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(#Protocolo) Triptico actuación con permisos conducción extranjeros
Recuerdo del primer mensaje :
Muy buenas, esto es una pequeña ayuda para poder llevar junto al talonario, sino es el foro adecuado trasladarlo donde este mejor.
Lo realicé para poder echar una visual rápida en intervención en calle con algo que suele ser lioso por tema de plazos y demás.
Ya me diréis que os parece.
Muy buenas, esto es una pequeña ayuda para poder llevar junto al talonario, sino es el foro adecuado trasladarlo donde este mejor.
Lo realicé para poder echar una visual rápida en intervención en calle con algo que suele ser lioso por tema de plazos y demás.
Ya me diréis que os parece.
Última edición por Movil el 18.01.19 18:24, editado 3 veces
Movil
Re: (#Protocolo) Triptico actuación con permisos conducción extranjeros
Gran aporte muchas gracias
jarjhi
Re: (#Protocolo) Triptico actuación con permisos conducción extranjeros
En el tríptico viene el siguiente párrafo:
SI NO CUMPLE PERIODOS TIENE HASTA 2 AÑOS PARA PODER CIRCULAR LEGALMENTE E INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO DE CONDUCTORES E INFRACTORES, A PARTIR DE AHÍ NO.
En mi opinión esto no es exactamente cierto, ya que los permisos de conducir comunitarios formarán parte del Registro de CONDUCTORES E INFRACTORES con CARÁCTER VOLUNTARIO, y SOLAMENTE será inscrito en el REGISTRO cuadrando -entre otras cosas- cometan una infracción administrativa que conlleve detraccion de puntos.
saludos.
SI NO CUMPLE PERIODOS TIENE HASTA 2 AÑOS PARA PODER CIRCULAR LEGALMENTE E INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO DE CONDUCTORES E INFRACTORES, A PARTIR DE AHÍ NO.
En mi opinión esto no es exactamente cierto, ya que los permisos de conducir comunitarios formarán parte del Registro de CONDUCTORES E INFRACTORES con CARÁCTER VOLUNTARIO, y SOLAMENTE será inscrito en el REGISTRO cuadrando -entre otras cosas- cometan una infracción administrativa que conlleve detraccion de puntos.
saludos.
agenjo
Re: (#Protocolo) Triptico actuación con permisos conducción extranjeros
Muy buenas agenjo, a lo que me refiero en esa parte es que si no cumple los periodos que marca la directiva de hasta 15 años los A,B y 5 años los C,D, y no ha procedido al canje por el español siendo residente y con una antigüedad superior a los 2 años, estaría incumpliendo el Artículo 15.4.
Un saludo.
Un saludo.
Movil
Re: (#Protocolo) Triptico actuación con permisos conducción extranjeros
En primer caso y vaya por delante darte la enhorabuena por tu trabajo, nada que objetar. Todo OK. Pero sigues sin aclarar donde te basas para decir que tiene dos años para circular y luego INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO DE CONDUCTORES E INFRACTORES.Movil escribió:Muy buenas agenjo, a lo que me refiero en esa parte es que si no cumple los periodos que marca la directiva de hasta 15 años los A,B y 5 años los C,D, y no ha procedido al canje por el español siendo residente y con una antigüedad superior a los 2 años, estaría incumpliendo el Artículo 15.4.
Un saludo.
La inscripción en el registro de conductores e infractores será de carácter VOLUNTARIO. y esto está reflejado en el RGCond.
Pero insisto móvil, ignoro de dónde sacas que cuando pasen DOS AÑOS SE INSCRIBIRÁ EN EL REGISTRO DE CONDUCTORES E INFRACTORES.
Saludos.
conveniente añadir que por Sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (Asunto C-195/02), se anuló el artículo 22 del RGCond., en la parte que obligaba a los ciudadanos de la Unión Europea, cuando hubieran adquirido residencia normal en España a introducir sus datos en el Registro General de Conductores e Infractores.
agenjo
Re: (#Protocolo) Triptico actuación con permisos conducción extranjeros
Muy buenas, creo que el fallo está en que no hay una explicación previa, como bien dices no hay obligación de inscripción en el registro de conductores a no ser que se cometa una infracción que retraiga puntos y se inscribirá de oficio, la cuestión es que hasta donde he podido estudiar lo normal es que tráfico al no cumplir los plazos de la directiva (aquí dispone de 2 años desde la adquisición del NIE) le expida el permiso español, pero no quiero cerrar la posibilidad de que según los medios que tuviese tráfico en el lugar donde se gestionase o cuando lo hiciese "p.e. hace 6 años o más debido a que había bastante dudas con este tema" y en lugar de expedir uno nuevo simplemente le inscribieron y estaría vigente, por eso aconsejo siempre cuando exhiben un permiso extranjero y nie pasar este último por el terminal de tráfico.
Disculpad por la chapa, no se si he aclarado el motivo por el cual lo puse así.
Un saludo
Disculpad por la chapa, no se si he aclarado el motivo por el cual lo puse así.
Un saludo
Última edición por Movil el 13.08.18 1:07, editado 2 veces
Movil
Re: (#Protocolo) Triptico actuación con permisos conducción extranjeros
Movil, tema aclarado. Sobre pasar nie por saber si aparece alguna sorpresa es algo que en los controles siempre hago, y te llevas sorpresas, claro que te llevas.Movil escribió:Muy buenas, creo que el fallo está en que no hay una explicación previa, como bien dices no hay obligación de inscripción en el registro de conductores a no ser que se cometa una infracción que retraiga puntos y se inscribirá de oficio, la cuestión es que hasta donde he podido estudiar lo normal es que tráfico al no cumplir los plazos de la directiva (aquí dispone de 2 años desde la adquisición del NIE) le expida el permiso español, pero no quiero cerrar la posibilidad de que según los medios que tuviese tráfico en el lugar donde se gestionase o cuando lo hiciese "p.e. hace 6 años o más" y en lugar de expedir uno nuevo simplemente le inscribieron y estaría vigente, por eso aconsejó siempre cuando exhiben un permiso extranjero y nie pasar este último por el terminal de tráfico.
Disculpad por la chapa, no se si he aclarado el motivo por el cual lo puse así.
Un saludo
Pero había que matizar esto, por qué a mi entender esto podría podría traer equívocos y había que matizar.
Tema solucionado Móvil. Un placer dialogar contigo.
Saludos.
agenjo
Re: (#Protocolo) Triptico actuación con permisos conducción extranjeros
Ok agenjo gracias por el apunte, aquí os dejo un par de instrucciones que considero interesantes, la del 2015 por repasar y la del 2018 ya que hemos hablado del canje.
Un placer y un saludo.
Un placer y un saludo.
- Archivos
Movil
Re: (#Protocolo) Triptico actuación con permisos conducción extranjeros
Muchas gracias por el aporte
sierra22
Modificación
Muy buenas compañeros, debido a la instrucción de la DGT 2018-C-131-S-148 afectando a la forma de actuar con los permisos de la UE y EEE y haciendo alusión al próximo acuerdo de canje de Costa Rica, he modificado el tríptico.
Si queréis lo podéis descargar desde el primer mensaje.
Un saludo.
Si queréis lo podéis descargar desde el primer mensaje.
Un saludo.
Movil
Re: (#Protocolo) Triptico actuación con permisos conducción extranjeros
Gracias por el aporte y la aclaración
bajoroma
Re: (#Protocolo) Triptico actuación con permisos conducción extranjeros
muchas gracias gran aporte
Halcon 0
OJO CON ESTA INSTRUCCION
COMPAÑEROS no olvideis esta instrucción de diciembre en cuanto al 15.4
gracias por el aporte
gracias por el aporte
- Archivos
Panzeriki
Permiso de conducción Japón
Hola, estoy el mirando el tríptico de permisos de conducir, y me ha surgido una duda. Según entiendo yo, en los países con acuerdo de canje no es necesario el permiso internacional, y pueden circular durante 6 meses desde su entrada en España, y si adquieren la residencia en España, 6 meses mas. He visto que en este grupo se encuentra Japón, y me extraña que con un permiso escrito en idioma japonés, que no debe entenderse nada, no haga falta el permiso internacional ni ninguna traducción. No se si lo he entendido mal o estoy en lo cierto.
Un saludo.
sicora
Re: (#Protocolo) Triptico actuación con permisos conducción extranjeros
Muy buenas Sicora, efectivamente los conductores de 3ros piases con acuerdo de canje no tienen obligación de presentar PIC ya que así viene recogido en los acuerdos puesto que pueden circular temporalmente y es trabajo nuestro que dispongamos de ellos y podamos observar las equivalencias de permisos, igual que pasa con el de Corea, que tampoco se entiende mucho...
En el caso concreto de Japón, es el único país que si necesita PIC, pero no porque no se entienda, sino porque en el acuerdo no le habilita a circular temporalmente y si un español fuese a Japón estaría en las mismas circunstancias.
Espero haberte ayudado.
Un saludo.
En el caso concreto de Japón, es el único país que si necesita PIC, pero no porque no se entienda, sino porque en el acuerdo no le habilita a circular temporalmente y si un español fuese a Japón estaría en las mismas circunstancias.
Espero haberte ayudado.
Un saludo.
Movil
Re: (#Protocolo) Triptico actuación con permisos conducción extranjeros
Ok. Muchas gracias por la respuesta.
sicora
Re: (#Protocolo) Triptico actuación con permisos conducción extranjeros
Gracias, lo voy a imprimir ahora mismo
amoros110
Re: (#Protocolo) Triptico actuación con permisos conducción extranjeros
Buenas compañeros, os dejo un enlace a un blog que trata sobre el tema que estáis debatiendo. A mí me ha resultado muy útil.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Si no os funciona copiar el enlace en la barra del buscador.
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
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tawa82
Re: (#Protocolo) Triptico actuación con permisos conducción extranjeros
Buenas compañeros, si un extranjero conduce pasado el plazo para solicitar el canje y no lo ha hecho, entiendo que el vehículo se inmoviliza si no trae a otro conductor, sabéis si hay aguna instrucción al respecto?
Un saludoi.
Un saludoi.
Partav
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