Últimos temas
ESTADISTICAS WEB
*INFOPOLICIAL WEB fue creada el 17.04.11 21:17, lleva exactamente 4969 días de vida.
*Hasta ahora sus 17721 usuarios han escrito 26273 temas en los 165 foros que existen.
*Tu, Invitado, has escrito 9 posts desde que te registraste el 01.01.70
Tu última visita fue 01.01.70
23.11.24 9:00
*Hasta ahora sus 17721 usuarios han escrito 26273 temas en los 165 foros que existen.
*Tu, Invitado, has escrito 9 posts desde que te registraste el 01.01.70
Tu última visita fue 01.01.70
23.11.24 9:00
Los miembros más etiquetados
@amando (98) | ||||
@charro (17) | ||||
@pitutis (15) | ||||
@agustin234 (12) | ||||
@panteloguerra (11) | ||||
@INFOPOLICIAL (10) | ||||
@Tesis (8) | ||||
@Pulo (8) | ||||
@joseruizlopez (5) |
Miembros que empiezan más temas
INFOPOLICIAL | ||||
charro | ||||
agustin234 | ||||
JOJIBA | ||||
Panchovilla | ||||
pitutis | ||||
Pulo | ||||
adt468 | ||||
laracroft | ||||
1322 |
(#Consulta) ¿Delito leve se anota en el libro registro?
4 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: SEGURIDAD CIUDADANA :: ACTUACION PENAL
Página 1 de 1.
(#Consulta) ¿Delito leve se anota en el libro registro?
Buenas, tengo la siguiente duda, en el manual de práctica policial de Manuel Vecino Castro dice que las antiguas faltas no se asientan en el libro registro al que se refiere el actual art 16.3 LOPSC ya que estas son solo para identificar a personas indocumentadas que hayan cometido una infracción a la citada ley y sean trasladadas a comisaría, sin embargo el otro día me pase por una Comisaría y se lo pregunté a los compañeros de CNP y me dijeron que para delitos leves también se asientan en este libro cuando se haya tenido que trasladar a las dependencias para identificarlo.
Alguien me lo puede aclarar, ¿puede haber una errata en el libro?
Alguien me lo puede aclarar, ¿puede haber una errata en el libro?
loboveloz
Re: (#Consulta) ¿Delito leve se anota en el libro registro?
Buenos días,
Ley 4/2015, art. 16, apartado 1.b
Creo que la cuestión queda aclarada.
Un saludo
Ley 4/2015, art. 16, apartado 1.b
Creo que la cuestión queda aclarada.
Un saludo
gaudi90
Re: (#Consulta) ¿Delito leve se anota en el libro registro?
En lo referente al libro registro, se contempla en el art. 16.3 de la Ley 4/2015 de 30 de marzo, donde establece:
"En las dependencias a que se hace referencia en el apartado 2 se llevará un libro-registro en el que sólo se practicarán asientos relacionados con la seguridad ciudadana. Constarán en él las diligencias de identificación practicadas, así como los motivos, circunstancias y duración de las mismas, y sólo podrán ser comunicados sus datos a la autoridad judicial competente y al Ministerio Fiscal. El órgano competente de la
Administración remitirá mensualmente al Ministerio Fiscal extracto de las diligencias de identificación con expresión del tiempo utilizado en cada una. Los asientos de este libro registro se cancelarán de oficio a los tres años."
Es decir que toda persona que se haya llevado a dependencias a los efectos de identificación ya sea por infracción administrativa, o por infracción penal (delito) se deberán anotar en el libro registro y, en función de si se queda o se marcha, se le expedirá un volante acreditativo del tiempo que permaneció en dependencias, la causa y los policías actuantes.
"En las dependencias a que se hace referencia en el apartado 2 se llevará un libro-registro en el que sólo se practicarán asientos relacionados con la seguridad ciudadana. Constarán en él las diligencias de identificación practicadas, así como los motivos, circunstancias y duración de las mismas, y sólo podrán ser comunicados sus datos a la autoridad judicial competente y al Ministerio Fiscal. El órgano competente de la
Administración remitirá mensualmente al Ministerio Fiscal extracto de las diligencias de identificación con expresión del tiempo utilizado en cada una. Los asientos de este libro registro se cancelarán de oficio a los tres años."
Es decir que toda persona que se haya llevado a dependencias a los efectos de identificación ya sea por infracción administrativa, o por infracción penal (delito) se deberán anotar en el libro registro y, en función de si se queda o se marcha, se le expedirá un volante acreditativo del tiempo que permaneció en dependencias, la causa y los policías actuantes.
pol205
Re: (#Consulta) ¿Delito leve se anota en el libro registro?
Sea cual sea el motivo por el que se traslada, cuando lleves a una persona a dependencias al objeto de identificación, por no haberla podido hacer por ningún otro medio, deberás dejar constancia en el Libro Registro de Identificados, expidiendo el correspondiente volante, que requiere la L. O. 4/2015, de 30 de marzo.
Si no tenéis el formato, en la WEB está colgado también para que podáis utilizarlo.
No importa si es por delito leve, menos grave, grave, infracción administrativa, si lo trasladas a efectos de identificación, lo anotas en el libro y expides el volante.
Un saludo.
Muy buena aportación de los compañeros!
Buen fin de semana.
____________________________________________________________________
Invitado Recuerda votar [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
Pincha [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]si se ha resuelto tu consulta
Pincha [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]si se ha resuelto tu consulta
panteloguerra
Temas similares
» (#Consulta) Consideración del denunciado por delito leve
» (#Consulta) Libro registro menores detenidos
» (#Consulta) Delito leve o menos grave
» (#Consulta) delito leve de hurto sigue siendo delito público
» (#Consulta) Detención por delito leve 496 LCR
» (#Consulta) Libro registro menores detenidos
» (#Consulta) Delito leve o menos grave
» (#Consulta) delito leve de hurto sigue siendo delito público
» (#Consulta) Detención por delito leve 496 LCR
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: SEGURIDAD CIUDADANA :: ACTUACION PENAL
Página 1 de 1.
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.
Ayer a las 16:21 por BALOTELLI
» (#Consulta) Vehículo de abandono ocupado trámite legal
18.11.24 19:04 por Pl052
» (#Consulta) QUADS Y REMOLQUES
17.11.24 12:46 por Maquiavelo
» (#Documento) Falsificacion documento publico
14.11.24 17:59 por pitutis
» (#Consulta) ATP CADUCADO SIN TRANSPORTAR
13.11.24 22:38 por Josmah
» (#Consulta) Actuaciones con CBD (consumidores y comercios)
12.11.24 12:37 por xiscop
» LECTURA DERECHOS MENOR DETENIDO
07.11.24 17:31 por MikelA
» Acta protocolo cero de violencia de genero
29.10.24 22:19 por Pepe
» CONDUCIR VEHICULO PARA EL QUE NO HABILITA PERMISO EXTRANJERO NO SUSCEPTIBLE DE CANJE
29.10.24 20:36 por baltoii
» (#Documento) Contestanción DGT ante consulta permiso válido para gruas de arrastre
24.10.24 3:56 por Exup