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(Consulta) Artículo denuncia "CAT" En matricula
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Migueltorr
INFOPOLICIAL
charro
fortanete
8 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: TRAFICO
Página 1 de 1.
(Consulta) Artículo denuncia "CAT" En matricula
A que articulo se denuncia la colocacion de la pegatinita CAT sobre la E en las placas de matricula.
fortanete
Re: (Consulta) Artículo denuncia "CAT" En matricula
Segun entiendo en la pregunta, la pegatina estaría superpuesta al distintivo "E" que forma parte de la placa de matrícula, por lo que se denunciaría directamente por la Ley de Seguridad Vial. Art 9 Apart 2 Opc 5A " Circular con un vehículo cuyas placas de matrícula presentán obstáculos que impiden o dificultan su lectura o identificación."
A continuación se debe detallar si existe obstáculo, falta de visibilidad o inexistencia de placas, puesto que este articulo engloba y recoge dos opciones que antes se denunciaban por el Reglamento General de Vehículos: La inexistencia de placas (art. 25 del Reglamento Gen. de Veh) y las placas no legibles o visibles ( art. 49 del Reglamento Gen. de Veh)
A continuación se debe detallar si existe obstáculo, falta de visibilidad o inexistencia de placas, puesto que este articulo engloba y recoge dos opciones que antes se denunciaban por el Reglamento General de Vehículos: La inexistencia de placas (art. 25 del Reglamento Gen. de Veh) y las placas no legibles o visibles ( art. 49 del Reglamento Gen. de Veh)
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charro
Re: (Consulta) Artículo denuncia "CAT" En matricula
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INFOPOLICIAL
Vehículo estacionado con placa matrícula confusa
Buenos días.
Tengo una duda respecto a un vehículo estacionado en vía pública, el cual en su placa de matrícula trasera ha instalado un tapón negro de los que tapan los tornillos, creando confusión a la hora de leer la matrícula pues uno de los números parece un 3 en vez de un 8. Al estar estacionado no se le puede denunciar por el art. 10 LSV: Circular con un vehículo cuyas placas de matrícula presentan obstáculos que impiden o dificultan su lectura o identificación. ¿Qué precepto se le podría aplicar en este caso?
Tengo una duda respecto a un vehículo estacionado en vía pública, el cual en su placa de matrícula trasera ha instalado un tapón negro de los que tapan los tornillos, creando confusión a la hora de leer la matrícula pues uno de los números parece un 3 en vez de un 8. Al estar estacionado no se le puede denunciar por el art. 10 LSV: Circular con un vehículo cuyas placas de matrícula presentan obstáculos que impiden o dificultan su lectura o identificación. ¿Qué precepto se le podría aplicar en este caso?
Migueltorr
Re: (Consulta) Artículo denuncia "CAT" En matricula
Migueltorr escribió:Buenos días.
Tengo una duda respecto a un vehículo estacionado en vía pública, el cual en su placa de matrícula trasera ha instalado un tapón negro de los que tapan los tornillos, creando confusión a la hora de leer la matrícula pues uno de los números parece un 3 en vez de un 8. Al estar estacionado no se le puede denunciar por el art. 10 LSV: Circular con un vehículo cuyas placas de matrícula presentan obstáculos que impiden o dificultan su lectura o identificación. ¿Qué precepto se le podría aplicar en este caso?
Aunque en la mayoría de codificados las denuncias a este articulo vienen referenciadas a que se denuncie por el art 9 de la LSV, creo que sería lo mas correcto el denunciarlo por el art 49 del reglamento de vehículos y bien en el propio texto o en observaciones hacer constar que se denuncia por el reglamento y no por la Ley por estar el vehículo estacionado y no circulando.
Art 49 Reglamento General de Vehículos:
En las placas de matrícula deben figurar los caracteres que se indican en el anexo XVIII.
Las dimensiones de las placas de matrícula, así como las de los caracteres a inscribir en ellas, y las separaciones entre caracteres y entre éstos y los bordes de las placas, y sus colores, serán los que se determinan en dicho anexo.
Asimismo, se prohíbe que en las partes anterior y posterior de se fijen o pinten marcas o distintivos que por su forma, color y caracteres dificulten la legibilidad o puedan inducir a confusión con los caracteres reglamentarios de las placas de matrícula.
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charro
Re: (Consulta) Artículo denuncia "CAT" En matricula
e incumplir el reglamento de vehiculos en ese apartado a que ley nos envia y cual sería la multa?
Panchovilla
Re: (Consulta) Artículo denuncia "CAT" En matricula
Panchovilla escribió:e incumplir el reglamento de vehiculos en ese apartado a que ley nos envia y cual sería la multa?
Hola, sería el RDL 6/2015, de 30 de octubre, LSV en su artículo 68:
1. Para poner en circulación vehículos a motor, así como remolques de masa máxima autorizada superior a la que reglamentariamente se determine, es preciso matricularlos y que lleven las placas de matrícula con los caracteres que se les asigne del modo que se establezca. Esta obligación será exigida a los ciclomotores en los términos que reglamentariamente se determine.
Y sería una "infracción grave", según el artículo 76 de la LSV:
o) Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas reglamentariamente establecidas, salvo que sea calificada como muy grave, así como las infracciones relativas a las normas que regulan la inspección técnica de vehículos.
Al ser una infracción grave tiene una sanción de 200 euros, artículo 80 LSV:
1. Las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 100 euros; las graves, con multa de 200 euros, y las muy graves, con multa de 500 euros. No obstante, las infracciones consistentes en no respetar los límites de velocidad se sancionarán en la cuantía prevista en el anexo IV.
Saludos.
pitutis
Re: (Consulta) Artículo denuncia "CAT" En matricula
si incumplimos lo que pone el RG de vehiculos, cualquier articulo siempre se denuncia por la LSV?
Panchovilla
Re: (Consulta) Artículo denuncia "CAT" En matricula
Si se recoge en el reglamento, se denuncia por el reglamento.Panchovilla escribió:si incumplimos lo que pone el RG de vehiculos, cualquier articulo siempre se denuncia por la LSV?
Lo que ocurre en este caso es que desde la DGT se remite a la LSV las infracciones al arte 49, pero como indicaba el compañero en la consulta el texto no se adecúa totalmente, puesto que el vehículo no está circulando, por lo que lo mas útil en este caso es denunciar por el reglamento y especificar que se denuncia por el reglamento por no estar el vehículo circulando y adecuarse mas a la situación denunciada.
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charro
Re: (Consulta) Artículo denuncia "CAT" En matricula
charro escribió:Segun entiendo en la pregunta, la pegatina estaría superpuesta al distintivo "E" que forma parte de la placa de matrícula, por lo que se denunciaría directamente por la Ley de Seguridad Vial. Art 9 Apart 2 Opc 5A " Circular con un vehículo cuyas placas de matrícula presentán obstáculos que impiden o dificultan su lectura o identificación."
A continuación se debe detallar si existe obstáculo, falta de visibilidad o inexistencia de placas, puesto que este articulo engloba y recoge dos opciones que antes se denunciaban por el Reglamento General de Vehículos: La inexistencia de placas (art. 25 del Reglamento Gen. de Veh) y las placas no legibles o visibles ( art. 49 del Reglamento Gen. de Veh).
Podríamos considerar una variante, máxime teniendo en cuenta que la adición de "CAT" en la placa de matrícula no impide o dificulta la lectura o identificación de la misma, por cuanto resulta perfectamente factible identificar al vehículo a través del código alfanumérico presente en la propia placa de matrícula, el cual no presenta ningún obstáculo a efectos de visibilidad o legibilidad. En este sentido, la RCI editada por la DGT en su última versión incorpora el precepto VEH 49.2-5A para aquellos supuestos de incorporación de signos o caracteres a las placas de matrícula distintos a los señalados reglamentariamente de conformidad con lo preceptuado en el Anexo XVIII del RgVEH. Asimismo, dicha opción modifica la responsabilidad derivada de la citada conducta infractora trasladándola al titular del vehículo, a diferencia de lo previsto en el caso del art. 10 de la LTSV.
Un saludo!
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"TRÁFICO. Vigilancia y Control"
Manual de referencia en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
civesnia
Re: (Consulta) Artículo denuncia "CAT" En matricula
civesnia escribió:charro escribió:Segun entiendo en la pregunta, la pegatina estaría superpuesta al distintivo "E" que forma parte de la placa de matrícula, por lo que se denunciaría directamente por la Ley de Seguridad Vial. Art 9 Apart 2 Opc 5A " Circular con un vehículo cuyas placas de matrícula presentán obstáculos que impiden o dificultan su lectura o identificación."
A continuación se debe detallar si existe obstáculo, falta de visibilidad o inexistencia de placas, puesto que este articulo engloba y recoge dos opciones que antes se denunciaban por el Reglamento General de Vehículos: La inexistencia de placas (art. 25 del Reglamento Gen. de Veh) y las placas no legibles o visibles ( art. 49 del Reglamento Gen. de Veh).
Podríamos considerar una variante, máxime teniendo en cuenta que la adición de "CAT" en la placa de matrícula no impide o dificulta la lectura o identificación de la misma, por cuanto resulta perfectamente factible identificar al vehículo a través del código alfanumérico presente en la propia placa de matrícula, el cual no presenta ningún obstáculo a efectos de visibilidad o legibilidad. En este sentido, la RCI editada por la DGT en su última versión incorpora el precepto VEH 49.2-5A para aquellos supuestos de incorporación de signos o caracteres a las placas de matrícula distintos a los señalados reglamentariamente de conformidad con lo preceptuado en el Anexo XVIII del RgVEH. Asimismo, dicha opción modifica la responsabilidad derivada de la citada conducta infractora trasladándola al titular del vehículo, a diferencia de lo previsto en el caso del art. 10 de la LTSV.
Un saludo!
El tema ha derivado hacia una duda planteada por el compañero [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]. Un obstáculo en la matricula (tapón negro) que dificulta la visibilidad de la placa pero que no encaja en el texto de la denuncia por la LSV ya que el vehículo se encuentra estacionado y no circulando.
La duda la plantea unos mensajes mas arriba y no es exactamente la del título del tema.
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charro
Re: (Consulta) Artículo denuncia "CAT" En matricula
Efectivamente la duda planteada no ha tenido que ver con la inicial, pero la he planteado en este hilo dado que tenía relación y por no crear un hilo nuevo. Siento si ha podido crear alguna confusión. Gracias a Charro por su aportación
Migueltorr
Re: (Consulta) Artículo denuncia "CAT" En matricula
Entiendo que no seria requisito indispensable que el vehiculo estuviera circulando para denunciar estos hechos, sino que, aun estando estacionado, seria susceptible de denuncia, me equivoco?
tykrit
Re: (Consulta) Artículo denuncia "CAT" En matricula
tykrit escribió:Entiendo que no seria requisito indispensable que el vehiculo estuviera circulando para denunciar estos hechos, sino que, aun estando estacionado, seria susceptible de denuncia, me equivoco?
Pues me equivoco.. me parece que he estado poco acertado en mi primera intervencion en el foro
El articulo en cuestion dice:
VEH 49.2.5A – 200e - CIRCULAR CON EL VEHÍCULO RESEÑADO CUYAS PLACAS DE MATRÍCULA TIENEN INCORPORADOS SIGNOS U OTROS CARACTERES
tykrit
Re: (Consulta) Artículo denuncia "CAT" En matricula
Migueltorr escribió:Efectivamente la duda planteada no ha tenido que ver con la inicial, pero la he planteado en este hilo dado que tenía relación y por no crear un hilo nuevo. Siento si ha podido crear alguna confusión. Gracias a Charro por su aportación
No hay nada que sentir, faltaría más; tema perfectamente aclarado por el compañero Charro.
Un saludo!
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Manual de referencia en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
civesnia
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