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(#Consulta) Accidente de circulación por sustracción de señales viales
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Studenx
donquijote107
CopsCarlos
7 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: SEGURIDAD CIUDADANA :: ACTUACION PENAL
Página 1 de 1.
(#Consulta) Accidente de circulación por sustracción de señales viales
Buenos días, en un supuesto en el que dos vehículos han tenido una accidente de circulación, como consecuencia de que una señal de Stop ha sido sustraída y el vehículo que circulaba por la vía no principal, no ha podido observarlo. ¿Se le podría denunciar por no ceder el paso al vehículo que sí circulaba por la vía principal?
CopsCarlos
Re: (#Consulta) Accidente de circulación por sustracción de señales viales
Yo así, de bote pronto y sin conocer exactamente el lugar del accidente, entiendo que si han sustraído la señal de Stop de uno de los cruces los usuarios no tienen porqué saber el motivo por el que no hay Stop, por lo que entiendo que prevalecería la norma de prioridad a los vehículos que circulan por tu derecha.
donquijote107
Re: (#Consulta) Accidente de circulación por sustracción de señales viales
Hola CopsCarlos, estoy de acuerdo con donquijote107.
En mi opinión los usuarios no tienen porque saber que la señal ha sido sustraída, alterada, modificada.
Por lo tanto y de acuerdo con los principios fundamentales que rigen la circulación de tráfico, el conductor debe actuar de acuerdo con el principio de confianza en la normalidad del tráfico. Deben los conductores comportarse como se espera reglamentariamente.
Saludos
En mi opinión los usuarios no tienen porque saber que la señal ha sido sustraída, alterada, modificada.
Por lo tanto y de acuerdo con los principios fundamentales que rigen la circulación de tráfico, el conductor debe actuar de acuerdo con el principio de confianza en la normalidad del tráfico. Deben los conductores comportarse como se espera reglamentariamente.
Saludos
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Si vis pacem para bellum.. "Dile a tu Rey, que lo mismo le haré si a lo mismo se atreve...". Capitán de Navío D. Julio León Fandiño, al mando de la Isabela, hecho que motivó la Guerra de la Oreja de Jenkins, y la mayor derrota naval de la historia de Inglaterra en Cartagena de Indias, con una flota tres veces superior a la "Armada Invencible" al mando del Almirante Vernon, 4000 españoles contra 35000 ingleses.
Studenx
Re: (#Consulta) Accidente de circulación por sustracción de señales viales
En esto el compañero Charro puede darnos lecciones a todos los que estamos aquí, pero a priori, dejando al margen la responsabilidad penal que tendría la persona que retire la señal de STOP ilícitamente, en cuanto a normas de seguridad vial, en caso de ausencia de señal vertical u otras marcas viales (A veces suele haber una marca vial longitudinal que indica también la obligación de detenerse), regirían las normas de prioridad de paso (como ya se ha apuntado), en defecto de otra señalización: ceder el paso al que se aproxima por nuestra derecha, por lo que en cuanto al accidente, el culpable sería el que no ha respetado la prioridad de paso.
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panteloguerra
Re: (#Consulta) Accidente de circulación por sustracción de señales viales
Buenas compeñeros.
Y ampliando el supuesto, las posibles lesiones que se produzcan con ocasión del accidente, a vuestro parecer, ¿a quien serían imputables? ¿Al conductor responsable de no ceder la prioridad de paso, o a los responsables de la mutación de la señal?
Saludos.
Y ampliando el supuesto, las posibles lesiones que se produzcan con ocasión del accidente, a vuestro parecer, ¿a quien serían imputables? ¿Al conductor responsable de no ceder la prioridad de paso, o a los responsables de la mutación de la señal?
Saludos.
agenteplex
Re: (#Consulta) Accidente de circulación por sustracción de señales viales
agenteplex escribió:Buenas compeñeros.
Y ampliando el supuesto, las posibles lesiones que se produzcan con ocasión del accidente, a vuestro parecer, ¿a quien serían imputables? ¿Al conductor responsable de no ceder la prioridad de paso, o a los responsables de la mutación de la señal?
Saludos.
Creo que serian dos supuestos diferentes para el caso que nos ocupa.
Por un lado, la responsabilidad del accidente dentro de la dinámica que hemos hablado seria imputable al conductor que no respeta la prioridad de paso de acuerdo con el estado de la señalización en ese momento en la vía.
Por otro lado, la sustracción de señales de tráfico si el autor fuera conocido se castigaria de acuerdo con el artículo 385 CP (Delito contra la Seguridad vial) con la pena de prisión de seis meses a dos años o a las de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de diez a cuarenta días. El que originare un grave riesgo para la circulación de alguna de las siguientes formas:
1.ª Colocando en la vía obstáculos imprevisibles, derramando sustancias deslizantes o
inflamables o mutando, sustrayendo o anulando la señalización o por cualquier otro medio.
2.ª No restableciendo la seguridad de la vía, cuando haya obligación de hacerlo.
Adicionalmente, si hay autor conocido también habría que imputarle un Delito contra el patrimonio por el hurto de la señal.
Administrativamente, podríamos estar también ante una infracción del articulo 142 del RGC: Instalar, retirar, ocultar o alterar la señalización de una vía sin permiso y sin causa justificada (indicar la señal o señales afectadas. Estas infracciones están calificadas como muy grave por la DGT conforme al art. 65.6.a) de la LSV). que conllevaría la sanción de 3000 Euros.
Creo que por ahí iría la cosa...
Saludos
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Si vis pacem para bellum.. "Dile a tu Rey, que lo mismo le haré si a lo mismo se atreve...". Capitán de Navío D. Julio León Fandiño, al mando de la Isabela, hecho que motivó la Guerra de la Oreja de Jenkins, y la mayor derrota naval de la historia de Inglaterra en Cartagena de Indias, con una flota tres veces superior a la "Armada Invencible" al mando del Almirante Vernon, 4000 españoles contra 35000 ingleses.
Studenx
Re: (#Consulta) Accidente de circulación por sustracción de señales viales
el responsable de laa lesiones seguiria siendo el conductor que no respeto la prioridad d paso n el tramo de via. independientemente de que las señales se hayan sustraido o mutado. el usuario esta obligado al cumplimiento de prioridad de paso existente al momento de transitar x dl tramo de via: señalizacion vertical, horizontal, semaforo, provisional o si no hay ninguna, la regla general.
De este modo el resultado lesivo seria atribuido x imprudencia al conductor que causa el accidente.l, modulandi la responsabilidad del mismo si se trataa de un tramo de via en el cual hab arrancado señales o las han mutado.
En pieza separada la causa contra el tercero que sustrae las señales.
Un saludo
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panteloguerra
Re: (#Consulta) Accidente de circulación por sustracción de señales viales
Panteloguerra, me parece muy interesante lo que apuntas en el último mensaje, pero la parte ultima, queda incomprensible dado que hay algunas palabras se han suprimido. Sería interesante que lo editases para su mejor comprensión.
Gracias.
Gracias.
(Parte del texto que no entiendo)al conductor que causa el accidente.l, modulandi la responsabilidad del mismo si se trataa de un tramo de via en el cual hab arrancado señales o las han mutado.
En pieza separada la causa contra el tercero que sustrae las señales.
Última edición por agenjo el 25.08.15 11:51, editado 1 vez
agenjo
Re: (#Consulta) Accidente de circulación por sustracción de señales viales
Estoy totalmente de acuerdo con vosotros, Student y Panteloguerra. Se puede decir más alto pero no más claro.
donquijote107
Re: (#Consulta) Accidente de circulación por sustracción de señales viales
Muy buenas.CopsCarlos escribió:Buenos días, en un supuesto en el que dos vehículos han tenido una accidente de circulación, como consecuencia de que una señal de Stop ha sido sustraída y el vehículo que circulaba por la vía no principal, no ha podido observarlo. ¿Se le podría denunciar por no ceder el paso al vehículo que sí circulaba por la vía principal?
Amigo CpsCarlos, ¿seguro que no eres extremeño? ¡No sabes cuánto me suena este supuesto!
En mi modesto parecer, independientemente de la responsabilidad civil o penal que tenga el conductor que no cede el paso, la o las personas que sustraen la señal que regula el cruce en cuestión, incurren en otra responsabilidad penal, además del DCSV del 385.
Habrá que dilucidar si existió o no dolo de causar lesiones o incluso muertes con ocasión de retirar la señal. Si existió dolo, estaríamos en un delito de lesiones y si no existió podríamos hablar de un delito de lesiones imprudentes.
Desde luego, habría que escribir clarito para que Su Señoría pudiera juzgar con equidad.
Por supuesto, es una opinión personal.
Salu2
ROMRIS
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