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(#Consulta) consideración de vehículo mixto autorizado a estacionar en zonas de carga y descarga
4 participantes
INFOPOLICIAL WEB :: CONSULTAS Y DUDAS INTERVENCIONES DE ACTUACION POLICIAL :: TRAFICO Y ATESTADOS :: TRANSPORTES Y VEHICULOS ESPECIALES
Página 1 de 1.
(#Consulta) consideración de vehículo mixto autorizado a estacionar en zonas de carga y descarga
Buenas tardes, tengo una duda sobre cuando se ha de considerar un vehículo mixto autorizado a estacionar en zonas de carga y descarga.([Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]) Vehículos mixtos.
En Barcelona y Badalona hay señales de zonas de carga y descarga con el texto (Camiones, furgonetas y vehículos mixtos de dos plazas); en Barcelona se denuncian los vehículos mixtos que no llevan el asiento trasero o quitado o recogido.
1º.-
¿Podríamos considerar un vehículo mixto con todos sus asientos como turismo?
2º.-
En caso de ser afirmativa la anterior pregunta, ¿se debería considerar mal estacionado dicho vehículo en zonas con señalización R-308 con la indicación en panel complementario (turismos)?
Saludos.
Última edición por INFOPOLICIAL el 23.04.15 19:55, editado 1 vez (Razón : Titulo más expresivo ayuda a mejorar la busqueda posterior)
soci8848
Re: (#Consulta) consideración de vehículo mixto autorizado a estacionar en zonas de carga y descarga
El reglamento general de vehículos define el vehículo mixto como:
Vehículo automóvil especialmente dispuesto para el transporte simultáneo o no de mercancías y de personas hasta un máximo de 9 incluido el conductor y en el que se pueda sustituir eventualmente la carga parcial o totalmente, por personas mediante la adición de asientos.
Aún llevando asientos, si está matriculado como vehículo mixto y así consta en la tarjeta de inspección técnica (en el código de clasificación clasificación del vehículo debe de figurar 31 en las dos primeras cifras), siempre es considerado como vehículo mixto.
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charro
Consideración de vehículo mixto para estacionar en carga y descarga
Buenas noches Charro, la parte técnica del RGV no es el problema. La cuestión es si en dos zonas diferenciadas con las correspondientes señales R-308 con panel complementario en una excepto turismos y en la otra turismos.
En ambas zonas estacionan vehículos mixtos, si se denuncian vehículos en la zona prohibida a estos incluso retirados por la grúa, con los vehículos mixtos tenemos problemas ya que los tipo Kangoo tienen la misma medida que los turismos y los vecinos se quejan por la invasión de estos en la zona de turismos.
Por lo tanto ¿podríamos considerar un vehículo mixto con todos sus asientos, turismo)?
En ambas zonas estacionan vehículos mixtos, si se denuncian vehículos en la zona prohibida a estos incluso retirados por la grúa, con los vehículos mixtos tenemos problemas ya que los tipo Kangoo tienen la misma medida que los turismos y los vecinos se quejan por la invasión de estos en la zona de turismos.
Por lo tanto ¿podríamos considerar un vehículo mixto con todos sus asientos, turismo)?
soci8848
Re: (#Consulta) consideración de vehículo mixto autorizado a estacionar en zonas de carga y descarga
Como dije en la anterior contestación,"Aún llevando asientos, si está matriculado como vehículo mixto y así consta en la tarjeta de inspección técnica (en el código de clasificación clasificación del vehículo debe de figurar 31 en las dos primeras cifras), siempre es considerado como vehículo mixto."
Un vehículo no se puede considerar otra cosa que no sea lo que figura en su tarjeta de inspección técnica, que es como lo que está matriculado.
Por lo tanto, si ese vehículo figura en la misma como vehículo mixto, siempre será vehículo mixto independientemente de los asientos que posea en ese momento.
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charro
Re: (#Consulta) consideración de vehículo mixto autorizado a estacionar en zonas de carga y descarga
Estoy con Charro. No sabremos si es vehículo mixto o no, hasta que lo podamos comprobar mediante la Tarjeta de Inspección Técnica. Si va con mas o menos asientos también lo miraremos en la ITV si ha sido aprobada o no. Ya que considero que si están los asientos "tumbados" tampoco lo consideraría vehículo mixto. Repito. Comprobar Tarjeta de Inspección Técnica.
agenjo
Consideración de vehículo mixto para estacionar en carga y descarga
Buenos días, la parte técnica no es problema (RGV), la pregunta iba dirigida sobre el panel de carga y descarga que ponía limitación a un vehículo determinado sea mixto o no con asientos tumbados por ejemplo una Kangoo que puede ser mixta o turismo dependiendo de como haya sido matriculada por el propietario. La placa en cuestión no está en el catálogo oficial de señales pero aún así no deja de ser legal, "a priori", en Barcelona los encargados de denunciar los vehículos en zonas de carga y descarga son los trabajadores de la zona azul con lo cual no tienen acceso al registro de vehículos donde se podría ver si es mixto o no.
En aplicación del art. 90 del RGC entiendo que los ayuntamientos tienen las competencias para determinar que vehículos estacionarán en las zonas de carga y descarga y sus condiciones; en el caso de vehículos mixtos inicialmente son vehículos destinados al transporte de mercancías y en caso de ser utilizados para el transporte de personas se añadirán asientos. Si las zonas de carga y descarga son destinadas a los vehículos de transporte de mercancías, si un vehículo mixto tiene todos sus asientos ¿puede estacionar en estas?.
Quizás le doy demasiadas vueltas a este tema. Un vehículo prioritario puede no obedecer las normas de circulación cuando va en servicio de urgencia (con todas las precauciones y seguridad) cuando no va es un vehículo normal en todos los aspectos, pues un vehículo mixto si lleva todos sus asientos no está destinado al transporte de mercancías, esto es lo que entiendo yo.
De todas maneras gracias por vuestras aportaciones.
En aplicación del art. 90 del RGC entiendo que los ayuntamientos tienen las competencias para determinar que vehículos estacionarán en las zonas de carga y descarga y sus condiciones; en el caso de vehículos mixtos inicialmente son vehículos destinados al transporte de mercancías y en caso de ser utilizados para el transporte de personas se añadirán asientos. Si las zonas de carga y descarga son destinadas a los vehículos de transporte de mercancías, si un vehículo mixto tiene todos sus asientos ¿puede estacionar en estas?.
Quizás le doy demasiadas vueltas a este tema. Un vehículo prioritario puede no obedecer las normas de circulación cuando va en servicio de urgencia (con todas las precauciones y seguridad) cuando no va es un vehículo normal en todos los aspectos, pues un vehículo mixto si lleva todos sus asientos no está destinado al transporte de mercancías, esto es lo que entiendo yo.
De todas maneras gracias por vuestras aportaciones.
soci8848
Re: (#Consulta) consideración de vehículo mixto autorizado a estacionar en zonas de carga y descarga
Según ese razonamiento, un vehículo mixto con asientos también se convertiría en turismo para poder circular a 120 kms/h por autopista o autovia , velocidad que no tienen permitida precisamente por estar matriculados como vehículos mixtos.
Un vehículo mixto lo es siempre, independientemente del número de asientos que lleve, si está matriculado como tal.
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charro
Consideración de vehículo mixto autorizado a estacionar en zonas de carga y descarga
Buenas, mi pregunta era simplemente en relación a una señal de tráfico no pretendía interpretar ningún artículo de ninguna norma.
Gracias.
Gracias.
soci8848
Consideración de vehículo mixto autorizado a estacionar en zonas de carga y descarga Leer más: Publicar una respuesta http://www.infopolicial
Hola, estoy de acuerdo con "CHARRO", un vehiculo mixto lo es siempre y no por el hecho de, que según distribuya los asientos, va a cambiar su catalogación.
Así mismo las zonas de carga y descarga, a no ser que lo especifique claramente en la señal, no tienen por que ser especificas para vehiculos de transporte de mercancias. Que yo sepa en el R.G.C. no detalla que tipo de vehiculos pueden estacionar en estas zonas, simplemente hace referencia a la actividad de carga y descarga. Pero bien es cierto que se tiene por asumido que los vehiculos de transporte de mercancias tienen preferencia sobre los turismos a la hora de estacionar en estas zonas.
Pero yo considero que si la señal no lo especifica, cualquier conductor puede realizar la tarea de carga y descarga con su vehiculo en dicha zona.
Saludos.
Así mismo las zonas de carga y descarga, a no ser que lo especifique claramente en la señal, no tienen por que ser especificas para vehiculos de transporte de mercancias. Que yo sepa en el R.G.C. no detalla que tipo de vehiculos pueden estacionar en estas zonas, simplemente hace referencia a la actividad de carga y descarga. Pero bien es cierto que se tiene por asumido que los vehiculos de transporte de mercancias tienen preferencia sobre los turismos a la hora de estacionar en estas zonas.
Pero yo considero que si la señal no lo especifica, cualquier conductor puede realizar la tarea de carga y descarga con su vehiculo en dicha zona.
Saludos.
CLINTEASTWOOD
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