una intervención, qué mejor que una foto de documentación para así ayudarnos y facilitar nuestro trabajo, en primer lugar por la fidelidad en la anotación de datos que en algunas ocasiones pueden derivar en error, y en segundo lugar por la rapidez en la que se pueden obtener.
Otra cosa es la utilización y el soporte magnético en el que se encuentren, si éstas han sido realizadas con nuestro teléfono particular debemos ser escrupulosos una vez obtenidos los datos para nuestro trabajo y borrar absolutamente todo a la mayor brevedad posible. De esta forma nadie nos podrá reprochar nada por esta actuación, es más, estamos poniendo medios privados para mejorar la función pública.
NUMA
Re: (#Consulta) Puede tomarse fotografía del DNI por agentes de las FCS
Hola a todos. Interesante el tema que nos ocupa, aunque discrepo con lo dicho por los compañeros. Considero que el uso de cámaras o móviles personales de los agentes no garantiza la seguridad de los datos, en tanto que los usos privados que cada agente pueda realizar con sus propios dispositivos no resultan compatibles con las medidas de seguridad que para el ejercicio de las funciones de policía deben adoptarse según la agencia. Por tanto sería ilegítimo, bajo mi punto de vista. Otra cosa, que haya consentimiento, pero entiendo que éste último, la ley hace referencia entre particulares, no hace mención entre los miembros de las FCS.
POLIXATO
Re: (#Consulta) Puede tomarse fotografía del DNI por agentes de las FCS
A ver, la Ley 15/99 se encuentra derogada y en la 3/2018 (la nueva de Protección de Datos) nada dice de esto que sí decía la anterior "No será preciso el consentimiento del afectado, cuando los datos de carácter personal se recojan para el ejercicio de las funciones propias de las Administraciones públicas en el ámbito de sus competencias"
Así que no tengo muy clara la legalidad del asunto, aunque el sentido común dice que sí que se podría si una vez terminado el uso para el cual se realizaron las fotos se procede a borrar las mismas.
Así que no tengo muy clara la legalidad del asunto, aunque el sentido común dice que sí que se podría si una vez terminado el uso para el cual se realizaron las fotos se procede a borrar las mismas.
Pulo
Re: (#Consulta) Puede tomarse fotografía del DNI por agentes de las FCS
Aunque borres la fotografía, el tratamiento de datos se ha generado, lo que conlleva un peligro susceptible de fuga de información por otros lados (nube, etc). Lo que dice la nueva legislación, como aduces, es referente cuando se tiene en cuenta esta Ley Orgánica, que exija a los responsables dar de alta en los correspondientes ficheros o tratamiento de datos (equipos, sistemas, programas), para la adopción de las medidas de seguridad. Es decir, se tiene que estar en lo dispuesto en la Ley. Una vez estas medidas, entonces hablamos del CONSENTIMIENTO o NO, pero ya digo. Mi conclusión, es que no se puede hacer fotos con un teléfono particular para estos menesteres.
Un saludo
Un saludo
POLIXATO
Re: (#Consulta) Puede tomarse fotografía del DNI por agentes de las FCS
Buenas compañeros, interesante hilo.
Nosotros hicimos consulta a la agencia de protección de datos y nos dijeron que no había problema en fotografiar los documentos, siempre y cuando, una vez utilizados para sustanciar la actuación concreta, se eliminasen del soporte.
Nosotros hicimos consulta a la agencia de protección de datos y nos dijeron que no había problema en fotografiar los documentos, siempre y cuando, una vez utilizados para sustanciar la actuación concreta, se eliminasen del soporte.
Migueltorr
Re: (#Consulta) Puede tomarse fotografía del DNI por agentes de las FCS
Compañero podríamos tener acceso a esa contestación de la Agencia?Migueltorr escribió:Buenas compañeros, interesante hilo.
Nosotros hicimos consulta a la agencia de protección de datos y nos dijeron que no había problema en fotografiar los documentos, siempre y cuando, una vez utilizados para sustanciar la actuación concreta, se eliminasen del soporte.
Gracias por tu colaboración.-
NUMA
Re: (#Consulta) Puede tomarse fotografía del DNI por agentes de las FCS
Buenas compañero. No os puedo pasar el escrito porque la consulta se hizo por tfno. Pero básicamente nos contestaron haciendo relación al art 6.2 del reglamento, en el que dice que no hace falta consentimiento pues estamos en el ejercicio de nuestras funciones, y al art 22.1 en el que habla de los ficheros. Pero sino se recoge para un fichero, sino solo para el uso puntual de la intervención, y se borraban posteriormente, no había problema.
Migueltorr
Re: (#Consulta) Puede tomarse fotografía del DNI por agentes de las FCS
Se puede interpretar que el realizar una fotografía de una documentación personal o de un vehículo por ejemplo, en el ejercicio de nuestras funciones (aunque sea con un teléfono particular), estará legitimado, siempre y cuando después de realizar los tramites oportunos con esos datos (denuncias, actas, informes, atestados, etc), las imágenes sean borradas inmediatamente, y por supuesto que no se creen una base de datos con esas imágenes, pues en ese caso según la normativa en materia de protección de datos si que recoge que "los ficheros creados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que contengan datos de carácter personal que por haberse recogido para fines administrativos, deban ser objeto de registro permanente, estarán sujetos al régimen general de la citada norma.-
mogasa
Temas similares
» (#Consulta) Utilización Fotografía DNI
» (#Consulta) Particular que fotografía a otra sin permiso
» (#Consulta) Fotografía radar coches en paralelo
» (#Consulta) Puede un auxiliar de policia identificar?
» (#Consulta) Delito negativa injustificada de entrega vehículo retirado
» (#Consulta) Particular que fotografía a otra sin permiso
» (#Consulta) Fotografía radar coches en paralelo
» (#Consulta) Puede un auxiliar de policia identificar?
» (#Consulta) Delito negativa injustificada de entrega vehículo retirado
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: SEGURIDAD CIUDADANA :: ACTUACION ADMINISTRATIVA
Página 1 de 1.
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.
18.11.24 19:04 por Pl052
» (#Consulta) QUADS Y REMOLQUES
17.11.24 12:46 por Maquiavelo
» Comisión de presunto delito 382 bis CP
17.11.24 11:47 por pl_ibi_03079050
» (#Documento) Falsificacion documento publico
14.11.24 17:59 por pitutis
» (#Consulta) ATP CADUCADO SIN TRANSPORTAR
13.11.24 22:38 por Josmah
» (#Consulta) Actuaciones con CBD (consumidores y comercios)
12.11.24 12:37 por xiscop
» LECTURA DERECHOS MENOR DETENIDO
07.11.24 17:31 por MikelA
» Acta protocolo cero de violencia de genero
29.10.24 22:19 por Pepe
» CONDUCIR VEHICULO PARA EL QUE NO HABILITA PERMISO EXTRANJERO NO SUSCEPTIBLE DE CANJE
29.10.24 20:36 por baltoii
» (#Documento) Contestanción DGT ante consulta permiso válido para gruas de arrastre
24.10.24 3:56 por Exup