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(#Consulta) Supuesto de transporte de mercancías
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cicuta
Kuothz
Sherlock
7 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: TRANSPORTES Y VEHICULOS ESPECIALES
Página 1 de 1.
(#Consulta) Supuesto de transporte de mercancías
Buenos días compañeros, os expongo un supuesto que le ocurrió el otro día a unos compañeros, estando yo de apoyo de los mismos.
Paran a un vehículo tipo furgoneta, tras una inspección del vehículo, se observa de que este transporta numerosas cajas de cartón, que en el interior de las mismas se encuentra la siguiente mercancía: bolsas de pan congelado. Mencionar que el vehículo en cuestión no es ni isotermo ni refrigerado.
Tras entrevistarnos con el conductor, este manifiesta que: el pan se lo compra a una empresa de otro municipio, no presentando ningún tipo de factura ni comprobante de compra, y que él se encarga de distribuirlos a sus clientes, en este caso, se trata de establecimientos públicos o comerciales. No presentando ningún tipo de albarán o documento de dichas transacciones. Que es autónomo, no presentando tampoco ningún tipo de documentación sobre esto.
Manifestando el mismo, que anteriormente trabajaba para dicha empresa y hacía el reparto del pan de dicha empresa a los clientes de esta.
Las cuestiones que planteo, además de las infracciones detectadas, según las manifestaciones de esta persona, son las siguientes:
O podría ser al revés, creo que son buenos ejemplos, para distinguir de forma práctica la realización de un tipo de transporte y de otro.
Un saludo y gracias por vuestra contestación.
Paran a un vehículo tipo furgoneta, tras una inspección del vehículo, se observa de que este transporta numerosas cajas de cartón, que en el interior de las mismas se encuentra la siguiente mercancía: bolsas de pan congelado. Mencionar que el vehículo en cuestión no es ni isotermo ni refrigerado.
Tras entrevistarnos con el conductor, este manifiesta que: el pan se lo compra a una empresa de otro municipio, no presentando ningún tipo de factura ni comprobante de compra, y que él se encarga de distribuirlos a sus clientes, en este caso, se trata de establecimientos públicos o comerciales. No presentando ningún tipo de albarán o documento de dichas transacciones. Que es autónomo, no presentando tampoco ningún tipo de documentación sobre esto.
Manifestando el mismo, que anteriormente trabajaba para dicha empresa y hacía el reparto del pan de dicha empresa a los clientes de esta.
Las cuestiones que planteo, además de las infracciones detectadas, según las manifestaciones de esta persona, son las siguientes:
- ¿Cuando trabaja para la empresa que tipo de transporte realizaba, transporte privado complementario?
- ¿Ahora, cuando no se encuentra trabajando para la empresa, se encontraría realizando transporte público de mercancías?
O podría ser al revés, creo que son buenos ejemplos, para distinguir de forma práctica la realización de un tipo de transporte y de otro.
Un saludo y gracias por vuestra contestación.
Sherlock
Re: (#Consulta) Supuesto de transporte de mercancías
Buenas. Si el vehículo tipo furgoneta tiene una masa máxima inferior a 2000 kg está exento de cualquier autorizacion.
Yo siempre miro que si vehículo, mercancía y conductor son de la misma empresa no hay duda. Cuando no hay relación entre vehículo, mercancía o conductor siempre es público .
Yo siempre miro que si vehículo, mercancía y conductor son de la misma empresa no hay duda. Cuando no hay relación entre vehículo, mercancía o conductor siempre es público .
Kuothz
Re: (#Consulta) Supuesto de transporte de mercancías
En ambos casos pienso que sería privado complementario.
en este caso además de que el vehículo debe petenecer a a la empresa, su conductor debe ser trabajador, y la mercancía propiedad de la misma empresa ( igual para autónomo), y debe de portar la documentación que así lo acredite.
Con MMA de hasta 3500kg está exento de título habilitante( T. transporte).
Pero insisto ue debe demostrar estas condiciones, sino se entenderá que es transporte público, y en ese caso la exención es hasta MMA 2000 kg
en este caso además de que el vehículo debe petenecer a a la empresa, su conductor debe ser trabajador, y la mercancía propiedad de la misma empresa ( igual para autónomo), y debe de portar la documentación que así lo acredite.
Con MMA de hasta 3500kg está exento de título habilitante( T. transporte).
Pero insisto ue debe demostrar estas condiciones, sino se entenderá que es transporte público, y en ese caso la exención es hasta MMA 2000 kg
cicuta
Re: (#Consulta) Supuesto de transporte de mercancías
Comparto ambas opiniones;
Importantisimo saber MMA del vehículo (furgoneta)
Transporte Publico hasta 2000 kgs de MMA exento de tarjeta de transporte y en privado complementario hasta 3500 kgs.
Cuando trabajaba con la empresa del pan (por cuenta ajena) privado complementario sin dudas (pero puede que no necesite tarjeta ni documento de control de carga según MMA de la furgoneta.
Cuando se hace autónomo (pro cuenta propia) y se dedica al transporte sería transporte público y necesitaría tarjeta si supera los 2000 kgs de MMA la furgoneta.
Si necesitara tarjeta tendría que llevar documento de control de carga.
Si el pan esta elaborado y ya para venta final (envasado) en cualquier tipo de vehículo con unas mínimas condiciones de seguridad e higiénico sanitarias, no se le aplicaría el ATP (normativa sectorial de perecederas)
Si esta preparado para la venta final sin envasar igualmente hay algunos requisitos del vehículo y del tipo de caja o envase general de todo el pan pero sin aplicar ATP
Los productos sin envasar sólo podrán transportarse en vehículos cerrados de tracción mecánica, cuya apertura se realizará únicamente en el momento de la entrega. Estos vehículos deben cumplir con determinados requisitos técnicos e higiénicos. Como por ejemplo, el techo o tapa del vehículo, las paredes y los suelos, deberán ser metálicos o de material macromolecular duro y, ninguna parte, deberá estar formada por telas o lonas.
Si el pan esta congelado o semipreparado si se debe aplicar la normativa ATP Certificado ATP y tipo de vehículo adecuado según el caso, Frigorífico (congelado largo recorrido) Refrigerante (congelados en recorridos medios y cortos).
Pan semipreparado dependerá del caso si se aplicara el ATP con vehículos Isotermos o Refrigerantes según distancia o reparto y grado de elaboración de la masa del pan
Un saludo
Importantisimo saber MMA del vehículo (furgoneta)
Transporte Publico hasta 2000 kgs de MMA exento de tarjeta de transporte y en privado complementario hasta 3500 kgs.
Cuando trabajaba con la empresa del pan (por cuenta ajena) privado complementario sin dudas (pero puede que no necesite tarjeta ni documento de control de carga según MMA de la furgoneta.
Cuando se hace autónomo (pro cuenta propia) y se dedica al transporte sería transporte público y necesitaría tarjeta si supera los 2000 kgs de MMA la furgoneta.
Si necesitara tarjeta tendría que llevar documento de control de carga.
Si el pan esta elaborado y ya para venta final (envasado) en cualquier tipo de vehículo con unas mínimas condiciones de seguridad e higiénico sanitarias, no se le aplicaría el ATP (normativa sectorial de perecederas)
Si esta preparado para la venta final sin envasar igualmente hay algunos requisitos del vehículo y del tipo de caja o envase general de todo el pan pero sin aplicar ATP
Los productos sin envasar sólo podrán transportarse en vehículos cerrados de tracción mecánica, cuya apertura se realizará únicamente en el momento de la entrega. Estos vehículos deben cumplir con determinados requisitos técnicos e higiénicos. Como por ejemplo, el techo o tapa del vehículo, las paredes y los suelos, deberán ser metálicos o de material macromolecular duro y, ninguna parte, deberá estar formada por telas o lonas.
Si el pan esta congelado o semipreparado si se debe aplicar la normativa ATP Certificado ATP y tipo de vehículo adecuado según el caso, Frigorífico (congelado largo recorrido) Refrigerante (congelados en recorridos medios y cortos).
Pan semipreparado dependerá del caso si se aplicara el ATP con vehículos Isotermos o Refrigerantes según distancia o reparto y grado de elaboración de la masa del pan
Un saludo
almendro
Re: (#Consulta) Supuesto de transporte de mercancías
Buenas noches. Yo lo veo así:
Si el conductor ha comprado previamente la mercancía a la panadería, sería servicio privado complementario pues es su mercancía. Ahora bien como dice que no acredita dicha situación de manera fehaciente(factura o similar) y además es autónomo, pues SP y ya se miraría si sobrepasa los 2000 kg para exigir título habilitante.
En relación al ATP, si son panes ultracongelados, sería de aplicación dicha normativa.
Así lo veo yo. Un saludo
Si el conductor ha comprado previamente la mercancía a la panadería, sería servicio privado complementario pues es su mercancía. Ahora bien como dice que no acredita dicha situación de manera fehaciente(factura o similar) y además es autónomo, pues SP y ya se miraría si sobrepasa los 2000 kg para exigir título habilitante.
En relación al ATP, si son panes ultracongelados, sería de aplicación dicha normativa.
Así lo veo yo. Un saludo
airam83
Re: (#Consulta) Supuesto de transporte de mercancías
Buenas ,
Como bien se ha dicha ya en las demas respuestas debe acreditar varias cosas
Cumplimiento del Articulo 102 .2 de la LOTT ( TRANSPORTES PRIVADOS COMPLEMENTARIOS) si no acredita pasa a ser Servicio Público .- denunciar :
EA01.01 " Realizar transporte público de mercancías careciendo de título habilitante. haciendo constar mercancia no guarda relación laboral con la empresa y conductor tampoco.
denuncia por llevar Pan precongelado o congelado a la Reglamentación de ATP
HA02.01
La realización de transportes de productos alimenticios o mercancías perecederas utilizando un vehículo que carezca del certificado de conformidad para el transporte de mercancías perecederas o tenerlo caducado o falseado
Privado complementario : Vehiculo de la empresa, carga perteneciente a la empresa y conductor asalariado de la empresa
espero haber ayudado un saludo
Como bien se ha dicha ya en las demas respuestas debe acreditar varias cosas
Cumplimiento del Articulo 102 .2 de la LOTT ( TRANSPORTES PRIVADOS COMPLEMENTARIOS) si no acredita pasa a ser Servicio Público .- denunciar :
EA01.01 " Realizar transporte público de mercancías careciendo de título habilitante. haciendo constar mercancia no guarda relación laboral con la empresa y conductor tampoco.
denuncia por llevar Pan precongelado o congelado a la Reglamentación de ATP
HA02.01
La realización de transportes de productos alimenticios o mercancías perecederas utilizando un vehículo que carezca del certificado de conformidad para el transporte de mercancías perecederas o tenerlo caducado o falseado
Privado complementario : Vehiculo de la empresa, carga perteneciente a la empresa y conductor asalariado de la empresa
espero haber ayudado un saludo
JJ
Re: (#Consulta) Supuesto de transporte de mercancías
¿Cuando trabaja para la empresa que tipo de transporte realizaba, transporte privado complementario?Sherlock escribió:
- ¿Cuando trabaja para la empresa que tipo de transporte realizaba, transporte privado complementario?
- ¿Ahora, cuando no se encuentra trabajando para la empresa, se encontraría realizando transporte público de mercancías?
Si es un asalariado de la empresa , a mi entender seria un privado complementario. La empresa fabrica el pan y lo distribuye(ésto ultimo es un complemento de su actividad principal)
¿Ahora, cuando no se encuentra trabajando para la empresa, se encontraría realizando transporte público de mercancías?
en este caso sería un Público. Se dedica al transporte ya que por realizarlo cobra a la panificadora.
Y como te han dicho más arriba, Publico y una MMA +2000kg tarjeta transporte. Privado complementario y una MMA +3500kg tarjeta-
Y la denuncia a Transportes por no llevar isotermo o frigorifico
gekosbd
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