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Mensaje  charro 08.06.16 10:14

CONCEPTO Y REGULACIÓN

Tradicionalmente los Estados han concedido determinados privilegios e inmunidades a los representantes diplomáticos de otros países, con el fin de que pudieran cumplir con sus misiones lo más eficazmente posible.
En la actualidad, y por lo que al automóvil se refiere, estos privilegios se concretan en franquicias a la importación, exenciones de impuestos y tasas y en la exención de algunos actos reglamentarios de la obligación de homologación de tipo de los vehículos. 
Para dar respuesta y controlar estos privilegios se crearon las matrículas diplomáticas que reúnen las siguientes características:
- Tienen una numeración propia y diferente de la ordinaria.
- Las expide únicamente la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid.
- Las  asigna  el  Ministerio  de  Asuntos Exteriores  que  es  quien  controla el régimen de reciprocidad y procede a su revisión anual.

Estas matrículas pueden ser: Diplomáticas, Consulares, para Organismos Internacionales y para Personal técnico-administrativo de estas delegaciones.

La regulación actual de los privilegios diplomáticos tiene su base en los Convenios de Viena de 18-04-1961 sobre Relaciones Diplomáticas y de 24-04-1963 sobre Relaciones Consulares, así como en los Convenios Internacionales suscritos por España constitutivos de organismos internacionales y en los Acuerdos de sede de estos organismos

PERSONAS CON DERECHO A MATRÍCULA DIPLOMÁTICA
1. Las Misiones Diplomáticas y las Oficinas Consulares con sede en  España. Los vehículos matrícula a nombre de estas entidades llevarán los distintivos CD o CC y deberán dedicarse exclusivamente al servicio oficial.

2. Las Organizaciones Internacionales o supranacionales que hayan suscrito Acuerdo de Sede con el Estado español. Los vehículos llevarán en la matrícula el distintivo OI.

3. Los Agentes diplomáticos, los funcionarios consulares de carrera de nacionalidad extranjera y los funcionarios de Organismos Internacionales con estatuto diplomático. Sus vehículos llevarán, respectivamente, los distintivos CD, CC u OI.

4. El personal técnico-administrativo de las Misiones Diplomáticas y de las Organizaciones Internacionales así como los empleados consulares de las Oficinas consulares. Asimismo podrán hacer uso de este tipo de matriculación, los miembros de los cuarteles de Generales de la OTAN y sus personas dependientes, respecto a sus vehículos privados (Orden PRE 513/2002, de 5 de marzo).  Los vehículos llevarán  el  distintivo  TA.  Esta  matrícula  se  creó  por  el  vigente R.G.V. pues con anterioridad a este personal se le concedía matrícula turística.

Los permisos de circulación correspondientes a estas matrículas son expedidos por la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid a instancia de la Dirección General de Protocolo, Cancillería y Ordenes del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Al tiempo de expedir los permisos de circulación diplomáticos, la Jefatura de Madrid, si se trata de vehículos que anteriormente no han estado matriculados en España, asignará el número de matrícula ordinaria que le hubiese correspondido, de forma que ese será el número de matrícula que ostente el vehículo cuando cese el régimen diplomático.

Si el vehículo ha sido matriculado con anterioridad en España no se hará tal asignación y se entregará en la Jefatura de Madrid el permiso de circulación y la tarjeta de inspección técnica correspondiente a la matrícula ordinaria, al tiempo de expedirse la diplomática.

PERMISOS DE CIRCULACIÓN Y PLACAS DE MATRÍCULA
Los confecciona el Ministerio de Asuntos Exteriores que es quien asigna la matrícula que corresponde a cada vehículo y los remite a la Jefatura de Tráfico de Madrid para su expedición.
Una característica de estas matrículas es que un mismo número puede asignarse a los vehículos que sucesivamente pueda tener la persona beneficiaria y también puede asignarse el mismo número a persona distinta de su anterior titular si este cesa en su cargo.

Son muy similares a los permisos de circulación ordinarios y en ellos consta:
a) Número de matrícula y fecha de matriculación.
b) Nombre y, en su caso, cargo del titular.
c) Marca, modelo y número de bastidor del vehículo.

En cuanto a las placas de matrícula, se distinguen por sus colores y contenido





Cuerpo Diplomático.

- El fondo de las placas será retrorreflectante, de color rojo.
- Los caracteres estampados en relieve irán pintados en color blanco mate.
- En las placas de matrícula se inscribirán tres grupos de caracteres: las letras CD, un prefijo que identifica la Misión Diplomática y un número de orden que corresponde a los vehículos propiedad de la Misión Diplomática o a sus miembros.
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Organizaciones Internacionales.


- El fondo de las placas será retrorreflectante, de color azul.
- Los caracteres estampados en relieve irán pintados en color blanco mate.
- En las placas se inscribirán tres grupos de caracteres: las letras OI, un prefijo que identifica a cada Organización y un número de orden que corresponden a los vehículos propiedad de la Organización o de sus miembros.


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Oficinas Consulares.


- El fondo de las placas será retrorreflectante, de color verde.
- Los caracteres estampados en relieve irán pintados en color blanco mate.
- En  las  placas  se  inscribirán  tres  grupos  de  caracteres:  las  letras  CC,  el  prefijo correspondiente a  la  Misión  Diplomática  de  que  depende  la  Oficina Consular y un número  de  orden  correspondiente a los vehículos propiedad de la Misión Diplomática o de la propia Oficina Consular


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Personal Técnico-Administrativo.


- El fondo de las placas será retrorreflectante, de color amarillo.
- Los caracteres estampados en relieve irán pintados en color negro mate.
- En las placas se inscribirán tres grupos de caracteres: las letras TA, el identificativo de la Misión Diplomática, Organización Internacional u Oficina Consular y el número de  orden de los vehículos pertenecientes a su personal técnico-administrativo.


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4  PASE A MATRICULA ORDINARIA

Uno de los destinos que puede darse a los vehículos con matrícula diplomática una vez que su titular cesa en el puesto que le da derecho a ella o bien porque se quiere sustituir el vehículo, es la venta o transferencia a terceras personas sin derecho a dicha matrícula.


En este caso el titular del vehículo debe remitir las placas y el permiso de circulación diplomático al Ministerio de Asuntos Exteriores quien comunicará a la Jefatura de Tráfico del domicilio del titular o del adquirente el cese en este régimen.
Para que el vehículo pueda circular deberá su propietario solicitar de la Jefatura de Tráfico de su domicilio la expedición del permiso de circulación ordinario correspondiente a la matrícula que en su día le asignó la Jefatura de Madrid. 


Para ello deberá presentar todos los documentos necesarios para la matriculación ordinaria y acreditará el pago o exención de los impuestos que en su día no se pagaron.





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(#Formación) Vehículos en régimen de matrícula diplomática Empty Re: (#Formación) Vehículos en régimen de matrícula diplomática

Mensaje  donquijote107 08.06.16 17:41

Gracias. En el aeropuerto de Barcelona me encuentro con bastantes de estos coches y con algunos que son cónsules honorarios que van con vehículos matriculados de manera ordinaria pero que también tienen los mismo privilegios.
donquijote107
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(#Formación) Vehículos en régimen de matrícula diplomática Empty Re: (#Formación) Vehículos en régimen de matrícula diplomática

Mensaje  miwelon 08.06.16 22:13

Una informacion muy interesante. (#Formación) Vehículos en régimen de matrícula diplomática 1700468496
miwelon
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(#Formación) Vehículos en régimen de matrícula diplomática Empty L.O 16/2015

Mensaje  jpjbcn 10.06.16 16:53

Buenas tardes
Ahondando en el tema, adjunto la L.O. 16.2015, de 27 de octubre, sobre privilegios e inmunidades Estados Extranjeros , Organizaciones Internacionales y Reuniones Internacionales. CONSOLIDADO
Creo que es la última Norma editada sobre el tema
Un saludo
Archivos
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L.O. 16.2015, de 27 de octubre, sobre privilegios e inmunidades Est.Ext, O.I. y Reuniones Inter.consolidado.pdf No tienes los permisos para descargar los archivos.(386 KB) Descargado 128 veces
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(#Formación) Vehículos en régimen de matrícula diplomática Empty lista de códigos de matriculas diplomaticas

Mensaje  almendro 11.06.16 12:49

Muy bueno el resumen sobre matriculas diplomáticas.

Alguien tiene un listado actualizado sobe los códigos de las placas que identifican a cada misión diplomática u organismo internacional.

Muchas gracias
almendro
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(#Formación) Vehículos en régimen de matrícula diplomática Empty Re: (#Formación) Vehículos en régimen de matrícula diplomática

Mensaje  charro 11.06.16 13:40

almendro escribió:Muy bueno el resumen sobre matriculas diplomáticas.

Alguien tiene un listado actualizado sobe los códigos de las placas que identifican a cada misión diplomática u organismo internacional.

Muchas gracias

Desconozco el grado de actualización del listado de códigos, pero el que tengo es éste:

1-Vaticano                        2-Alemania
3-Arabia Saudi                4-Argelia
5-Argentina                        6-Australia
7-Austria                        8-Bélgica
9-Bolivia                           10-Brasil
11-Bulgaria                        12-Camerún
13-Canadá                        14-Colombia
15-Corea del Sur                16-Costa de Marfil
17-Costa Rica                18-Cuba
19-República Checa        20-Chile
21-China                        22-Dinamarca
23-Ecuador                        24-Egipto
25-El Salvador                26-Emiratos Árabes Unidos
27-Estados Unidos              28-Filipinas
29-Finlandia                30-Francia
31-Gabon                        32-Gran Bretaña
33-Grecia                        34-Guatemala
35-Guinea Ecuatorial        36-Haití
37-Hondura                        38-Hungría
39-India                        40-Indonesia
41-Iraq                        42-Irán
43-Irlanda                        44-Italia
45-Japón                           46-Jordania
47-Kuwait                        48-Líbano
49-Libia                        50-Marruecos
51-Mauritania                     52-México    
53-Nicaragua                     54-Nigeria
55-Noruega                       56-SMOM     
57-Holanda                       58-Pakistán  
59-Panamà                       60-Paraguay 
61-Perú                            62-Polonia    
63-Portugal                       64-Kazajstán
65-República Dominicana     66-Rumanía  
67-Siria                            68-Sudáfrica 
69-Suecia                          70-Suiza      
71-Tailandia                       72-Tunez
73-Turquía                         74-Rusia      
75-Uruguay                       76-Venezuela
77-Serbia                         78-República Democrática del Congo       
                                      80-Eslovaquia
81-Qatar                          82-Croacia
83-Israel                          84-Malasia    
85-Angola                         86-Luxemburgo      
                                      88-Bangladesh        
93-Gambia                       96-Guinea
101-Malta                      104-Nueva Zelanda
107-Senegal              118-Yemen
122-Vietnam              124-Cabo Verde
128-Albania                      131-Lituania
132-Letonia                      133-Eslovenia
135-Georgia                     140-Andorra
142-Bosnia Herzegovina     143-Ghana
144-Ucrania              145-Macedonia
148-Estonia                      200-Palestina
400-Kenia                      405-Sudán                                                       
406-Afghanistán               411-Mozambique     
414-Uzbekistán                415-Armenia 
419-Azerbaiján
 

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Mensaje  almendro 11.06.16 14:35

Muchas gracias por el listado lo miro para ver si me falta algún país.

Los organismos internacionales los tienes OTAN 304 etc...

Un saludo
almendro
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Mensaje  Pulo 12.06.16 7:50

Y dicho esto, cómo proceder en caso de que un vehículo de estos cometa alguna infracción?? Lo digo porque ya me pasó con uno que estacionó en un lugar reservado y señalizado para uso de discapacitados. El vehículo fue retirado antes de formular denuncia pero podía darse el caso de que no.
Pulo
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Mensaje  Pulo 12.06.16 7:55

Los códigos de los países son los dos primeros números o los últimos??
Pulo
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(#Formación) Vehículos en régimen de matrícula diplomática Empty Re: (#Formación) Vehículos en régimen de matrícula diplomática

Mensaje  charro 12.06.16 12:06

Pulo escribió:Los códigos de los países son los dos primeros números o los últimos??

Los números que están primero, antes del nombre del país.

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Mensaje  pitutis 12.06.16 19:37

Pulo escribió:Y dicho esto, cómo proceder en caso de que un vehículo de estos cometa alguna infracción?? Lo digo porque ya me pasó con uno que estacionó en un lugar reservado y señalizado para uso de discapacitados. El vehículo fue retirado antes de formular denuncia pero podía darse el caso de que no.

Hola, a mí me paso lo mismo, durante una semana un vehículo con matrícula TA-00-00 estacionaba siempre en la zona del bus escolar, a la salida del colegio, y en principio, los dos primeros días no denunciamos, pero al tercero sí, luego vino el conductor diciendo que no le podíamos denunciar porque estaba exento y que podía estacionar en cualquier lado.

Se hizo consulta a la DGT y nos comunicó que las denuncias a estos vehículos no las cursan acaso que sean reiteradas, vamos que si es 1 ó 2 ni las tramitan, por lo que los tres días que sí le denunciamos, si le llegaron, ya que el conductor vino días más tarde, algo más suave, y nos pidió disculpas.

Te dejo también extracto de la "Guía práctica para el Cuerpo Diplomático acreditado en España", concretamente el punto 9 "Normas de Tráfico", por si te puede ayudar:

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación desea resaltar la importancia que en toda sociedad avanzada se otorga a la preservación y el fomento de la seguridad vial, prevención de accidentes, óptima coordinación de espacios y usos públicos y la especial protección de las personas con dificultades de movilidad para lograr su mejor integración social.

Por ello, además de la obligación de respeto y cumplimiento de las leyes y reglamentos del Estado receptor que los Convenios de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y Consulares imponen a todas las personas que gozan de los privilegios e inmunidades que ambos convenios les otorgan, este Departamento confía en obtener la máxima colaboración del Cuerpo Diplomático y del resto del personal acreditado en España, en el cumplimiento de estas normas y en la defensa de los derechos y valores que ellas protegen, y en especial, tras las facilidades otorgadas por la Ordenanza Municipal del Ayuntamiento de Madrid por la que quedan excluidos de la limitación de duración de estacionamiento y no sujetos al pago de la tasa los vehículos con matrícula CD, CC y OI (Nota Verbal circular n.º 12/7, de 21 de septiembre de 2006), deben ser correspondidas con un adecuado comportamiento cívico por las personas que gozan de estos beneficios.

En consecuencia, este Departamento desea reiterar a los Jefes de Misión y Representantes de las Organizaciones Internacionales la petición efectuada por Nota Verbal 4/7 de 1 de febrero de 1996, de advertencia al personal a sus órdenes de la más estricta observancia de las normas de tráfico.

Asimismo, el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación espera que las multas que puedan ser impuestas por infracción de estas normas sean satisfechas por las Misiones Diplomáticas y Organismos Internacionales acreditados en España, así como por su personal. En caso de discrepancia (de fondo o de forma) con la notificación cursada por la Autoridad competente, se recomienda la utilización de los recursos que la legislación permite, en tiempo y forma, ya que, como regla general, los Servicios de Protocolo del Departamento no intervendrán ante las autoridades españolas en este asunto.

Aunque sólo se hace referencia a las matrículas CD, CC y OI, en la consulta que hicimos a la DGT nos dijeron que vale para todas las matrículas.
Saludos.
pitutis
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Mensaje  donquijote107 13.06.16 11:38

Este tipo de vehículo esta exento del pago de las denuncias pero no de que puedan ser sancionados.

Otra cosa es la recomendación que tienen de hacer el pago de las sanciones pero es más a criterio de la persona que no una obligación.
donquijote107
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Mensaje  almendro 13.06.16 12:53

El listado se puede completar con 
94 Chipre       102 Mónaco       105 San Marino      116 Oman


Las matrículas; las letras indican tipo de matrícula especial OI, CC, CD, AT,
Los dos o tres dígitos de numero en el centro de la matrícula indican la misión diplomática u organismo internacional  y el el último numero que es de dos dígitos el orden de ese vehículo dentro de la misión diplomática. suelen empezar por el 01 del embajador o del Consul y así sucesivamente por orden de jerarquía dentro de las misión. Aunque algunos por seguridad no usan ese orden.


En cuanto a las denuncias; se les puede denunciar perfectamente NO se les debe cobrar ya que la matrícula indica que tiene el estacionamiento habitual en España y los conductores que son de dicha misión con documentación que lo acredite del MAEC  les incluye el premiso de residencia se pude leer en reverso de la documentación acreditativa. Otra cosa es que DGT se las cobre o no (harina de otro costal). Las notas verbales que indica el compi no son las únicas el 3 de septiembre de 2008 reitero el MAEC el deber de cumplimiento de las normas de nuestro país y el consejo de pagar las sanciones de tráfico con independencia del derecho a recurrirlas. Y reitera que el MAEC no intercederá en ninguna denuncia.          
almendro
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Mensaje  policia10759 22.06.16 18:36

:cnnc:muchas  (#Formación) Vehículos en régimen de matrícula diplomática 1700468496
policia10759
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Mensaje  febelo 13.08.16 18:12

Podéis añadir también al listado:

150-Consejo Oleícola Internacional
151-Oficina Educación Iberoamericana
152-Organización Mundial de Turismo
153-Com. Comunidades Europeas
155-Liga de Estados Árabes
157-Secretaría de Cooperación Iberoamericana
159-Oficina Internacional de Trabajo
160-Comisión Internacional del Atún
162-Agencia Espacial Europea
163-A.C.N.U.R
164-Oganización Iberoamericana de la Juventud
303-Centro de Satélite U.E.
304-OTAN
307-Corporación Andina de Fomento
309-Oficina de Naciones Unidas para el Agua
310-ITER (Fusión de la Energía)
311-C.O.M.J.I.B. (Conferencia de Ministros de Justicia de Países Iberoamericano
febelo
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Mensaje  gekosbd 29.08.16 20:30

l hilo de éste tema, procede:
1) La detención del vehículo e identificación del conductor por infracción?
  - En éste caso , puede ser que la persona sea Diplomatica o TA, o simplemente sea       un civil contratado por el Consulado o Embajada.

2) Prueba de alcoholemia, al conductor, y si el resultado fuese penal, imputar DSV
   -puede ser que la persona sea Diplomatica o TA, o simplemente sea       un civil           contratado por el Consulado o Embajada.

3) El registro del vehículo, entiendo que éste es parte del pais, NO procedería.

4) La retirada del vehículo de la vía pública, ya sea por infracción estática o dinámica(entendamos carecer de PC o alcoholemía positiva

Os agradecería que si tenéis algún documento donde explique como actuar en estos casos los colgarais en la web.

Un saludo
gekosbd
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