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(#Consulta) Sucesion en el Mando en la GC
2 participantes
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(#Consulta) Sucesion en el Mando en la GC
Hola compañeros, una consulta sobre la nueva Orden de Productividad, a ver si me podeis decir como lo haceis e información que falta.
En mi Unidad, Intervención de Armas y Explosivos, hay un Capitán y dos Cabos, uno Cabo 1º que se queda de accidental cuando el titular no esta.
El Capitán esta de Comisión de Servicio desde el 20 de mayo hasta el 10 de julio.
Mis preguntas son:
1ª:- En Sigo: ¿Que tipo de Regímen es el correcto y motivo?
Yo tengo puesto: Regímen especial 40 horas y Motivo el del Titular: peronal con funciones de Mando.
Unos dicen es correcto y otros dicen que los días de mayo debe ser de 37.5 horas y accidental y el mes de junio como es completo lo que tengo puesto.
2ª.- ¿Alguien sabe el importe por día de quedarte mando accidental e Interino?, explicado en cristiano, porque la Orden no he encontrado nadie me lo especifique.
Otra cosa que me dicen es que si ese mes de accidental cobro la Productividad no cobro la Sucesión en el Mando porque no se pueden percibir dos productividades. Yo entiendo que la Sucesión en el Mando no es una productividad, sino una responsabilidad, pues te haces cargo de la Unidad al cien por cien. Creo es recurrible vía contencioso ¿verdad?
Madrid me dice que si estoy de accidental el CES lo cobra el titular aúnque este comisionado por tiempo ilimitado, lo cual me parece totalmente injusto pues la Comisión es con carácter indemnizable.
¿Hay alguna chuleta explicativa al respecto? si es así agradeceria me enviarais a mi correo (pedroma61@gmail.com).
Gracías compañeros y cualquier tema sobre Armas, Explosivos, cartuchería o Pirotecnia no dudeis en preguntarme que de eso si estoy al día porque es un tema que me encanta.
Pedro.
En mi Unidad, Intervención de Armas y Explosivos, hay un Capitán y dos Cabos, uno Cabo 1º que se queda de accidental cuando el titular no esta.
El Capitán esta de Comisión de Servicio desde el 20 de mayo hasta el 10 de julio.
Mis preguntas son:
1ª:- En Sigo: ¿Que tipo de Regímen es el correcto y motivo?
Yo tengo puesto: Regímen especial 40 horas y Motivo el del Titular: peronal con funciones de Mando.
Unos dicen es correcto y otros dicen que los días de mayo debe ser de 37.5 horas y accidental y el mes de junio como es completo lo que tengo puesto.
2ª.- ¿Alguien sabe el importe por día de quedarte mando accidental e Interino?, explicado en cristiano, porque la Orden no he encontrado nadie me lo especifique.
Otra cosa que me dicen es que si ese mes de accidental cobro la Productividad no cobro la Sucesión en el Mando porque no se pueden percibir dos productividades. Yo entiendo que la Sucesión en el Mando no es una productividad, sino una responsabilidad, pues te haces cargo de la Unidad al cien por cien. Creo es recurrible vía contencioso ¿verdad?
Madrid me dice que si estoy de accidental el CES lo cobra el titular aúnque este comisionado por tiempo ilimitado, lo cual me parece totalmente injusto pues la Comisión es con carácter indemnizable.
¿Hay alguna chuleta explicativa al respecto? si es así agradeceria me enviarais a mi correo (pedroma61@gmail.com).
Gracías compañeros y cualquier tema sobre Armas, Explosivos, cartuchería o Pirotecnia no dudeis en preguntarme que de eso si estoy al día porque es un tema que me encanta.
Pedro.
pedromadrid
Re: (#Consulta) Sucesion en el Mando en la GC
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