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Estrella (#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana

Mensaje  INFOPOLICIAL 31.03.15 8:45

INFRACCIONES NUEVA LEY:
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Ley Orgánica 4-2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.pdf No tienes los permisos para descargar los archivos.(421 KB) Descargado 2132 veces

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Estrella Re: (#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana

Mensaje  MikiMouse 31.03.15 10:20

Gracias por la información.
MikiMouse
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Estrella (#Legislación) Ley Organica nueva sobre seguridad ciudadana

Mensaje  JOJIBA 02.04.15 11:29

Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.
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LEY SEGURIDAD CIUDADANA NUEVA.pdf BOENo tienes los permisos para descargar los archivos.(513 KB) Descargado 166 veces
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Estrella Re: (#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana

Mensaje  Xorta 02.04.15 13:45

(#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana  1700468496 [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo] y demás moderadores por vuestro trabajo para mantenernos informados y actualizados.

Gran trabajo (#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana  274517233 APLAUDIR


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Algún día, indefectiblemente, has de encontrarte contigo mismo, solo de ti depende que sea el mejor de tus momentos o la mas amarga de tus horas

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Estrella Re: (#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana

Mensaje  INFOPOLICIAL 02.04.15 13:49

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(#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana  1700468496 de parte de todos los que hacemos posible INFOPOLICIAL WEB

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Estrella Infracción de falta de respeto

Mensaje  PAPALIMAECO 03.04.15 21:47

Hola a todos. 

En el artículo 37.4 de esta nueva ley se establece como falta leve:

Las faltas de respeto y consideración cuyo destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad, cuando estas conductas no sean constitutivas de infracción penal.

No entiendo muy bien el porqué se establece concretamente "en el ejercicio de sus funciones de protección de la seguridad

¿que se entiende exactamente por protección de la seguridad?

¿Acaso no será este artículo de aplicación a cualquier miembro de las FCS en el ejercicio de sus funciones?

Ahí lo dejo.

Gracias
PAPALIMAECO
PAPALIMAECO



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Estrella Re: (#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana

Mensaje  MIRELO11 04.04.15 13:51

En mi opinion, para mi eso no deja lugar a dudas, Cuando habla de seguridad y miembro de las FyC de seguridad, implica que es de aplicacion para todos los miembros y para todo tipo de seguridad, es mas..... hasta para la seguridad vial.
Es mi opinion
MIRELO11
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Estrella Re: (#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana

Mensaje  PAPALIMAECO 04.04.15 21:46

Si, eso creo y espero. 

¿Pero que pasa si la falta de respeto es a un policía que esta entregando una notificación judicial o está destinado en una oficia de recogida de denuncias o cualquier destino que en el que no se ejerzan funciones de "protección de la seguridad" propiamente dichas?

El caso es que no entiendo que se añada lo de "funciones de protección de la seguridad", hubiera bastado con que dijera: "en el ejercicio de sus funciones" y punto.  No? no se...

A ver que si alguien más opina al respecto  (#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana  1700468496
PAPALIMAECO
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Estrella Duda Art 16.2

Mensaje  Ivaspe20 06.04.15 19:07

2. Cuando no fuera posible la identificación por cualquier medio, incluida la vía telemática o telefónica, o si la persona se negase a identificarse, los agentes, para impedir la comisión de un delito o al objeto de sancionar una infracción, podrán requerir a quienes no pudieran ser identificados a que les acompañen a las dependencias policiales más próximas en las que se disponga de los medios adecuados para la práctica de esta diligencia, a los solos efectos de su identificación y por el tiempo estrictamente necesario, que en ningún caso podrá superar las seis horas.
Buenas a todos, añadir otra pequeña duda, a que se refiere el artículo 16.2 cuando dice que si no fuera posible la identificación por cualquier medio, incluida la vía telemática o telefónica??
Mi duda viene sobre la palabra telefónica, a que se refiere la ley al decir telefónica?
No sé si es una duda tonta o que le doy muchas vueltas a esto pero claro identificar telefónicamente es posible sin que nos engañen?
Ivaspe20
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Estrella Re: (#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana

Mensaje  INFOPOLICIAL 06.04.15 19:15

Puedes llamar a un familiar u otra persona que preste caucion sobre la identidad del identificado o llamada a tu base para verificar la identidad. Con todos los medios disponibles hoy en dia, yo unicamente me llevaria alguien a una base donde disponga de SAID y para identificar a una persona que tengo fundadas sospechas de su identidad para ser identificarlo a traves de sus huellas. Por lo demas creo que se puede hacer de sobra en el lugar de identificacion
Es mi punto de vista vamos

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Estrella Re: (#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana

Mensaje  psicofony 26.04.15 8:51

gracias por la información
psicofony
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Estrella DUDA ARTIC 16

Mensaje  PACOPASTOR 20.05.15 20:27

yo creo que cuando habla de cualquier medio, y vía telefónica o telepática no se refiere a llamar por teléfono a un familiar del que se va a identificar, sino a cualquier medio que como Agente de la autoridad tengamos a nuestra disposición y nos sean fiables y de confianza, no a los medios que la persona a identificar nos pueda facilitar porque quien nos  garantiza por teléfono los datos que nos dan son fiables. No obstante la práctica nos lo dirá.
PACOPASTOR
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Estrella Re: (#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana

Mensaje  arukiman556 21.05.15 22:46

Efectivamente el teléfono es una buena herramienta de trabajo. Yo actualmente suelo identificar a través de whatsApp. Me explico. El tipo indocumentado, y necesito identificarlo para proceder a su denuncia. Le digo que donde tiene el DNI y me dice que en su casa. Le pregunto si en su casa hay alguien y me dice sí. Le informo que si le mandan la fotografía de su DNI por whatsApp y me permite visualizarlo en su teléfono, me sirve la identificación.

Así me ahorro tener que trasladarlo a dependencias policiales a efectos de identificación.

Un saludo.
arukiman556
arukiman556



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Estrella Re: (#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana

Mensaje  canhelo 28.05.15 11:41

Muchas gracias por el pdf  (#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana  1700468496
canhelo
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Estrella Re: (#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana

Mensaje  PAPALIMAECO 29.05.15 9:42

arukiman556 escribió:Efectivamente el teléfono es una buena herramienta de trabajo. Yo actualmente suelo identificar a través de whatsApp. Me explico. El tipo indocumentado, y necesito identificarlo para proceder a su denuncia. Le digo que donde tiene el DNI y me dice que en su casa. Le pregunto si en su casa hay alguien y me dice sí. Le informo que si le mandan la fotografía de su DNI por whatsApp y me permite visualizarlo en su teléfono, me sirve la identificación.

Así me ahorro tener que trasladarlo a dependencias policiales a efectos de identificación.

Un saludo.

No está mal pensado  pero ¿que garantías tienes de que el documento fotografiado no es falso? ¿usas tu teléfono particular gastando tu cuenta de tarifa de datos?

La verdad es que no entiendo porqué nos complican tanto la vida con esas coletillas, si no llevas el DNI a comisaría y punto, así la gente se acostumbraría a llevarlo encima. Estoy harto de que me digan "te digo el DNI y lo compruebas" no sería la primera vez que nos dan el DNI del hermano o del primo, en fin....

Un saludo
PAPALIMAECO
PAPALIMAECO



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Estrella Re: (#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana

Mensaje  mois 01.06.15 17:15

INFOPOLICIAL escribió:
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Estrella Re: (#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana

Mensaje  xs307 18.06.15 19:18

Muchas gracias.
xs307
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Estrella Re: (#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana

Mensaje  boyinazo 18.08.18 20:20

Cuando hablamos de falta de respeto a los agentes, podríamos denunciar que me pasa bastante amenudo cuando en un control alguien es denunciado o da positivo y empieza a comentarte "me estáis jodiendo, hay gente que vende o que roba y no hacéis nada, me dejáis sin trabajo como vosotros no sabéis lo que es trabajar " y así etc pero sin llegar al insulto
boyinazo
boyinazo



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Estrella Re: (#Legislación) Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana

Mensaje  leonn 18.08.18 21:48

boyinazo escribió:Cuando hablamos de falta de respeto a los agentes, podríamos denunciar que me pasa bastante amenudo cuando en un control alguien es denunciado o da positivo y empieza a comentarte "me estáis jodiendo, hay gente que vende o que roba y no hacéis nada, me dejáis sin trabajo como vosotros no sabéis lo que es trabajar " y así etc pero sin llegar al insulto
Claro que SÍ , esa es una falta de respeto y consideración. En esa expresión te está llamando incompetente, poco profesional , y para finalizar vago.
 Lo habitual es tener mano izquierda y dejarlo estar , teniendo en cuenta su frustración y siempre que no se "venga muy arriba" ... , Pero vamos,que perfectamente puedes remitir el acta con sus palabras textuales a subdelegación y teoricamente le llegará la receta de 100e a su casa.
leonn
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