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(#Formación) Limites genéricos de velocidad y margen de activación radar Empty (#Formación) Limites genéricos de velocidad y margen de activación radar

Mensaje  charro 30.07.16 9:34

Representación gráfica de los limites de velocidad genéricos dependiendo del vehículo y la vía por la que circula y el margen de error para activación del cinemómetro.


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(#Formación) Limites genéricos de velocidad y margen de activación radar Empty Re: (#Formación) Limites genéricos de velocidad y margen de activación radar

Mensaje  chelu 18.05.17 2:01

Perdona compañero. La información no es del todo correcta. Esos márgenes de error que expones son correctos pero solo para radares móviles. +-7% para velocidades de más 100km/h; para velocidades menores o iguales a 100 el margen es de +-7km/h. Por otro lado, para los fijos y velocidades superiores a 100 km/h salta con un margen de error del +-5% y para las iguales e inferiores a 100km/h el margen de error es de +-5km/h. Ver [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]

Un saludo.
chelu
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(#Formación) Limites genéricos de velocidad y margen de activación radar Empty Re: (#Formación) Limites genéricos de velocidad y margen de activación radar

Mensaje  jacordoba14 24.05.17 12:43

chelu escribió:Perdona compañero. La información no es del todo correcta. Esos márgenes de error que expones son correctos pero solo para radares móviles. +-7% para velocidades de más 100km/h; para velocidades menores o iguales a 100 el margen es de +-7km/h. Por otro lado, para los fijos y velocidades superiores a 100 km/h salta con un margen de error del +-5% y para las iguales e inferiores a 100km/h el margen de error es de +-5km/h. Ver [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]

Un saludo.

Estás confundiendo el margen de error del radar con la tolerancia. El margen de error es el que tú comentas. La tolerancia es la que aparece en la imagen. Por ejemplo, por debajo de 131 en caso de que la vía este limitada a 120, no se activa el radar. En el caso de que circules a 154 y el radar sea fijo se aplica el margen error establecido del 5% lo que te hace estar por debajo del 151 y se sancionaria con 100 euros y 0 puntos. 

En realidad es una ventaja que la dgt da a los conductores porque podría haber optado por hacer que los radares se activen justo cuando comienza el margen de error, pero ha preferido no hacerlo así. 
Un saludo.
jacordoba14
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(#Formación) Limites genéricos de velocidad y margen de activación radar Empty Re: (#Formación) Limites genéricos de velocidad y margen de activación radar

Mensaje  chelu 26.05.17 2:04

jacordoba14 escribió:
chelu escribió:Perdona compañero. La información no es del todo correcta. Esos márgenes de error que expones son correctos pero solo para radares móviles. +-7% para velocidades de más 100km/h; para velocidades menores o iguales a 100 el margen es de +-7km/h. Por otro lado, para los fijos y velocidades superiores a 100 km/h salta con un margen de error del +-5% y para las iguales e inferiores a 100km/h el margen de error es de +-5km/h. Ver [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]

Un saludo.

Estás confundiendo el margen de error del radar con la tolerancia. El margen de error es el que tú comentas. La tolerancia es la que aparece en la imagen. Por ejemplo, por debajo de 131 en caso de que la vía este limitada a 120, no se activa el radar. En el caso de que circules a 154 y el radar sea fijo se aplica el margen error establecido del 5% lo que te hace estar por debajo del 151 y se sancionaria con 100 euros y 0 puntos. 

En realidad es una ventaja que la dgt da a los conductores porque podría haber optado por hacer que los radares se activen justo cuando comienza el margen de error, pero ha preferido no hacerlo así. 
Un saludo.
No jacordoba14. Confundido no estoy en absoluto ya que facilité dicha información a fin de aclarar de la forma más correcta posible, y con la mejor de las intenciones, unos datos que de ser entendidos como ciertos podrían llegar a producir error, aunque también es verdad, que sin mayores consecuencias. Siento decepcionarte.
El compañero Charro dijo en el mensaje que publicó, cito literalmente salvo lo descrito entre paréntesis, “Representación gráfica de los límites de velocidad genéricos dependiendo del vehículo y la vía por la que circula (primera imagen) y el margen de error para activación del cinemómetro (segunda imagen)”.
Verdaderamente no tengo ni puñetera idea de cómo pudiste interpretar su mensaje y el mío y lo que realmente puedas entender por tolerancia* y a qué te refieres con la misma, ya que independientemente de lo que sea, mi aclaración fue la correcta y para que se pudiera comprobar dejé en enlace a la ORDEN de METROLOGÍA. Pero… ¡Ah!, ya sé a qué te has querido referir y no supiste terminar de explicar, leñe. Ya caí. Esos datos que con la mejor de las intenciones has mezclado y citas, compañero jacordoba14, son los correspondientes al cuadro de sanciones y puntos por exceso de velocidad (infracción sobre el exceso de velocidad captado por cinemómetro) del ANEXO IV del RDL 6/2015; ves, al final el confundido no era yo sino tú.
La DGT no tiene preferencias, tiene normativa que aplicar, en cualquiera de sus formas. La DGT no da ventajas. Las ventajas las dan comercios con sus tarjetas de fidelización de clientes porque te dan puntos con cada compra; la DGT con cada “compra” te los quita.
Las infracciones son las que son, cuando aplicando el margen de error, dependiendo de que se trate de un cinemómetro fijo o móvil de los más “comunes”, más que nada por no querer entrar en explicar los diferentes tipos de radares por tipo de funcionamiento y volver además a repetirme en el primer mensaje. Para ello te podrá ilustrar perfectamente el ANEXO III de la ORDEN referenciada
* Tolerancia: Según la Real academia de la Lengua Española es la máxima diferencia que se tolera o admite entre el valor nominal y el valor real o efectivo en las características físicas y químicas de un material, pieza o producto.
Espero no confundirme esta vez. Sin acritud.
Un saludo compañero.
chelu
chelu



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(#Formación) Limites genéricos de velocidad y margen de activación radar Empty Re: (#Formación) Limites genéricos de velocidad y margen de activación radar

Mensaje  jacordoba14 26.05.17 13:29

chelu escribió:
jacordoba14 escribió:

Estás confundiendo el margen de error del radar con la tolerancia. El margen de error es el que tú comentas. La tolerancia es la que aparece en la imagen. Por ejemplo, por debajo de 131 en caso de que la vía este limitada a 120, no se activa el radar. En el caso de que circules a 154 y el radar sea fijo se aplica el margen error establecido del 5% lo que te hace estar por debajo del 151 y se sancionaria con 100 euros y 0 puntos. 

En realidad es una ventaja que la dgt da a los conductores porque podría haber optado por hacer que los radares se activen justo cuando comienza el margen de error, pero ha preferido no hacerlo así. 
Un saludo.
No jacordoba14. Confundido no estoy en absoluto ya que facilité dicha información a fin de aclarar de la forma más correcta posible, y con la mejor de las intenciones, unos datos que de ser entendidos como ciertos podrían llegar a producir error, aunque también es verdad, que sin mayores consecuencias. Siento decepcionarte.
El compañero Charro dijo en el mensaje que publicó, cito literalmente salvo lo descrito entre paréntesis, “Representación gráfica de los límites de velocidad genéricos dependiendo del vehículo y la vía por la que circula (primera imagen) y el margen de error para activación del cinemómetro (segunda imagen)”.
Verdaderamente no tengo ni puñetera idea de cómo pudiste interpretar su mensaje y el mío y lo que realmente puedas entender por tolerancia* y a qué te refieres con la misma, ya que independientemente de lo que sea, mi aclaración fue la correcta y para que se pudiera comprobar dejé en enlace a la ORDEN de METROLOGÍA. Pero… ¡Ah!, ya sé a qué te has querido referir y no supiste terminar de explicar, leñe. Ya caí. Esos datos que con la mejor de las intenciones has mezclado y citas, compañero jacordoba14, son los correspondientes al cuadro de sanciones y puntos por exceso de velocidad (infracción sobre el exceso de velocidad captado por cinemómetro) del ANEXO IV del RDL 6/2015; ves, al final el confundido no era yo sino tú.
La DGT no tiene preferencias, tiene normativa que aplicar, en cualquiera de sus formas. La DGT no da ventajas. Las ventajas las dan comercios con sus tarjetas de fidelización de clientes porque te dan puntos con cada compra; la DGT con cada “compra” te los quita.
Las infracciones son las que son, cuando aplicando el margen de error, dependiendo de que se trate de un cinemómetro fijo o móvil de los más “comunes”, más que nada por no querer entrar en explicar los diferentes tipos de radares por tipo de funcionamiento y volver además a repetirme en el primer mensaje. Para ello te podrá ilustrar perfectamente el ANEXO III de la ORDEN referenciada
* Tolerancia: Según la Real academia de la Lengua Española es la máxima diferencia que se tolera o admite entre el valor nominal y el valor real o efectivo en las características físicas y químicas de un material, pieza o producto.
Espero no confundirme esta vez. Sin acritud.
Un saludo compañero.

Lamento profundamente tu grado de susceptibilidad por el hecho de decirte que estás confundido, y de hecho lo estás. También lamento no haberme podido expresar lo suficientemente claro para que logres comprenderlo.
En el primer mensaje dices que esos margenes de error son correctos para radares móviles. Error. NO son margenes de error, es distinto, es la tolerancia del radar. 
Te explico lo que significa esa tolerancia, que por cierto, no me lo saco de la manga tal y como dejas insinuar. Si conocieras la instrucción 15TV83 (que es la que aclara perfectamente este asunto) de la DGT lo entenderías perfectamente. En su primer apartado ya utiliza la palabra "Tolerancia de los equipos", no margen de error.
Una simple búsqueda en google utilizando las frase "tolerancia radares" te hubiera bastado para dar con la información correcta pues son muchas las webs que se hacen eco de la información. Sin embargo has preferido utilizar la RAE para encontrar el significado del término, otro error, pues incluso has utilizado la acepción incorrecta para el caso. 

Voy a intentar dar luz al asunto con la acepción que si lo es: "Acción y efecto de tolerar". Ahora nos vamos a la definición de tolerar: "Permitir algo que no se tiene por lícito, sin aprobarlo expresamente".
En una vía limitada a 120, el margen de error de un radar es el 5%. El 5% de 120 es 6. El radar se podría activar a 127, pues restando 6, la cifra es 121, y estás cometiendo una infracción. Tal instrucción deja claro que el radar en una vía limitada a 120 solo se activa en 131, por lo tanto puedes circular a 127, 128, 129 y 130 que no te va a cazar nadie. ¿Está permitido circular a esas velocidades? NO, ¿Alguien te va a sancionar? NO. Por lo tanto se permite algo que no se tiene por licito, sin aprobarlo expresamente, vaya, la definición que he dejado antes. 
¿Para qué se hace esto? Para unificar criterios, para evitar que un conductor que circule a 128 sea denunciado en Sevilla y otro en Bilbao donde el agente ha configurado el radar para que se active a 130 no lo sea. 

Y SI, Chelu, la DGT en este caso ha dado una ventaja a los conductores, porque es la que ha dictado la instrucción, pero oye, no te digo que no haya comercios que también las den. ¿Cual es la ventaja? También es sencillo, si circulas a 128 en el mismo caso anterior no eres denunciado porque no se activa el radar y por tanto 100 euros que no vuelan de tu bolsillo, o 50 en caso de pronto pago, en los tiempos que corren estarás de acuerdo conmigo en que es una ventaja.

¿Por qué te cito el Anexo IV del RDL 6/2015, concretamente el segundo tramo? En primer lugar para dejarte un ejemplo práctico donde pudieras ver la diferencia, pobre de mi. Y en segundo lugar, porque es realmente donde empieza a aplicarse esos margenes de error a los que haces referencia, ya que en el primer tramo ya están subsumidos en la TOLERANCIA

Un saludo y espero haber sido más claro esta vez.
jacordoba14
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(#Formación) Limites genéricos de velocidad y margen de activación radar Empty Re: (#Formación) Limites genéricos de velocidad y margen de activación radar

Mensaje  chelu 26.05.17 15:05

Ja ja ja De esta sacamos las espadas ja ja ja

Sigo sin estar de acuerdo pero dame un poco de márgen para poder invertir algo de tiempo en contestarte. Y dicho sea de paso, me gusta este enfrentamiento dialéctico y te lo agradezco. Ojalá que saquemos algo en claro. No he querido faltarte al respeto aunque si probablemente que subir el tono y dar un poco de tensión ja ja ja.

Un fuerte abrazo jacordoba14.
chelu
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