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(Consulta) Confección de atestados en dos hechos distintos.
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agustin234
ismael1
pl_ibi_03079050
Jaroka60
Lockbruk7
9 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: ATESTADOS
Página 1 de 1.
(Consulta) Confección de atestados en dos hechos distintos.
Os quería comentar un caso que se ha dado en una localidad aledaña a la mía y que estuve debatiendo con los compañeros.
Hubo un accidente sin daños personales graves y solo destrozos mínimos en los dos vehículos implicados.
El conductor del vehículo presenta síntomas de alcoholemia y se le imputa el delito. El otro conductor es un menor de edad y no ha obtenido nunca permiso de conducir alguno.
Además desde base se comprueba que el vehículo en el que viaja el menor ha sido sustraído hace 24 horas.
La duda venía en lo siguiente:
Al parecer se instruyó un solo atestado por todo, donde además se incluyó las diligencias del accidente y se tramitó en via ordinaria, con su correspondiente copia al fiscal de menores y otra al de instrucción.
Otros compañeros piensan que de un lado habría que haber confeccionado un atestado por la alcoholemia, accidente y carencia de permiso, y otro atestado al menor por el robo/hurto del vehículo, y ese se envía original al fiscal de menores, ya que ha habido un hecho separado en el tiempo, que es la sustracción del vehiculo y totalmente independiente a la carencia de permiso del menor.
¿ Cómo lo veis vosotros?.
Hubo un accidente sin daños personales graves y solo destrozos mínimos en los dos vehículos implicados.
El conductor del vehículo presenta síntomas de alcoholemia y se le imputa el delito. El otro conductor es un menor de edad y no ha obtenido nunca permiso de conducir alguno.
Además desde base se comprueba que el vehículo en el que viaja el menor ha sido sustraído hace 24 horas.
La duda venía en lo siguiente:
Al parecer se instruyó un solo atestado por todo, donde además se incluyó las diligencias del accidente y se tramitó en via ordinaria, con su correspondiente copia al fiscal de menores y otra al de instrucción.
Otros compañeros piensan que de un lado habría que haber confeccionado un atestado por la alcoholemia, accidente y carencia de permiso, y otro atestado al menor por el robo/hurto del vehículo, y ese se envía original al fiscal de menores, ya que ha habido un hecho separado en el tiempo, que es la sustracción del vehiculo y totalmente independiente a la carencia de permiso del menor.
¿ Cómo lo veis vosotros?.
Lockbruk7
Respuesta a la consulta de realización de atestado
En mi humilde opinion habría que haber confeccionado un atestado por la alcoholemia, accidente y carencia de permiso, y otro atestado al menor por la sustraccion del vehículo, y ese se envía original al fiscal de menores, ya que ha habido un hecho separado en el tiempo, que es la sustracción del vehiculo y totalmente independiente a la carencia de permiso
Un saludo
Un saludo
Jaroka60
Re: (Consulta) Confección de atestados en dos hechos distintos.
Entiendo que eres partidario de confeccionar dos atestados igual que yo no?. La argumentación de los compis para confeccionar un solo atestado estaba en que el hecho objeto de delito ha estado implicado en el accidente, y cuando redactes las diligencias incluyas además, que el vehiculo figura como sustraido, hecho por el que se imputa el citado delito. Yo, como ya he dicho, al ser dos hechos separados en el tiempo y totalmente independientes unos de otros, prefiero hacer dos por separado.
Si algún compi me argumenta también esto que reflejo, pues más que mejor.
Si algún compi me argumenta también esto que reflejo, pues más que mejor.
Lockbruk7
Re: (Consulta) Confección de atestados en dos hechos distintos.
Hace años intervine en una situación que englobaba diversos y presuntos delitos y consulte a Su Señoría de guardia si instruía un atestado para los varios y presuntos hechos delictivos o confeccionaba varios atestados...........
Respuesta de Su Señoría: "Instruya usted un atestado englobando toda su intervención, y ya veremos en la instrucción si da lugar a piezas separadas".
Dicho y hecho, confeccioné un atestado englobando una alcoholemia positiva, lesiones graves imprudentes, daños en propiedad municipal de menos de 80000 €, conducción sin carné de conducir y coche robado.
Saludos.
Respuesta de Su Señoría: "Instruya usted un atestado englobando toda su intervención, y ya veremos en la instrucción si da lugar a piezas separadas".
Dicho y hecho, confeccioné un atestado englobando una alcoholemia positiva, lesiones graves imprudentes, daños en propiedad municipal de menos de 80000 €, conducción sin carné de conducir y coche robado.
Saludos.
pl_ibi_03079050
Re: (Consulta) Confección de atestados en dos hechos distintos.
Yo opino igual que chache, realizaría un solo atestado diligenciado todo lo ocurrido y que el juez de guardia decida y si hay un menor implicado copial al fiscal de menores.
ismael1
Re: (Consulta) Confección de atestados en dos hechos distintos.
Opino con Chache, los hechos resultantes de UNA INTERVENCIÓN siempre deben ser objeto de UN ATESTADO COMPLETO con todas las diligencias y hechos susceptibles de considerarse delitos o faltas.
Es la Autoridad Judicial en función de su competencia quién dará cuenta a otras sedes Judiciales para que de estimarlo oportuno habran "piezas separadas", si bien para la apertura de esas piezas separadas, también remitirá copia de TODO EL ÚNICO ATESTADO para que todas las instancias conozcan los hechos en su totalidad y entiendan de su parte.
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agustin234
Re: (Consulta) Confección de atestados en dos hechos distintos.
Yo modificaría la pregunta pues no son dos hechos distintos, es un hecho, una intervención y asunto con diversas circunstancias considerables de delito/s y/o falta/s.
La LECRIM trata del atestado en los art. 292 al 298, si bien en ninguno de ellos entran a definir que es el atestado. A modo de recordatorio procedo a realizar un extracto de los artículos más destacados.
En el art 292 establece que los funcionarios de Policía judicial extenderán, bien en papel sellado, bien en papel común, un atestado de las diligencias que practiquen, en el cual especificarán con la mayor exactitud los hechos por ellos averiguados…
La LECRIM trata del atestado en los art. 292 al 298, si bien en ninguno de ellos entran a definir que es el atestado. A modo de recordatorio procedo a realizar un extracto de los artículos más destacados.
En el art 292 establece que los funcionarios de Policía judicial extenderán, bien en papel sellado, bien en papel común, un atestado de las diligencias que practiquen, en el cual especificarán con la mayor exactitud los hechos por ellos averiguados…
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agustin234
Re: (Consulta) Confección de atestados en dos hechos distintos.
Particularmente soy partidario de confeccionar un solo atestado por todos, pues es una actuación que deriaba en varios hechos. Aunque tampoco creo que tratar cada hecho por separado estea mal, simplemente aplicamos criterios diferentes, aunque ante la duda y si podemos preguntaremos al juez de guardía y que el diga como lo quiere cocinado: todo junto o por separado, que al final son los que decicen
El aporte del compañero agustin234, sobre el art. 292 de la Lecrim, nos dá un poco más de luz al respecto, buen aporte
El aporte del compañero agustin234, sobre el art. 292 de la Lecrim, nos dá un poco más de luz al respecto, buen aporte
choro
Re: (Consulta) Confección de atestados en dos hechos distintos.
Hace unos días instruí un delito por el 384 a un menor estando implicado un mayor de edad por cooperación. Dimos cuenta a la Fiscalía de Menores del 384 y en atestado distinto al J. I. de la cooperación.
Sin embargo entendiendo que pueden ser delitos conexos quizás debería haberse instruido un solo atestado atendiendo a a la LECrim. en sus artículos 17, 300 y 762.6.
Espero vuestra opinión.
Sin embargo entendiendo que pueden ser delitos conexos quizás debería haberse instruido un solo atestado atendiendo a a la LECrim. en sus artículos 17, 300 y 762.6.
Espero vuestra opinión.
arba
Re: (Consulta) Confección de atestados en dos hechos distintos.
Yo me mantengo en lo dicho, aunque "cada maestrillo tiene su librillo", haría un ATESTADO COMPLETO DE LOS HECHOS si bien en la DILIGENCIA DE ENTREGA/REMISIÓN, indicaría que se remite UN EJEMPLAR DEL ATESTADO A FISCAL DE MENORES Y OTRO EJEMPLAR COPIA A INSTRUCCIÓN DE GUARDIA.
Entendiendo que SON MISMOS HECHOS RELACIONADOS pero con jurisdicciones distintas.
Entendiendo que SON MISMOS HECHOS RELACIONADOS pero con jurisdicciones distintas.
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agustin234
Re: (Consulta) Confección de atestados en dos hechos distintos.
Yo también me sumo a la línea de instruir un solo atestado, remitiendo copia a los juzgados que deben entender por cada uno de los casos.
Saludos!
Saludos!
Gandalf
Re: (Consulta) Confección de atestados en dos hechos distintos.
Hay que tener en cuenta un par de cuestiones; hablamos de delitos conexos, y si todos son susceptibles de enjuiciar por JR, esos van en un sólo atestado. Pero si hay delitos no enjuiciables por JR, esos necesitan atestado aparte. Por ejemplo, si hay menores, ahí no hay jucio rápido. A mi entender, alcoholemia y permiso de conducir, pueden ir en el mismo atestado, lo del menor no.
Respecto de las consultas a jueces, este país no destaca por la unidad de criterio. Si pillas al juez en la piscina o durmiendo, te puede salir por cualquier sitio. Un pequeño consejo derivado de la experiencia, es que tengáis en cuenta que un atestado por JR se puede pasar sin ningún problema a ordinario. Pero si no completamos la documentación de un JR, el juez de tramitación ordinaria no puede pasarla a rápida (al revés ya digo que sí).
Saludos y buen servicio!
Respecto de las consultas a jueces, este país no destaca por la unidad de criterio. Si pillas al juez en la piscina o durmiendo, te puede salir por cualquier sitio. Un pequeño consejo derivado de la experiencia, es que tengáis en cuenta que un atestado por JR se puede pasar sin ningún problema a ordinario. Pero si no completamos la documentación de un JR, el juez de tramitación ordinaria no puede pasarla a rápida (al revés ya digo que sí).
Saludos y buen servicio!
Deazul
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